<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<documento fecha_actualizacion="20241021195552">
  <metadatos>
    <identificador>DOUE-L-2003-81655</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20030620</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>83/2003</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Comité Mixto del EEE nº 83/2003 de 20 de junio de 2003 por la que se modifica el anexo XV (Ayudas estatales) del Acuerdo EEE.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20031009</fecha_publicacion>
    <diario_numero>257</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
    <subseccion/>
    <pagina_inicial>39</pagina_inicial>
    <pagina_final>40</pagina_final>
    <suplemento_pagina_inicial/>
    <suplemento_pagina_final/>
    <url_pdf>/doue/2003/257/L00039-00040.pdf</url_pdf>
    <url_epub/>
    <url_pdf_catalan/>
    <url_pdf_euskera/>
    <url_pdf_gallego/>
    <url_pdf_valenciano/>
    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia>20030621</fecha_vigencia>
    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion/>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
    <fecha_anulacion/>
    <vigencia_agotada>N</vigencia_agotada>
    <estado_consolidacion codigo="0"/>
    <letra_imagen>L</letra_imagen>
    <suplemento_letra_imagen/>
  </metadatos>
  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="71" orden="1">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="420" orden="2">Ayudas</materia>
      <materia codigo="2483" orden="3">Desempleo</materia>
      <materia codigo="3160" orden="4">Empleo</materia>
      <materia codigo="3428" orden="5">Espacio Económico Europeo</materia>
    </materias>
    <notas>
      <nota codigo="10" orden="200">Entrada en vigor:  21 de junio de 2003, si se cumple lo indicado.</nota>
    </notas>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1994-80086" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el anexo XV del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993</texto>
        </anterior>
      </anteriores>
      <posteriores/>
    </referencias>
    <alertas>
      <alerta codigo="131" orden="1">Trabajo y empleo</alerta>
    </alertas>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) El anexo XV del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 170/2002, de 6 de diciembre de 2002 (1).</p>
    <p class="parrafo">(2) Deberá incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n° 2204/2002 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2002, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales para el empleo (2) (corregido en el DO L 349 de 24.12.2002, p. 126).</p>
    <p class="parrafo">DECIDE:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Después del punto 1f [Reglamento (CE) n° 70/2001 de la Comisión] del anexo XV del Acuerdo, se añadirá el texto siguiente:</p>
    <p class="parrafo">"Ayuda al empleo</p>
    <p class="parrafo">1g. 32002 R 2204: Reglamento (CE) n° 2204/2002 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2002, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales para el empleo (DO L 337 de 13.12.2002, p. 3, corregido en el DO L 349 de 24.12.2002, p. 126).</p>
    <p class="parrafo">A los efectos del presente Acuerdo, en las disposiciones del Reglamento se introducirán las adaptaciones siguientes:</p>
    <p class="parrafo">a) donde dice 'artículos 87 y 88 del Tratado CE' léase 'artículos 61 y 62 del Acuerdo EEE';</p>
    <p class="parrafo">b) donde dice 'apartado 1 del artículo 87 del Tratado' léase 'apartado 1 del artículo 61 del Acuerdo EEE';</p>
    <p class="parrafo">c) donde dice 'letra b) del apartado 2 del artículo 87 del Tratado' léase 'letra</p>
    <p class="parrafo">b) del apartado 2 del artículo 61 del Acuerdo EEE';</p>
    <p class="parrafo">d) donde dice 'apartado 3 del artículo 87 del Tratado' léase 'apartado 3 del artículo 61 del Acuerdo EEE';</p>
    <p class="parrafo">e) donde dice 'apartado 3 del artículo 88 del Tratado' léase 'apartado 3 del artículo 1 del Protocolo 3 del Acuerdo sobre Vigilancia y Jurisdicción';</p>
    <p class="parrafo">f) donde dice 'letra a) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado' léase 'letra a) del apartado 3 del artículo 61 del Acuerdo EEE';</p>
    <p class="parrafo">g) donde dice 'letra c) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado' léase 'letra</p>
    <p class="parrafo">c) del apartado 3 del artículo 61 del Acuerdo EEE';</p>
    <p class="parrafo">h) donde dice 'Estado miembro' léase 'Estado miembro de la CE o Estado de la AELC'. La expresión 'Estado miembro' se sustituirá por 'Estado miembro de la CE o Estado de la AELC';</p>
    <p class="parrafo">i) la expresión 'la Comisión' se sustituirá por 'el órgano de vigilancia competente a que se refiere el artículo 62 del Acuerdo EEE';</p>
    <p class="parrafo">j) el texto del primer párrafo del apartado 2 del artículo 1 se sustituirá por el texto siguiente: 'El presente Reglamento se aplicará a las ayudas concedidas en todos los sectores cubiertos por los artículos 61 a 64 del Acuerdo EEE, incluidas las actividades relacionadas con la producción, transformación y comercialización de productos que figuran en el apéndice del presente anexo y que entren dentro del ámbito del Acuerdo';</p>
    <p class="parrafo">k) en los artículos 3 y 11, donde dice 'compatibles con el mercado común' léase 'compatibles con el funcionamiento del Acuerdo EEE';</p>
    <p class="parrafo">l) en el anexo I, la información deberá proporcionarse a</p>
    <p class="parrafo">registry@eftasurv.int;</p>
    <p class="parrafo">m) en el anexo II, la información deberá proporcionarse a</p>
    <p class="parrafo">registry@eftasurv.int.".</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los textos del Reglamento (CE) n° 2204/2002 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión entrará en vigor el 21 de junio de 2003, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE(3) todas las notificaciones previstas en apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 20 de junio de 2003.</p>
    <p class="parrafo">Por el Comité Mixto del EEE</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">P. Westerlund</p>
    <p class="parrafo">____________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 38 de 13.2.2003, p. 34.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO L 337 de 13.12.2002, p. 3.</p>
    <p class="parrafo">(3) No se han indicado preceptos constitucionales.</p>
  </texto>
</documento>
