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    <identificador>DOUE-L-1998-80692</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19980424</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>880/1998</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CE) núm. 880/98 de la Comisión, de 24 de abril de 1998, por el que se establecen metodos de referencia para la determinación del contenido de agua, del extracto seco magro y del contenido de materias grasas de la mantequilla.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19980425</fecha_publicacion>
    <diario_numero>124</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>16</pagina_inicial>
    <pagina_final>21</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1998/124/L00016-00021.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia>19980523</fecha_vigencia>
    <estatus_derogacion>S</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion>20010214</fecha_derogacion>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <vigencia_agotada>S</vigencia_agotada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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      <materia codigo="230" orden="1">Análisis</materia>
      <materia codigo="4862" orden="2">Mantequilla</materia>
      <materia codigo="5743" orden="3">Productos lácteos</materia>
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          <palabra codigo="210">SE DEROGA</palabra>
          <texto>, por el Reglamento 213/2001, de 9 de enero</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  n° 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el  que  se  establece  la  organización  de mercados en el sector de la leche y de  los  productos  lácteos  (1),  cuya  última  modificación  la  constituye el Reglamento  (CE)  n°  1587/96  (2),  y,  en  particular,  el  apartado  7  de su artículo  6,  el  apartado  3  de  su  artículo 12, el apartado 7 de su artículo 14, el apartado 2 de su artículo 16 y el apartado 4 de su artículo 17,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Reglamento  (CE)  n°  1854/96  de  la  Comisión (3), cuya última   modificación   la   constituye   el  Reglamento  (CE)  n°  745/98  (4), establece   una   lista  de  métodos  de  referencia  para  la  realización  del análisis  y  la  evaluación  de  la  calidad  de  la  leche  y  de los productos lácteos en el marco de la organización común de mercados;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  los  métodos  de referencia aceptados internacionalmente para la  determinación  del  contenido  de  agua,  del  extracto  seco  magro  y  del contenido  de  materias  grasas  de la mantequilla e incluidos en dicha lista no han  sido  validados;  que,  por  consiguiente,  no  se  dispone  de información relativa a las variaciones entre laboratorios de los resultados analíticos;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  los  métodos  deben  modificarse  con  el fin de facilitar su aplicación;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  los  métodos  han  sido  validados  de conformidad con normas establecidas internacionalmente;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   los  métodos  validados  deben  aplicarse  com  métodos  de referencia;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas  en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">1.  El  método  de  análisis que figura en el anexo I se aplicará como método de referencia para la determinación del contenido de agua de la mantequilla.</p>
    <p class="parrafo">2.  El  método  de  análisis  que  figura en el anexo II se aplicará como método de   referencia   para   la   determinación   del  extracto  seco  magro  de  la mantequilla.</p>
