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    <identificador>DOUE-L-2005-80109</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20050126</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>118/2005</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Parlamento Europeo, del Consejo, de la Comisión, del Tribunal de Justicia, del Tribunal de Cuentas, del Comité Económico y Social Europeo, del Comité de las Regiones y del Defensor del Pueblo Europeo, de 26 de enero de 2005, por la que se crea la Escuela Europea de Administración.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20050210</fecha_publicacion>
    <diario_numero>37</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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      <materia codigo="1737" orden="">Escuela Europea de Administración</materia>
      <materia codigo="3805" orden="">Formación profesional</materia>
      <materia codigo="3852" orden="">Funcionarios de las Comunidades Europeas</materia>
      <materia codigo="8104" orden="">Organismo y agencia CE</materia>
      <materia codigo="7001" orden="">Unión Europea</materia>
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      <nota codigo="38" orden="230">Efectos desde el 10 de febrero de 2005.</nota>
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          <palabra codigo="331">SE DICTA EN RELACIÓN</palabra>
          <texto>sobre organización y funcionamiento: Decisión 2005/119, de 26 de enero</texto>
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      <alerta codigo="134" orden="">Unión Europea</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL PARLAMENTO EUROPEO, EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, EL TRIBUNAL DE JUSTICIA, EL TRIBUNAL DE CUENTAS, EL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO, EL COMITÉ DE LAS REGIONES, EL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y el régimen aplicable a los otros agentes de estas Comunidades, establecidos en el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 259/68 del Consejo (1), y, en particular el apartado 2 del artículo 2 del citado Estatuto,</p>
    <p class="parrafo">Previa consulta al Comité del Estatuto,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) Procede que las instituciones inviertan más en el perfeccionamiento profesional de su personal.</p>
    <p class="parrafo">__________________________________________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 56 de 4.3.1968, p. 1. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE, Euratom) no 31/2005 (DO L 8 de 12.1.2005, p. 1).</p>
    <p class="parrafo">(2) Una mayor cooperación institucional en este campo permitirá sinergias en lo que se refiere a los recursos humanos y financieros requeridos, al mismo tiempo que intensificará los intercambios entre instituciones y la difusión de valores comunes y de prácticas profesionales armonizadas.</p>
    <p class="parrafo">(3) A tal fin, procede asignar a un organismo interinstitucional común medios destinados a determinadas acciones de perfeccionamiento profesional de los funcionarios y otros agentes de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">(4) Razones de economía y eficacia aconsejan vincular administrativamente este organismo interinstitucional común con un órgano interinstitucional existente, a saber, la Oficina de Selección de Personal de las Comunidades Europeas, creada mediante la Decisión 2002/620/CE del Parlamento Europeo, del Consejo, de la Comisión, del Tribunal de Justicia, del Tribunal de Cuentas, del Comité Económico y Social, del Comité de las Regiones y del Defensor del Pueblo Europeo (1), al menos durante el período de puesta en marcha.</p>
    <p class="parrafo">DECIDEN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Institución de la Escuela Europea de Administración</p>
    <p class="parrafo">Se instituye una Escuela Europea de Administración, denominada en lo sucesivo «la Escuela».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Tareas</p>
    <p class="parrafo">1. La Escuela será la responsable, por cuenta de las instituciones signatarias de la presente Decisión — en adelante denominadas «las instituciones» — y en el marco de las orientaciones fijadas por estas, de la organización de determinadas acciones de perfeccionamiento profesional con vistas al desarrollo de los recursos humanos y a la evolución de la carrera profesional.</p>
    <p class="parrafo">2. En función de las solicitudes que le presenten las instituciones, la Escuela:</p>
    <p class="parrafo">a) concebirá, organizará y evaluará acciones de formación;</p>
    <p class="parrafo">b) facilitará la participación en acciones de formación externa;</p>
    <p class="parrafo">c) podrá llevar a cabo cualquier tarea afín y de apoyo a su misión.</p>
    <p class="parrafo">3. Los Secretarios Generales de las instituciones, el Secretario del Tribunal de Justicia y el Representante del Defensor del Pueblo determinarán y, si procede, modificarán los ámbitos de formación que son responsabilidad de la Escuela.</p>
    <p class="parrafo">4. Previa solicitud de una institución, un órgano, una oficina o una agencia, la Escuela podrá prestarle asistencia, contra pago, en lo que respecta a la ingeniería de formación.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Solicitudes, reclamaciones y recursos</p>
    <p class="parrafo">Las solicitudes y reclamaciones relativas al ejercicio de las tareas contempladas en el apartado 2 del artículo 2 se presentarán a la Escuela. Todo recurso en la materia se interpondrá contra la Comisión.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">Vinculación administrativa</p>
    <p class="parrafo">1. La Escuela estará vinculada administrativamente a la Oficina de Selección de Personal de las Comunidades Europeas, en adelante denominada «la Oficina».</p>
    <p class="parrafo">2. La vinculación implicará en particular que:</p>
    <p class="parrafo">— el consejo de administración de la Oficina ejercerá las funciones del consejo de administración de la Escuela,</p>
    <p class="parrafo">— el Director de la Escuela será el Director de la Oficina,</p>
    <p class="parrafo">— el personal destinado a la Escuela lo será con cargo al empleo de la Oficina,</p>
    <p class="parrafo">— los ingresos y gastos de la Escuela se integrarán en el presupuesto de la Oficina.</p>
    <p class="parrafo">3. A más tardar el 15 de febrero de 2008, se podrá poner fin a la vinculación mediante una decisión del consejo de administración tomada por mayoría cualificada, según la definición del apartado 6 del artículo 5 de la Decisión 2002/621/CE (2), siempre que estén a favor al menos cinco de las instituciones signatarias.</p>
    <p class="parrafo">____________________________________________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 197 de 26.7.2002, p. 53.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO L 197 de 26.7.2002, p. 56.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 5</p>
    <p class="parrafo">Aplicación</p>
    <p class="parrafo">Los Secretarios Generales del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, el Secretario del Tribunal de Justicia, los Secretarios Generales del Tribunal de Cuentas, del Comité Económico y Social y del Comité de las Regiones y el Representante del Defensor del Pueblo tomarán de común acuerdo las medidas necesarias para la aplicación de la presente Decisión.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 6</p>
    <p class="parrafo">Producción de efecto</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión surtirá efecto el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 26 de enero de 2005.</p>
    <p class="parrafo">Por el Parlamento Europeo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Josep BORRELL FONTELLES</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">José Manuel BARROSO</p>
    <p class="parrafo">Por el Tribunal de Cuentas</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Hubert WEBER</p>
    <p class="parrafo">Por el Comité de las Regiones</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Peter STRAUB</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Jean ASSELBORN</p>
    <p class="parrafo">Por el Tribunal de Justicia</p>
    <p class="parrafo">l Presidente</p>
    <p class="parrafo">Vassilios SKOURIS</p>
    <p class="parrafo">Por el Comité Económico y</p>
    <p class="parrafo">Social</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Anne-Marie SIGMUND</p>
    <p class="parrafo">El Defensor del Pueblo</p>
    <p class="parrafo">Nikiforos DIAMANDOUROS</p>
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