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    <fecha_disposicion>19990304</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>479/1999</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CE) nº 479/1999 de la Comisión, de 4 de marzo de 1999, por el que se derogan determinados Reglamentos del sector de la leche y los productos lácteos.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19990305</fecha_publicacion>
    <diario_numero>57</diario_numero>
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    <p class="parrafo">LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (CEE) n° 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1587/96 (2), y, en particular, el apartado 6 de su artículo 6, el apartado 5 de su artículo 7, el apartado 3 de su artículo 10 y el apartado 3 de su artículo 12,</p>
    <p class="parrafo">Considerando que varios actos legislativos del sector de la leche y de los productos lácteos han dejado de tener objeto debido a las modificaciones que se han introducido en la normativa de base, al cumplimiento de los hechos reglamentados por los que se habían creado dichos actos y a los importantes cambios que ha experimentado el mercado; que, por razones de claridad y seguridad jurídica y en aras de la simplificación, procede derogar formalmente esos actos legislativos;</p>
    <p class="parrafo">Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Quedan derogados los Reglamentos que figuran en el anexo.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 4 de marzo de 1999.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Franz FISCHLER</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">_________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 148 de 28. 6. 1968, p. 13.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO L 206 de 16. 8. 1996, p. 21.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">- Reglamento (CEE) n° 1282/72 de la Comisión, de 21 de junio de 1972, relativo a la venta de mantequilla a precio reducido al ejército y a las unidades asimiladas (DO L 142 de 22. 6. 1972, p. 14), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) n° 342/89 (DO L 39 de 11. 2. 1989, p. 19).</p>
    <p class="parrafo">- Reglamento (CEE) n° 1717/72 de la Comisión, de 8 de agosto de 1972, relativo a la venta de mantequilla a precio reducido a instituciones y colectividades sin fin lucrativo (DO L 181 de 9. 8. 1972, p. 11), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) n° 3812/85 (DO L 368 de 31. 12. 1985, p. 3).</p>
    <p class="parrafo">- Reglamento (CEE) n° 368/77 de la Comisión, de 23 de febrero de 1977, relativo a la venta mediante licitación de leche desnatada en polvo destinada a la alimentación de animales que no sean los terneros jóvenes (DO L 52 de 24. 2. 1977, p. 19), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1802/95 (DO L 174 de 26. 7. 1995, p. 27).</p>
    <p class="parrafo">- Reglamento (CEE) n° 443/77 de la Comisión, de 2 de marzo de 1977, relativo a la venta a un precio determinado de leche desnatada en polvo destinada a la alimentación de animales que no sean los terneros jóvenes y por el que se modifican los Reglamentos (CEE) n° 1687/76 y (CEE) n° 368/77 (DO L 58 de 3. 3. 1977, p. 16), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1802/95.</p>
    <p class="parrafo">- Reglamento (CEE) n° 1844/77 de la Comisión, de 10 de agosto de 1977, relativo a la concesión mediante licitación de una ayuda especial a la leche desnatada en polvo, destinada a la alimentación de los animales distintos de los terneros jóvenes (DO L 205 de 11. 8. 1977, p. 11), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) n° 1756/93 (DO L 161 de 2. 7. 1993, p. 48).</p>
    <p class="parrafo">- Reglamento (CEE) n° 2793/77 de la Comisión, de 15 de diciembre de 1977, relativo a las modalidades de aplicación de una ayuda especial para la leche desnatada destinada a la alimentación animal con excepción de los terneros jóvenes (DO L 321 de 16. 12. 1977, p. 30), suspendido por el Reglamento (CEE) n° 3715/87 (DO L 349 de 12. 12. 1987, p. 19).</p>
    <p class="parrafo">- Reglamento (CEE) n° 2770/79 de la Comisión, de 10 de diciembre de 1979, relativo a la venta de leche desnatada en polvo destinada a la alimentación de terneros y por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 1687/76 (DO L 315 de 11. 12. 1979, p. 11), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1802/95.</p>
    <p class="parrafo">- Reglamento (CEE) n° 2192/81 de la Comisión, de 31 de julio de 1981, relativo a la concesión de una ayuda a la compra de mantequilla por el ejército y las unidades asimiladas de los Estados miembros (DO L 213 de 1. 8. 1981, p. 24), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) n° 1756/93.</p>
    <p class="parrafo">- Reglamento (CEE) n° 2268/84 de la Comisión, de 31 de julio de 1984, relativo a la venta especial de mantequilla de intervención para su exportación a determinados destinos y por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 1687/76 (DO L 208 de 3. 8. 1984, p. 35), suspendido por el Reglamento (CEE) n° 1645/85 (DO L 159 de 19. 6. 1985, p. 5).</p>
    <p class="parrafo">- Reglamento (CEE) n° 2409/86 de la Comisión, de 30 de julio de 1986, relativo a la venta de mantequilla de intervención destinada a la incorporación en los piensos compuestos para animales (DO L 208 de 31. 7. 1986, p. 29), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) n° 1756/93.</p>
    <p class="parrafo">- Reglamento (CEE) n° 2020/88 de la Comisión, de 7 de julio de 1988, por el que se permite a los beneficiarios de ayuda alimentaria comunitaria comprar leche desnatada en polvo a los organismos de intervención y por el que se establecen supuestos de inaplicación excepcional del Reglamento (CEE) n° 2213/76 (DO L 177 de 8. 7. 1988, p. 37), suspendido por el Reglamento (CEE) n° 2585/88 (DO L 230 de 19. 8. 1988, p. 22).</p>
    <p class="parrafo">- Reglamento (CEE) n° 1735/89 de la Comisión, de 19 de junio de 1989, relativo a la recuperación de las ayudas para la leche desnatada en polvo destinada a la alimentación animal y la leche desnatada transformada en alimentos compuestos en el momento de su exportación (DO L 171 de 20. 6. 1989, p. 23), suspendido por el Reglamento (CEE) n° 2601/90 (DO L 245 de 8. 9. 1990, p. 11).</p>
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