<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<documento fecha_actualizacion="20241021194520">
  <metadatos>
    <identificador>DOUE-L-2002-81463</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20020813</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>655/2002</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de la Comisión, de 13 de agosto de 2002, por la que se fijan las reasignaciones financieras del remanente de la campaña 2001/02 a los Estados miembros, por un determinado número de hectáreas, para la reestructuración y reconversión de los viñedos en virtud del Reglamento (CE) nº 1493/1999 del Consejo [notificada con el número C(2002) 3064].</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>20020815</fecha_publicacion>
    <diario_numero>220</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
    <subseccion/>
    <pagina_inicial>64</pagina_inicial>
    <pagina_final>66</pagina_final>
    <suplemento_pagina_inicial/>
    <suplemento_pagina_final/>
    <url_pdf>/doue/2002/220/L00064-00066.pdf</url_pdf>
    <url_epub/>
    <url_pdf_catalan/>
    <url_pdf_euskera/>
    <url_pdf_gallego/>
    <url_pdf_valenciano/>
    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia/>
    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion/>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
    <fecha_anulacion/>
    <vigencia_agotada>N</vigencia_agotada>
    <estado_consolidacion codigo="0"/>
    <letra_imagen>L</letra_imagen>
    <suplemento_letra_imagen/>
  </metadatos>
  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="420" orden="1">Ayudas</materia>
      <materia codigo="7158" orden="2">Viticultura</materia>
    </materias>
    <notas/>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1999-81408" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 1493/99, de 17 de mayo</texto>
        </anterior>
      </anteriores>
      <posteriores/>
    </referencias>
    <alertas/>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (CE) n° 1493/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2585/2001 (2), y, en particular, su artículo 14,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) Las normas relativas a la reestructuración y la reconversión de los viñedos se establecen en el Reglamento (CE) n° 1493/1999 y en el Reglamento (CE) n° 1227/2000 de la Comisión, de 31 de mayo de 2000, por el que se fijan las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n° 1493/1999 del Consejo por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola, en lo relativo al potencial de producción (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1342/2002 (4).</p>
    <p class="parrafo">(2) Las disposiciones de aplicación relativas a la planificación financiera y la participación en la financiación del régimen de reestructuración y reconversión previstas en el Reglamento (CE) n° 1227/2000 establecen que las referencias a un ejercicio presupuestario determinado se refieran a los pagos efectivamente realizados por los Estados miembros entre el 16 de octubre y el 15 de octubre del año siguiente.</p>
    <p class="parrafo">(3) De conformidad con el apartado 1 del artículo 14 del Reglamento (CE) n° 1493/1999, la Comisión asigna anualmente a los Estados miembros un primer tramo de créditos basándose en criterios objetivos que tienen en cuenta las situaciones y necesidades específicas así como los esfuerzos que deben realizarse habida cuenta del objetivo del régimen.</p>
    <p class="parrafo">(4) Mediante la Decisión 2001/666/CE (5), la Comisión fijó las asignaciones financieras indicativas para la campaña 2001/02.</p>
    <p class="parrafo">(5) De conformidad con el apartado 2 del artículo 14 del Reglamento (CE) n° 1493/1999, la asignación inicial se adapta en función de los gastos reales y de las previsiones de gastos revisados comunicadas por los Estados miembros teniendo en cuenta el objetivo del régimen y dentro del límite de los créditos disponibles.</p>
    <p class="parrafo">(6) En virtud de la letra b) del apartado 1 del artículo 16 del Reglamento (CE) n° 1227/2000, los Estados miembros pueden presentar una solicitud posterior durante el ejercicio financiero en curso. En virtud del apartado 2 del artículo 17 de dicho Reglamento esta solicitud se aceptará para los Estados miembros que hayan gastado la asignación inicial, a prorrata de los créditos disponibles tras deducir la suma de los importes notificados en virtud de la letra a) del apartado 1 del artículo 16 de dicho Reglamento del importe total asignado a los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">(7) En virtud del apartado 3 del artículo 17 del Reglamento (CE) n° 1227/2000, los gastos reales de los Estados miembros se rectificarán si el número de hectáreas reestructuradas es inferior al número de hectáreas previsto en la Decisión 2001/666/CE. Esta disposición se aplicará en el presente ejercicio a Grecia, Luxemburgo y Portugal. Los créditos correspondientes estarán disponibles para la aceptación de solicitudes posteriores de los Estados miembros a que se refiere el apartado 2 del artículo 17 de dicho Reglamento.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">En el anexo se recogen las reasignaciones financieras del remanente de la campaña 2001/02 a los Estados miembros, por un determinado número de hectáreas, para la reestructuración y reconversión de viñedos en virtud del Reglamento (CE) n° 1493/1999 para el período comprendido entre el 1 de julio de 2002 y el 15 de octubre de 2002 del ejercicio financiero de 2002.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 13 de agosto de 2002.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Franz Fischler</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">_______</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 179 de 14.7.1999, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO L 345 de 29.12.2001, p. 10.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO L 143 de 16.6.2000, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">(4) DO L 196 de 25.7.2002, p. 23.</p>
    <p class="parrafo">(5) DO L 233 de 31.8.2001, p. 53.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">Reasignaciones financieras del remanente de la campaña 2001/02 a los Estados miembros, por un determinado número de hectáreas, para la reestructuración y reconversión de viñedos en virtud del Reglamento (CE) n° 1493/1999, para el período comprendido entre el 1 de julio de 2002 y el 15 de octubre de 2002 del ejercicio financiero de 2002</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA EN PÁGINA 66</p>
  </texto>
</documento>
