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    <identificador>DOUE-L-1997-81050</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19970520</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>352/1997</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de la Comisión, de 20 de mayo de 1997, por la que se modifica la lista de las zonas industriales en declive incluidas en el objetivo nº 2 tal como se define en el Reglamento (CEE) nº 2052/88 del Consejo.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19970610</fecha_publicacion>
    <diario_numero>151</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>39</pagina_inicial>
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      <materia codigo="451" orden="1">Banco Europeo de Inversiones</materia>
      <materia codigo="3673" orden="2">Feoga Orientación</materia>
      <materia codigo="3767" orden="3">Fondo Europeo de Desarrollo</materia>
      <materia codigo="3788" orden="4">Fondo Social Europeo</materia>
      <materia codigo="7188" orden="5">Zonas desfavorecidas</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1988-80736" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 2052/88, de 24 de junio</texto>
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    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  n°  2052/88  del  Consejo, de 24 de junio de 1988, relativo  a  las  funciones  de  los  Fondos  con  finalidad  estructural y a su eficacia,  así  como  a  la  coordinación entre sí de sus intervenciones, con la del   Banco  Europeo  de  Inversiones  y  con  las  de  los  demás  instrumentos financieros   existentes   ,   cuya   última   modificación   la  constituye  el Reglamento  (CE)  n°  3193/94,  y,  en  particular, el apartado 3 de su artículo 9,</p>
    <p class="parrafo">Una  vez  consultado  el  Comité  consultivo de desarrollo y reconversión de las regiones,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Decisión  94/169/CE  de la Comisión estableció la primera</p>
    <p class="parrafo">lista  de  las  zonas  subvencionables  en  virtud  del  objetivo  n°  2 para el período de 1994-1996;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  dicha  lista  fue  modificada por la Decisión 96/472/CE de la Comisión para el período de programación de 1997-1999;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  autoridades  francesas  han solicitado a la Comisión que vuelva  a  examinar  la  zonificación  del  objetivo  n°  2  del departamento de Maine-et-Loire,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Queda  modificada,  en  lo  que se refiere al departamento de Maine-et-Loire, la lista  de  las  zonas  industriales en declive del objetivo n° 2 para el período de  1997-1999  establecida  con  arreglo  al  apartado  3  del  artículo  9  del Reglamento   (CEE)   n°   2052/88.   Las  modificaciones  introducidas  son  las siguientes:</p>
    <p class="parrafo">-  el  cantón  de  Champtoceaux  y  el  perímetro  de  la  estación  de  Angers, delimitado  por  el  bulevar  Ecce-Homo,  la  calle  Auguste  Cautier,  la calle Denis  Papin  la  plaza  de  la  Gare,  la  avenida Turpin, la calle Bel Air, la calle  Fulton,  la  calle  Albéric Dubois, la recta que prolonga la calle Vatier hasta  el  Maine,  el  margen  izquierdo  del Maine y el bulevar Olivier Couffon se añaden a la lista de zonas industriales en declive;</p>
    <p class="parrafo">-  los  barrios  de  Létanduère-Eblé,  limitado  por  la  avenida  de Chanzy, la calle  Roisnet,  la  calle  Eblé,  el  bulevar  Portet y los bulevares Chaumin y Bédler,  y  el  barrio  de Jeanne d'Arc-Bellefontaine, delimitado por el bulevar Saint-Michel,  y  las  avenidas  Pasteur y Montaigne, la calle Leclerc Guillory, las  avenidas  Jeanne  d'Arc,  11  novembre  1918 y el bulevar Bessonneau quedan excluidos  de  la  lista  actual  de  las  zonas  industriales  en  declive  del objetivo n° 2.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 20 de mayo de 1997.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Monika WULF-MATHIES</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
  </texto>
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