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<documento fecha_actualizacion="20241021185306">
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    <identificador>DOUE-L-1997-80613</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19970228</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>219/1997</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de la Comisión, de 28 de febrero de 1997, por la que se establecen las condiciones zoosanitarias y de salud pública así como los certificados de inspección veterinaria aplicables a las importaciones de carne de caza de cría y carne de conejo procedentes de terceros países.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19970403</fecha_publicacion>
    <diario_numero>88</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>45</pagina_inicial>
    <pagina_final>69</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1997/088/L00045-00069.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="621" orden="1">Carnes</materia>
      <materia codigo="674" orden="2">Caza</materia>
      <materia codigo="817" orden="3">Certificaciones</materia>
      <materia codigo="4056" orden="4">Importaciones</materia>
      <materia codigo="6284" orden="5">Sanidad veterinaria</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="37" orden="220">Aplicable desde El 1 de marzo de 1997.</nota>
      <nota codigo="151" orden="900">Esta disposición ha dejado de estar vigente</nota>
    </notas>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1997-80611" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Decisión 97/217, de 28 de febrero</texto>
        </anterior>
      </anteriores>
      <posteriores>
        <posterior referencia="DOUE-L-2000-81877" orden="1">
          <palabra codigo="210">SE DEROGA</palabra>
          <texto>, por Decisión 2000/585, de 7 de septiembre</texto>
        </posterior>
        <posterior referencia="DOUE-L-2000-80344" orden="2">
          <palabra codigo="270">SE MODIFICA</palabra>
          <texto>el capítulo IV del anexo A, por Decisión 2000/160, de 14 de febrero</texto>
        </posterior>
      </posteriores>
    </referencias>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista  la  Directiva  91/494/CEE  del Consejo, de 26 de junio de 1991, sobre las condiciones  de  policía  sanitaria  a  las que deben ajustarse los intercambios intracomunitarios  y  las  importaciones  de  carnes  frescas  de aves de corral procedentes  de  países  terceros,  modificada  por  la Directiva 93/121/CEE, y, en particular, sus artículos 11 y 12,</p>
    <p class="parrafo">Vista  la  Directiva  92/118/CEE  del  Consejo,  de 17 de diciembre de 1992, por la  que  se  establecen  las  condiciones  de  policía  sanitaria  y  sanitarias aplicables  a  los  intercambios  y  a  las  importaciones  en  la  Comunidad de productos  no  sometidos,  con  respecto  a  estas condiciones, a las normativas comunitarias  específicas  a  que  se  refiere  el  capítulo I del Anexo A de la Directiva  89/662/CEE  y,  por  lo  que  se  refiere  a  los  patógenos,  de  la Directiva  90/425/CEE,  cuya  última  modificación  la  constituye  la Directiva 96/90/CE, y, en particular, su artículo 10,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  en  el  capítulo  11  del  Anexo  I de la citada Directiva se establecen  determinados  requisitos  aplicables  a  las  importaciones de carne de  caza  de  cría  y  carne  de  conejo con arreglo a a la Directiva 91/495/CEE del  Consejo,  de  27  de noviembre de 1990, relativa a los problemas sanitarios y  de  policía  sanitaria  en  materia  de  producción y puesta en el mercado de carne de conejo y de caza de cría;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  carne  de  caza  de pelo y la carne de caza de pluma sólo puede  importarse  si  procede  de  los  terceros países incluidos en las listas de  paises  a  partir  de los que se puede importar carne fresca de las especies correspondientes  en  aplicación  de  las  Directivas  72/462/CEE  del Consejo y 91/494/CEE, respectivamente;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   la   Decisión  94/278/CE  de  la  Comisión  ,  cuya  última modificación  la  constituye  la  Decisióon 96/344/CE, establece la lista de los terceros  países  de  los  que los Estados miembros están autorizados a importar carne de conejo;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   las   importaciones   de   carne   de   caza  de  cría  son importaciones   de  carne  de  distintas  especies;  que,  por  otra  parte,  es necesario  tener  en  cuenta  que  la  carne  puede  presentarse sin deshuesar o deshuesada;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  importaciones  de  carne  de  aves de caza de cría deben cumplir los requisitos establecidos en la Directiva 91/495/CEE;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   la   Decisión   94/984/CE   de  la  Comisión,  cuya  última modificación  la  constituye  la  Decisión  96/456/CE  establece las condiciones zoosanitarias   y   la  certificación  veterinaria  aplicables  a  las  aves  de corral,  los  pavos,  las  pintadas,  los  patos  y  las  ocas,  que la presente Decisión  se  aplica  a  las codornices, las palomas, los faisanes, las perdices y  todas  las  demas  aves  de caza no mencionadas explícitamente, excluidas las aves del superorden ratitae,</p>
    <p class="parrafo">Considerando,  por  consiguiente,  que  es  necesario establecer las condiciones zoosanitarias  y  de  salud  publica y el certificado sanitario aplicables a las importaciones  comunitarias  de  carne  de  caza de cría y de carne de conejo de cría destinadas al consumo humano;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  además,  es  posible  el  reconocimiento  de condiciones que ofrezcan garantías equivalentes;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  cualquier  país  tercero  puede  presentar  a la Comisión una propuesta  de  reconocimiento  de  este  tipo  a  la  Comisión  para  su  debida consideración;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que,   dado   que   se   ha   implantado   un  nuevo  regimen  de certificación, debe establecerse un plazo para su aplicación;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">A  los  efectos  de  la  presente  Decisión,  se  entenderá por "aves de caza de cría"  las  codornices,  las  palomas,  los  faisanes,  las perdices y todas las demás  aves  de  caza,  excluidas  las  aves de corral, los pavos, las pintadas, los patos, las ocas y las aves del superorden ratitae.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">1. Los Estados miembros autorizarán las importaciones de:</p>
