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    <identificador>DOUE-L-1997-81801</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19970903</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>619/1997</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de la Comisión, de 3 de septiembre de 1997, relativo a las posibles modificaciones del producto nacional bruto de los Estados miembros para la aplicación de la Directiva 89/130/CEE, Euratom del Consejo, relativa a la armonización del producto nacional bruto a precios de mercado.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19970916</fecha_publicacion>
    <diario_numero>252</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>33</pagina_inicial>
    <pagina_final>39</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1997/252/L00033-00039.pdf</url_pdf>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="294" orden="1">Armonización de legislaciones</materia>
      <materia codigo="5665" orden="2">Precios</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1989-80516" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 1552/89, de 29 de mayo</texto>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1989-80111" orden="5020">
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          <texto>Directiva 89/130, de 13 de febrero</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,</p>
    <p class="parrafo">Vista  la  Directiva  89/130/CEE,  Euratom  del  Consejo,  de  13  de febrero de 1989,  relativa  a  la  armonización  del  establecimiento del producto nacional bruto a precios de mercado,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  es  necesario  garantizar  la comparabilidad, la fiabilidad y la exhaustividad del producto nacional bruto (PNB) a precios de mercado;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  para  lograr  estos objetivos, es necesario fijar los plazos para  la  transmisión  de  las  posibles  modificaciones de las estimaciones del PNB  en  los  puntos  que  se  notificaron  antes  de  la entrada en vigor de la presente  Decisión,  según  lo  dispuesto  en la última frase del apartado 8 del artículo  10  del  Reglamento  (CEE,  Euratom)  n° 1552/89 del Cosnejo, de 29 de mayo  de  1989,  por  el  que se aplica la Decisión 88/376/CEE, Euratom relativa al  sistema  de  recursos  propios  de las Comunidades, con el fin de permitir a la Comisión pronunciarse, de manera definitiva, sobre estos puntos;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  lista  de  los  trabajos  que  deben realizar los Estados miembros,  que  se  recoge  en  los  Anexos A y B, se refiere a las reservas que aún  no  han  sido  levantadas  oficialmente  por la Comisión, aunque algunos de estos  trabajos  ya  se  hayan  efectuado y se hayan comunicado sus resultados a la Comisión;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen   del   Comité  creado  en  virtud  del  artículo  6  de  la  Directiva 89/130/CEE, Euratom,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">La   fecha   límite   para   la  transmisión  a  la  Comisión  de  las  posibles modificaciones  del  PNB  o  de  informaciones metodológicas complementarias que</p>
    <p class="parrafo">establezcan  que  las  reservas  mencionadas  no son o dejan de ser pertinentes, sobre  los  puntos  que  se  notificaron  antes  de  la  entrada  en vigor de la presente  Decisión,  según  lo  dispuesto  en la última frase del apartado 8 del artículo  10  del  Reglamento  (CEE, Euratom) n° 1552/89, y de las informaciones correspondientes, será el 1 de octubre de 1998.</p>
    <p class="parrafo">Estos  puntos  notificados  se  recogen  en  los  Anexos  A  y  B de la presente Decisión.</p>
    <p class="parrafo">Los  cambios  introducidos  por  los  Estados  miembros deberán comunicarse a la Comisión, junto con todas las cifras y las explicaciones necesarias.</p>
    <p class="parrafo">No  obstante,  en  el  caso de Austria, Finlandia y Suecia, la fecha límite para la  transmisión  de  las  modificaciones  relativas a los puntos notificados que se recogen en los Anexos A y B será el 1 de octubre de 1999.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 3 de septiembre de 1997.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Yves-Thibault DE SILGUY</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">ANEXO A</p>
