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    <identificador>DOUE-L-1999-81326</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19990504</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>429/1999</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Parlamento Europeo, de 4 de mayo de 1999, por la que se aprueba la gestión financiera de la Comisión en lo referente al 6º Fondo Europeo de Desarrollo para el ejercicio 1997.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19990703</fecha_publicacion>
    <diario_numero>168</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>20</pagina_inicial>
    <pagina_final>21</pagina_final>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="1026" orden="1">Comisión Europea</materia>
      <materia codigo="3767" orden="2">Fondo Europeo de Desarrollo</materia>
      <materia codigo="5683" orden="3">Presupuestos comunitarios</materia>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL PARLAMENTO EUROPEO,</p>
    <p class="parrafo">- Visto el Tratado CE,</p>
    <p class="parrafo">- Visto el Tercer Convenio ACP-CEE(1),</p>
    <p class="parrafo">- Vistos el balance financiero y las cuentas de gestión del 6o y el 7o Fondos Europeos de Desarrollo correspondientes al ejercicio 1997 [COM(98)0442],</p>
    <p class="parrafo">- Visto el Informe del Tribunal de Cuentas relativo al ejercicio 1997, acompañado de las respuestas de las instituciones al Informe sobre las actividades del 6o y 7o Fondos Europeos de Desarrollo (C4-0676/98)(2),</p>
    <p class="parrafo">- Visto el Informe especial n° 24/98 del Tribunal de Cuentas relativo a las operaciones de capital riesgo financiadas con los recursos del Fondo Europeo de Desarrollo, acompañado de las respuestas de la Comisión(3),</p>
    <p class="parrafo">- Vista la Recomendación del Consejo de 25 de febrero de 1999 (6321/99-C4-0185/99),</p>
    <p class="parrafo">- Vista la Declaración del Consejo sobre la declaración de fiabilidad del Tribunal de Cuentas relativa a las actividades del 6o y 7o Fondos Europeos de Desarrollo (6557/99-C4-0187/99),</p>
    <p class="parrafo">- Visto el Informe de la Comisión de control presupuestario y la opinión de la Comisión de desarrollo y cooperación (A4-0198/99),</p>
    <p class="parrafo">1. Aprueba la gestión financiera de la Comisión en lo que respecta al 6o Fondo Europeo de Desarrollo durante el ejercicio 1997, sobre la base de los importes siguientes:</p>
    <p class="parrafo">BALANCE DEL 6º FED APROBADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 1997</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS-6º FED A 31 DE DICIEMBRE DE 1997</p>
    <p class="parrafo">Distribución de los Fondos</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
    <p class="parrafo">2. Hace constar sus observaciones en la Resolución que forma parte integrante de la presente Decisión.</p>
    <p class="parrafo">3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión, así como la Resolución que contiene sus observaciones, a la Comisión, al Consejo, al Tribunal de Cuentas y al Banco Europeo de Inversiones, y que disponga su publicación en el Diario Oficial (serie L).</p>
    <p class="parrafo">El Secretario General del Parlamento Europeo</p>
    <p class="parrafo">Julian PRIESTLEY</p>
    <p class="parrafo">El Presidente del Parlamento Europeo</p>
    <p class="parrafo">José María GIL-ROBLES</p>
    <p class="parrafo">_____________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 86 de 31.3.1986.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO C 349 de 17.11.1998.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO C 389 de 14.12.1998.</p>
    <p class="parrafo">RESOLUCIÓN que contiene las observaciones que forman parte integrante de las Decisiones por las que se aprueba la gestión financiera de la Comisión en lo referente al 6º y 7º Fondo Europeo de Desarrollo para el ejercicio 1997</p>
    <p class="parrafo">EL PARLAMENTO EUROPEO,</p>
    <p class="parrafo">-Vistos los artículos 189 y 276 del Tratado CE,</p>
    <p class="parrafo">-Vistos los artículos 73 y 77 de los Reglamentos financieros aplicables respectivamente al 6º y 7º Fondos Europeos de Desarrollo, según los cuales la Comisión debe adoptar todas las medidas oportunas para dar curso a las observaciones que figuran en las decisiones de aprobación de la gestión,</p>
    <p class="parrafo">-Visto el Informe de la Comisión de control presupuestario y la opinión de la Comisión de desarrollo y cooperación (A4-0198/99),</p>
    <p class="parrafo">1. Acoge favorablemente la declaración de fiabilidad positiva del Tribunal de Cuentas; pide, sin embargo, al Tribunal y a la Comisión que aborden conjuntamente los problemas que han motivado la falta de una opinión firme del Tribunal de Cuentas con respecto a una serie de puntos en dicha declaración de fiabilidad.</p>
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