    <p class="parrafo">a)  carne  de  biungulados  de  caza  de  cría, con exclusión de los jabalíes de cría,   que   se   ajuste   a  los  requisitos  establecidos  en  el  modelo  de certificado  del  Anexo  A  y  proceda  de  terceros países o partes de terceros países que figuren en la columna A de la Decisión 97/217/CE de la Comisión;</p>
    <p class="parrafo">b)  carne  deshuesada,  excepto  los  despojos,  de biungulados de caza de cría, excluidos  los  jabalíes  de  cría,  que se ajuste a los requisitos establecidos en  el  modelo  de  certificado  del  Anexo  B  y  proceda  de terceros países o partes  de  terceros  países  que  figuren  en  la  lista  de la columna B de la Decisión 97/21 7/CE;</p>
    <p class="parrafo">c)  carne  de  jabalí  de cría que se ajuste a los requisitos establecidos en el modelo  de  certificado  del  Anexo  C  y proceda de terceros países o partes de terceros  países  que  figuren  en la lista de las columnas C o D de la Decisión 97/217/CE;</p>
    <p class="parrafo">d)  carne  de  lepóridos  de cría que se ajuste a los requisitos establecidos en el  modelo  de  certificado  del  Anexo  D y proceda de terceros países o partes de  terceros  países  que  figuren  en  la  lista de la columna E de la Decisión 97/217/CE;</p>
    <p class="parrafo">e)  carne  de  aves  de caza de cría que se ajuste a los requisitos establecidos en  el  modelo  de  certificado de los Anexos E o F y proceda de terceros países o  partes  de  terceros  países que figuren en la lista de las columnas F o G de</p>
    <p class="parrafo">la Decisión 97/217/CE.</p>
    <p class="parrafo">2.  Los  envíos  deberán  ir  acompanados  de  uno  de  los  certificados  antes mencionados, debidamente cumplimentado y firmado.</p>
    <p class="parrafo">Articulo 3</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión sera aplicable a partir del 1 de marzo de 1997.</p>
    <p class="parrafo">Articulo 4</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 28 de febrero de 1997.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Franz FISCHLER</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">ANEXO A</p>
    <p class="parrafo">CERTIFICADO SANITARIO Y DE INSPECCION VETERINARIA</p>
    <p class="parrafo">para  carne  de  biungulados  de  caza de cría (1) con exclusión de los jabalíes de cría, destinada a la Comunidad Europea</p>
    <p class="parrafo">Nota  para  el  importador:  El  presente  certificado  se  expide  únicamente a efectos  veterinarios  y  debe  acompanar al envío hasta su llegada al puesto de inspección fronterizo.</p>
    <p class="parrafo">Numero de referencia del certificado: ..........</p>
    <p class="parrafo">País destinatario: ............</p>
    <p class="parrafo">País exportador (2): ...........</p>
    <p class="parrafo">Ministerio: ..........</p>
    <p class="parrafo">Servicio: ..........</p>
    <p class="parrafo">I. Identificación de la carne</p>
    <p class="parrafo">Carne de: ..........(especie animal)</p>
    <p class="parrafo">Tipo de pieza: ..........</p>
    <p class="parrafo">Tipo de embalaje: ..........</p>
    <p class="parrafo">Número de piezas o de unidades de embalaje: ..........</p>
    <p class="parrafo">Peso neto: ...........</p>
    <p class="parrafo">II. Procedencia de la carne</p>
    <p class="parrafo">Dirección      y     número     de     registro     sanitario     del/de     los matadero(s)/establecimiento(s) de preparacion de caza</p>
    <p class="parrafo">autorizado(s) (3) ...........</p>
    <p class="parrafo">Dirección   y  número  de  registro  sanitario  de  la(s)  sala(s)  de  despiece autorizada(s).........</p>
    <p class="parrafo">Dirección   y   número  de  registro  sanitario  del  almacen/de  los  almacenes frigorífico(s) autorizado(s) ..........</p>
    <p class="parrafo">(1)   La   expresion  "de  cría"  aplicada  a  la  caza  tendrá  el  significado contemplado  en  el  apartado  3  del  artículo 2 de la Directiva 91/495/CEE del Consejo.</p>
    <p class="parrafo">(2) Deberá ser el mismo que el país de origen de la came.</p>
    <p class="parrafo">(3) Táchese lo que no proceda.</p>
    <p class="parrafo">III. Destino de la carne</p>
    <p class="parrafo">La carne se expedirá de: ...........(lugar de carga)</p>
    <p class="parrafo">a: ..........(país y lugar de destino)</p>
    <p class="parrafo">por el medio de transporte siguiente(1): ..........</p>
    <p class="parrafo">Nombre (apellidos) y dirección del expedidor: ..........</p>
    <p class="parrafo">Nombre (apellidos) y dirección del destinatario: .........</p>
    <p class="parrafo">IV. Datos sanitarios: ..........</p>
    <p class="parrafo">El veterinario oficial abajo firmante certifica que:</p>
    <p class="parrafo">1)........(país exportador), región .......(2)</p>
    <p class="parrafo">ha  permanecido  durante  los  últimos doce meses libre de fiebre aftosa y peste bovina  y,  durante  el  mismo período, no se ha practicado la vacunación contra ninguna de esas enfermedades.</p>
    <p class="parrafo">2)  La  carne  de  caza  de  cría  anteriormente  descrita  se  ha  obtenido  de animales:</p>
    <p class="parrafo">a) procedentes de .....(país exportador),        región ......(2)</p>
    <p class="parrafo">autorizado  para  exportar  a  la Comunidad carne fresca de la especie doméstica receptiva  correspondiente  de  conformidad  con  la  Decision  .../../CE  de la Comisión  (3),  cuya  última  modificación  la constituye la Decision .../../CE, y  que  han  permanecido  en  la  citada  región  al  menos  durante los 3 meses anteriores  a  su  sacrificio  o desde su nacimiento, en el caso de los animales de menos de 3 meses;</p>
    <p class="parrafo">b)  que  no  han  sido  vacunados  contra la fiebre aftosa ni la peste bovina en los últimos 12 meses;</p>
    <p class="parrafo">c)  procedentes  de  explotaciones  en  torno  a  las  cuales, en un radio de 10 kilómetros  que  incluye,  si  procede,  el  territorio de un país limítrofe, no se ha producido ningún caso de fiebre aftosa durante los 30 días anteriores;</p>
    <p class="parrafo">d)  que  desde  su  nacimiento  se han mantenido separados de los biungulados de caza;</p>