    <p class="parrafo">RESERVAS NOTIFICADAS SOBRE EL PNB DISTINTAS DE LA EXHAUSTIVIDAD (1)</p>
    <p class="parrafo">BELGICA</p>
    <p class="parrafo">a)</p>
    <p class="parrafo">-  actualización  de  las  estimaciones  sobre  producción  en la construcción y los   servicios  de  mercado,  del  cociente  del  consumo  intermedio  para  la construcción,  de  las  estimaciones  de  las  rentas  de  los  trabajadores por cuenta propia,</p>
    <p class="parrafo">-  comprobación  de  las  estimaciones del consumo intermedio para la producción secundaria,</p>
    <p class="parrafo">-  revisión  de  las  estimaciones  del consumo privado, excepto las procedentes de   fuentes   administrativas,  y  el  tratamiento  de  licencias,  patentes  y servicios de restauración,</p>
    <p class="parrafo">-  revisión  de  las  rentas de los factores con el resto del mundo, en relación con  los  impuestos,  las  cotizaciones  sociales y el desglose de los elementos de las respectivas balanzas de pagos entre Bélgica y Luxemburgo;</p>
    <p class="parrafo">b)</p>
    <p class="parrafo">- la inclusión de subvenciones y la clasificación de los impuestos,</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de los servicios de alojamiento,</p>
    <p class="parrafo">- el paso del producto interior bruto (PIB) al PNB,</p>
    <p class="parrafo">-  el  tratamiento  de  las  administraciones  públicas e instituciones privadas sin fines de lucro,</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de las instituciones financieras,</p>
    <p class="parrafo">- la distinción entre empleos finales y consumos intermedios.</p>
    <p class="parrafo">DINAMARCA</p>
    <p class="parrafo">a)</p>
    <p class="parrafo">-  actualización  de  la  información  de  precios  utilizada en conexión con el método cantidad-precio para calcular la producción de la construcción,</p>
    <p class="parrafo">-  corrección  de  algunas  inexactitudes  en relación con el tratamiento de las propinas,</p>
    <p class="parrafo">-  inclusión  de  los  resultados  de la revisión general de las cuentas danesas actualmente en curso (reserva introducida por Dinamarca);</p>
    <p class="parrafo">b)</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de los servicios de alojamiento,</p>
    <p class="parrafo">- el paso del PIB al PNB,</p>
    <p class="parrafo">-  el  tratamiento  de  las  administraciones  públicas e instituciones privadas sin fines de lucro,</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de las instituciones financieras,</p>
    <p class="parrafo">- la distinción entre empleos finales y consumos intermedios.</p>
    <p class="parrafo">ALEMANIA</p>
    <p class="parrafo">a)</p>
    <p class="parrafo">Antiguos Estados federados</p>
    <p class="parrafo">-  mejora  de  la  representatividad,  cobertura  y  periodicidad de la encuesta voluntaria  cuadrienal  sobre  la  estructura  del  coste  del  comercio  al por mayor,  el  comercio  al  por  menor,  el transporte (excluido el transporte por ferrocarril) y otros servicios de mercado,</p>
    <p class="parrafo">-  algunas  imprecisiones  en  relación  con  el  consumo privado del transporte aéreo y de los servicios de restauración,</p>
    <p class="parrafo">-  gasto  en  consumo  final  de  los  hogares  respecto  a la estimación de las adquisiciones de automóviles (reserva planteada por Alemania);</p>
    <p class="parrafo">Nuevos Estados federados</p>
    <p class="parrafo">-   fuentes   y   procedimientos  utilizados  para  recopilar  las  estimaciones relativas a la producción y al consumo intermedio en la agricultura,</p>
    <p class="parrafo">-  fuentes  utilizadas  para  recopilar la producción y el consumo intermedio de energía    y    suministro    de   agua,   industrias   extractivas,   industria manufacturera y construcción,</p>