    <p class="parrafo">3.  El  método  de  análisis  que figura en el anexo III se aplicará como método de  referencia  para  la  determinación  de  contenido  de materias grasas de la mantequilla.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento  entrará  en  vigor  cuatro  semanas  después  de  su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 24 de abril de 1998.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Franz FISCHLER</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">____________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 148 de 28. 6. 1968, p. 13.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO L 206 de 16. 8. 1996, p. 21.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO L 246 de 27. 9. 1996, p. 5.</p>
    <p class="parrafo">(4) DO L 103 de 3. 4. 1998, p. 8.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO I</p>
    <p class="parrafo">DETERMINACION DEL CONTENIDO DE AGUA DE LA MANTEQUILLA</p>
    <p class="parrafo">1. Objetivo y ámbito de aplicación</p>
    <p class="parrafo">El  presente  método  de  referencia  específica un método para la determinación del contenido de agua de la mantequilla.</p>
    <p class="parrafo">2. Referencia</p>
    <p class="parrafo">Norma  IDF  Standard  50  C:  1995.  «Leche  y  productos  lácteos».  Métodos de muestreo.</p>
    <p class="parrafo">3.  Definición   Contenido  de  agua  de la mantequilla: pérdida de masa tras la realización  del  proceso  de  calentamiento  especificado en la presente norma. Se expresa en gramos por 100 gramos.</p>
    <p class="parrafo">4.  Principio   Evaporación  del  agua de una porción de la muestra en presencia de piedra pómez a la temperatura de 102 °C en una estufa de secado.</p>
    <p class="parrafo">5. Materiales y equipo  Equipo normal de laboratorio y, en particular:</p>
    <p class="parrafo">5.1. Balanza analítica, de 1 mg de sensibilidad.</p>
    <p class="parrafo">5.2.  Desecador  provisto  de  un  deshidratante  eficaz  (por  ejemplo,  gel de sílice recién deshidratado con indicador higroscópico).</p>
    <p class="parrafo">5.3.  Estufa  de  secado,  ventilada, termostática, que se mantenga a 102 ± 2 °C en todo el espacio de trabajo.</p>
    <p class="parrafo">5.4.  Cápsulas  de  vidrio,  porcelana  o  metal  no corrosivo, de unos 20 mm de altura y 60 a 80 mm de diámetro.</p>
    <p class="parrafo">5.5. Piedra pómez, granulada y lavada, con diámetro de 0,8-10 mm.</p>
    <p class="parrafo">6. Muestreo</p>
    <p class="parrafo">Véase la norma IDF 50 C: 1995</p>
    <p class="parrafo">7. Procedimiento</p>
    <p class="parrafo">7.1.  Preparación  de  la  muestra  problema  Calentar la muestra de laboratorio en  el  recipiente  cerrado  de  vidrio  o  de plástico adecuado, que debe estar lleno  hasta  la  mitad  o  los  dos tercios, hasta una temperatura a la cual la muestra  esté  bastante  blanda  como  para  conseguir  su homogeneización total (con   un   agitador   mecánico  o  a  mano).  Normalmente,  la  temperatura  de homogeneización   no   debe   superar  los  35  °C.  Enfriar  la  muestra  hasta temperatura   ambiente.   Lo  antes  posible  tras  el  enfriamiento,  abrir  el recipiente  de  la  muestra  y agitar brevemente (durante no más de 10 s) con un instrumento  adecuado,  como  puede  ser  una  cuchara  o una espátula, antes de pesar.</p>
    <p class="parrafo">7.2.  Determinación  del  contenido  de  agua  7.2.1.  Poner unos 10 g de piedra pómez en la cápsula (5.4).</p>
    <p class="parrafo">7.2.2.  Secar  la  cápsula  con  la piedra pómez en la estufa (5.3) a 102 ± 2 °C durante al menos 1 h.</p>
    <p class="parrafo">Nota:  los  períodos  de  secado  mencionados en 7.2.2, 7.2.5 y 7.2.7 empiezan a partir  del  momento  en  que  la  temperatura  de la estufa alcanza los 102 ± 2 °C.</p>
    <p class="parrafo">7.2.3.  Dejar  enfriar  la  cápsula  en  el  desecador  (5.2)  hasta alcanzar la temperatura de la sala de balanzas y pesar con precisión de 1 mg.</p>
