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<documento fecha_actualizacion="20241021190749">
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    <identificador>DOUE-L-1998-82103</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19981103</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>655/1998</numero_oficial>
    <titulo>Decisión nº 3/98 del Consejo de asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Lituania, por otra, de 3 de noviembre de 1998, por la que se aprueban las modificaciones del Protocolo nº 3 del Acuerdo europeo, incluidas en la Decisión nº 1/97 del Comité mixto, con arreglo al Acuerdo sobre libre comercio y medidas de acompañamiento entre la Comunidad Europea, la Comunidad Europea de la Energía Atómica y la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, por una parte, y la República de Lituania, por otra.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19981121</fecha_publicacion>
    <diario_numero>313</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>21</pagina_inicial>
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    <url_pdf>/doue/1998/313/L00021-00021.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>19981103</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <materias>
      <materia codigo="67" orden="">Acuerdo de Asociación CE</materia>
      <materia codigo="71" orden="1">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="1000" orden="2">Comercio</materia>
      <materia codigo="1315" orden="3">Comunidad Europea</materia>
      <materia codigo="1703" orden="4">Cooperación económica</materia>
      <materia codigo="4813" orden="5">Lituania</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="37" orden="220">Aplicable desde  el 1 de febrero de 1998.</nota>
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    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1997-80893" orden="4100">
          <palabra codigo="420">APRUEBA</palabra>
          <texto>las modificaciones incluídas en la Decisión 97/309, de 25 de febrero</texto>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1994-82281" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Protocolo núm 3 del acuerdo, aprobado por Decisión 94/979, de 20 de diciembre</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE ASOCIACION,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Lituania, por otra, firmado el 12 de junio de 1995 y, en particular sus artículos 111 y 132,</p>
    <p class="parrafo">Considerando que el artículo 132 del Acuerdo europeo establece que el Consejo de asociación aprobará en su primera reunión todas las modificaciones de dicho Acuerdo, y en particular de sus protocolos y sus anexos, necesarias para adaptarlo a los cambios introducidos en el Acuerdo sobre libre comercio y medidas de acompañamiento decididos por el Comité mixto entre la firma y la entrada en vigor del Acuerdo Europeo;</p>
    <p class="parrafo">Considerando que a fin de garantizar la continuidad jurídica, dichas notificaciones deberían ser aplicadas a partir de la entrada en vigor del Acuerdo, el 1 de febrero de 1998,</p>
    <p class="parrafo">DECIDE:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Se modifica el Protocolo n° 3 sobre normas de origen del Acuerdo europeo, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Lituania, por otra, de acuerdo con la Decisión n° 1/97 del Comité mixto, de 25 de febrero de 1997 (1) (junto con las oportunas declaraciones conjuntas) con arreglo al Acuerdo sobre libre comercio y medidas de acompañamiento entre las Comunidades Europeas, por una parte, y la República de Lituania, por otra.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión será publicada en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas y en Valstybès OZynios (Diario oficial de Lituania).</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.</p>
    <p class="parrafo">Será aplicable a partir del 1 de febrero de 1998.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 3 de noviembre de 1998.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo de asociación</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">W. SCHÜSSEL</p>
    <p class="parrafo">____________________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 136 de 27. 5. 1997, p. 1 y Valstybès OZynios (Diario Oficial de Lituania) n° 51 de 7. 6. 1997.</p>
  </texto>
</documento>
