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    <identificador>DOUE-L-2004-81588</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1679">Otros</rango>
    <fecha_disposicion>20040610</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>510/2004</numero_oficial>
    <titulo>Posición Común 2004/510/PESC del Consejo, de 10 de junio de 2004, por la que se modifica la Posición Común 2004/31/PESC sobre la imposición de un embargo de armas, municiones y equipo militar a Sudán.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20040611</fecha_publicacion>
    <diario_numero>209</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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      <materia codigo="289" orden="1">Armas</materia>
      <materia codigo="3521" orden="2">Exportaciones</materia>
      <materia codigo="6154" orden="3">Sudán</materia>
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      <nota codigo="38" orden="230">Efectos desde el  10 de junio de 2004.</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2004-80043" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 2.1 de la Posición Común 2004/31, de 9 de enero</texto>
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      <alerta codigo="126" orden="1">Seguridad y Defensa</alerta>
      <alerta codigo="134" orden="2">Unión Europea</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 15,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) El 9 de enero de 2004 el Consejo adoptó la Posición Común 2004/31/PESC (1) sobre la imposición de un embargo de armas, municiones y equipo militar a Sudán.</p>
    <p class="parrafo">(2) En vista de la evolución en Sudán y en la región, incluida la firma el 8 de abril de 2004 de un Acuerdo de alto el fuego humanitario del conflicto en Darfur, y de los planes subsiguientes de una Comisión para el alto el fuego dirigida por la Unión Africana, la Unión Europea desea promover una paz y reconciliación duraderas en Sudán.</p>
    <p class="parrafo">(3) En consecuencia, es necesario modificar la Posición Común 2004/31/PESC para permitir exenciones al embargo por parte de la Comisión de alto el fuego dirigida por la Unión Africana.</p>
    <p class="parrafo">(4) Es necesaria la actuación de la Comunidad para aplicar determinadas medidas de la presente modificación.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE POSICIÓN COMÚN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El apartado 1 del artículo 2 de la Posición Común 2004/31/ PESC se sustituye por el texto siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«1. El artículo 1 no se aplicará a:</p>
    <p class="parrafo">a) la venta, suministro, transferencia o exportación de equipo militar no mortífero destinado únicamente a uso humanitario o de protección, o para programas de desarrollo institucional de las Naciones Unidas, la Unión Africana, la Unión Europea y la Comunidad, o material destinado a operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea, las Naciones Unidas y la Unión Africana;</p>
    <p class="parrafo">b) la venta, suministro, transferencia o exportación de equipo de desminado y de material destinado a su uso en operaciones de desminado;</p>
    <p class="parrafo">c) el suministro de financiación y asistencia financiera relativa a dichos equipos, o para operaciones de gestión de crisis de la Unión Africana;</p>
    <p class="parrafo">d) el suministro de asistencia técnica relativa a dichos equipos, o para operaciones de gestión de crisis de la Unión Africana, siempre que la autoridad competente del Estado miembro de que se trate haya aprobado previamente dichas exportaciones.».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">La presente Posición Común surtirá efecto el día de su adopción.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">La presente Posición Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Luxemburgo, el 10 de junio de 2004.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">D. AHERN</p>
    <p class="parrafo">__________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 6 de 10.1.2004, p. 55.</p>
  </texto>
</documento>