    <p class="parrafo">e)  procedentes  de  explotaciones  que  no  han  estado sujetas a restricciones debidas a la aparición de un brote de brucelosis en las últimas 6 semanas;</p>
    <p class="parrafo">f)  que  durante  el  transporte  al  matadero(4)/establecimiento de preparación de  caza  (4)  autorizado  y  antes  de  su sacrificio no han estado en contacto con  animales  cuya  carne  no reúna las condiciones exigidas para ser exportada a la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">3)  El  medio  de  transporte  utilizado  para  trasladar  los  animales ha sido limpiado y desinfectado antes de la carga.</p>
    <p class="parrafo">4)  Los  animales  proceden  de  una  explotación  que es objeto de inspecciones veterinarias  periódicas  para  diagnosticar  enfermedades  transmisibles  a los seres  humanos  o  los  animales y la carne obtenida de los animales originarios de   la   explotación   es  sometida  a  pruebas  aleatorias  para  detectar  la presencia  de  residuos  que  superen  los  niveles  autorizados,  habiendo sido recogidos  y  evaluados  los  resultados  de  tales  controles por los servicios centrales.</p>
    <p class="parrafo">(1)  En  el  caso  de los camiones, indíquese el número de matrícula y, en el de los contenedores a granel, el numero de contenedor y el número de precinto.</p>
    <p class="parrafo">(2)  Complétese  únicamente  si  la  autorización  de exportación a la Comunidad está restringida a detemminadas regiones del tercer país en cuestión.</p>
    <p class="parrafo">(3)  Indíquese  el  número  de  la  Decisión vigente aplicable a la carne fresca de la especie doméstica receptiva correspondiente</p>
    <p class="parrafo">(4) Táchese lo que no proceda.</p>
    <p class="parrafo">5) Bien:</p>
    <p class="parrafo">a)  i)  los  animales  han sido sacrificados en la explotación de origen, previa autorización de un veterinario oficial del organismo competente de</p>
    <p class="parrafo">.....(país  exportador)  que  expidioó  una  declaración  escrita  según la cual</p>
    <p class="parrafo">consideraba  que  el  transporte  de los animales vivos a un matadero autorizado o  un  establecimiento  de  preparación  de  caza  autorizado había entrañado un riesgo   inaceptable   para   el   bienestar   de   los   animales  o  para  los transportistas;</p>
    <p class="parrafo">ii)  los  animales  sacrificados  han  llegado al matadero(1)/establecimiento de preparación   de   caza(1)   autorizado   acompañados   de   un  certificado  de inspección   veterinaria,   expedido   por  el  veterinario  responsable  de  la explotación   de  origen  en  la  que  fueron  sacrificados  los  animales,  que atestigua:</p>
    <p class="parrafo">-  que  la  explotación  había sido inspeccionada y autorizada para el sacrifico de animales de caza por la autoridad competente de...... (país exportador)</p>
    <p class="parrafo">-  que  los  animales  han sido objeto de una inspección veterinaria ante mortem en las 24 horas inmediatamente anteriores al sacrificio:</p>
    <p class="parrafo">- que el ganado es objeto de inspecciones veterinarias periódicas;</p>
    <p class="parrafo">-   que   el   ganado  no  está  sujeto  a  restricciones  debidas  a  problemas zoosanitarios;</p>
    <p class="parrafo">-   que   la   explotación   cuenta   con   instalaciones   adecuadas   para  la manipulación,  la  inspección  ante  mortem  y el sacrificio de los animales, de conformidad con los requisitos de la Directiva 93/119/CE;</p>
    <p class="parrafo">- que los animales han sido correctamente sangrados;</p>
    <p class="parrafo">- la hora y la fecha del sacrificio;</p>
    <p class="parrafo">iii)  las  canales  de  los  animales  han  sido  transportadas  en  condiciones higiénicas    al   matadero(1)/establecimiento   de   preparacion   de   caza(1) autorizado;</p>
    <p class="parrafo">iv)  si  ha  transcurrido  más  de  una hora entre la hora de sacrifico indicada en  el  certificado  de  inspección  veterinaria  que  acompaña  a  los animales sacrificados  y  su  llegada  al  matadero(1)/establecimiento  de preparación de caza(1)   autorizado,   el  vehículo  utilizado  ha  sido  inspeccionado  en  el momento  de  la  llegada  y estaba a una temperatura comprendida entre O° C y 4° C;</p>
    <p class="parrafo">v)  los  animales  sacrificados  han  sido  eviscerados  dentro  de  las 3 horas siguientes  a  la  hora  del sacrificio indicada en el certificado de inspección veterinaria que los acompaña;</p>
    <p class="parrafo">o bien</p>
    <p class="parrafo">b)  i)  los  animales  han  sido  sacrificados en un matadero(1)/establecimiento de  preparacion  de  caza(1)  autorizado  que reúne las condiciones establecidas en la Directiva 91/495/CEE del Consejo;</p>
    <p class="parrafo">ii)  han  sido  objeto  de  una  inspección  veterinaria  ante  mortem en las 24 horas   inmediatamente   anteriores   al   sacrificio,  que  incluyó  un  examen minucioso para detectar posibles signos de fiebre aftosa;</p>
    <p class="parrafo">iii)  han  sido  manipulados  antes  del  sacrificio y sacrificados cumpliéndose las condiciones establecidas en la Directiva 93/119/CE.</p>
    <p class="parrafo">6)  La  carne  ha  sido manipulada de conformidad con las condiciones de higiene establecidas en el artículo 6 de la Directiva 91/495/CEE.</p>
    <p class="parrafo">7)  La  carne  ha  sido objeto de una inspección post mortem y ha sido declarada apta para el consumo humano.</p>
    <p class="parrafo">8)    La   carne   ha   sido   troceada(1)/almacenada(1)   en   establecimientos autorizados  a  tal  fin  por  la autoridad competente de .....(país exportador)</p>
    <p class="parrafo">y  que  cumplen  las  condiciones  establecidas en el artículo 6 de la Directiva 91/495/CEE.</p>
    <p class="parrafo">9)  Las  instalaciones  de  sacrificio,  manipulación  o despiece se limpiaron y desinfectaron   cuidadosamente   bajo   supervisión   oficial   antes   de   ser utilizadas   para   producir   la  carne  a  que  hace  referencia  el  presente certificado</p>
    <p class="parrafo">10) - La carne mencionada en el certificado(1)</p>
    <p class="parrafo">-  El  embalaje  de  la  carne  mencionada  en el certificado(1) lleva una marca que demuestra que:</p>
    <p class="parrafo">-   la   carne   procede   de   animales   faenados   e   inspeccionados  en  un matadero(1)/establecimiento de preparacion de caza autorizado,</p>
