<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<documento fecha_actualizacion="20241021191329">
  <metadatos>
    <identificador>DOUE-L-1999-81210</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="25">Directiva</rango>
    <fecha_disposicion>19990628</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>67/1999</numero_oficial>
    <titulo>Directiva 1999/67/CE de la Comisión, de 28 de junio de 1999, por la que se modifica la Directiva 93/49/CEE por la que se establece la lista referente a las condiciones que deben cumplir los materiales de reproducción de plantas ornamentales y las plantas ornamentales de conformidad con la Directiva 91/682/CEE del Consejo.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19990630</fecha_publicacion>
    <diario_numero>164</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
    <subseccion/>
    <pagina_inicial>78</pagina_inicial>
    <pagina_final>78</pagina_final>
    <suplemento_pagina_inicial/>
    <suplemento_pagina_final/>
    <url_pdf>/doue/1999/164/L00078-00078.pdf</url_pdf>
    <url_epub/>
    <url_pdf_catalan/>
    <url_pdf_euskera/>
    <url_pdf_gallego/>
    <url_pdf_valenciano/>
    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia>19990630</fecha_vigencia>
    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion/>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
    <fecha_anulacion/>
    <vigencia_agotada>N</vigencia_agotada>
    <estado_consolidacion codigo="0"/>
    <letra_imagen>L</letra_imagen>
    <suplemento_letra_imagen/>
    <url_eli>http://data.europa.eu/eli/dir/1999/67/spa</url_eli>
  </metadatos>
  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="5616" orden="1">Plantas ornamentales</materia>
      <materia codigo="6283" orden="2">Sanidad vegetal</materia>
      <materia codigo="6528" orden="3">Semillas</materia>
    </materias>
    <notas/>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1993-81630" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>la Directiva 93/49, de 23 de junio</texto>
        </anterior>
      </anteriores>
      <posteriores>
        <posterior referencia="BOE-A-2000-3010" orden="1">
          <palabra codigo="426">SE TRANSPONE</palabra>
          <texto>Real Decreto 200/2000, de 11 de febrero</texto>
        </posterior>
      </posteriores>
    </referencias>
    <alertas/>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista la Directiva 98/56/CE del Consejo, de 20 de julio de 1998, relativa a la comercialización de los materiales de reproducción de las plantas ornamentales (1), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 20,</p>
    <p class="parrafo">(1) Considerando que mediante la Directiva 93/49/CEE de la Comisión (2), se establecieron las fichas previstas en la Directiva 91/682/CEE del Consejo (3), cuya última modificación la constituye la Decisión 1999/9/CE de la Comisión (4), relativa a la comercialización de los materiales de reproducción de las plantas ornamentales y de plantas ornamentales, en particular las condiciones relacionadas con la calidad (estado sanitario, identidad y pureza del género o especie o, cuando proceda, de la variedad, en el caso de las semillas la capacidad de germinación), y a la etiqueta u otro documento elaborado por el proveedor con los pormenores necesarios para el control oficial y para información del cultivador;</p>
    <p class="parrafo">(2) Considerando que la Directiva 91/682/CEE será derogada con efectos desde el 1 de julio de 1999 y sustituida por la Directiva 93/56/CE;</p>
    <p class="parrafo">(3) Considerando que algunas de las condiciones fijadas en la Directiva 93/49/CEE ya se encuentran incorporadas en la Directiva 98/56/CE y que otras se tratan el la Directiva 1999/66/CE de la Comisión (5); que, de conformidad con la Directiva 98/56/CE, la Comisión puede establecer según ciertas condiciones para un determinado género o especie una ficha que disponga condiciones adicionales de calidad a las que deba ajustarse el material de reproducción en el momento de la comercialización; que a este efecto la Comisión está actualmente revisando la Directiva 93/49/CEE aplicando los criterios fijados en las citadas disposiciones; que en este momento procede suprimir las disposiciones obsoletas de la Directiva 93/49/CEE;</p>
    <p class="parrafo">(4) Considerando que las medidas previstas en la presente Directiva se ajustan al dictamen del Comité permanente de materiales de reproducción de plantas ornamentales,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">La Directiva 93/49/CEE se modificará como sigue:</p>
    <p class="parrafo">1) Las disposiciones siguientes quedan suprimidas con efectos desde el 1 de julio de 1999:</p>
    <p class="parrafo">- el artículo 1,</p>
    <p class="parrafo">- el artículo 2,</p>
    <p class="parrafo">- los apartados 2, 3 y 4 del artículo 3,</p>
    <p class="parrafo">- los apartados 2, 3 y 4 del artículo 4,</p>
    <p class="parrafo">- el artículo 5.</p>
    <p class="parrafo">2) Las disposiciones siguientes quedan suprimidas con efectos desde el 31 de diciembre de 1999:</p>
    <p class="parrafo">- el artículo 6.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 28 de junio de 1999.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Franz FISCHLER</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">_______________________________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 226 de 13.8.1998, p. 16.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO L 250 de 7.10.1993, p. 9.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO L 376 de 31.10.1991, p. 21.</p>
    <p class="parrafo">(4) DO L 5 de 9.1.1999, p. 75.</p>
    <p class="parrafo">(5) Véase la página 76 del presente Diaro Oficial.</p>
  </texto>
</documento>
