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    <identificador>DOUE-L-2003-80657</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20030429</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>304/2003</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de la Comisión, de 29 de abril de 2003, por la que se aprueba el plan de acción técnica 2003 para la mejora de las estadísticas agrícolas [notificada con el número C(2003) 1369].</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20030503</fecha_publicacion>
    <diario_numero>110</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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      <materia codigo="158" orden="1">Agricultura</materia>
      <materia codigo="3455" orden="2">Estadística</materia>
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          <palabra codigo="440">DE CONFORMIDAD con</palabra>
          <texto>la Decisión 96/411, de 25 de junio</texto>
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      <alerta codigo="101" orden="1">Agricultura</alerta>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista la Decisión 96/411/CE del Consejo, de 25 de junio de 1996, relativa a la mejora de las estadísticas agrícolas comunitarias (1), cuya última modificación la constituye la Decisión n° 1919/2002/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 4 y el apartado 2 de su artículo 6,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) De conformidad con la Decisión 96/411/CE, la Comisión define cada año un plan de acción técnica para las estadísticas agrícolas.</p>
    <p class="parrafo">(2) Es esencial mejorar la información sobre los datos físicos de la agricultura europea, obtener indicadores agroambientales detallados, desarrollar los aspectos medioambientales de la contabilidad agrícola y establecer sistemas de información sobre el desarrollo rural para la aplicación de las políticas comunitarias correspondientes.</p>
    <p class="parrafo">(3) De conformidad con la Decisión 96/411/CE, la Comisión contribuye a sufragar los gastos que realizan los Estados miembros para adaptar los sistemas estadísticos agrícolas nacionales, o para llevar a cabo los trabajos preparatorios relacionados con necesidades nuevas o en aumento que forman parte de un plan de acción técnica.</p>
    <p class="parrafo">(4) Es conveniente consolidar algunas acciones iniciadas en los planes de acción anteriores y proseguir los esfuerzos emprendidos.</p>
    <p class="parrafo">(5) Las medidas previstas por la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de estadísticas agrícolas.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Se aprueba el plan de acción técnica 2003 (TAPAS 2003) para la mejora de las estadísticas agrícolas, que figura en anexo.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 29 de abril de 2003.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Pedro Solbes Mira</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">_____________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 162 de 1.7.1996, p. 14.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO L 293 de 29.10.2002, p. 5.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">PLAN DE ACCIÓN TÉCNICA 2003 PARA LA MEJORA DE LAS ESTADÍSTICAS AGRÍCOLAS (TAPAS 2003)</p>
    <p class="parrafo">Las acciones previstas por el plan de acción técnica para la mejora de las estadísticas agrícolas (TAPAS) en 2003 tienen por objeto desarrollar o mejorar las estadísticas en los ámbitos siguientes:</p>
    <p class="parrafo">i) datos físicos de la agricultura europea,</p>
    <p class="parrafo">ii) aspectos medioambientales de la contabilidad agrícola,</p>
    <p class="parrafo">iii) indicadores agroambientales, incluida la utilización de plaguicidas,</p>
    <p class="parrafo">iv) desarrollo rural.</p>
    <p class="parrafo">La Comisión contribuirá a sufragar los gastos de los proyectos desarrollados en el marco de estas acciones. Esta contribución por Estado miembro no rebasará los importes indicados en el cuadro A.</p>
    <p class="parrafo">Las acciones presentadas por los Estados miembros se refieren a:</p>
    <p class="parrafo">1. Datos físicos de la agricultura europea</p>
    <p class="parrafo">Esta acción se inscribe en la prolongación de las acciones ya realizadas en años anteriores y tiene por objeto mejorar la información estadística sobre:</p>
    <p class="parrafo">a) superficies, producción y utilización de la producción vegetal, en particular los balances;</p>
    <p class="parrafo">b) ganado, producción y utilización de la producción animal, en particular los balances de carnes;</p>
    <p class="parrafo">c) balances forrajeros (desarrollo de balances forrajeros, en particular mediante la mejora de los métodos de estimación y de la coherencia entre los balances de abastecimiento y el balance forrajero);</p>
    <p class="parrafo">d) existencias y utilización interna, incluidas las referentes a la explotación agrícola, así como coeficientes técnicos.</p>
    <p class="parrafo">2. Aspectos medioambientales de la contabilidad agrícola</p>
    <p class="parrafo">El objetivo de esta acción es, en primer lugar, estudiar la introducción en la metodología de las cuentas económicas de la agricultura (CEA) y de la silvicultura (CES) conceptos y definiciones que permitan tratar algunos componentes de interés medioambiental, como la producción de servicios o las subvenciones o impuestos.</p>
    <p class="parrafo">3. Indicadores agroambientales y utilización de plaguicidas</p>
    <p class="parrafo">La Comisión desea fomentar proyectos que permitan mejorar indicadores ya existentes, como, en particular, el conocimiento a nivel regional de los rendimientos de determinados cultivos, de los datos de venta o consumo de abonos minerales, etc. Apoya también el establecimiento de indicadores de paisaje, tales como la longitud de los setos o de las tapias, o las superficies utilizadas a nivel regional fuera de la superficie agrícola útil (pastoreo, pastos de montaña, etc.), la incidencia de las características estructurales sobre el funcionamiento de las explotaciones o datos sobre prácticas de cultivo.</p>
    <p class="parrafo">La acción relativa a la utilización de plaguicidas tiene por objeto proseguir la recogida y el tratamiento de datos sobre su utilización; mejorar la calidad y la rapidez de transmisión mediante el uso de distintos métodos y de fuentes distintas. Los Estados miembros elegirán los tipos de cultivo en función de su importancia, tanto en términos de superficie cultivada, como en términos de cantidad de plaguicidas utilizada.</p>
    <p class="parrafo">4. Desarrollo rural</p>
    <p class="parrafo">Esta línea de desarrollo de las estadísticas agrícolas implica, por una parte, un mayor detalle en el reparto territorial de la información que habitualmente se recoge a nivel nacional, y también en las subdivisiones territoriales diferentes de las de las regiones administrativas utilizadas durante la elaboración de la mayoría de las estadísticas regionalizadas. Por otra parte, tales necesidades se refieren a informaciones que cubren una temática más extensa y variada: los ingresos de fuentes no agrarias de la explotación y de las familias, en particular los derivados de actividades complementarias a la actividad agrícola o de servicios prestados por los agricultores a la colectividad, así como las condiciones de vida en las regiones rurales, la contribución de la agricultura como apoyo a otras actividades económicas y culturales, etc.</p>
    <p class="parrafo">Cuadro A</p>
    <p class="parrafo">PLAN DE ACCIÓN TÉCNICA 2003</p>
    <p class="parrafo">Participación financiera máxima de la Comunidad en los gastos realizados</p>
    <p class="parrafo">Desglose por Estado miembro</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA EN PÁGINA 17</p>
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