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<documento fecha_actualizacion="20241021200317">
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    <identificador>DOUE-L-2004-81117</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20040406</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>404/2004</numero_oficial>
    <titulo>Decisión n° 1/2004 del Comité de Transporte Aéreo Comunidad/Suiza de 6 de abril de 2004 por la que se modifica el anexo del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte aéreo.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20040430</fecha_publicacion>
    <diario_numero>151</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <fecha_vigencia>20040601</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="71" orden="1">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="3166" orden="3">Empresas</materia>
      <materia codigo="1345" orden="2">Suiza</materia>
      <materia codigo="6933" orden="4">Transportes aéreos</materia>
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    <referencias>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2002-80735" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el anexo del Acuerdo de 21 de junio de 1999, sobre el transporte aéreo</texto>
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        <posterior referencia="DOUE-L-2004-81569" orden="">
          <palabra codigo="201">CORRECCIÓN de errores</palabra>
          <texto>en DOUE L 208, de 10 de junio de 2004</texto>
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      <alerta codigo="123" orden="1">Relaciones internacionales</alerta>
      <alerta codigo="132" orden="2">Transportes y tráfico</alerta>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">EL COMITÉ DE TRANSPORTE AÉREO COMUNIDAD/SUIZA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte aéreo, denominado en lo sucesivo "el Acuerdo" y, en particular, el apartado 4 de su artículo 23,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">1. En el punto 1 (Tercer paquete de medidas de liberalización de la aviación y otras normas de aviación civil) del anexo del Acuerdo, a la referencia al Reglamento (CEE) n° 2299/89 del Consejo, por el que se establece un código de conducta para los sistemas informatizados de reserva, se transcribirá y añadirá lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">"y por el Reglamento n° 323/1999 del Consejo, de 8 de febrero de 1999."</p>
    <p class="parrafo">2. En el punto 1 (Tercer paquete de medidas de liberalización de la aviación y otras normas de aviación civil) del anexo del Acuerdo, se suprimirá lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">"n° 3089/93</p>
    <p class="parrafo">Reglamento del Consejo, de 29 de octubre de 1993, que modifica el Reglamento (CEE) n° 2299/89 por el que se establece un código de conducta para los sistemas informatizados de reserva.</p>
    <p class="parrafo">(Artículo 1)"</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">1. En el punto 2 (Normas de competencia) del anexo del Acuerdo, a la referencia al Reglamento (CEE) n° 1762 del Consejo se añadirá lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">"y por el Reglamento (CE) n° 1216/1999 del Consejo, de 10 de junio de 1999."</p>
    <p class="parrafo">2. En el punto 2 (Normas de competencia) del anexo del Acuerdo, en la referencia al Reglamento n° 3975/87 del Consejo se suprimirán los términos "(véase más abajo)".</p>
    <p class="parrafo">3. En el punto 2 (Normas de competencia) del anexo del Acuerdo, a la referencia al Reglamento n° 3975/87 del Consejo se transcribirá y añadirá lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">"en su versión modificada por el Reglamento n° 1284/91 del Consejo, de 14 de mayo de 1991 (artículo 1) y por el Reglamento n° 2410/92 del Consejo, de 23 de julio de 1992 (artículo 1)."</p>
    <p class="parrafo">4. En el punto 2 (Normas de competencia) del anexo del Acuerdo, en la referencia al Reglamento n° 397687 del Consejo se suprimirán los términos "(véase más abajo)".</p>
    <p class="parrafo">5. En el punto 2 (Normas de competencia) del anexo del Acuerdo, a la referencia al Reglamento n° 397687 del Consejo se transcribirá y añadirá lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">"en su versión modificada por el Reglamento n° 234490 del Consejo, de 24 de julio de 1990 (artículo 1) y por el Reglamento n° 2411/92 del Consejo, de 23 de julio de 1992 (artículo 1)."</p>
    <p class="parrafo">6. En el punto 2 (Normas de competencia) del anexo del Acuerdo, a la referencia al Reglamento (CEE) n° 161793 de la Comisión se transcribirá y añadirá lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">"en su versión modificada por el Reglamento (CE) n° 1523/96 de la Comisión, de 24 de julio de 1996 (artículos 1,2), por el Reglamento (CE) n° 108399, de 26 de mayo de 1999, por el Reglamento (CE) n° 1324/2001 de la Comisión, de 29 de junio de 2001."</p>
    <p class="parrafo">7. En el punto 2 (Normas de competencia) del anexo del Acuerdo, a la referencia a la Directiva n° 80/723/CEE de la Comisión se transcribirá y añadirá lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">"en su versión modificada por la Directiva n° 85413 de la Comisión, de 24 de julio de 1985 (artículos 1-3)"</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">En el punto 2 (Normas de competencia) del anexo del Acuerdo, después de la referencia a la Directiva n° 80/723/CEE de la Comisión, modificada por el apartado 7 del artículo 2 de la presente Decisión, se añadirá lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">"n° 447/98</p>
    <p class="parrafo">Reglamento de la Comisión de 1 de marzo de 1998 relativo a las notificaciones, plazos y audiencias contemplados en el Reglamento (CEE) n° 4064/89 del Consejo sobre el control de las operaciones de concentración entre empresas.</p>
    <p class="parrafo">n°284298</p>
    <p class="parrafo">Reglamento de la Comisión de 22 de diciembre de 1998 relativo a las audiencias en determinados procedimientos en aplicación de los artículos 85 y 86 del Tratado CE.</p>
    <p class="parrafo">n°284398</p>
    <p class="parrafo">Reglamento de la Comisión de 22 de diciembre de 1998 relativo a la forma, el contenido y demás pormenores de las solicitudes y notificaciones establecidas en los Reglamentos (CEE) nos 1017/68, 4056/86 y 3975/87 del Consejo por los que se aplican las normas de competencia al sector del transporte."</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea y en el Compendio Oficial de la legislación federal suiza. Entrará en vigor al primer día del segundo mes de su adopción.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 6 de abril de 2004.</p>
    <p class="parrafo">Por el Comité Mixto</p>
    <p class="parrafo">El Jefe de la Delegación de la Comunidad</p>
    <p class="parrafo">Michel AYRAL</p>
    <p class="parrafo">El Jefe de la Delegación de Suiza</p>
    <p class="parrafo">Max FRIEDLI</p>
  </texto>
</documento>
