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    <identificador>DOUE-L-2005-80029</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>20050113</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>46/2005</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CE) nº 46/2005 de la Comisión, de 13 de enero de 2005, por el que se establecen excepciones al Reglamento (CE) nº 1282/2001 en lo que atañe a la fecha límite de presentación de las declaraciones de cosecha y de producción para la campaña 2004/05.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20050114</fecha_publicacion>
    <diario_numero>11</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <fecha_vigencia>20050114</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="1749" orden="">Cosechas</materia>
      <materia codigo="4165" orden="">Información</materia>
      <materia codigo="5723" orden="">Producción alimentaria</materia>
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      <materia codigo="7158" orden="">Viticultura</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="37" orden="220">Aplicable desde el 10 de diciembre de 2004.</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2001-81603" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 1282/2001, de 28 de junio</texto>
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      <alerta codigo="101" orden="">Agricultura</alerta>
      <alerta codigo="102" orden="">Alimentación</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (CE) no 1493/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola (1), y, en particular, su artículo 73,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) El Reglamento (CE) no 1282/2001 de la Comisión (2) prevé la presentación por los productores de las declaraciones de cosecha y de producción a más tardar el 10 de diciembre, con el fin de conocer la producción comunitaria de vino a su debido tiempo.</p>
    <p class="parrafo">(2) Unos días antes de dicha fecha límite, se produjo un problema técnico en el sistema informático central de un Estado miembro. Los productores ya no tienen acceso a ese sistema y, por consiguiente, no pueden presentar sus declaraciones antes de la fecha límite.</p>
    <p class="parrafo">(3) Para remediar esta situación, que no es achacable a los productores, y a la espera de que el sistema informático central vuelva a funcionar, procede conceder a los productores un plazo suplementario para la presentación de las declaraciones de cosecha y de producción.</p>
    <p class="parrafo">(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión del vino.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">No obstante lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 11 del Reglamento (CE) no 1282/2001, para la campaña 2004/05, las declaraciones a las que se hace referencia en los artículos 2 y 4 de dicho Reglamento podrán presentarse hasta el 15 de enero de 2005.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">Será aplicable a partir del 10 de diciembre de 2004.</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 13 de enero de 2005.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Mariann FISCHER BOEL</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">_______________________________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 179 de 14.7.1999, p. 1. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1795/2003 de la Comisión (DO L 262 de 14.10.2003, p. 13).</p>
    <p class="parrafo">(2) DO L 176 de 29.6.2001, p. 14.</p>
  </texto>
</documento>
