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    <identificador>DOUE-L-1997-81056</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19970529</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1047/1997</numero_oficial>
    <titulo>Decisión nº 1047/97/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de mayo de 1997, que modifica la Decisión nº 1254/96/CE por la que se establece un conjunto de orientaciones sobre las redes transeuropeas en el sector de la energía.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19970611</fecha_publicacion>
    <diario_numero>152</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <url_pdf>/doue/1997/152/L00012-00014.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>19970614</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="3187" orden="1">Energía</materia>
      <materia codigo="3889" orden="2">Gas</materia>
      <materia codigo="6854" orden="3">Telecomunicaciones</materia>
      <materia codigo="6932" orden="4">Transportes</materia>
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          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el Anexo del Reglamento 1254/96, de 5 de junio</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Tratado  constitutivo  de  la  Comunidad Europea y, en particular, el párrafo primero de su artículo 129 D,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Comité Económico y Social,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Comité de las Regiones,</p>
    <p class="parrafo">De  conformidad  con  el  procedimiento  establecido  en  el  artículo 189 B del Tratado,</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   la  lista  de  proyectos  de  interés  común  necesita  ser actualizada  periódicamente  según  la  evolución  que  presentan  las  redes de energía  interconectadas  tanto  en  el  interior  como  en  el  exterior  de la Comunidad  Europea,  en  atención  al  proceso  de  ampliación de la misma y, en general,  a  la  profundización  de  las  relaciones  con los países terceros en materia energética,</p>
    <p class="parrafo">HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Los  proyectos  relacionados  en  el  Anexo  de la presente Decisión se añaden a la  lista  indicativa  de  los proyectos de interés común que figura en el Anexo de  la  Decisión  n  º  1254/96/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio  de  1996,  por  la  que  se  establece un conjunto de orientaciones sobre las redes transeuropeas en el sector de la energía .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">La  presente  Decisión  entrará  en  vigor  el  tercer  día  siguiente  al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 29 de mayo de 1997.</p>
    <p class="parrafo">Por el Parlamento Europeo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">J.M. GIL-ROBLES</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">A. JORRITSMA LEBBINK</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">REDES TRANSEUROPEAS DE ENERGIA</p>
    <p class="parrafo">Proyectos  a  añadir  (1)  a  la  lista  indicativa  de los proyectos de interés común que figuran en el Anexo de la Decisión nº 1254/96/CE</p>
    <p class="parrafo">REDES ELECTRICAS</p>
    <p class="parrafo">a)    Conexión   de   las   redes   de   electricidad  aisladas  con  las  redes interconectadas europeas</p>
    <p class="parrafo">a 7  Reino Unido: conexión por cable submarino de la Isla de Man;</p>
    <p class="parrafo">b) Desarrollo de las interconexiones entre los Estados miembros</p>
    <p class="parrafo">b 5  Francia - Alemania: refuerzo de las conexiones entre ambos países;</p>
    <p class="parrafo">b  10  bis   España  -  Portugal:  nueva conexión entre ambos países a través del sur de Portugal y el</p>
    <p class="parrafo">suroeste de España;</p>
    <p class="parrafo">b  13   Irlanda  -  Reino  Unido:  (Irlanda  del  Norte)  :  refuerzo  de las conexiones entre Irlanda e Irlanda</p>
    <p class="parrafo">del Norte;</p>
    <p class="parrafo">b 14 Austria - Alemania: refuerzo de las conexiones entre ambos países;</p>
    <p class="parrafo">b  15  Países  Bajos  -  Reino  Unido:  conexión por cable submarino entre el sureste de Inglaterra y el</p>
    <p class="parrafo">centro de los Países Bajos;</p>
    <p class="parrafo">c)  Desarrollo   de   las   conexiones   interiores    necesarias    para   la   explotación   óptima   de   las   interconexiones entre los Estados miembros</p>
    <p class="parrafo">c  5  bis   Italia:  refuerzo  y desarrollo de conexiones en el eje esteoeste del noroeste del país en el eje</p>
    <p class="parrafo">norte-sur del centro del país;</p>
    <p class="parrafo">c 9  Irlanda: refuerzo de conexiones en el noroeste del país;</p>
    <p class="parrafo">c  10  España:  refuerzo  y  desarrollo  de  conexiones en el noreste y oeste del país, en particular para</p>
    <p class="parrafo">conectar   a   la   red  las  instalaciones  de  producción  de  electricidad generada por energía eólica;</p>
    <p class="parrafo">c 11  Suecia: refuerzo y desarrollo de conexiones interiores;</p>
