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    <identificador>DOUE-L-2000-80852</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20000522</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>355/2000</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Consejo, de 22 de mayo de 2000, por la que se concede una ayuda financiera excepcional a Montenegro.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>20000527</fecha_publicacion>
    <diario_numero>127</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>56</pagina_inicial>
    <pagina_final>57</pagina_final>
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      <materia codigo="420" orden="1">Ayudas</materia>
      <materia codigo="8032" orden="">Serbia y Montenegro</materia>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 308,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1),</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) La Comisión ha consultado al Comité económico y financiero antes de presentar su propuesta.</p>
    <p class="parrafo">(2) El Gobierno montenegrino lleva a cabo una política de apertura con respecto a la Unión Europea y de reformas hacia una economía de mercado viable.</p>
    <p class="parrafo">(3) La situación económica general de Montenegro se ha deteriorado durante los últimos años y el presupuesto de la República sufrió un deterioro sustancial en 1999.</p>
    <p class="parrafo">(4) La situación del Gobierno democrático de Montenegro es difícil y existe una grave crisis económica que aflige a la población, por lo que la Comunidad prestó un fuerte apoyo a Montenegro en 1998 y 1999.</p>
    <p class="parrafo">(5) Se espera que las necesidades presupuestarias de Montenegro sigan siendo sustanciales en el año 2000.</p>
    <p class="parrafo">(6) Se prevé que el apoyo exterior en el año 2000 pedido a los donantes internacionales sea sustancial.</p>
    <p class="parrafo">(7) La República de Montenegro no está en condiciones de obtener préstamos a largo plazo ni interiormente ni en el extranjero.</p>
    <p class="parrafo">(8) La República de Montenegro no puede pertenecer a las instituciones de Bretton Woods y, por consiguiente, no puede beneficiarse de las disposiciones tradicionales del Fondo Monetario Internacional (FMI) o del Banco Mundial en apoyo de un programa económico.</p>
    <p class="parrafo">(9) El 23 y 24 de marzo de 2000 el Consejo Europeo de Lisboa subrayó la "urgente necesidad de prestar una ayuda importante a Montenegro para garantizar la supervivencia del Gobierno democrático y evitar otra grave crisis en la región". Además, el Consejo Europeo pidió "a las instituciones competentes que adopten sin demora las decisiones necesarias sobre financiación [...] de proyectos, programas y otras formas de asistencia que podrían contribuir a mitigar las necesidades financieras inmediatas de Montenegro, recurriendo en caso necesario a las reservas presupuestarias de la Unión Europea, así como a la ayuda macroeconómica".</p>
    <p class="parrafo">(10) Una ayuda financiera excepcional de la Comunidad en forma de subvenciones directas a la República de Montenegro amortiguaría las dificultades financieras de la República en las difíciles circunstancias actuales.</p>
    <p class="parrafo">(11) Dada la ausencia de supervisión macroeconómica y de ayuda financiera a la República de Montenegro por parte del FMI y del Banco Mundial, la Comisión tiene la intención de prestar una atención especial a la correcta aplicación y control de la ayuda. Todos los costes de preparación, ejecución y control serán cubiertos por la ayuda.</p>
    <p class="parrafo">(12) La ayuda financiera excepcional será gestionada por la Comisión.</p>
    <p class="parrafo">(13) El Tratado no prevé, para la adopción de la presente Decisión, más poderes que los del artículo 308.</p>
    <p class="parrafo">DECIDE:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">1. La Comunidad pondrá a disposición de la República de Montenegro una ayuda financiera excepcional bajo la forma de subvenciones a fondo perdido de hasta 20 millones de euros, con objeto de aliviar sus necesidades de financiación inmediata.</p>
    <p class="parrafo">2. Esta ayuda será gestionada por la Comisión en estrecha consulta con el Comité económico y financiero.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">1. Se autoriza a la Comisión a negociar con la República de Montenegro, previa consulta al Comité económico y financiero, las condiciones de política económica de esta ayuda.</p>
    <p class="parrafo">2. La Comisión verificará periódicamente, en consulta con el Comité económico y financiero, que la política económica de la República de Montenegro respeta los objetivos y condiciones de política económica de la presente ayuda.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">1. La ayuda en forma de subvención se pondrá a disposición de la República de Montenegro en, por lo menos, dos tramos y sobre la base de la estricta observancia de las condiciones de política económica mencionadas en el apartado 1 del artículo 2. El segundo tramo no se liberará antes de dos meses de la liberación del primero.</p>
    <p class="parrafo">2. Todos los costes de preparación, ejecución y control serán cubiertos por la ayuda.</p>
    <p class="parrafo">3. Los fondos serán puestos a la disposición del presupuesto de la República de Montenegro.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">Anualmente la Comisión enviará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe de evaluación sobre la aplicación de la presente Decisión.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 22 de mayo de 2000.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">J. Gama</p>
    <p class="parrafo">_______________________</p>
    <p class="parrafo">(1) Dictamen emitido el 18 de mayo de 2000 (no publicado aún en el Diario Oficial).</p>
  </texto>
</documento>
