<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<documento fecha_actualizacion="20241021191929">
  <metadatos>
    <identificador>DOUE-L-2000-80265</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19990129</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>5/1999</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Comité Mixto del EEE nº 5/1999, de 29 de enero de 1999, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificaciones) del Acuerdo EEE.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>20000210</fecha_publicacion>
    <diario_numero>35</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
    <subseccion/>
    <pagina_inicial>33</pagina_inicial>
    <pagina_final>34</pagina_final>
    <suplemento_pagina_inicial/>
    <suplemento_pagina_final/>
    <url_pdf>/doue/2000/035/L00033-00034.pdf</url_pdf>
    <url_epub/>
    <url_pdf_catalan/>
    <url_pdf_euskera/>
    <url_pdf_gallego/>
    <url_pdf_valenciano/>
    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia>19990130</fecha_vigencia>
    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion/>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
    <fecha_anulacion/>
    <vigencia_agotada>N</vigencia_agotada>
    <estado_consolidacion codigo="0"/>
    <letra_imagen>L</letra_imagen>
    <suplemento_letra_imagen/>
  </metadatos>
  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="294" orden="1">Armonización de legislaciones</materia>
      <materia codigo="1617" orden="2">Construcciones</materia>
      <materia codigo="3428" orden="3">Espacio Económico Europeo</materia>
      <materia codigo="4897" orden="4">Materiales de construcción</materia>
    </materias>
    <notas>
      <nota codigo="10" orden="200">Entrada en vigor:  30 de enero de 1999, si se cumple lo exigido.</nota>
    </notas>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1994-80086" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el punto 1 del capítulo XXI del anexo II del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo aprobado por Decisión 94/1, de 13 de diciembre de 1993</texto>
        </anterior>
      </anteriores>
      <posteriores/>
    </referencias>
    <alertas/>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se  adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,</p>
    <p class="parrafo">Considerando que el anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE  n° 118/98, de 18 de diciembre de 1998 (1);</p>
    <p class="parrafo">Considerando que deberá incorporarse al Acuerdo la Decisión 98/143/CE de la Comisión, de 3 de  febrero de 1998, relativa al procedimiento de certificación de la conformidad de productos de  construcción con arreglo al apartado 2 del artículo 20 de la Directiva 89/106/CEE del Consejo en lo  que concierne a los sistemas de impermeabilización de cubiertas con membranas flexibles fijadas  mecánicamente (2);</p>
    <p class="parrafo">Considerando que deberá incorporarse al Acuerdo la Decisión 98/213/CE de la Comisión, de 9 de  marzo de 1998, relativa al procedimiento de certificación de la conformidad de productos de  construcción con arreglo al apartado 2 del artículo 20 de la Directiva 89/106/CEE del Consejo en lo  que concierne a los kits de tabiquería interior (3);</p>
    <p class="parrafo">Considerando que deberá incorporarse al Acuerdo la Decisión 98/214/CE de la Comisión, de 9 de  marzo de 1998, relativa al procedimiento de certificación de la conformidad de productos de  construcción con arreglo al apartado 2 del artículo 20 de la Directiva 89/106/CEE del Consejo en lo  que concierne a los productos metálicos estructurales y auxiliares (4);</p>
    <p class="parrafo">Considerando que deberá incorporarse al Acuerdo la Decisión 98/279/CE de la Comisión, de 5 de  diciembre de 1997, relativa al procedimiento de certificación de la conformidad de productos de  construcción con arreglo al apartado 2 del artículo 20 de la Directiva 89/106/CEE del Consejo, en lo  que concierne a los sistemas y kits de encofrado perdido no portante de bloques huecos, paneles  de materiales aislantes o, a veces, de hormigón (5),</p>
    <p class="parrafo">DECIDE:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">En el punto 1 (Directiva 89/106/CEE del Consejo) del capítulo XXI del anexo II del acuerdo, se  añadirán los guiones siguientes:</p>
    <p class="parrafo">"- 398 D 0143: Decisión 98/143/CE de la Comisión, de 3 de febrero de 1998 (DO L 42 de 14.2.1998, p. 58),</p>
    <p class="parrafo">- 398 D 0213: Decisión 98/213/CE de la Comisión, de 9 de marzo de 1998 (DO L 80 de 18.3.1998, p. 41),</p>
    <p class="parrafo">- 398 D 0214: Decisión 98/214/CE de la Comisión, de 9 de marzo de 1998 (DO L 80 de 18.3.1998, p. 46),</p>
    <p class="parrafo">- 398 D 0279: Decisión 98/279/CE de la Comisión, de 5 de diciembre de 1997 (DO L 127 de  29.4.1998, p. 26).".</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los textos de las Decisiones 98/143/CE, 98/213/CE, 98/214/CE y 98/279/CE en lenguas islandesa  y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión entrará en vigor el 30 de enero de 1999, siempre que se hayan efectuado al  Comité Mixto del EEE todas las notificaciones establecidas en el apartado 1 del artículo 103 del  Acuerdo.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de  las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 29 de enero de 1999.</p>
    <p class="parrafo">Por el Comité Mixto del EEE</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">F. BARBASO</p>
    <p class="parrafo">_____________________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 297 de 18.11.1999, p. 46.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO L 42 de 14.2.1998, p. 58.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO L 80 de 18.3.1998, p. 41.</p>
    <p class="parrafo">(4) DO L 80 de 18.3.1998, p. 46.</p>
    <p class="parrafo">(5) DO L 127 de 29.4.1998, p. 26.</p>
  </texto>
</documento>