    <p class="parrafo">7.2.4.  Poner  en  la  cápsula,  pesando  con  precisión de 1 mg, una porción de unos 5 g de la muestra problema.</p>
    <p class="parrafo">7.2.5.  Poner  la  cápsula  en  la  estufa a 102 ± 2 °C y dejarla allí durante 3</p>
    <p class="parrafo">h.</p>
    <p class="parrafo">7.2.6.   Dejar   enfriar   la   cápsula   en  el  desecador  hasta  alcanzar  la temperatura de la sala de balanzas y pesar con precisión de 1 mg.</p>
    <p class="parrafo">7.2.7.  Repetir  el  proceso  de  secado  durante  períodos  adicionales de 1 h, dejando  enfriar  y  pesando  cada  vez  según se indica en 7.2.6 hasta llegar a masa constante (cuando el cambio de masa no supere 1 mg).</p>
    <p class="parrafo">En  caso  de  que  haya  aumento  de  masa,  tomar para los cálculos la masa más baja que se haya encontrado.</p>
    <p class="parrafo">8. Expresión de los resultados</p>
    <p class="parrafo">8.1.  Método  de  cálculo  y  fórmula  Calcular  el  contenido  de agua, W, como porcentaje en masa utilizando la fórmula siguiente:</p>
    <p class="parrafo">W= &gt;NUM&gt;m1 Pm2 &gt;DEN&gt;m1 Pm0 x100</p>
    <p class="parrafo">donde</p>
    <p class="parrafo">m0 es la masa en gramos de la cápsula con la piedra pómez (7.2.3)</p>
    <p class="parrafo">m1  es  la  masa  en  gramos  de  la  porción de muestra, cápsula y piedra pómez antes del secado (7.2.4)</p>
    <p class="parrafo">m2  es  la  masa  en  gramos  de  la  porción de muestra, cápsula y piedra pómez después del secado (7.2.7) El resultado se redondea a una cifra decimal.</p>
    <p class="parrafo">8.2.   Repetibilidad   La  diferencia  absoluta  entre  los  resultados  de  dos determinaciones  simples,  realizadas  simultáneamente  o en rápida sucesión por el   mismo   operario  en  las  mismas  condiciones  con  un  material  problema idéntico, no superará el 0,2 %.</p>
    <p class="parrafo">8.3.  Repetibilidad  La  diferencia  absoluta  entre  dos  resultados  simples e independientes,  obtenidos  por  dos  operarios  en  laboratorios diferentes con un material problema identico, no superará el 0,3 %.</p>
    <p class="parrafo">9. Informe de la prueba</p>
    <p class="parrafo">El   informe   de   la  prueba  debe  especificar  el  método  utilizado  y  los resultados   obtenidos.   Debe   mencionar   asimismo   todos   los   datos  del procedimiento   que  no  se  especifiquen  en  esta  norma  internacional  o  se consideren  optativos,  junto  con  los  datos  de cualquier incidente que pueda haber  influido  en  los  resultados.  El informe de la prueba debe incluir toda la información necesaria para la identificación completa de la muestra.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO II</p>
    <p class="parrafo">DETERMINACION DEL EXTRACTO SECO MAGRO DE LA MANTEQUILLA</p>
    <p class="parrafo">1. Objetivo y ámbito de aplicación</p>
    <p class="parrafo">La  presente  norma  especifica  un  método  para  la determinación del extracto seco magro de la mantequilla.</p>
    <p class="parrafo">2. Referencia</p>
    <p class="parrafo">Norma  IDF  Standard  50  C:  1995.  «Leche  y  productos  lácteos».  Métodos de muestreo.</p>
    <p class="parrafo">3. Definición</p>
    <p class="parrafo">Extracto  seco  magro  de  la  mantequilla: porcentaje en masa de las sustancias determinadas por el procedimiento especificado.</p>
    <p class="parrafo">Se expresa en gramos por 100 gramos.</p>
    <p class="parrafo">4. Principio</p>
    <p class="parrafo">Evaporación  del  agua  de  una  masa  conocida de mantequilla, extracción de la materia grasa con éter de petróleo y pesada del residuo.</p>
    <p class="parrafo">5. Reactivo</p>
    <p class="parrafo">Eter  de  petróleo  con  un  intervalo  de  ebullición  entre  30  y  60  °C. El reactivo no debe dejar más de 1 mg de residuo tras la evaporación de 100 ml.</p>
    <p class="parrafo">6. Materiales y equipo</p>
    <p class="parrafo">6.1. Balanza analítica, de 1 mg de sensibilidad.</p>
