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<documento fecha_actualizacion="20241021185459">
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    <identificador>DOUE-L-1997-81144</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19970625</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1155/1997</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CE) nº 1155/97 de la Comisión, de 25 de junio de 1997, por el que se fijan los coeficientes de reducción que permiten determinar la cantidad de plátanos que debe asignarse a cada agente económico de las categorías A y B con cargo al contingente arancelario de 1997.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19970626</fecha_publicacion>
    <diario_numero>168</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>67</pagina_inicial>
    <pagina_final>68</pagina_final>
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    <fecha_vigencia>19970626</fecha_vigencia>
    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="1636" orden="1">Contingentes arancelarios</materia>
      <materia codigo="3830" orden="2">Frutos</materia>
      <materia codigo="4056" orden="3">Importaciones</materia>
      <materia codigo="5622" orden="4">Plátanos</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1996-81757" orden="1010">
          <palabra codigo="210">DEROGA</palabra>
          <texto>Reglamento 2035/96, de 24 de octubre</texto>
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          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 404/93, de 13 de febrero</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  n°  404/93  del Consejo, de 13 de febrero de 1993, por  el  que  se  establece  la  organización común de mercados en el sector del plátano,   cuya   última  modificación  la  constituye  el  Reglamento  (CE)  n° 3290/94, y, en particular, su artículo 20,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  en  aplicación  del  artículo  6  del  Reglamento  (CEE)  n° 1442/93  de  la  Comisión,  de  10  de  junio  de 1993, por el que se establecen disposiciones  de  aplicación  del  régimen  de  importación  de  plátanos en la Comunidad,  cuya  última  modificación  la  constituye  el  Reglamento  (CE)  n° 1409/96,  la  Comisión,  en  función  del  volumen  del  contingente arancelario anual  y  de  la  cantidad total de las referencias cuantitativas de los agentes económicos  determinadas  en  aplicación  de  los  artículos  3 y siguientes del citado   Reglamento,   fija,   si   procede,  para  cada  categoría  de  agentes económicos,  el  coeficiente  uniforme  de  reducción  que  debe  aplicarse a la referencia  cuantitativa  de  cada  agente económico para determinar la cantidad que se le debe asignar para el año de que se trate;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Reglamento  (CE)  n°  2035/96  de  la  Comisión,  para la aplicación   del   artículo  6  del  Reglamento  (CEE)  n°  1442/93,  fijó,  con carácter   provisional   y   en   espera   de  la  adaptación  del  volumen  del contingente  arancelario  de  forma  consiguiente  a  la adhesión de Austria, de Finlandia  y  de  Suecia,  así  como  de  los  resultados  de las comprobaciones complementarias  de  determinados  datos  comunicados  por los Estados miembros, los   coeficientes   de   reducción   que   deben   aplicarse  a  la  referencia cuantitativa  de  cada  agente  económico  de las categorías A y B, tomando como base un contingente arancelario de 2 200 000 toneladas para el año 1997;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que,   posteriormente,  el  Reglamento  (CE)  n°  1154/97  de  la Comisión  fijó  el  volumen  del  contingente  arancelario para el año 1997 en 2 553  000  toneladas;  que,  no  obstante,  la  cantidad  específica  de  10  000</p>
    <p class="parrafo">toneladas  reservada  para  la  solución  de  casos de extremo rigor no debe ser tenida  en  cuenta  para  la  fijación  de  los  coeficientes  de  reducción  en cuestión;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  sobre  esta  base  y  habida  cuenta  de  las comprobaciones complementarias  efectuadas  después  de  la  adopción  del  Reglamento  (CE) n° 2035/96,  procede  determinar  nuevos  coeficientes  para el año 1997 y, en aras de la claridad, derogar el Reglamento (CE) n° 2035/96;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  disposiciones  del  presente  Reglamento deben entrar en vigor  inmediatamente,  dados  los  plazos  fijados  en  el  Reglamento (CEE) n° 1442/93;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Comité  de gestión de los plátanos no ha emitido dictamen alguno en el plazo establecido por su presidente,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">La  cantidad  del  contingente  arancelario establecido en los artículos 18 y 19 del  Reglamento  (CEE)  n°  404/93 que deberá atribuirse a cada agente económico de  las  categorías  A  y  B  con  cargo  al año 1997 se obtendrá aplicando a la referencia  cuantitativa  de  cada  agente económico, conforme a lo dispuesto en el  artículo  5  del  Reglamento  (CEE)  n°  1442/93, el coeficiente uniforme de reducción siguiente:</p>
    <p class="parrafo">- para cada agente económico de la categoría A: 0,732550,</p>
    <p class="parrafo">- para cada agente económico de la categoría B: 0,540459.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Queda derogado el Reglamento (CE) n° 2035/96.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  día  de  su  publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 25 de junio de 1997.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Franz FISCHLER</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
  </texto>
</documento>