    <p class="parrafo">c 12 Alemania: desarrollo de conexiones en el norte del país;</p>
    <p class="parrafo">d)  Desarrollo  de  las  interconexiones  con los países terceros de Europa y de la  cuenca  mediterránea  para  contribuir a mejorar la fiabilidad, la seguridad y el abastecimiento de las redes eléctricas de la Comunidad</p>
    <p class="parrafo">d 2  Alemania - Polonia: refuerzo de conexiones entre ambos países;</p>
    <p class="parrafo">d  8   Grecia  -  Países  balcánicos:  refuerzo de conexiones entre Grecia y, respectivamente, Albania,</p>
    <p class="parrafo">Bulgaria  y  la  antigua  Yugoslavia,  incluido  el  restablecimiento  de las conexiones con el norte de la</p>
    <p class="parrafo">antigua Yugoslavia y la red UCPTE;</p>
    <p class="parrafo">d  10   Reino  Unido  -  Noruega:  conexión  por  cable  submarino  entre  el</p>
    <p class="parrafo">noreste/este de Inglaterra y el sur</p>
    <p class="parrafo">de Noruega (Nordell);</p>
    <p class="parrafo">d 15  Suecia - Noruega: refuerzo de conexiones entre ambos países;</p>
    <p class="parrafo">d  16   UE  -  Belarús  -  Rusia  - Ucrania:desarrollo de conexiones y enlace entre la red (ampliada)</p>
    <p class="parrafo">UCPTE  y  las  redes  de  países  terceros  de  Europa  del Este, incluido el traslado de las estaciones de</p>
    <p class="parrafo">conversión   de   HVDC(2)  que  funcionaban  anteriormente  entre  Austria  y Hungría, Austria y la</p>
    <p class="parrafo">República Checa y Alemania y la República Checa;</p>
    <p class="parrafo">(1)  La  presente  Decisión  se  entiende  sin perjuicio de la evaluación de las repercusiones de los proyectos sobre el medio ambiente.</p>
    <p class="parrafo">(2) HVDC: corriente continua de alta tensión.</p>
    <p class="parrafo">REDES DE GAS</p>
    <p class="parrafo">e) Introducción del gas natural en nuevas regiones</p>
    <p class="parrafo">e   5  bis  Portugal:  construcción  de  un  terminal  de  GNL  en  la  costa atlántica;</p>
    <p class="parrafo">f)   Conexión  de  las  redes  de  gas  aisladas  a  las  redes  interconectadas europeas,  incluido  el  refuerzo  necesario  de  las redes existentes, así como la conexión de las redes de gas natural separadas</p>
    <p class="parrafo">f    5  Francia  -  España:  refuerzo  de  la  capacidad  de transporte entre ambos países;</p>
    <p class="parrafo">f   7 Francia: conexión de las redes del suroeste y del sur del país;</p>
    <p class="parrafo">f    8  Austria   -  Alemania:  refuerzo  de la capacidad de transporte entre Austria y Baviera;</p>
    <p class="parrafo">f   9 Austria  - Hungría:  conexión de las redes de ambos países;</p>
    <p class="parrafo">f    10  Austria   -  Eslovaquia: conexión de Austria a las instalaciones  de  almacenamiento  subterráneo</p>
    <p class="parrafo">de Eslovaquia;</p>
    <p class="parrafo">f    11  Austria:  conexión   de   gasoductos   que   enlazan   Austria  con  Alemania  e   Italia</p>
    <p class="parrafo">respectivamente;</p>
    <p class="parrafo">f   12 Grecia - Albania:    conexión de las redes de ambos países;</p>
    <p class="parrafo">g)  Aumento  de  la  capacidad  de   recepción  (GNL)  y   de   almacenamiento   necesaria    para    satisfacer    la  demanda,  así como diversificación de las fuentes y de las vías de transporte del gas natural</p>
    <p class="parrafo">g     7   Francia:  ampliación   de   la   capacidad   de   almacenamiento    subterráneo   en   el suroeste del</p>
    <p class="parrafo">país;</p>
    <p class="parrafo">g    8   bis   España:  desarrollo  de  la  capacidad   de   almacenamiento   subterráneo  en  el  eje</p>
    <p class="parrafo">mediterráneo;</p>
    <p class="parrafo">g    13   Austria:   ampliación   y   desarrollo   de   la   capacidad   de   almacenamiento  subterráneo;</p>
    <p class="parrafo">h)   Aumento  de  la  capacidad  de  transporte (gasoductos de traída) necesaria para  satisfacer  la  demanda,  así como diversificación de las fuentes y de las vías de transporte del gas natural</p>
    <p class="parrafo">h    1  Noruega  Francia:   construcción  de   un   cuarto  gasoducto  desde</p>
    <p class="parrafo">los  yacimientos  noruegos</p>
    <p class="parrafo">(mar del Norte) hasta el continente;</p>
    <p class="parrafo">h    3  Noruega  -  Dinamarca  -  Suecia  -  Finlandia  -  Rusia  - Estados   bálticos:   creación y desarrollo de</p>
    <p class="parrafo">conexiones  entre  las  redes  de  dichos países  con vistas a la creación de una red de gas integrada;</p>
    <p class="parrafo">h   13   Alemania  -  República Checa - Austria - Italia: construcción de una red de gasoductos de</p>
    <p class="parrafo">interconexión    entre   las   redes  de  gas  alemana,  checa,  austríaca  e italiana;</p>
    <p class="parrafo">h   14   Rusia  -  Ucrania  -  Eslovaquia  -  Hungría-  Eslovenia  -  Italia: construcción  de  un  nuevo  gasoducto    desde   los  yacimientos  rusos  hasta Italia.</p>
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</documento>
