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<documento fecha_actualizacion="20241021185758">
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    <identificador>DOUE-L-1997-81918</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19970929</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>665/1997</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de la Comisión, de 29 de septiembre de 1997, que modifica la Decisión 97/85/CE por la que se reconoce que la producción de determinados vinos de calidad producidos en regiones determinadas de España es muy inferior a la demanda debido a sus características cualitativas.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19971014</fecha_publicacion>
    <diario_numero>280</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>15</pagina_inicial>
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    <url_pdf>/doue/1997/280/L00015-00016.pdf</url_pdf>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="480" orden="1">Bebidas alcohólicas</materia>
      <materia codigo="2420" orden="2">Denominaciones de origen</materia>
      <materia codigo="6028" orden="3">España</materia>
      <materia codigo="7150" orden="4">Vinos</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1997-80125" orden="2050">
          <palabra codigo="245">SUSTITUYE</palabra>
          <texto>el Anexo de la Decisión 97/85, de 9 de enero</texto>
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    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (CEE) n° 822/87 del Consejo, de 16 de marzo de 1987, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1417/97 (2), y, en particular, el apartado 4 de su artículo 6,</p>
    <p class="parrafo">Considerando que, de conformidad con el apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CEE) n° 822/87, queda prohibida toda nueva plantación de vid hasta el 31 de agosto de 1998; que, no obstante, esta disposición establece que para las campañas 1996/97 y 1997/98 los Estados miembros podrán conceder autorizaciones de nuevas plantaciones para superficies destinadas a la producción de:</p>
    <p class="parrafo">- vinos de calidad producidos en regiones determinadas (vcprd), y</p>
    <p class="parrafo">- vinos de mesa con alguna de las indicaciones siguientes: «Landwein», «vin de pays», «indicazione geografica tipica», «vino de la tierra», «vinho regional», «regional wine», etc.,</p>
    <p class="parrafo">para los que la Comisión haya reconocido que la producción es muy inferior a la demanda debido a sus características cualitativas;</p>
    <p class="parrafo">Considerando que el Gobierno español presentó el 3 de diciembre de 1996 algunas solicitudes de aplicación de esta disposición en lo que se refiere a determinados vcprd; que como consecuencia de ello la Comisión adoptó la Decisión 97/85/CE (3);</p>
    <p class="parrafo">Considerando que, el 26 de junio de 1997, fue presentada una nueva solicitud relativa a 245 ha; que dicha solicitud completa la totalidad de las autorizaciones de plantaciones nuevas disponibles;</p>
    <p class="parrafo">Considerando que el examen de esas solicitudes permite comprobar que dichos vcprd cumplen las condiciones establecidas en las disposiciones; que no se ha sobrepasado el límite de 3 615 ha previsto en el Reglamento (CEE) n° 822/87;</p>
    <p class="parrafo">Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité de gestión del vino,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:</p>
    <p class="articulo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El anexo de la Decisión 97/85/CE quedará sustituido por el anexo de la presente Decisión.</p>
    <p class="articulo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El destinatario de la presente Decisión será el Reino de España.</p>
    <p class="parrafo_2">Hecho en Bruselas, el 29 de septiembre de 1997.</p>
    <p class="firma_ministro">Por la Comisión</p>
    <p class="firma_ministro">Franz FISCHLER</p>
    <p class="firma_ministro">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="anexo_num">ANEXO</p>
    <p class="anexo_tit"> </p>
    <p class="parrafo_2">TABLA OMITIDA EN PÁGINA 16</p>
  </texto>
</documento>