    <p class="parrafo">- la carne ha sido troceada en una sala de despiece autorizada(1).</p>
    <p class="parrafo">11)  El  medio  de  transporte  y  las  condiciones  de  carga  de  la carne del presente  envío  cumplen  los  requisitos de higiene establecidos en el artículo 6 de la Directiva 91/495/CEE del Consejo.</p>
    <p class="parrafo">12)  La  carne  procede  de  un matadero o de un establecimiento sobre el que no pesan  restricciones  en  relación  con  ninguna de las enfermedades mencionadas en  el  punto  1  y  en  torno  al cual, en un radio de 10 kilómetros, no se han producido brotes de esas enfermedades en los 30 días anteriores.</p>
    <p class="parrafo">13)  Los  animales  han  sido  sacrificados  entre  el  ...  y el ...(fechas del sacrificio).</p>
    <p class="parrafo">En ..........(lugar), a .......... (fecha)</p>
    <p class="parrafo">Sello (2)</p>
    <p class="parrafo">......(firma del veterinario oficial)(2)</p>
    <p class="parrafo">......(nombre y apellidos en mayusculas, calificaci6n y cargo)</p>
    <p class="parrafo">(1) Tachese lo que no proceda.</p>
    <p class="parrafo">(2)  El  color  de  sello  y  de  la  firma  debe  ser diferente del de la letra impresa.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO B</p>
    <p class="parrafo">CERTIFICADO SANITARIO Y DE INSPECCION VETERINARIA</p>
    <p class="parrafo">para  carne  deshuesada,  excepto  despojos,  de biungulados de caza de cría (1) con exclusión de los jabalíes de cría, destinada a la Comunidad Europea</p>
    <p class="parrafo">Nota  para  el  importador:  El  presente  certificado  se  expide  únicamente a efectos  veterinarios  y  debe  acompanar al envío hasta su llegada al puesto de inspección fronterizo.</p>
    <p class="parrafo">Número de referencia del certificado:..........</p>
    <p class="parrafo">Pais destinatario: ..........</p>
    <p class="parrafo">Pais exportador(2): ..........</p>
    <p class="parrafo">Ministerio: .............</p>
    <p class="parrafo">Servicio: ...........</p>
    <p class="parrafo">1. Identificaci6n de la carne</p>
    <p class="parrafo">Carne de: ..........(especie animal)</p>
    <p class="parrafo">Tipo de pieza: ..........</p>
    <p class="parrafo">Tipo de embalaje: .............</p>
    <p class="parrafo">Numero de piezas o de unidades de embalaje: .........</p>
    <p class="parrafo">Peso neto: ..........</p>
    <p class="parrafo">II. Procedencia de la carne</p>
    <p class="parrafo">Dirección      y     número     de     registro     sanitario     del/de     los</p>
    <p class="parrafo">matadero(s)(3)/establecimiento(s) de preparación de caza autorizado(s)(3)</p>
    <p class="parrafo">Dirección   y  número  de  registro  sanitario  de  la(s)  sala(s)  de  despiece autorizada(s).........</p>
    <p class="parrafo">Dirección   y   número  de  registro  sanitario  del  almacen/de  los  almacenes frigorífico(s) autorizado(s) ........</p>
    <p class="parrafo">(1)   La   expresión  "de  cría"  aplicada  a  la  caza  tendrá  el  significado contemplado  en  el  aparrado  3  del artiículo 2 de la Directiva 91/495/CEE del Consejo.</p>
    <p class="parrafo">(2) Deberá ser el mismo que el país de origen de la carne.</p>
    <p class="parrafo">(3) Táchese lo que no proceda.</p>
    <p class="parrafo">III. Destino de la carne</p>
    <p class="parrafo">La carne se expedira de:............(lugar de carga)</p>
    <p class="parrafo">a:.........(país y lugar de destino)</p>
    <p class="parrafo">por el medio de transporte siguiente(1): ........</p>
    <p class="parrafo">Nombre (apellidos) y direccion del expedidor: ........</p>
    <p class="parrafo">Nombre (apellidos) y direccion del destinatario: .......</p>
    <p class="parrafo">IV. Datos sanitarios:</p>
    <p class="parrafo">El veterinario oficial abajo firmante certifica que:</p>
    <p class="parrafo">1).....(país exportador), región........ (2)</p>
    <p class="parrafo">ha  permanecido  durante  los  últimos doce meses libre de fiebre aftosa y peste bovina  y,  durante  el  mismo periodo, no se ha practicado la vacunación contra ninguna de esas enfermedades.</p>
    <p class="parrafo">2)  La  carne  deshuesada  de caza de cría anteriormente descrita se ha obtenido de animales:</p>
    <p class="parrafo">a) procedentes de .....(país exportador), región .....(2)</p>
    <p class="parrafo">autorizado  para  exportar  a  la Comunidad carne fresca de la especie doméstica receptiva   correspondiente  de  conformidad  con  la  Decisión.../../CE  de  la Comisión(3),  cuya  uúltima  modificación  la  constituye la Decisión .../../CE, y  que  han  permanecido  en  la  citada  región  al  menos  durante los 3 meses anteriores  a  su  sacrificio  o desde su nacimiento, en el caso de los animales de menos de 3 meses;</p>
    <p class="parrafo">b)  que  no  han  sido  vacunados  contra la fiebre aftosa ni la peste bovina en los últimos 12 meses;</p>
    <p class="parrafo">c)  procedentes  de  explotaciones  en  torno  a  las  cuales, en un radio de 10 kilómetros  que  incluye,  si  procede,  el  territorio de un país limítrofe, no se ha producido ningún caso de fiebre aftosa durante los 30 días anteriores;</p>
    <p class="parrafo">d)procedentes  de  explotaciones  que  no  han  estado  sujetas  a restricciones debidas a la aparición de un brote de brucelosis en las últimas 6 semanas;</p>
    <p class="parrafo">e)  que  durante  el  transporte  al  matadero(4)/establecimiento de preparación de  caza(4)  autorizado  y  antes de su sacrificio no han estado en contacto con animales  cuya  carne  no  reúna  las  condiciones exigidas para ser exportada a la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">3)  El  medio  de  transporte  utilizado  para  trasladar  los  animales ha sido limpiado y desinfectado antes de la carga.</p>
    <p class="parrafo">4)  Los  animales  proceden  de  una  explotación  que es objeto de inspecciones veterinarias  periódicas  para  diagnosticar  enfermedades  transmisibles  a los seres  humanos  o  los  animales y la carne obtenida de los animales originarios de   la   explotación   es  sometida  a  pruebas  aleatorias  para  detectar  la</p>
    <p class="parrafo">presencia  de  residuos  que  superen  los  niveles  autorizados,  habiendo sido recogidos  y  evaluados  los  resultados  de  tales  controles por los servicios centrales.</p>
    <p class="parrafo">(1)  En  el  caso  de los camiones, indíquese el número de matrícula y, en el de los contenedores a granel, el número de contenedor y el número de precinto.</p>
