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    <identificador>DOUE-L-1997-82428</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19971218</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>2598/1997</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CE) nº 2598/97 del Consejo, de 18 de diciembre de 1997, por el que se prorroga el programa destinado a fomentar la cooperación internacional en el sector de la energía - Programa Synergy.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19971223</fecha_publicacion>
    <diario_numero>351</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <fecha_vigencia>19971223</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <materias>
      <materia codigo="420" orden="1">Ayudas</materia>
      <materia codigo="1704" orden="2">Cooperación internacional</materia>
      <materia codigo="3187" orden="3">Energía</materia>
      <materia codigo="4918" orden="4">Medio ambiente</materia>
      <materia codigo="5762" orden="5">Programas</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="36" orden="315">Vigencia  del programa desde el 1 de enero de 1998 hasta el 31 de diciembre de 1998.</nota>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Tratado  constitutivo  de  la  Comunidad Europea y, en particular, su artículo 235,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Parlamento Europeo,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Reglamento  (CE) n° 701/97 del Consejo, de 14 de abril de 1997,  por  el  que  se  aprueba un programa destinado a fomentar la cooperación internacional   en   el   sector   de  la  energía  -  Programa  Synergy  y,  en particular,  su  artículo  3,  dispone  que  la realización del Programa Synergy se extenderá desde el 1 de enero de 1997 hasta el 31 de diciembre de 1997;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   la  Comunicación  de  la  Comisión  «Visión  global  de  la política  y  las  acciones  en  el  campo  de  la energía» pone de manifiesto la necesidad   de  un  esfuerzo  para  mejorar  la  transparencia  de  la  política energética  comunitaria  y  es  un primer paso hacia la propuesta de un programa marco sobre energía;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  es  necesario  prorrogar  de  manera  transitoria el programa Synergy,  por  espacio  de  un  año,  a  la  espera  de su inserción en el nuevo programa marco sobre energía;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  en  el  presente  Reglamento se incluye, con arreglo al punto 2  de  la  Declaración  del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, de 6  de  marzo  de  1995,  relativa  a la inscripción de disposiciones financieras en  los  actos  legislativos,  un importe de referencia financiera, sin que ello afecte  a  las  competencias  de  la  autoridad  presupuestaria  definidas en el Tratado;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  para  la  adopción  del  presente  Reglamento, el Tratado no prevé más poderes de acción que los del artículo 235,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">1.  La  duración  del  programa Synergy se prorrogará por un año, del 1 de enero de 1998 al 31 de diciembre de 1998.</p>
    <p class="parrafo">2.  El  importe  de  referencia  financiera  para la ejecución de dicho programa será  de  5  millones  de  ecus.  la  autoridad  presupuestaria  autorizará  los créditos dentro de los límites de las perspectivas financieras.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  día  de  su  publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 18 de diciembre de 1997.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">F. BODEN</p>
  </texto>
</documento>
