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    <identificador>DOUE-L-2003-81453</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>20030722</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1554/2003</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CE) nº 1554/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de julio de 2003, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 95/93, relativo a normas comunes para la asignación de franjas horarias en los aeropuertos comunitarios.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20030904</fecha_publicacion>
    <diario_numero>221</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <fecha_vigencia>20030905</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="103" orden="1">Aeropuertos y aeródromos</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1993-80032" orden="2040">
          <palabra codigo="407">AÑADE</palabra>
          <texto>el art. 10ter al Reglamento 95/93, de 18 de enero</texto>
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      <alerta codigo="132" orden="1">Transportes y tráfico</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular el apartado 2 de su artículo 80,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión (1),</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (2),</p>
    <p class="parrafo">Previa consulta al Comité de las Regiones,</p>
    <p class="parrafo">De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (3),</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) La guerra iniciada en marzo de 2003 contra Iraq y los acontecimientos políticos que se han producido posteriormente, así como el brote del síndrome respiratorio agudo severo (SRAS), han afectado gravemente a las operaciones de transporte aéreo de las compañías aéreas y han reducido considerablemente la demanda en el comienzo del período de programación de horarios del verano de 2003.</p>
    <p class="parrafo">(2) A fin de que la no utilización de las franjas horarias adjudicadas para el período de programación de horarios de 2003 no suponga la pérdida del derecho de las compañías aéreas a dichas franjas horarias, es necesario hacer constar con claridad y sin ambigüedad que los períodos de programación de 2003 y 2004 están gravemente afectados por la guerra y el brote de SRAS.</p>
    <p class="parrafo">(3) Por consiguiente, debe modificarse en consecuencia el Reglamento (CEE) n° 95/93 del Consejo (4).</p>
    <p class="parrafo">HAN ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">En el Reglamento (CEE) n° 95/93 se inserta el artículo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">"Artículo 10 ter</p>
    <p class="parrafo">A efectos del apartado 3 del artículo 10, los coordinadores admitirán que, en el período de programación del verano de 2004, las compañías aéreas tengan derecho a la misma serie de franjas horarias que se les adjudicó durante el período de programación del verano de 2003.".</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 22 de julio de 2003.</p>
    <p class="parrafo">Por el Parlamento Europeo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">P. Cox</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">G. Alemanno</p>
    <p class="parrafo">_____________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO C 270 E de 25.9.2001, p. 131.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO C 125 de 27.5.2002, p. 8.</p>
    <p class="parrafo">(3) Dictamen del Parlamento Europeo de 19 de junio de 2003 (no publicado aún en el Diario Oficial) y Decisión del Consejo de 15 de julio de 2003.</p>
    <p class="parrafo">(4) DO L 14 de 22.1.1993, p. 1; Reglamento modificado por el Reglamento (CE) n° 894/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 142 de 31.5.2002, p. 3).</p>
  </texto>
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