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    <identificador>DOUE-L-2005-80927</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20050504</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>405/2005</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de la Comisión, de 4 de mayo de 2005, por la que se aprueban, en nombre de la Comunidad Europea, modificaciones de los anexos del Acuerdo entre la Comunidad Europea y los Estados Unidos de América sobre medidas sanitarias para proteger la salud pública y la sanidad animal en el comercio de animales vivos y de productos de origen animal [notificada con el número C(2005) 1369].</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20050531</fecha_publicacion>
    <diario_numero>137</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>31</pagina_inicial>
    <pagina_final>47</pagina_final>
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      <materia codigo="71" orden="">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="621" orden="">Carnes</materia>
      <materia codigo="817" orden="">Certificaciones</materia>
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      <materia codigo="6284" orden="">Sanidad veterinaria</materia>
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      <nota codigo="72" orden="100">Contiene Acuerdo de 6 de abril de 2005, adjunto a la misma</nota>
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    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1998-80664" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el anexo V y SUSTITUYE el anexo VI y la nota 1 del ACUERDO, aprobado por Decisión 1998/258, de 16 de marzo</texto>
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      <alerta codigo="102" orden="">Alimentación</alerta>
      <alerta codigo="105" orden="">Comercio</alerta>
      <alerta codigo="117" orden="">Ganadería y animales</alerta>
      <alerta codigo="123" orden="">Relaciones internacionales</alerta>
      <alerta codigo="134" orden="">Unión Europea</alerta>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista la Decisión 98/258/CE del Consejo, de 16 de marzo de 1998, relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y los Estados Unidos de América sobre medidas sanitarias para proteger la salud pública y la sanidad animal en el comercio de animales vivos y de productos de origen animal (1), y, en particular, su artículo 4, tercer párrafo,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) Se ha reconocido que el método de ensayo normalizado de la Comunidad para Enterobacteriaceae y el recuento viable total en la carne es equivalente al método de ensayo de los EEUU para Escherichia coli.</p>
    <p class="parrafo">(2) La Comunidad y los EEUU han celebrado negociaciones sobre una serie adicional de directrices de auditoría entre las que se incluyen directrices sobre las investigaciones de sanidad animal. Estas negociaciones han desembocado en un texto para estas directrices, aprobado por ambas Partes.</p>
    <p class="parrafo">(3) El Comité conjunto de gestión del Acuerdo (en lo sucesivo denominado «el Comité») formuló recomendaciones sobre la determinación de la equivalencia entre los dos métodos de ensayo y la adopción de directrices de auditoría adicionales. Como consecuencia de estas recomendaciones, procede modificar los anexos V y VI y la nota 1 del Acuerdo.</p>
    <p class="parrafo">(4) Resulta oportuno aprobar tales modificaciones en nombre de la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">(5) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Conforme a lo recomendado por el Comité conjunto de gestión, instituido por el artículo 14 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y los Estados Unidos de América sobre medidas sanitarias para proteger la salud pública y la sanidad animal en el comercio de animales vivos y de productos de origen animal, por la presente se aprueban las modificaciones del punto 6 del anexo V, del anexo VI y de la nota 1 del citado Acuerdo en nombre de la Comunidad Europea.</p>
    <p class="parrafo">El texto del Acuerdo en forma de canje de notas, incluidas las modificaciones del punto 6 del anexo V, de la nota 1 y del anexo VI del Acuerdo, se adjunta a la presente Decisión.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El Director General de Sanidad y Protección de los Consumidores queda facultado para firmar el Acuerdo en forma de canje de notas a fin de obligar a la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">____________________________________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 118 de 21.4.1998, p. 1. Decisión cuya última modificación la constituye la Decisión 2003/833/CE de la Comisión (DO L 316 de 29.11.2003, p. 20).</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión será aplicable a partir del primer día del mes siguiente a aquel en que los Estados Unidos de América comuniquen a la Comisión por escrito que ha concluido el procedimiento interno de aprobación de las modificaciones a que se refiere el artículo 1.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 4 de mayo de 2005.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Markos KYPRIANOU</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
  </texto>
</documento>