    <p class="parrafo">(2)  Complétese  unicamente  si  la  autorización  de exportación a la Comunidad está restringida a determinadas regiones del tercer país en cuestión.</p>
    <p class="parrafo">(3)  Indíquese  el  número  de la Decisión vigente aplicable a la came fresca de la especie doméstica receptiva correspondiente.</p>
    <p class="parrafo">(4) Táchese lo que no proceda.</p>
    <p class="parrafo">5) Bien:</p>
    <p class="parrafo">a)  i)  los  animales  han sido sacrificados en la explotación de origen, previa autorización   de   un   veterinario   oficial   del   organismo  competente  de ..........(país  exportador)  que  expidió  una  declaración  escrita  según  la cual  consideraba  que  el  transporte  de  los  animales  vivos  a  un matadero autorizado  o  un  establecimiento  de  preparación  de  caza  autorizado habría entranado  un  riesgo  inaceptable  para el bienestar de los animales o para los transportistas;</p>
    <p class="parrafo">ii)los  animales  sacrificados  han  llegado  al  matadero(1)/establecimiento de preparación   de   caza(1)   autorizado   acompañados   de   un  certificado  de inspección   veterinaria,   expedido   por  el  veterinario  responsable  de  la explotación   de  origen  en  la  que  fueron  sacrificados  los  animales,  que atestigua:</p>
    <p class="parrafo">-  que  la  explotación  habla sido inspeccionada y autorizada para el sacrifico de   animales  de  caza  por  la  autoridad  competente  de  ..............(país exportador)</p>
    <p class="parrafo">-  que  los  animales  han sido objeto de una inspección veterinaria ante mortem en  las  24  horas  inmediatamente  anteriores  al  sacrificio;  que  incluyó un examen minucioso para detectar posibles signos de fiebre aftosa,</p>
    <p class="parrafo">- que el ganado es objeto de inspecciones veterinarias periódicas;</p>
    <p class="parrafo">-   que   el   ganado  no  está  sujeto  a  restricciones  debidas  a  problemas zoosanitarios;</p>
    <p class="parrafo">-   que   la   explotación   cuenta   con   instalaciones   adecuadas   para  la manipulación,  la  inspección  ante  mortem  y el sacrificio de los animales, de conformidad con los requisitos de la Directiva 93/11 9/CE del Consejo;</p>
    <p class="parrafo">- que los animales han sido correctamente sangrados;</p>
    <p class="parrafo">- la hora y la fecha del sacrificio;</p>
    <p class="parrafo">iii)  las  canales  de  los  animales  han  sido  transportadas  en  condiciones higiénicas    al    matadero(1)establecimiento   de   preparación   de   caza(1) autorizado;</p>
    <p class="parrafo">iv)  si  ha  transcurrido  más  de  una hora entre la hora de sacrifico indicada en  el  certificado  de  inspección  veterinaria  que  acompaña  a  los animales sacrificados  y  su  llegada  al  matadero(1)/establecimiento  de preparaci6n de caza(1)   autorizado,   el  vehículo  utilizado  ha  sido  inspeccionado  en  el momento  de  la  llegada  y estaba a una temperatura comprendida entre O° C y 4° C;</p>
    <p class="parrafo">v)  Los  animales  sacrifirados  han  sido  eviscerados  dentro  de  las 3 horas siguientes  a  la  hora  del sacrificio indicada en el certificado de inspección</p>
    <p class="parrafo">veterinaria que los acompana;</p>
    <p class="parrafo">o bien:</p>
    <p class="parrafo">b)  i)  los  animales  han  sido  sacrificados en un matadero(1)/establecimiento de  preparación  de  caza(1)  autorizado  que reúne las condiciones establecidas en la Directiva 91/495/CEE del Consejo;</p>
    <p class="parrafo">ii)  han  sido  objeto  de  una  inspección  veterinaria  ante  mortem en las 24 horas   inmediatamente   anteriores   al   sacrificio,  que  incluyó  un  examen minucioso para detectar posibles signos de fiebre aftosa;</p>
    <p class="parrafo">iii)  han  sido  manipulados  antes  del  sacrificio y sacrificados cumpliendose las condiciones establecidas en la Directiva 93/119/CE del Consejo.</p>
    <p class="parrafo">6)  La  carne  ha  sido manipulada de conformidad con las condiciones de higiene establecidas en el artículo 6 de la Directiva 91/495/CEE del Consejo.</p>
    <p class="parrafo">7)  La  carne  ha  sido objeto de una inspección post mortem y ha sido declarada apta para el consumo humano.</p>
    <p class="parrafo">8)    La   carne   ha   sido   troceada(1)/almacenada(1)   en   establecimientos autorizados  a  tal  fin  por  la autoridad competente de..... (país exportador) y  que  cumplen  las  condiciones  establecidas  en el artculo 6 de la Directiva 91/495/CEE del Consejo.</p>
    <p class="parrafo">9)  Las  instalaciones  de  sacrificio,  manipulación  o despiece se limpiaron y desinfectaron   cuidadosamente   bajo   supervisó6n   oficial   antes   de   ser utilizadas   para   producir   la  carne  a  que  hace  referencia  el  presente certificado.</p>
    <p class="parrafo">(1) Tachese lo que no proceda.</p>
    <p class="parrafo">10)- La carne mencionada en el certificado(1)</p>
    <p class="parrafo">-  El  embalaje  de  la came mencionada en el certificado(1) lleva una marca que demuestra que:</p>
    <p class="parrafo">-  la  carne  procede  de  animales  faenados  e  inspeccionados  en un matadero (1)/establecimiento de preparación de caza autorizado(1),</p>
    <p class="parrafo">- la carne ha sido troceada en una sala de despiece autorizada(1).</p>
    <p class="parrafo">ll)  El  medio  de  transporte  y  las  condiciones  de  carga  de  la carne del presente  envío  cumplen  los  requisitos de higiene establecidos en el artículo 6 de la Directiva 91/495/CEE del Consejo.</p>
    <p class="parrafo">12)  La  carne  procede  de  un matadero o de un establecimiento sobre el que no pesan  restricciones  en  relación  con  ninguna de las enfermedades mencionadas en  el  punto  1)  y  en  torno al cual, en un radio de 10 kilómetros, no se han producido brotes de esas enfermedades en los 30 días anteriores.</p>
    <p class="parrafo">13)   Los  animales  han  sido  sacrificados  entre  el....y  el....(fechas  del sacrificio).</p>
    <p class="parrafo">14)  La  carne  deshuesada  de caza de cría antes descrita cumple las siguientes condiciones:</p>
    <p class="parrafo">a)  procede  de  canales  que han sido maduradas a temperatura ambiente superior a  2º  C  durante  al  menos  24  horas  después  del  sacrificio  y  antes  del deshuesado;</p>
