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    <identificador>DOUE-L-2000-82161</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19990602</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>69/1999</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Comité Mixto del EEE nº 69/1999 de 2 de junio de 1999 por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>20001109</fecha_publicacion>
    <diario_numero>284</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>55</pagina_inicial>
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    <fecha_vigencia>19990603</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="35" orden="1">Acceso a la información</materia>
      <materia codigo="71" orden="2">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="3428" orden="3">Espacio Económico Europeo</materia>
      <materia codigo="5762" orden="4">Programas</materia>
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      <nota codigo="10" orden="200">Entrada en vigor:  3 de junio de 1999, si se cumple lo exigido.</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1994-80086" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 2.5 del Protocolo 31 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo aprobado por Decisión 94/1, de 13 de diciembre de 1993</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado "el Acuerdo", y, en particular, sus artículos 86 y 98,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) El Protocolo 31 del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 27/1999, de 26 de febrero de 1999 (1).</p>
    <p class="parrafo">(2) Conviene ampliar la cooperación de las Partes contratantes en el Acuerdo para incluir un programa plurianual comunitario para estimular el establecimiento de la sociedad de la información en Europa (Sociedad de la información), conforme a la Decisión 98/253/CE del Consejo (2).</p>
    <p class="parrafo">(3) Por consiguiente, debe modificarse el Protocolo 31 del Acuerdo para que dicha cooperación pueda iniciarse el 1 de enero de 1999.</p>
    <p class="parrafo">DECIDE:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">En el apartado 5 del artículo 2 del Protocolo 31 del Acuerdo se añadirá el guión siguiente:</p>
    <p class="parrafo">"- 398 D 0253: Decisión 98/253/CE del Consejo, de 30 de marzo de 1998, por la que se adopta un programa plurianual comunitario para estimular el establecimiento de la sociedad de la información en Europa (programa 'Sociedad de la Información') (DO L 107 de 7.4.1998, p. 10).".</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión entrará en vigor el 3 de junio de 1999, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones establecidas por el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.</p>
    <p class="parrafo">Se aplicará a partir de 1 de enero de 1999.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 2 de junio de 1999.</p>
    <p class="parrafo">Por el Comité Mixto del EEE</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">F. Barbaso</p>
    <p class="parrafo">_______________________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 148 de 22.6.2000, p. 54.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO L 107 de 7.4.1998, p. 10.</p>
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</documento>
