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<documento fecha_actualizacion="20241021191020">
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    <identificador>DOUE-L-1999-80333</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19981221</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>145/1999</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Consejo y de la Comisión, de 21 de diciembre de 1998, relativa a la celebración del Protocolo modificativo del Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, actuando en el marco de la Unión Europea, por una parte, y la República de Eslovenia, por otra.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19990226</fecha_publicacion>
    <diario_numero>51</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>207</pagina_inicial>
    <pagina_final>212</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1999/051/L00207-00212.pdf</url_pdf>
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    <materias>
      <materia codigo="71" orden="1">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="1315" orden="2">Comunidad Europea</materia>
      <materia codigo="3426" orden="3">Eslovenia</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="72" orden="100">Contiene  Protocolo de 11 de noviembre de 1996, adjunto a la misma.</nota>
      <nota codigo="10" orden="200">Entrada en vigor:  del Protocolo el 1 de febrero de 1999.</nota>
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    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1999-80332" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el Acuerdo y el Protocolo nº 4 aprobados por Decisión 99/144, de 21 de diciembre de 1998</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 113, en relación con la primera frase del apartado 2 del artículo 228,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero y, en particular, su artículo 95,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, el párrafo segundo del artículo 101,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen conforme del Consejo, y previa consulta del Comité consultivo de la CECA,</p>
    <p class="parrafo">Vista la aprobación dada por el Consejo en virtud del artículo 101 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,</p>
    <p class="parrafo">Considerando que conviene aprobar el Protocolo modificativo del Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, actuando en el marco de la Unión Europea, por una parte, y la República de Eslovenia, por otra, firmado en Luxemburgo el 10 de junio de 1996,</p>
    <p class="parrafo">DECIDEN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Se aprueba en nombre de la Comunidad Europea, de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, el Protocolo modificativo del Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, actuando en el marco de la Unión Europea, por una parte, y la República de Eslovenia, por otra.</p>
    <p class="parrafo">El texto del Protocolo se adjunta a la presente Decisión.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El Presidente del Consejo depositará, por lo que se refiere a la Comunidad Europea, el Acta de notificación prevista en el Protocolo a que se refiere el artículo 1. El Presidente de la Comisión depositará las actas de notificación por lo que se refiere a la Comunidad Europea del Carbón y del Acero y a la Comunidad Europea de la Energía Atómica.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 21 de diciembre de 1998.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">M. BARTENSTEIN</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">J. SANTER</p>
    <p class="parrafo">PROTOCOLO MODIFICATIVO</p>
    <p class="parrafo">del Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, actuando en el marco de la Unión Europea, por una parte, y la República de Eslovenia, por otra</p>
    <p class="parrafo">LA COMUNIDAD EUROPEA, LA COMUNIDAD EUROPEA DEL CARBÓN Y DEL ACERO Y LA COMUNIDAD EUROPEA DE LA ENERGÍA ATÓMICA,</p>
    <p class="parrafo">en lo sucesivo denominadas «Comunidad»,</p>
    <p class="parrafo">por un parte, y</p>
    <p class="parrafo">LA REPÚBLICA DE ESLOVENIA,</p>
    <p class="parrafo">en lo sucesivo denominada «Eslovenia»,</p>
    <p class="parrafo">por otra,</p>
    <p class="parrafo">CONSIDERANDO que el Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, actuando en el marco de la Unión Europea, por una parte, y la República de Eslovenia, por otra (en lo sucesivo denominado «Acuerdo europeo») fue firmado en Luxemburgo el 10 de junio de 1996, y que aún no ha entrado en vigor,</p>
    <p class="parrafo">CONSIDERANDO que la demora de la firma del Acuerdo europeo impide la aplicación interina de los aspectos relacionados con el comercio, tal como se preveía originalmente, y que son precisas determinadas modificaciones para que ello sea posible; que puede evitarse esta dificultad efectuando determinadas modificaciones del Acuerdo europeo,</p>
    <p class="parrafo">RECONOCIENDO la importancia crucial del comercio en la transición hacia una economía de mercado,</p>
    <p class="parrafo">TENIENDO PRESENTE la voluntad de la Comunidad de acelerar sus esfuerzos por abrir sus mercados a los productos de origen esloveno,</p>
