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    <identificador>DOUE-L-1998-81070</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19980529</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>397/1998</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de la Comisión, de 29 de mayo de 1998, sobre medidas de Proteccción en relación con los Equidos Procedentes de Australia.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19980620</fecha_publicacion>
    <diario_numero>176</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>33</pagina_inicial>
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      <materia codigo="1293" orden="2">Australia</materia>
      <materia codigo="817" orden="1">Certificaciones</materia>
      <materia codigo="3882" orden="3">Ganado equino</materia>
      <materia codigo="4056" orden="4">Importaciones</materia>
      <materia codigo="6284" orden="5">Sanidad veterinaria</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="37" orden="305">Aplicable hasta A el 31 de julio de 1998.</nota>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista  la  Directiva  91/496/CEE  del  Consejo,  de  15 de julio de 1991, por la que  se  establecen  los  principios  relativos  a  la organización de controles veterinarios  de  los  animales  que  se introduzcan en la Comunidad procedentes de  países  terceros  y  por  la  que  se  modifican  las Directivas 89/662/CEE, 90/425/CEE   y  90/675/CEE  (1),  cuya  última  modificación  la  constituye  la Directiva 96/43/CE (2), en particular, el apartado 1 de su artículo 18,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  se  han  declarado casos de incefalomielitis B japonesa en el Estado de Queensland, en Australia;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   la   presencia   de  esa  enfermedad  en  Australia  podría representar  un  peligro  grave  para  los  équidos  de  la  Comunidad;  que  es preciso  adoptar  rápidamente  medidas  de  protección de índole comunitaria con respecto a los équidos procedentes de Australia;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  procede  establecer  requisitos adicionales para la admisión temporal  de  caballos  registrados  y la importación de équidos procedentes del Estado de Queensland (Australia);</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">1.  Para  la  admisión  temporal  de  caballos  registrados  y la importación de équidos  procedentes  del  Estado  de  Queensland  (Australia),  se requirirá la presentación   de   un   certificado   adicional  firmado  por  las  autoridades veterinarias competentes de la administración central australiana.</p>
    <p class="parrafo">2.  En  el  certificado  indicado  en  el apartado 1 deberá garantizarse que los équidos  han  sido  vacunados  contra  la  encefalomielitis  B japonesa el . . . (añadir  fecha)  dentro  de  los  últimos  seis meses pero al menos treinta días antes de la exportación.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los  Estados  miembros  modificarán  las  medidas  que aplican en sus relaciones con  Australia  para  ajustarlas  a  la  presente Decisión. Informarán de ello a la Comisión.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión se aplicará hasta el 31 de julio de 1998.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 29 de mayo de 1998.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Franz FISCHLER</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">_________________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 268 de 24. 9. 1991, p. 56.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO L 162 de 1. 7. 1996, p. 1.</p>
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</documento>
