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<documento fecha_actualizacion="20241021194645">
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    <identificador>DOUE-L-2002-81804</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20020724</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>795/2002</numero_oficial>
    <titulo>Decisión nº 2/2002 del Consejo de asociación UE-Lituania, de 24 de julio de 2002, que modifica, mediante la creación de un Comité consultivo mixto, la Decisión nº 1/98 por la que se adopta el reglamento interno del Consejo de asociación.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>20021015</fecha_publicacion>
    <diario_numero>277</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>19</pagina_inicial>
    <pagina_final>20</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/2002/277/L00019-00020.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>20020901</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="67" orden="1">Acuerdo de Asociación CE</materia>
      <materia codigo="1262" orden="2">Comités consultivos</materia>
      <materia codigo="4813" orden="3">Lituania</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1998-80443" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el Reglamento interno aprobado por Decisión 98/192, de 23 de febrero</texto>
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    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE ASOCIACIÓN,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Lituania, por otra (1), y, en particular su artículo 116,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) El diálogo y la cooperación entre los grupos de interés social y económico de la Comunidad Europea y de la República de Lituania pueden aportar una valiosa contribución al desarrollo de sus relaciones.</p>
    <p class="parrafo">(2) Se estima oportuno que dicha cooperación se organice entre los miembros del Comité Económico y Social de las Comunidades Europeas y los representantes de los grupos de interés económico y social de Lituania, mediante la creación de un Comité consultivo mixto.</p>
    <p class="parrafo">(3) Por lo tanto, debe modificarse en consecuencia el reglamento interno del Consejo de asociación, adoptado mediante la Decisión n° 1/98 (2).</p>
    <p class="parrafo">DECIDE:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Se añadirán los artículos siguientes al reglamento interno del Consejo de asociación:</p>
    <p class="parrafo">"Artículo 15</p>
    <p class="parrafo">Comité consultivo mixto</p>
    <p class="parrafo">Por la presente se crea un Comité consultivo mixto encargado de ayudar al Consejo de asociación a fomentar el diálogo y la cooperación entre los grupos de interés social y económico de la Comunidad Europea y de la República de Lituania. El diálogo y la cooperación abarcarán todos los aspectos socioeconómicos de las relaciones entre la Comunidad Europea y la República de Lituania inherentes a la aplicación del Acuerdo europeo. El Comité consultivo mixto se pronunciará sobre las cuestiones planteadas en este ámbito.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 16</p>
    <p class="parrafo">El Comité consultivo mixto estará compuesto por seis representantes del Comité Económico y Social de las Comunidades Europeas y seis representantes de los grupos de interés económico y social de la República de Lituania.</p>
    <p class="parrafo">El Comité consultivo mixto desempeñará sus actividades en consulta con el Consejo de asociación o, por lo que respecta al fomento del diálogo entre los grupos de interés económico y social, por iniciativa propia.</p>
    <p class="parrafo">Los miembros serán elegidos de forma que el Comité consultivo mixto refleje lo más fielmente posible los distintos grupos de interés social y económico de la Comunidad Europea y de la República de Lituania.</p>
    <p class="parrafo">El Comité consultivo mixto estará copresidido por un miembro del Comité Económico y Social de las Comunidades Europeas y por un miembro lituano.</p>
    <p class="parrafo">El Comité consultivo mixto aprobará su reglamento interno.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 17</p>
    <p class="parrafo">El Comité Económico y Social de las Comunidades Europeas, por una parte, y los grupos de interés económico y social lituanos, por otra, sufragarán respectivamente los gastos de participación en las reuniones del Comité consultivo mixto y de sus grupos de trabajo, tanto en lo referente a costes de personal, viajes y estancia como en lo referente a gastos postales y de telecomunicaciones.</p>
    <p class="parrafo">Los gastos de interpretación durante las reuniones, así como los de traducción y de reproducción de los documentos, correrán a cargo del Comité Económico y Social, con excepción de los gastos de interpretación o de traducción del o al lituano, que correrán a cargo de los grupos de interés económico y social lituanos.</p>
    <p class="parrafo">Los demás gastos relativos a la organización material de las reuniones correrán a cargo de la parte organizadora de cada reunión.".</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión entrará en vigor el primer día del segundo mes siguiente al día de su adopción.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 24 de julio de 2002.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo de asociación</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">P. S. Møller</p>
    <p class="parrafo">___</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 51 de 20.2.1998, p. 3.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO L 73 de 12.3.1998, p. 24.</p>
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