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<documento fecha_actualizacion="20241021200051">
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    <identificador>DOUE-L-2004-80574</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20040326</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>283/2004</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de la Comisión, de 26 de marzo de 2004, por la que se modifica la Decisión 2003/526/CE sobre medidas de protección contra la peste porcina clásica en Bélgica, Francia, Alemania y Luxemburgo [notificada con el número C(2004) 965].</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20040327</fecha_publicacion>
    <diario_numero>90</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>70</pagina_inicial>
    <pagina_final>71</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/2004/090/L00070-00071.pdf</url_pdf>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="6159" orden="7">Alemania</materia>
      <materia codigo="6026" orden="6">Bélgica</materia>
      <materia codigo="8044" orden="1">Certificado sanitario</materia>
      <materia codigo="3192" orden="2">Enfermedad animal</materia>
      <materia codigo="6165" orden="8">Francia</materia>
      <materia codigo="3884" orden="3">Ganado porcino</materia>
      <materia codigo="3948" orden="4">Gran Ducado de Luxemburgo</materia>
      <materia codigo="4290" orden="5">Inspección veterinaria</materia>
      <materia codigo="6284" orden="9">Sanidad veterinaria</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="151" orden="900">Esta disposición ha dejado de estar vigente</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2003-81111" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>la Decisión 2003/526, de 18 de julio</texto>
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      <alerta codigo="117" orden="1">Ganadería y animales</alerta>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (1), y, en particular, el apartado 4 de su artículo 10,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) En respuesta a la peste porcina clásica declarada en determinadas zonas de Bélgica, Alemania, Francia y Luxemburgo, la Comisión ha adoptado, entre otras, la Decisión 2003/526/CE(2) por la que se establecieron determinadas medidas adicionales de control.</p>
    <p class="parrafo">(2) La situación de la peste porcina clásica en Bélgica ha mejorado considerablemente y, en lo que respecta a ese país, las medidas adoptadas por la Decisión 2003/526/CE no deben seguir aplicándose.</p>
    <p class="parrafo">(3) La peste porcina clásica ha seguido propagándose en la población de porcino salvaje en el Bajo Rin, en Francia.</p>
    <p class="parrafo">(4) A la vista de la situación general de la enfermedad en Alemania, Francia y Luxemburgo, resulta adecuado ampliar la vigencia de la Decisión 2003/526/CE.</p>
    <p class="parrafo">(5) Por esa razón, la Decisión 2003/526/CE debe modificarse en consecuencia.</p>
    <p class="parrafo">(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">La Decisión 2003/526/CE quedará modificada como sigue:</p>
    <p class="parrafo">1) El título se sustituirá por el siguiente: "Decisión 2003/526/CE de la Comisión sobre medidas de protección contra la peste porcina clásica en determinados Estados miembros".</p>
    <p class="parrafo">2) En el apartado 1 del artículo 2 se suprimirá "Bélgica".</p>
    <p class="parrafo">3) En los apartados 1 y 2 del artículo 4, las palabras "Bélgica, Alemania, Francia y Luxemburgo" se substituirán por las palabras "determinados Estados miembros".</p>
    <p class="parrafo">4) El apartado 3 del artículo 4 se sustituirá por el texto siguiente:</p>
    <p class="parrafo">"3. El certificado sanitario que, en cumplimiento del artículo 1 de la Decisión 95/483/CE de la Comisión (3), acompañe a los óvulos y embriones de porcino expedidos desde los Estados miembros afectados deberá completarse con el texto siguiente:'Estos embriones/óvulos (4) se ajustan a lo dispuesto en la Decisión 2003/526/CE de la Comisión, de 18 de julio de 2003, sobre medidas de protección contra la peste porcina clásica en determinados Estados miembros (5).'.</p>
    <p class="parrafo">".</p>
    <p class="parrafo">5) En el artículo 11 la fecha "30 de abril de 2004" se sustituirá por la de "31 de octubre de 2004".</p>
    <p class="parrafo">6) El anexo se modificará como sigue:</p>
    <p class="parrafo">a) El punto 1. Se suprimirá Bélgica;</p>
    <p class="parrafo">b) En el punto 2, Francia, el segundo guión se sustituirá por el texto siguiente:</p>
    <p class="parrafo">"- el territorio del departamento de Bajo Rin y Mosela situado: al oeste de la carretera D 264 desde la frontera con Alemania en Wissembourg hasta Soultz-sous-Forêts; al norte de la carretera D 28 desde Soultz-sous-Forêts hasta Reichshoffen (incluida la totalidad del territorio del municipio de Reichshoffen); al este de la carretera D 62 de Reichshoffen a Bitche y D 35 a partir de Bitche hasta la frontera con Alemania (en Ohrenthal); al sur de la frontera entre Francia y Alemania de Ohrenthal a Wissembourg.".</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 26 de marzo de 2004.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">David Byrne</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">_______________________________________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 224 de 18.8.1990, p. 29; Directiva cuya última modificación la constituye la Directiva 2002/33/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 315 de 19.11.2002, p. 14).</p>
    <p class="parrafo">(2) DO L 183 de 22.7.2003, p. 46; Decisión cuya última modificación la constituye la Decisión 2003/851/CE (DO L 322 de 9.12.2003, p. 30).</p>
    <p class="parrafo">(3) DO L 275 de 18.8.1995, p. 30.</p>
    <p class="parrafo">(4) Táchese lo que no proceda.</p>
    <p class="parrafo">(5) DO L 183 de 22.7.2003, p. 46.</p>
  </texto>
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