    <p class="parrafo">6.2.  Desecador  provisto  de  un  deshidratante  eficaz  (por  ejemplo, gel del sílice recién deshidratado con indicador higroscópico).</p>
    <p class="parrafo">6.3.  Estufa  de  secado,  ventilada, termostática, que se mantenga a 102 ± 2 °C en todo el espacio de trabajo.</p>
    <p class="parrafo">6.4.  Cápsulas  de  vidrio,  porcelana  o  metal  no corrosivo, de unos 20 mm de altura del pico y 60 a 80 mm de diámetro, con varilla agitadora de vidrio.</p>
    <p class="parrafo">6.5.  Filtro  de  vidrio  fritado,  con  poros  de  16 a 40  m de diámetro y con frasco de succión.</p>
    <p class="parrafo">7. Muestreo</p>
    <p class="parrafo">Véase la norma IDF Standard 50 C: 1995.</p>
    <p class="parrafo">8. Procedimiento</p>
    <p class="parrafo">8.1. Preparación de la muestra problema</p>
    <p class="parrafo">Calentar  la  muestra  de  laboratorio  en  el recipiente cerrado de vidrio o de plástico  adecuado,  que  debe  estar  lleno  hasta  la mitad o los dos tercios, hasta  una  temperatura  a  la  cual  la  muestra esté bastante blanda como para conseguir  su  homogeneización  total  (con  un  agitador  mecánico  o  a mano). Normalmente,  la  temperatura  de  homogeneización  no  debe  superar los 35 °C. Enfriar  la  muestra  hasta  temperatura  ambiente.  Lo  antes  posible  tras el enfriamiento,  abrir  el  recipiente  de la muestra y agitar brevemente (durante no  más  de  10  s)  con  un  instrumento adecuado, como puede ser una cuchara o una espátula, antes de pesar.</p>
    <p class="parrafo">8.2. Determinación</p>
    <p class="parrafo">8.2.1.  Secar  la  cápsula  con  la varilla (6.4) y el filtro (6.5) en la estufa (6.3)  durante  1  h.  Dejar  enfriar  estos  objetos en el desecador y pesarlos todos  juntos  (es  decir,  cápsula,  varilla  y  filtro)  con precisión de 1 mg (m0).</p>
    <p class="parrafo">Notas:</p>
    <p class="parrafo">- Como norma, es suficiente un tiempo de enfriamiento de 45 min.</p>
    <p class="parrafo">-  Es  importante  que  se  utilice  el  mismo  conjunto  de  cápsula, varilla y filtro  con  cada  una  de  las  porciones  de  muestra  si  son  más de una las analizadas en el lote.</p>
    <p class="parrafo">8.2.2.  Quitar  el  filtro  y anotar el peso de la cápsula junto con la varilla, con precisión de 1 mg (m1).</p>
    <p class="parrafo">8.2.3.  Poner  en  la  cápsula, pesando con precisión de 1 mg, una porción de la muestra problema (8.1) de unos 5 g (m2).</p>
    <p class="parrafo">8.2.4.  Poner  la  cápsula  (con la varilla y la mantequilla) en la estufa a 102 ± 2 °C y dejarla hasta el día siguiente.</p>
    <p class="parrafo">8.2.5.   Dejar   enfriar  la  cápsula  (8.2.3)  hasta  alcanzar  la  temperatura ambiente.</p>
    <p class="parrafo">8.2.6.  Añadir  a  la  cápsula 15 ml de éter de petróleo caliente (a unos 25 °C) y  despegar  todo  lo  que  se  pueda  del  sedimento  adherido  a  la  cápsula, utilizando  la  varilla  de  vidrio.  Pasar  el disolvente al filtro y hacer que pase filtrándose al frasco de succión.</p>
    <p class="parrafo">8.2.7.  Realizar  la  operación  8.2.6  otras  cuatro veces. Si no quedan trazas</p>
    <p class="parrafo">de  grasa  en  la  superficie  de la cápsula, pasar cuantitativamente al filtro, durante  el  cuarto  lavado,  todo  lo  que  se  pueda  del  sedimento.  En caso contrario,  repetir  la  operación  8.2.6 hasta la eliminación completa de todas las trazas de grasa.</p>
    <p class="parrafo">8.2.8.  Lavar  el  sedimento  en  el  filtro  con  25  ml  de  éter  de petróleo caliente.</p>
    <p class="parrafo">8.2.9.  Secar  la  cápsula  y  la  varilla de vidrio, junto con el filtro, en la estufa a 102 ± 2 °C durante 30 minutos.</p>
    <p class="parrafo">8.2.10.  Dejar  enfriar  en  el desecador hasta temperatura ambiente y pesar con precisión de 1 mg.</p>