    <p class="parrafo">b) le han sido retiradas las principales glándulas linfáticas;</p>
    <p class="parrafo">c)  ha  sido  mantenida,  durante todas las fases de su producción, deshuesado y almacenamiento,  completamente  separada  de  carnes  que  no  se  ajusten a las decisiones  comunitarias  vigentes  en  materia  de  exportación  a  los Estados miembros  (salvo  en  el  caso  de  la  carne  envasada  en  cajas  o cartones y</p>
    <p class="parrafo">depositada en zonas especiales de almacenamiento).</p>
    <p class="parrafo">En......................(lugar), a.................(fecha)</p>
    <p class="parrafo">Sello (2)</p>
    <p class="parrafo">...........(firma del veterinario oficial)(2)</p>
    <p class="parrafo">..........(nombre y apellidos en mayusculas, calificacion y cargo)</p>
    <p class="parrafo">(1) Tachese lo que no proceda.</p>
    <p class="parrafo">(2)  El  color  del  sello  y  de  la  firma  debe ser diferente del de la letra impresa</p>
    <p class="parrafo">ANEXO C</p>
    <p class="parrafo">CERTIFICADO SANITARIO Y DE INSPECCION VETERINARIA</p>
    <p class="parrafo">para carne de jabalíes de cría(1) destinada a la Comunidad Europea</p>
    <p class="parrafo">Nota  para  el  exportador:  El  presente  certificado  se  expide  únicamente a efectos  veterinarios  y  debe  acompañar al envío hasta su llegada al puesto de inspección fronterizo.</p>
    <p class="parrafo">Número de referencia del certificado: ............</p>
    <p class="parrafo">País destinatario: ...........</p>
    <p class="parrafo">País exportador(2): ..........</p>
    <p class="parrafo">Ministerio: ..........</p>
    <p class="parrafo">Servicio: ..........</p>
    <p class="parrafo">I. Identificación de la carne</p>
    <p class="parrafo">Carne de jabalíes de cria</p>
    <p class="parrafo">Tipo de pieza: ...........</p>
    <p class="parrafo">Tipo de embalaje: .............</p>
    <p class="parrafo">Número de piezas o de unidades de embalaje: ..........</p>
    <p class="parrafo">Peso neto: ..........</p>
    <p class="parrafo">II. Procedencia de la carne</p>
    <p class="parrafo">Dirección   y   número   de   registro   sanitario  del/de  los  matadero(s)(3)/ establecimiento(s) de preparación de caza(3) autorizados .......</p>
    <p class="parrafo">Dirección   y  número  de  registro  sanitario  de  la(s)  sala(s)  de  despiece autorizada(s).............</p>
    <p class="parrafo">Dirección   y   número  de  registro  sanitario  del  almacen/de  los  almacenes frigorifico(s) autorizado(s) ...........</p>
    <p class="parrafo">(1)   La   expresión  "de  cría"  aplicada  a  la  caza  tendrá  el  significado contemplado en el apartado 3 del artículo 2 de la Directiva</p>
    <p class="parrafo">91/495/CEE del Consejo.</p>
    <p class="parrafo">(2) Deberá ser el mismo que el país de origen de la came.</p>
    <p class="parrafo">(3) Táchese lo que no proceda.</p>
    <p class="parrafo">III. Destino de la carne</p>
    <p class="parrafo">La carne se expedira de: ............(lugar de carga)</p>
    <p class="parrafo">a: ..............(país y lugar de destino)</p>
    <p class="parrafo">por el medio de transporte siguiente(1): .......</p>
    <p class="parrafo">Nombre (apellidos) y dirección del expedidor: .........</p>
    <p class="parrafo">Nombre (apellidos) y dirección del destinatario: .........</p>
    <p class="parrafo">IV. Datos sanitarios:</p>
    <p class="parrafo">El veterinario oficial abajo firmante certifica que:</p>
    <p class="parrafo">1)  .........(país  exportador),  región......(2)  ha  permanecido  durante  los últimos  doce  meses  libre  de  fiebre  aftosa,  peste  porcina  clásica, peste porcina    africana,    enfermedad    vesicular   porcina   y   encefalomielitis</p>
    <p class="parrafo">enteroviral  porcina  (enfermedad  de  Teschen)  y, durante el mismo período, no se ha practicado la vacunación contra ninguna de esas enfermedades.</p>
    <p class="parrafo">2)  La  carne  de  jabalí  de  cría  anteriormente  descrita  se  ha obtenido de animales:</p>
    <p class="parrafo">a)  procedentes  de  .....(país  exportador),  región.......(2), autorizado para exportar  a  la  Comunidad  carne  fresca  de  la  especie  doméstica  receptiva correspondiente  de  conformidad  con  la  Decisión.../../CE de la Comisión (3), cuya  última  modificación  la  constituye  la Decision . . . / . . . /CE, y que han  permanecido  en  la  citada  región al menos durante los 3 meses anteriores a  su  sacrificio  o  desde  su  nacimiento, en el caso de los animales de menos de 3 meses;</p>
    <p class="parrafo">b)  que  no  han  sido  vacunados contra ninguna de las enfermedades mencionadas en el punto 1;</p>
    <p class="parrafo">c)  procedentes  de  explotaciones  en  torno  a  las  cuales, en un radio de 10 kilómetros  que  incluye,  si  procede,  el  territorio de un país limítrofe, no se  ha  producido  ningún  caso  de  las  enfermedades mencionadas en el punto 1 durante los 30 días anteriores;</p>
    <p class="parrafo">d)  que  desde  su  nacimiento  se han mantenido separados de los biungulados de caza;</p>
    <p class="parrafo">e)  procedentes  de  explotaciones  que  no  han  estado sujetas a restricciones debidas a la aparición de un brote de brucelosis en las últimas 6 semanas;</p>
    <p class="parrafo">f)  que  durante  el  transporte  al  matadero(4)/establecimiento de preparación de  caza(4)  autorizado  y  antes de su sacrificio no han estado en contacto con animales  cuya  carne  no  reúna  las  condiciones exigidas para ser exportada a la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">3)  El  medio  de  transporte  utilizado  para  trasladar  los  animales ha sido limpiado y desinfectado antes de la carga.</p>
    <p class="parrafo">4)  Los  animales  proceden  de  una  explotación  que es objeto de inspecciones veterinarias  periódicas  para  diagnosticar  enfermedades  transmisibles  a los seres  humanos  o  los  animales y la carne obtenida de los animales originarios de   la   explotacion   es  sometida  a  pruebas  aleatorias  para  detectar  la presencia  de  residuos  que  superen  los  niveles  autorizados,  habiendo sido recogidos  y  evaluados  los  resultados  de  tales  controles por los servicios centrales.</p>
    <p class="parrafo">(1)En  el  caso  de  los  camiones, indíquese el número de matrícula y, en el de los contenedores a granel, el número de contenedor y el número de precinto.</p>