    <p class="parrafo">-  fuentes  utilizadas  para  recopilar  la  producción  y el consumo intermedio del  comercio  al  por  menor,  el  transporte y las comunicaciones (sin incluir Reichsbahn, Bundespost y Telefon),</p>
    <p class="parrafo">-   respeto  de  las  definiciones  precisas  del  Sistema  Europeo  de  Cuentas Económicas Integradas (SEC) (denominadas reclasificaciones macroeconómicas),</p>
    <p class="parrafo">-  revisión  de  las  estimaciones  relativas al gasto en consumo privado y a la formación bruta de capital;</p>
    <p class="parrafo">b)</p>
    <p class="parrafo">- la inclusión de las subvenciones y la clasificación de los impuestos,</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de los servicios de alojamiento,</p>
    <p class="parrafo">- el paso del PIB al PNB,</p>
    <p class="parrafo">-  el  tratamiento  de  las  administraciones  públicas e instituciones privadas sin fines de lucro,</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de las instituciones financieras,</p>
    <p class="parrafo">- la distinción entre empleos finales y consumos intermedios.</p>
    <p class="parrafo">GRECIA</p>
    <p class="parrafo">a)</p>
    <p class="parrafo">Actualización   de   las  estimaciones  del  valor  añadido  de  las  siguientes actividades:</p>
    <p class="parrafo">- agricultura,</p>
    <p class="parrafo">- industrias extractivas,</p>
    <p class="parrafo">- industria manufacturera,</p>
    <p class="parrafo">- servicios públicos,</p>
    <p class="parrafo">- construcción,</p>
    <p class="parrafo">- transporte y comunicaciones,</p>
    <p class="parrafo">- comercio,</p>
    <p class="parrafo">- servicios sanitarios,</p>
    <p class="parrafo">- servicios de enseñanza privada,</p>
    <p class="parrafo">- otros servicios;</p>
    <p class="parrafo">b)</p>
    <p class="parrafo">- la inclusión de las subvenciones y la clasificación de los impuestos,</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de los servicios de alojamiento,</p>
    <p class="parrafo">- el paso del PIB al PNB,</p>
    <p class="parrafo">-  el  tratamiento  de  las  administraciones  públicas e instituciones privadas sin fines de lucro,</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de las instituciones financieras,</p>
    <p class="parrafo">- la distinción entre empleos finales y consumos intermedios.</p>
    <p class="parrafo">ESPAÑA</p>
    <p class="parrafo">a)</p>
    <p class="parrafo">-  mejora  de  la  base  estadística  para la producción y el consumo intermedio de  los  servicios  de  mercado  (sin incluir la venta al por mayor, la venta al por  menor,  el  transporte,  el  sector  bancario y los seguros), para tener en cuenta  el  cambio  de  calidad  en  los métodos de extrapolación basados en los indicadores de precio y cantidad,</p>
    <p class="parrafo">-  revisión  de  la  producción  y el consumo intermedio para las actividades de venta al por mayor y venta al por menor,</p>
    <p class="parrafo">-  incorporación  de  una  estimación  de impuestos y cotizaciones sociales para las operaciones de rentas con el resto del mundo,</p>
    <p class="parrafo">-  comprobar  si  el  impacto  de  los cambios de calidad se ha tenido en cuenta en las extrapolaciones basadas en los indicadores de precio y de cantidad;</p>
    <p class="parrafo">b)</p>
    <p class="parrafo">- la inclusión de las subvenciones y la clasificación de los impuestos,</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de los servicios de alojamiento,</p>
    <p class="parrafo">- el paso del PIB al PNB,</p>
    <p class="parrafo">-  el  tratamiento  de  las  administraciones  públicas e instituciones privadas sin fines de lucro,</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de las instituciones financieras,</p>
    <p class="parrafo">- la distinción entre empleos finales y consumos intermedios.</p>
    <p class="parrafo">FRANCIA</p>
    <p class="parrafo">a)</p>
    <p class="parrafo">-  mejora  de  algunas  bases estadísticas utilizadas para la elaboración de las cuentas  nacionales  y  especialmente  la  utilización  de  la  encuesta de 1989 sobre  presupuestos  familiares,  así  como  una  mayor  corrección  en  lo  que respecta   a   las   empresas  que  no  constan  en  la  estadística  sobre  los beneficios industriales y comerciales (BIC);</p>