    <p class="parrafo">8.2.11.  Repetir  las  operaciones  8.2.9 y 8.2.10 hasta llegar a masa constante (cuando  el  cambio  de  masa  no  supere  1  mg) de la cápsula, la varilla y el filtro conjuntamente (m3).</p>
    <p class="parrafo">9. Expresión de los resultados</p>
    <p class="parrafo">9.1. Cálculo del extracto seco magro</p>
    <p class="parrafo">Calcular  el  extracto  seco  magro,  ESM, como porcentaje en masa utilizando la fórmula siguiente:</p>
    <p class="parrafo">ESM = &gt;NUM&gt;m3 P m0 &gt;DEN&gt;m2 P m1 x 100</p>
    <p class="parrafo">donde</p>
    <p class="parrafo">m0  es  la  masa  en  gramos  de  la cápsula vacía con la varilla de vidrio y el filtro (8.2.1)</p>
    <p class="parrafo">m1 es la masa en gramos de la cápsula vacía con la varilla de vidrio (8.2.2)</p>
    <p class="parrafo">m2  es  la  masa  en gramos de la porción de muestra y la cápsula con la varilla de vidrio (8.2.3)</p>
    <p class="parrafo">m3  es  la  masa  final  en  gramos de la cápsula con la varilla y el filtro con el sedimento (8.2.11) El resultado se redondea a una cifra decimal.</p>
    <p class="parrafo">9.2. Repetibilidad</p>
    <p class="parrafo">La  diferencia  absoluta  entre  los  resultados de dos determinaciones simples, realizadas  simultáneamente  o  en  rápida sucesión por el mismo operario en las mismas condiciones con un material problema idéntico, no superará el 0,1 %.</p>
    <p class="parrafo">9.3. Reproducibilidad</p>
    <p class="parrafo">La   diferencia   absoluta   entre  dos  resultados  simples  e  independientes, obtenidos   por  dos  operarios  en  laboratorios  diferentes  con  un  material problema idéntico, no superará el 0,2 %.</p>
    <p class="parrafo">10. Informe de la prueba</p>
    <p class="parrafo">El   informe   de   la  prueba  debe  especificar  el  método  utilizado  y  los resultados   obtenidos.   Debe   mencionar   asimismo   todos   los   datos  del procedimiento   que  no  se  especifiquen  en  esta  norma  internacional  o  se consideren  optativos,  junto  con  los  datos  de cualquier incidente que pueda haber  influido  en  los  resultados.  El informe de la prueba debe incluir toda la información necesaria para la identificación completa de la muestra.</p>
    <p class="parrafo">Nota:</p>
    <p class="parrafo">Si  se  analiza  mantequilla  salada, la sal añadida se determina como parte del extracto  seco  magro.  Para  determinar  el  extracto seco magro lácteo hay que restar  del  extracto  seco  magro  el  contenido  de  sal  añadida.  Las cifras calculadas  de  precisión  para  la determinación del extracto seco magro lácteo son las siguientes:</p>
    <p class="parrafo">Repetibilidad:           r = 0,104%</p>
    <p class="parrafo">Reproducibilidad =       R = 0,206%</p>
    <p class="parrafo">Puede  aceptarse  que  las  cifras  de precisión obtenidas para la determinación del  extracto  seco  magro  son  válidas para la determinación del extracto seco magro lácteo.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO III</p>
    <p class="parrafo">DETERMINACION DEL CONTENIDO DE MATERIA GRASA DE LA MANTEQUILLA</p>
    <p class="parrafo">El   contenido   de   materia   grasa   se   obtiene   indirectamente   mediante determinación  del  contenido  de  agua  y del extracto seco magro con arreglo a los  Anexos  I  y  II, respectivamente. El porcentaje, en masa, de materia grasa es igual a:</p>
    <p class="parrafo">100 P (W + ESM)</p>
    <p class="parrafo">donde</p>
    <p class="parrafo">W es el porcentaje en masa de agua</p>
    <p class="parrafo">ESM es el porcentaje en masa de extracto seco magro.</p>
    <p class="parrafo">Las  cifras  calculadas  de  precisión  para  la  determinación del contenido de materia grasa son las siguientes:</p>
    <p class="parrafo">Repetibilidad:        r = 0,22%</p>
    <p class="parrafo">Reproducibilidad:     R = 0,36%</p>
  </texto>
</documento>
