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    <identificador>DOUE-L-2005-80738</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20041222</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>347/2005</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Principado de Mónaco por el que se prevén medidas equivalentes a las establecidas en la Directiva 2003/48/CE del Consejo en materia de fiscalidad de los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20050430</fecha_publicacion>
    <diario_numero>110</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_final>41</pagina_final>
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      <materia codigo="71" orden="">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="3077" orden="">Doble imposición</materia>
      <materia codigo="4107" orden="">Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas</materia>
      <materia codigo="4505" orden="">Intereses</materia>
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      <materia codigo="6227" orden="">Retención a cuenta</materia>
      <materia codigo="6658" orden="">Sistema tributario</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2005-80053" orden="3070">
          <palabra codigo="331">EN RELACIÓN con</palabra>
          <texto>la Decisión de 7 de diciembre de 2004</texto>
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      <alerta codigo="123" orden="">Relaciones internacionales</alerta>
      <alerta codigo="127" orden="">Sistema financiero</alerta>
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      <alerta codigo="134" orden="">Unión Europea</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 94, en relación con su artículo 300, apartado 2, párrafo primero, apartado 3, párrafo primero, y apartado 4,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1),</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) El 16 de octubre de 2001, el Consejo autorizó a la Comisión a negociar con el Principado de Mónaco un Acuerdo apropiado para garantizar la adopción, por parte de ese Estado, de medidas equivalentes a las que se habrán de aplicar en la Comunidad para garantizar la fiscalidad efectiva de los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses.</p>
    <p class="parrafo">(2) El texto del Acuerdo resultante de esas negociaciones, se atiene a las directrices de negociación adoptadas por el Consejo. Lleva adjunto una Declaración de intenciones entre la Comunidad Europea y el Principado de Mónaco.Los dos textos figuran como anexos a la Decisión 2005/35/CE del Consejo (2).</p>
    <p class="parrafo">(3) La aplicación de las disposiciones de la Directiva 2003/48/CE (3), depende de la aplicación, por parte del Principado de Mónaco, de medidas equivalentes a las establecidas en dicha Directiva, con arreglo a un Acuerdo celebrado entre ese país y la Comunidad Europea.</p>
    <p class="parrafo">(4) De conformidad con la Decisión 2005/35/CE, el 7 de diciembre de 2004, se firmó el Acuerdo, en nombre de la Comunidad Europea, a reserva de la adopción posterior de una Decisión relativa a la celebración del mismo.</p>
    <p class="parrafo">(5) Es conveniente aprobar el Acuerdo y la Declaración de intenciones adjunta en nombre de la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">(6) Es necesario establecer un procedimiento sencillo y rápido para las posibles adaptaciones de los anexos 1 y 2 del Acuerdo.</p>
    <p class="parrafo">DECIDE:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Queda aprobado, en nombre de la Comunidad Europea, el Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Principado de Mónaco, y la Declaración de intenciones adjunta, por el que se prevén medidas equivalentes a las establecidas en la Directiva 2003/48/CE, en materia de fiscalidad de los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses.</p>
    <p class="parrafo">El texto del Acuerdo y la Declaración de intenciones se adjuntan a la presente Decisión (4).</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Se autoriza a la Comisión para que apruebe, en nombre de la Comunidad, las modificaciones a los anexos del Acuerdo necesarias para garantizar la conformidad de dichos anexos con los datos correspondientes a las autoridades competentes que resulten de las notificaciones a que se refieren el artículo 5, letra a), de la Directiva 2003/48/CE y el anexo de dicha Directiva.</p>
    <p class="parrafo">______________________________________________________</p>
    <p class="parrafo">(1) Dictamen emitido el 2 de diciembre de 2004 (no publicado aún en el Diario Oficial).</p>
    <p class="parrafo">(2) DO L 19 de 21.1.2005, p. 53.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO L 157 de 26.6.2003, p. 38. Directiva cuya última modificación la constituye la Directiva 2004/66/CE (DO L 168 de 1.5.2004, p. 35). (4) DO L 19 de 21.1.2005, p. 55.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">El Presidente del Consejo procederá, en nombre de la Comunidad Europea, a la notificación prevista en el artículo 16, apartado 1, del Acuerdo (1).</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 22 de diciembre de 2004.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">C. VEERMAN</p>
    <p class="parrafo">________________________________________________________</p>
    <p class="parrafo">(1) La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea la fecha de entrada en vigor del Acuerdo.</p>
  </texto>
</documento>