    <p class="parrafo">TENIENDO PRESENTES los objetivos del Acuerdo europeo, y en particular los referidos en su artículo 1,</p>
    <p class="parrafo">HAN DECIDIDO celebrar el presente Protocolo, y han designado con tal fin plenipotenciarios:</p>
    <p class="parrafo">LA COMUNIDAD EUROPEA:</p>
    <p class="parrafo">Denis O'LEARY,</p>
    <p class="parrafo">Embajador,</p>
    <p class="parrafo">Representante permanente de Irlanda,</p>
    <p class="parrafo">Presidente del Comité de los Representantes Permanentes,</p>
    <p class="parrafo">Günther BURGHARDT,</p>
    <p class="parrafo">Director General de la Dirección General de Relaciones Políticas Exteriores de la Comisión de las Comunidades Europeas,</p>
    <p class="parrafo">LA COMUNIDAD EUROPEA DEL CARBÓN Y DEL ACERO y</p>
    <p class="parrafo">LA COMUNIDAD EUROPEA DE LA ENERGÍA ATÓMICA:</p>
    <p class="parrafo">Günther BURGHARDT,</p>
    <p class="parrafo">Director General de la Dirección General de Relaciones Políticas Exteriores de la Comisión de las Comunidades Europeas,</p>
    <p class="parrafo">LA REPÚBLICA DE ESLOVENIA:</p>
    <p class="parrafo">Boris CIZELJ,</p>
    <p class="parrafo">Embajador,</p>
    <p class="parrafo">Jefe de la Misión de la República de Eslovenia ante la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">QUIENES, después de haber intercambiado sus plenos poderes, reconocidos en buena y debida forma,</p>
    <p class="parrafo">HAN CONVENIDO EN LO SIGUIENTE:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El Acuerdo europeo se modifica como sigue:</p>
    <p class="parrafo">1) Las dos referencias a «1996» del artículo 132 del Acuerdo europeo se sustituyen por «1997».</p>
    <p class="parrafo">2) Se añade el siguiente texto en el artículo 112 del Acuerdo europeo:</p>
    <p class="parrafo">«Las decisiones adoptadas por el Consejo de cooperación y el Comité mixto a que se refiere el artículo 39 del Acuerdo interino en virtud de las facultades que les confieren el Acuerdo interino y el Acuerdo de cooperación seguirán aplicándose en tanto el Consejo de asociación no adopte una decisión en virtud del Acuerdo europeo».</p>
    <p class="parrafo">3. El Protocolo n° 4 sobre normas de origen del Acuerdo europeo se sustituye por el Protocolo n° 4 anejo al Acuerdo interino.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El presente Protocolo formará parte integrante del Acuerdo Europeo.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">El presente Protocolo entrará en vigor el primer día del segundo mes después de la fecha en que las Partes se notifiquen recíprocamente el cumplimiento de los procedimientos necesarios al efecto.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">El presente Protocolo se redacta por duplicado en las lenguas alemana, danesa, española, finlandesa, francesa, griega, inglesa, italiana, neerlandesa, portuguesa, sueca y eslovena, siendo cada uno de estos textos igualmente auténtico.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el once de noviembre de mil novecientos noventa y seis.</p>
    <p class="parrafo">Udfærdiget i Bruxelles den ellevte november nitten hundrede og seksoghalvfems.</p>
    <p class="parrafo">Geschehen zu Brüssel am elften November neunzehnhundertsechsundneunzig.</p>
    <p class="parrafo">Texto en griego.</p>
    <p class="parrafo">Done at Brussels on the eleventh day of November in the year one thousand nine hundred and ninety-six.</p>
    <p class="parrafo">Fait à Bruxelles, le onze novembre mil neuf cent quatre-vingt-seize.</p>
    <p class="parrafo">Fatto a Bruxelles, addì undici novembre millenovecentonovantasei.</p>
    <p class="parrafo">Gedaan te Brussel, de elfde november negentienhonderd zesennegentig.</p>
    <p class="parrafo">Feito em Bruxelas, em onze de Novembro de mil novecentos e noventa e seis.</p>
    <p class="parrafo">Tehty Brysselissä yhdentenätoista päivänä marraskuuta vuonna tuhatyhdeksänsataayhdeksänkymmentäkuusi.</p>
    <p class="parrafo">Som skedde i Bryssel den elfte november nittonhundranittiosex.</p>
    <p class="parrafo">V Bruslju, enajstega novembra tiso Ocdevetsto Osestindevetdeset.</p>
    <p class="parrafo">Por las Comunidades Europeas</p>
    <p class="parrafo">For De Europæiske Fællesskaber</p>
    <p class="parrafo">Für die Europäischen Gemeinschaften</p>
    <p class="parrafo">Texto en griego</p>
    <p class="parrafo">For the European Communities</p>
    <p class="parrafo">Pour les Communautés européennes</p>
    <p class="parrafo">Per le Comunità europee</p>
    <p class="parrafo">Voor de Europese Gemeenschappen</p>
    <p class="parrafo">Pelas Comunidades Europeias</p>
    <p class="parrafo">Euroopan yhteisöjen puolesta</p>
    <p class="parrafo">För Europeiska gemenskaperna</p>
    <p class="parrafo">Za Republiko Slovenijo</p>
    <p class="parrafo">Información relativa a la entrada en vigor del Acuerdo europeo de asociación con Eslovenia</p>
    <p class="parrafo">El Acuerdo europeo de asociación con Eslovenia, así como el Protocolo de 11 de noviembre de 1996 por el que se modifica el citado Acuerdo, entrarán en vigor el 1 de febrero de 1999, al haberse completado, a 23 de diciembre de 1998, las notificaciones relativas a la conclusión de los procedimientos previstos en los artículos 131 y 3, respectivamente.</p>
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