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<documento fecha_actualizacion="20241021190051">
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    <identificador>DOUE-L-1998-80163</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19980126</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>103/1998</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de la Comisión, de 26 de enero de 1998, que modifica la Decisión 97/467/CE por la que se establecen las listas provisionales de establecimientos de terceros países a partir de los cuales los Estados miembros autorizaran las importaciones de carne de conejo y de caza de cria.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19980131</fecha_publicacion>
    <diario_numero>25</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>96</pagina_inicial>
    <pagina_final>97</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1998/025/L00096-00097.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
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    <estatus_derogacion>S</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion>20140322</fecha_derogacion>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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      <materia codigo="234" orden="1">Animales</materia>
      <materia codigo="1293" orden="3">Australia</materia>
      <materia codigo="621" orden="2">Carnes</materia>
      <materia codigo="1338" orden="4">Conejos</materia>
      <materia codigo="4056" orden="5">Importaciones</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="149" orden="900">Esta norma se entiende implícitamente derogada por Decisión 2014/160, de 20 de marzo; DOUE-L-2014-80533</nota>
    </notas>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1997-81493" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 1 y el Anexo de la Decisión 97/467, de 7 de julio</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista  la  Decisión  95/408/CE  del  Consejo, de 22 de junio de 1995, relativa a las   condiciones  de  elaboración,  durante  un  período  transitorio,  de  las</p>
    <p class="parrafo">listas  provisionales  de  los  establecimientos  de  terceros países de los que los  Estados  miembros  están  autorizados  para importar determinados productos de  origen  animal,  productos  de  la pesca y moluscos bivalvos vivos (1), cuya última   modificación   la   constituye   la   Decisión   97/34/CE  (2),  y,  en particular, el apartado 1 de su artículo 2 y su artículo 7,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Decisión  97/467/CE  de  la  Comisión  (3) estableció las listas  provisionales  de  establecimientos  de  terceros países a partir de los cuales  los  Estados  miembros  autorizarán las importaciones de carne de conejo y  de  caza  de  cría; que la lista de establecimientos australianos establecida en   la   mencionada  Decisión  incluye,  en  particular,  establecimientos  que producen carne de estrucioniformes;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  de  conformidad  con  el  apartado  1  del  artículo 2 de la Decisión   95/408/CE,  deberá  establecerse  una  lista  de  terceros  países  a partir  de  los  cuales  los  Estados  miembros autorizarán las importaciones de carne   de   estrucioniformes   y   las   condiciones   y  la  certificación  de importación  de  la  carne  de  estrucioniformes  antes  de  elaborar las listas provisionales  de  establecimientos  de  terceros  países a partir de los cuales se podrán efectuar importaciones de carne de estrucioniformes;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  aún  no  se  ha  establecido  la  lista  de terceros países a partir  de  los  cuales  los Estados miembros están autorizados a importar carne de   estrucioniformes,   las   condiciones   zoosanitarias   ni  el  certificado veterinario necesarios para la importación de dicha carne en la Comunidad;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que,  en  aras  de  la  coherencia,  es  necesario  modificar  la Decisión 97/467/CE en consecuencia;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  Australia  también  notificó una serie de cambios en la lista de  establecimientos  que  producen  carne  de caza de cría distinta de la carne de estrucioniformes; que esta circunstancia debe tenerse en cuenta;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">1.  En  el  apartado  2  del artículo 1 de la Decisión 97/467/CE, a continuación de   «carne   de   caza   de   cría»,  se  añadirá  «distinta  de  la  carne  de estrucioniformes».</p>
    <p class="parrafo">2.  Entre  los  apartados  2  y  3  del  artículo 1 de la Decisión 97/467/CE, se incluirá el siguientes apartado:</p>
    <p class="parrafo">«2.bis.   Los   Estados  miembros  podrán  autorizar  establecimientos  para  la importación de carne de estrucioniformes hasta el 1 de octubre de 1998.».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  anexo  de  la  Decisión  97/467/CE se sustituirá por el anexo de la presente Decisión por lo que se refiere a Australia.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 26 de enero de 1998.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Franz FISCHLER</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 243 de 11. 10. 1995, p. 17.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO L 13 de 16. 1. 1997, p. 33.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO L 199 de 26. 7. 1997, p. 57.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO  -  BILAG  -  ANHANG - TEXTO OMITIDO EN GRIEGO - ANNEX - ANNEXE - ALLEGATO - BIJLAGE - ANEXO - LIITE - BILAGA</p>
    <p class="parrafo">«País:  AUSTRALIA  /  Land:  AUSTRALIEN  /  Land:  AUSTRALIEN / Texto omitido en griego  /  Country:  AUSTRALIA  /  Pays:  AUSTRALIE  /  Paese: AUSTRALIA / Land: AUSTRALIE / País: AUSTRALIA / Maa: AUSTRALIA / Land: AUSTRALIEN</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
  </texto>
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