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<documento fecha_actualizacion="20241021191904">
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    <identificador>DOUE-L-2000-80104</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20000118</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>63/2000</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de la Comisión, de 18 de enero de 2000, por la que se modifica la Decisión 96/627/CE sobre la aplicación del artículo 2 de la Directiva 77/311/CEE del Consejo relativa al nivel sonoro en los oídos de los conductores de tractores agrícolas o forestales de ruedas.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>20000127</fecha_publicacion>
    <diario_numero>22</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>66</pagina_inicial>
    <pagina_final>66</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/2000/022/L00066-00066.pdf</url_pdf>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <materias>
      <materia codigo="1629" orden="1">Contaminación acústica</materia>
      <materia codigo="4020" orden="2">Homologación</materia>
      <materia codigo="4864" orden="3">Maquinaria agrícola</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="26" orden="300">Cumplimiento a más tardar el  30 de septiembre de 2001.</nota>
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    <referencias>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1996-81839" orden="2050">
          <palabra codigo="245">SUSTITUYE</palabra>
          <texto>el art. 1 de la Decisión 96/627, de 17 de octubre</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista la Directiva 77/311/CEE del Consejo, de 29 de marzo de 1977, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el nivel sonoro en los oídos de los conductores de tractores agrícolas o forestales de ruedas (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 97/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 2,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) Resulta técnicamente imposible, para la casi totalidad de los tractores no provistos de cabina, respetar la fecha de expiración del período transitorio fijado en la Decisión 96/627/CE de la Comisión (3). En estas condiciones, es necesario trasladar a una fecha ulterior el final del período transitorio previsto en dicha Decisión respecto de estos vehículos.</p>
    <p class="parrafo">(2) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité para la adaptación al progreso técnico de las Directivas tendentes a la supresión de los obstáculos técnicos comerciales en el sector de los tractores agrícolas y forestales,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El artículo 1 de la Decisión 96/627/CE se sustituirá por el texto siguiente:</p>
    <p class="parrafo">"Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El período transitorio previsto en el apartado 2 del artículo 2 de la Directiva 77/311/CEE expirará:</p>
    <p class="parrafo">- el 1 de octubre de 2001, para todos los nuevos tipos de tractores,</p>
    <p class="parrafo">- el 1 de octubre de 2003, para todos los tractores nuevos.".</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los Estados miembros adoptarán las disposiciones necesarias para cumplir la presente Decisión a más tardar el 30 de septiembre de 2001. Informarán inmediatamente de ello a la Comisión.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 18 de enero de 2000.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Erkki LIIKANEN</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">_________________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 105 de 28.4.1977, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO L 277 de 10.10.1997, p. 24.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO L 282 de 1.11.1996, p. 72.</p>
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</documento>
