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<documento fecha_actualizacion="20241021192140">
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    <identificador>DOUE-L-2000-80840</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20000504</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>352/2000</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de la Comisión, de 4 de mayo de 2000, que modifica, por lo que se refiere a la República Popular de China, la Decisión 94/984/CE por la que se establecen las condiciones zoosanitarias y la certificación veterinaria para la importación de carne fresca de aves de corral procedente de determinados terceros países.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>20000525</fecha_publicacion>
    <diario_numero>124</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>64</pagina_inicial>
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      <materia codigo="408" orden="1">Aves de corral</materia>
      <materia codigo="621" orden="2">Carnes</materia>
      <materia codigo="817" orden="3">Certificaciones</materia>
      <materia codigo="6176" orden="5">China</materia>
      <materia codigo="4056" orden="4">Importaciones</materia>
      <materia codigo="6284" orden="6">Sanidad veterinaria</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="37" orden="215">Aplicable a la carne fresca de aves de corral certificada desde el 1 de junio de 2000.</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1994-82267" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el anexo I de la Decisión 94/984, de 20 de diciembre</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista la Directiva 91/494/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1991, sobre las condiciones de policía sanitaria a las que deben ajustarse los intercambios intracomunitarios y las importaciones de carnes frescas de aves de corral procedentes de terceros países (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 1999/89/CE (2) y, en particular, sus artículos 11 y 12,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) La Decisión 94/984/CE de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye la Decisión 2000/254/CE (4), establece las condiciones zoosanitarias y los certificados veterinarios necesarios para la importación de carne fresca de aves de corral procedente de determinados terceros países. En ella se recogen dos certificados diferentes, el modelo A y el modelo B. Su uso depende de la situación de la enfermedad de Newcastle en el país en cuestión.</p>
    <p class="parrafo">(2) Determinadas partes del territorio de China comprendidas en la lista del anexo I de la Decisión 94/984/CE podían hacer uso del modelo B de certificado hasta que una inspección puso de manifiesto problemas de certificación. Por este motivo, desde el 1 de agosto de 1996 quedó suspendida la importación de carne fresca de aves de corral procedente de China en virtud de la Decisión 96/456/CE de la Comisión.</p>
    <p class="parrafo">(3) En octubre de 1999 la Comisión llevó a cabo una visita en China que demostró que los servicios veterinarios chinos habían mejorado considerablemente. Además, se ofrecieron garantías por escrito que permiten anular la suspensión arriba citada.</p>
    <p class="parrafo">(4) La situación sanitaria con respecto a la enfermedad de Newcastle exige aún que se ofrezcan garantías adicionales de conformidad con lo dispuesto en el modelo B de certificado recogido en la Decisión 94/984/CE.</p>
    <p class="parrafo">(5) Por motivos de claridad, la presente Decisión será aplicable a la carne fresca de aves de corral certificada a partir del 1 de junio de 2000.</p>
    <p class="parrafo">(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El anexo I de la Decisión 94/984/CE de la Comisión quedará modificado como sigue:</p>
    <p class="parrafo">Se suprimirán las llamadas de nota "(3)" de la línea "CN China (R.P.)" que se hallan después de la palabra "Shangdong" y tras la letra "B", así como la correspondiente nota a pie de página, "(3) Importación suspendida a partir del 1 de agosto de 1996", situado al final de la página.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión se aplicará a la carne fresca de aves de corral certificada a partir del 1 de junio de 2000.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 4 de mayo de 2000.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">David Byrne</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">__________________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 268 de 24.9.1991, p. 35.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO L 300 de 23.11.1999, p. 17.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO L 378 de 21.12.1994, p. 11.</p>
    <p class="parrafo">(4) DO L 78 de 29.3.2000, p. 33.</p>
  </texto>
</documento>