    <p class="parrafo">(2)  Complétese  únicamente  si  la  autorización  de exportación a la Comunidad está restringida a dererminadas regiones del tercer país en cuestión.</p>
    <p class="parrafo">(3)  Indíquese  el  número  de  la Decisin vigente aplicable a la came fresca de la especie domeéstica receptiva correspondiente.</p>
    <p class="parrafo">(4) Táchese lo que no proceda.</p>
    <p class="parrafo">5) Bien:</p>
    <p class="parrafo">a)  i)  los  animales  han sido sacrificados en la explotación de origen, previa autorización   de   un   veterinario   oficial   del   organismo  competente  de .......(país  exportador),  que  expidió  una  declaración escrita según la cual consideraba  que  el  transporte  de los animales vivos a un matadero autorizado o  un  establecimiento  de  preparación  de  caza autorizado habría entranado un riesgo   inaceptable   para   el   bienestar   de   los   animales  o  para  los</p>
    <p class="parrafo">transportistas;</p>
    <p class="parrafo">ii)  los  animales  sacrificados  han  llegado al matadero(1)/establecimiento de preparación   de   caza(1)   autorizado   acompañados   de   un  certificado  de inspección   veterinaria,   expedido   por  el  veterinario  responsable  de  la explotación   de  origen  en  la  que  fueron  sacrificados  los  animales,  que atestigua:</p>
    <p class="parrafo">-   que   la   explotación   había  sido  inspeccionada  y  autorizada  para  el sacrificio  de  animales  de  caza  por  la  autoridad competente de ..... (país exportador);</p>
    <p class="parrafo">-  que  los  animales  han sido objeto de una inspección veterinaria ante mortem en  las  24  horas  inmediatamente  anteriores  al  sacrificio,  que  incluyó un examen minucioso para detectar posibles signos de fiebre aftosa;</p>
    <p class="parrafo">- que el ganado es objeto de inspecciones veterinarias periódicas;</p>
    <p class="parrafo">-   que   el   ganado  no  esta  sujeto  a  restricciones  debidas  a  problemas zoosanitarios;</p>
    <p class="parrafo">-   que   la   explotación   cuenta   con   instalaciones   adecuadas   para  la manipulación,  la  inspección  ante  mortem  y el sacrificio de los animales, de conformidad con los requisitos de la Directiva 93/119/CE del Consejo;</p>
    <p class="parrafo">- que los animales han sido correctamente sangrados;</p>
    <p class="parrafo">- la hora y la fecha del sacrificio;</p>
    <p class="parrafo">iii)  las  canales  de  los  animales  han  sido  transportadas  en  condiciones higiénicas   al   matadero   (1)/  establecimiento  de  preparación  de  caza(1) autorizado;</p>
    <p class="parrafo">iv)  si  ha  transcurrido  más  de una hora entre la hora de sacrificio indicada en  el  certificado  de  inspección  veterinaria  que  acompaña  a  los animales sacrificados  y  su  11egada  al  matadero(1)/establecimiento  de preparación de caza(1)   autorizado,   el  vehículo  utilizado  ha  sido  inspeccionado  en  el momento  de  la  llegada  y estaba a una temperatura comprendida entre O° C y 4° C;</p>
    <p class="parrafo">v)  los  animales  sacrificados  han  sido  eviscerados  dentro  de  las 3 horas siguientes  a  la  hora  del sacrificio indicada en el certificado de inspección veterinaria que los acompaña;</p>
    <p class="parrafo">o bien</p>
    <p class="parrafo">b)  i)  los  animales  han  sido  sacrificados en un matadero(')/establecimiento de  preparación  de  caza(1)  autorizado  que reúne las condiciones establecidas en la Directiva 91/495/CEE del Consejo;</p>
    <p class="parrafo">ii)  han  sido  objeto  de  una  inspección  veterinaria  ante  mortem en las 24 horas   inmediatamente   anteriores   al   sacrificio,  que  incluyó  un  examen minucioso para detectar posibles signos de fiebre aftosa;</p>
    <p class="parrafo">iii)  han  sido  manipulados  antes  del  sacrificio y sacrificados cumpliéndose las condiciones establecidas en la Directiva 93/119/CE del Consejo.</p>
    <p class="parrafo">6)  La  carne  ha  sido manipulada de conformidad con las condiciones de higiene establecidas en el artículo 6 de la Directiva 91/495/CEE del Consejo.</p>
    <p class="parrafo">7)  La  carne  ha  sido objeto de una inspección post mortem y ha sido declarada apta para el consumo humano.</p>
    <p class="parrafo">8)  La  carne  ha  sido objeto de un análisis por digestión para la detección de triquinas  conforme  al  Anexo  I  de  la  Directiva  77/96/CEE del Consejo, con resultados negativos.</p>
    <p class="parrafo">9)    La   carne   ha   sido   troceada(1)/almacenada(1)   en   establecimientos autorizados  a  tal  fin  por  la autoridad competente de .... (país exportador) y  que  cumplen  las  condiciones  establecidas en el artículo 6 de la Directiva 91/495/CEE del Consejo.</p>
    <p class="parrafo">10)  Las  instalaciones  de  sacrificio,  manipulación o despiece se limpiaron y desinfectaron   cuidadosamente   bajo   supervisión   oficial   antes   de   ser utilizadas   para   producir   la  carne  a  que  hace  referencia  el  presente certificado.</p>
    <p class="parrafo">(1) Táchese lo que no proceda.</p>
    <p class="parrafo">11 ) - La carne mencionada en el certificado(1)</p>
    <p class="parrafo">-  El  embalaje  de  la  carne  mencionada  en el certificado(1) lleva una marca que demuestra que:</p>
    <p class="parrafo">-   la   carne   procede   de   animales   faenados   e   inspeccionados  en  un matadero(1)/establecimiento de preparación de caza autorizado(1),</p>
    <p class="parrafo">-_la carne ha sido troceada en una sala de despiece autorizada (1).</p>
    <p class="parrafo">12)  El  medio  de  transporte  y  las  condiciones  de  carga  de  la carne del presente  envío  cumplen  los  requisitos de higiene establecidos en el artículo 6 de la Directiva 91/495/CEE del Consejo.</p>
    <p class="parrafo">13)  La  carne  procede  de  un matadero o de un establecimiento sobre el que no pesan  restricciones  en  relación  con  ninguna de las enfermedades mencionadas en  el  punto  I  y  en  torno  al cual, en un radio de 10 kilómetros, no se han producido brotes de esas enfermedades en los 30 días anteriores.</p>
    <p class="parrafo">14)  Los  animales  han  sido  sacrificados  entre  el....y  el....  (fechas del sacrificio).</p>
    <p class="parrafo">En...........(lugar), a...........(fecha)</p>
    <p class="parrafo">Sello(2)</p>
    <p class="parrafo">........(firma del veterinario oficial)(2)</p>