    <p class="parrafo">b)</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de los servicios de alojamiento,</p>
    <p class="parrafo">- el paso del PIB al PNB,</p>
    <p class="parrafo">-  el  tratamiento  de  las  administraciones  públicas e instituciones privadas sin fines de lucro,</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de las instituciones financieras,</p>
    <p class="parrafo">- la distinción entre empleos finales y consumos intermedios.</p>
    <p class="parrafo">IRLANDA</p>
    <p class="parrafo">a)</p>
    <p class="parrafo">-  mejora  del  método  para  seleccionar  la  muestra de impuestos y extrapolar los   resultados  para  calcular  el  excedente  de  explotación  bruto  de  las empresas,</p>
    <p class="parrafo">-  mejora  de  la  estimación  del  excedente  de  explotación bruto de empresas individuales, en particular la corrección de las definiciones,</p>
    <p class="parrafo">-  diversos  problemas  relativos  a las estimaciones de salarios como resultado de la extrapolación y del método de aproximación;</p>
    <p class="parrafo">b)</p>
    <p class="parrafo">- la inclusión de las subvenciones y la clasificación de los impuestos,</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de los servicios de alojamiento,</p>
    <p class="parrafo">- el paso del PIB al PNB,</p>
    <p class="parrafo">-  el  tratamiento  de  las  administraciones  públicas e instituciones privadas sin fines de lucro,</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de las instituciones financieras,</p>
    <p class="parrafo">- la distinción entre empleos finales y consumos intermedios.</p>
    <p class="parrafo">ITALIA</p>
    <p class="parrafo">a)</p>
    <p class="parrafo">-  mejora  de  algunas  fuentes  y métodos utilizados para la elaboración de las cuentas  nacionales  y,  especialmente,  una  confrontación  sistemática  de  la encuesta de los hogares con los datos de la contabilidad nacional,</p>
    <p class="parrafo">-  las  hipótesis  utilizadas  para  extrapolar  a todas las unidades de trabajo los resultados de las encuestas por muestreo;</p>
    <p class="parrafo">b)</p>
    <p class="parrafo">-  la  inclusión  de  las  subvenciones  y  de los impuestos relacionados con la producción,</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de los servicios de alojamiento,</p>
    <p class="parrafo">- el paso del PIB al PNB,</p>
    <p class="parrafo">-  el  tratamiento  de  las  administraciones  públicas e instituciones privadas sin fines de lucro,</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de las instituciones financieras,</p>
    <p class="parrafo">- la distinción entre empleos finales y consumos intermedios.</p>
    <p class="parrafo">LUXEMBURGO</p>
    <p class="parrafo">a)</p>
    <p class="parrafo">-  revisión  de  la  valorización  de  las  existencias,  del tratamiento de las actividades y de los productos de mercado de las administraciones públicas;</p>
    <p class="parrafo">b)</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de los servicios de alojamiento,</p>
    <p class="parrafo">- el paso del PIB al PNB,</p>
    <p class="parrafo">-  el  tratamiento  de  las  administraciones  públicas e instituciones privadas sin fines de lucro,</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de las instituciones financieras,</p>
    <p class="parrafo">- la distinción entre empleos finales y consumos intermedios.</p>
    <p class="parrafo">PAISES BAJOS</p>
    <p class="parrafo">b)</p>
    <p class="parrafo">- la inclusión de subvenciones y la clasificación de los impuestos,</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de los servicios de alojamiento,</p>
    <p class="parrafo">- el paso del PIB al PNB,</p>
    <p class="parrafo">-  el  tratamiento  de  las  administraciones  públicas e instituciones privadas sin fines de lucro,</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de las instituciones financieras,</p>
    <p class="parrafo">- la distinción entre empleos finales y consumos intermedios.</p>
