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    <identificador>DOUE-L-1998-80831</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19980424</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>325/1998</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de la Comisión, de 24 de abril de 1998, relativa al programa de trabajo de 1998 sobre el contenido en proteinas de los principales productos lacteos.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19980514</fecha_publicacion>
    <diario_numero>142</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>39</pagina_inicial>
    <pagina_final>41</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1998/142/L00039-00041.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia>19980603</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="3455" orden="1">Estadística</materia>
      <materia codigo="4746" orden="2">Leche</materia>
      <materia codigo="5743" orden="3">Productos lácteos</materia>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA  COMISION  DE  LAS  COMUNIDADES  EUROPEAS,Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista  la  Directiva  96/16/CE  del  Consejo,  de 19 de marzo de 1996, sobre las encuestas   estadísticas  de  la  leche  y  los  productos  lácteos  (1)  y,  en particular, el apartado 2 de su artículo 4,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  es  preciso  proseguir  el trabajo emprendido por los Estados miembros   para   avanzar   hacia  el  objetivo  de  ampliar  las  informaciones estadísticas  anuales  al  contenido  en  proteínas de los principales productos lácteos;   Considerando  que  el  programa de trabajo de 1998 tiene cuenta de la experiencia  del  programa  de  trabajo  de  1997  y  se  propone  examinar  los distintos  métodos  de  medición  de  la  proteína  en los principales productos lácteos;   Considerando  que  las  medidas  previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de estadística agrícola,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:</p>
    <p class="parrafo">Artículo  1   Se  aprueba  el  programa de trabajo de 1998 sobre el contenido en proteínas de los principales productos lácteos, que figura adjunto.</p>
    <p class="parrafo">Artículo  2   La  presente  Decisión  entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">Artículo  3   Los  destinatarios  de  la  presente  Decisión  serán  los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 24 de abril de 1998.</p>
    <p class="parrafo">Por  la  Comisión  Yves-Thibault  DE  SILGUY Miembro de la Comisión  (1) DO L 78 de 28. 3. 1996, p. 27.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO     PROGRAMA   DE  TRABAJO  1998   Los  Estados  miembros  transmitirán  a Eurostat, el 30 de junio de 1998 a más tardar:</p>
    <p class="parrafo">1)  las  informaciones  relativas  al  cuadro  adjunto  relativo al contenido en proteína  de  los  principales  productos lácteos para el último año disponible. Aparte  de  la  columna  1,  deberá completarse al menos una de las columnas 2 o</p>
    <p class="parrafo">3.  Si  sólo  se  completa  una  de  dichas columnas 2 o 3, los Estados miembros darán  una  explicación  precisa;   2)  la descripción de los métodos utilizados para   obtener   los   datos   correspondientes  al  cuadro  adjunto  (encuestas directas,</p>
    <p class="parrafo">coeficientes,    estimaciones,   cuadro   de   referencias   técnicas,   fuentes administrativas,   informaciones  de  las  organizaciones  profesionales,  otras fuentes);   3)  los  elementos  que  faltan  del programa de trabajo 1997 aún no comunicados.   Los   Estados   miembros   harán  esta  transmisión  en  estrecha colaboración   con  Eurostat;   4)  sus  propuestas  relativas  al  programa  de trabajo 1999.</p>
    <p class="parrafo">ACTIVIDADES   DE   LAS   LECHERIAS   (Proteína  de  la  leche  de  vaca  en  los principales productos lácteos) &gt;PRINCIPIO DE GRAFICO&gt; &gt;FIN DE GRAFICO&gt;</p>
    <p class="parrafo">País:                                Año:</p>
    <p class="parrafo">Cantidad</p>
    <p class="parrafo">producida(1)</p>
    <p class="parrafo">Código       Producto               (en miles de   Entrada(2) Contenido(3)</p>
    <p class="parrafo">toneladas)</p>
    <p class="parrafo">1              2           3</p>
    <p class="parrafo">1            Productos frescos</p>
    <p class="parrafo">11           Leche de consumo</p>
    <p class="parrafo">112          Leche entera</p>
    <p class="parrafo">113          Leche semidesnatada</p>
    <p class="parrafo">114          Leche desnatada</p>
    <p class="parrafo">12           Suero</p>
    <p class="parrafo">13           Crema</p>
    <p class="parrafo">2            Productos fabricados</p>
    <p class="parrafo">21           Leche concentrada</p>
    <p class="parrafo">221</p>
    <p class="parrafo">Crema de leche en polvo</p>
    <p class="parrafo">222          Leche entera en polvo</p>
    <p class="parrafo">223          Leche parcialmente desnatada en polvo</p>
    <p class="parrafo">224          Leche dsnatada en polvo</p>
    <p class="parrafo">225          Suero en polvo</p>
    <p class="parrafo">2411         Queso de leche de vaca</p>
    <p class="parrafo">(1)  Columna  1:  cantidades  producidas  en  millares  de  toneladas durante el período  en  cuastión(año);  para  la  definición, véase la columna 1 del cuadro B del anexo II de la Decisión 97/80/CE.</p>
    <p class="parrafo">(2)  Columna  2:  cantidades  en  toneladas  de  la proteína de la leche de vaca utilizada   para   la  fabricación  del  producto  en  cuestión,  incluidas  las posibles pérdidas sufridas durante el proceso de fabricación.</p>
    <p class="parrafo">(3)  columna  3:  cantidades  en  toneladas  de  la proteína de la leche de vaca contenida en el producto.</p>
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