    <p class="parrafo">AUSTRIA</p>
    <p class="parrafo">a)</p>
    <p class="parrafo">-  la  mejora  de  las  estimaciones  del  consumo  intermedio  relativo  a  los arrendamientos comerciales,</p>
    <p class="parrafo">- la evaluación de las compras de vehículos de motor en el consumo final,</p>
    <p class="parrafo">-   la   mejora   de   algunos  puntos  relativos  a  la  exhaustividad  de  las estimaciones de la formación bruta de capital fijo;</p>
    <p class="parrafo">b)</p>
    <p class="parrafo">- la inclusión de subvenciones y la clasificación de los impuestos,</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de los servicios de alojamiento,</p>
    <p class="parrafo">- el paso del PIB al PNB,</p>
    <p class="parrafo">-  el  tratamiento  de  las  administraciones  públicas e instituciones privadas sin fines de lucro,</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de las instituciones financieras,</p>
    <p class="parrafo">- la distinción entre empleos finales y consumos intermedios.</p>
    <p class="parrafo">PORTUGAL</p>
    <p class="parrafo">a)</p>
    <p class="parrafo">-  validación  de  la  formación  bruta  de capital fijo y de los cambios en las estimaciones   de  las  existencias  derivados  del  método  de  los  flujos  de productos con los resultados de la encuesta de las empresas,</p>
    <p class="parrafo">-   utilización   de   la   encuesta  de  presupuestos  familiares  de  1981  y, especialmente  la  de  1989,  para  comprobar los resultados de los cálculos del flujo de productos,</p>
    <p class="parrafo">-  corrección  del  tratamiento  del  arrendamiento financiero para ajustarse al previsto en el SEC-79,</p>
    <p class="parrafo">-  utilización  para  la  evaluación de la producción agrícola «Nomenclatura das Contas   Nacionais»   (NCN   01)   de  encuestas  estadísticas  objetivas  sobre producciones vegetales y animales,</p>
    <p class="parrafo">-  validación  de  las  estimaciones de la producción de productos de pesca (NCN 03),</p>
    <p class="parrafo">-  validación  de  las  estimaciones  del  consumo intermedio en la agricultura, la silvicultura y la pesca (NCN 01, 02, 03),</p>
    <p class="parrafo">-  recurso  a  encuestas  sobre  la utilización de los gastos de los turistas en los  años  1990,  1991  y  1992 para validar la estructura del consumo de los no residentes;</p>
    <p class="parrafo">b)</p>
    <p class="parrafo">- la inclusión de las subvenciones y la clasificación de los impuestos,</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de los servicios de alojamiento,</p>
    <p class="parrafo">- el paso del PIB al PNB,</p>
    <p class="parrafo">-  el  tratamiento  de  las  administraciones  públicas e instituciones privadas sin fines de lucro,</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de las instituciones financieras,</p>
    <p class="parrafo">- la distinción entre empleos finales y consumos intermedios.</p>
    <p class="parrafo">FINLANDIA</p>
    <p class="parrafo">a)</p>
    <p class="parrafo">-  las  estimaciones  del  consumo intermedio y del valor añadido relativas a la construcción,   el   comercio,  los  hoteles,  los  restaurantes  y  bares,  los servicios a las empresas y los servicios a los particulares,</p>
    <p class="parrafo">-  las  estimaciones  del  consumo  de  los  hogares  y de la formación bruta de capital  fijo  relativas  a  los  servicios  a  las empresas y a los servicios a los particulares,</p>
    <p class="parrafo">-  los  métodos  de  validación  y  de confrontación de las distintas fuentes de datos,</p>
    <p class="parrafo">-  las  estimaciones  del  consumo  de  los  hogares  relativas al precio de los vehículos,  y  el  tratamiento  del  consumo  de  los  hogares  relativo  a  las reparaciones de vehículos pagadas directamente por las compañías de seguros;</p>
    <p class="parrafo">b)</p>
    <p class="parrafo">- la inclusión de las subvenciones y la clasificación de los impuestos,</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de los servicios de alojamiento,</p>
    <p class="parrafo">- el paso del PIB al PNB,</p>
    <p class="parrafo">-  el  tratamiento  de  las  administraciones  públicas e instituciones privadas sin fines de lucro,</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de las instituciones financieras,</p>
    <p class="parrafo">- la distinción entre empleos finales y consumos intermedios.</p>
    <p class="parrafo">SUECIA</p>
    <p class="parrafo">a)</p>
    <p class="parrafo">-  la  revisión  del  consumo  de los hogares y de la formación bruta de capital fijo teniendo en cuenta los datos estadísticos disponibles más recientes,</p>
    <p class="parrafo">-  las  variaciones  de  las  existencias  en  la construcción y los sectores de los servicios de mercado, excepto el comercio al por mayor y al por menor,</p>
    <p class="parrafo">-  el  tratamiento  de  las compras de grandes electrodomésticos por los hogares (es decir, cocinas, frigoríficos y lavadoras),</p>
    <p class="parrafo">-  la  revisión  de  las  exportaciones e importaciones de servicios en relación con  la  última  revisión  de  la  balanza  de  pagos  y  la  aplicación  de las definiciones   del   SEC-79   sobre   el  tratamiento  de  las  exportaciones  e importaciones de servicios de seguros,</p>
    <p class="parrafo">-  la  revisión  de  las  estimaciones  de  la  producción  y  del valor añadido teniendo   en   cuenta   los   datos  estadísticos  disponibles  más  recientes, principalmente  a  partir  de  las  encuestas  anuales y de las estadísticas del impuesto sobre el valor añadido (IVA),</p>
    <p class="parrafo">-  la  verificación  de  la producción agraria y silvícola, de las instalaciones de  producción  de  agua,  energía  y gas, de la construcción y de los servicios de   mercado  con  el  fin  de  asegurarse  de  que  las  posibles  producciones secundarias se tienen en cuenta;</p>
    <p class="parrafo">b)</p>
    <p class="parrafo">- la inclusión de las subvenciones y la clasificación de los impuestos,</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de los servicios de alojamiento,</p>
    <p class="parrafo">- el paso del PIB al PNB,</p>
    <p class="parrafo">-  el  tratamiento  de  las  administraciones  públicas e instituciones privadas</p>
    <p class="parrafo">sin fines de lucro,</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de las instituciones financieras,</p>
    <p class="parrafo">- la distinción entre empleos finales y consumos intermedios.</p>
    <p class="parrafo">REINO UNIDO</p>
    <p class="parrafo">b)</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de los servicios de alojamiento,</p>
    <p class="parrafo">- el paso del PIB al PNB,</p>
    <p class="parrafo">-  el  tratamiento  de  las  administraciones  públicas e instituciones privadas sin fines de lucro,</p>
    <p class="parrafo">- el tratamiento de las instituciones financieras,</p>
    <p class="parrafo">- la distinción entre empleos finales y consumos intermedios.</p>
    <p class="parrafo">______________________________</p>
    <p class="parrafo">(1)  En  la  letra  a)  figuran las reservas específicas de cada Estado miembro; en  la  letra  b)  figuran  las  reservas  transversales que afectan a todos los Estados  miembros,  excepto  la  que  se refiere a la exhaustividad (recogida en el Anexo B).</p>
    <p class="parrafo">ANEXO B</p>
    <p class="parrafo">RESERVA RELATIVA A LA EXHAUSTIVIDAD DEL PNB</p>
    <p class="parrafo">1.  Bélgica</p>
    <p class="parrafo">2.  Dinamarca</p>
    <p class="parrafo">3.  Alemania</p>
    <p class="parrafo">4.  Grecia</p>
    <p class="parrafo">5.  España</p>
    <p class="parrafo">6.  Francia</p>
    <p class="parrafo">7.  Irlanda          Exhaustividad del cálculo del PNB, principalmente</p>
    <p class="parrafo">8.  Italia           en lo relativo a la consideración de la economía</p>
    <p class="parrafo">9.  Luxemburgo       sumergida</p>
    <p class="parrafo">10. Países Bajos</p>
    <p class="parrafo">11. Austria</p>
    <p class="parrafo">12. Portugal</p>
    <p class="parrafo">13. Finlandia</p>
    <p class="parrafo">14. Suecia</p>
    <p class="parrafo">15. Reino Unido</p>
  </texto>
</documento>