    <p class="parrafo">.......(nombre y apellidos en mayúsculas, calificación y cargo)</p>
    <p class="parrafo">(1) Táchese lo que no proceda.</p>
    <p class="parrafo">(2)  El  color  de  sello  y  de  la  firma  debe  ser diferente del de la letra impresa.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO D</p>
    <p class="parrafo">CERTIFICADO SANITARIO Y DE INSPECCION VETERINARIA</p>
    <p class="parrafo">para carne de conejo(1) destinada a la Comunidad Europea</p>
    <p class="parrafo">Nota  para  el  importador:  El  presente  certificado  se  expide  únicamente a efectos  veterinarios  y  debe  acompañar al envío hasta su llegada al puesto de inspección fronterizo.</p>
    <p class="parrafo">Número de referencia del certificado:...............</p>
    <p class="parrafo">País destinatario:..............</p>
    <p class="parrafo">País exportador(2):...........</p>
    <p class="parrafo">Ministerio: ..............</p>
    <p class="parrafo">Servicio: ..............</p>
    <p class="parrafo">I. Identificación de la carne de conejo</p>
    <p class="parrafo">Tipo de pieza: .............</p>
    <p class="parrafo">Tipo de embalaje: ..........</p>
    <p class="parrafo">Número de piezas o de unidades de embalaje: ...........</p>
    <p class="parrafo">Peso neto: ..........</p>
    <p class="parrafo">II. Procedencia de la carne</p>
    <p class="parrafo">Dirección  y  número  de  registro  sanitario del matadero(3)/establecimiento de preparación de caza(3) autorizado .........</p>
    <p class="parrafo">Dirección   y  número  de  registro  sanitario  de  la(s)  sala(s)  de  despiece autorizada(s)..........</p>
    <p class="parrafo">Dirección   y   número  de  registro  sanitario  del  almacen/de  los  almacenes frigorifico(s) autorizado(s)............</p>
    <p class="parrafo">(1)  La  expresión  "carne  de  conejo"  significará  todas  las  partes  de los conejos domésticos (de cría) aptas para el consumo humano.</p>
    <p class="parrafo">(2) Deberá ser el mismo que el país de origen de la carne.</p>
    <p class="parrafo">(3) Táchese lo que no proceda.</p>
    <p class="parrafo">III. Destino de la carne</p>
    <p class="parrafo">La carne se expedirá de: ...........(lugar de carga)</p>
    <p class="parrafo">a............ (país y lugar de destino)</p>
    <p class="parrafo">por el medio de transporte siguiente(1):..........</p>
    <p class="parrafo">Nombre y dirección del expedidor: ..........</p>
    <p class="parrafo">Nombre y dirección del destinatario:.........</p>
    <p class="parrafo">IV. Datos sanitarios:</p>
    <p class="parrafo">El veterinario oficial abajo firmante certifica que:</p>
    <p class="parrafo">1) La carne de conejo descrita procede de animales:</p>
    <p class="parrafo">a)  que  han  permanecido  en  el  territorio  de  ...........(país exportador), región......(2)  durante  al  menos  seis semanas antes de su sacrificio o desde su nacimiento, en el caso de los animales de menos de seis semanas;</p>
    <p class="parrafo">b)   procedentes   de  explotaciones  o  zonas  que  no  han  estado  sujetas  a restricciones   veterinarias  por  enfermedad  hemorrágica  virar,  tularemia  o mixomatosis durante los últimos 40 dias;</p>
    <p class="parrafo">c)  pertenecientes  a  grupos  identificados  de  modo  que se pueda conocer sus explotaciones de origen;</p>
    <p class="parrafo">d)  que  durante  el  transporte  al  matadero(3)/establecimiento de preparación de  caza(3)  autorizado  y  antes de su sacrificio no han estado en contacto con animales  cuya  carne  no  reúna  las  condiciones exigidas para ser exportada a la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">2)  El  medio  de  transporte  utilizado  para  trasladar  los  animales ha sido limpiado y desinfectado antes de la carga.</p>
    <p class="parrafo">3)  Los  animales  proceden  de  una  explotación  que es objeto de inspecciones veterinarias  periódicas  para  diagnosticar  enfermedades  transmisibles  a los seres  humanos  o  los  animales y la carne obtenida de los animales originarios de   la   explotación   es  sometida  a  pruebas  aleatorias  para  detectar  la presencia  de  residuos  que  superen  los  niveles  autorizados,  habiendo sido recogidos  y  evaluados  los  resultados  de  tales  controles por los servicios centrales.</p>
    <p class="parrafo">4) Bien:</p>
    <p class="parrafo">a)  Los  animales  han  llegado al matadero(3)/establecimiento de preparación de caza(3)  autorizado  acompañados  de  un  certificado de inspección veterinaria, expedido  por  el  veterinario  responsable  de  la  explotación de origen en la que fueron sacrificados los animales, que atestigua que:</p>
    <p class="parrafo">-  los  animales  han  sido objeto de una inspección veterinaria ante mortem con arreglo  a  los  requisitos  del  artículo  3 y del capítulo 1 del Anexo 1 de la Directiva  91/495/CEE  del  Consejo  en la explotación o explotaciones de origen</p>
    <p class="parrafo">en las 24 horas anteriores a la carga y</p>
    <p class="parrafo">-   han   sido   objeto  de  una  inspección  ante  mortem  en  el  matadero(3)/ establecimiento  de  preparación  de  caza(3)  autorizado para detectar posibles heridas asociadas con el transporte.</p>
    <p class="parrafo">o bien</p>
    <p class="parrafo">b)   Los   animales   han  sido  objeto  de  una  inspección  ante  mortem  bajo supervisión  veterinaria  con  arreglo  a  los  requisitos  del artículo 3 y del capítulo   1  del  Anexo  1  de  la  Directiva  91/495/CEE  en  el  matadero(3)/ establecimiento   de   preparación   de  caza(3)  autorizado  en  las  24  horas inmediatamente anteriores al sacrificio.</p>
    <p class="parrafo">(1)  En  el  caso  de los camiones, indíquese el número de matrícula y, en el de los contenedores a granel, el número de contenedor y el número de precinto.</p>
    <p class="parrafo">(2)  Complétese  únicamente  si  la  autorización  de exportación a la Comunidad está restringida a determinadas regiones del tercer país en cuestión.</p>
    <p class="parrafo">(3) Tachese lo que no proceda.</p>
    <p class="parrafo">5)  Los  animales  han  sido  sacrificados  en un matadero(1)/establecimiento de preparación  de  caza(1)  autorizado  que  reúne las condiciones establecidas en la Directiva 91/495/CEE.</p>
    <p class="parrafo">6)  Los  animales  han  sido  manipulados  antes de su sacrificio y sacrificados cumpliéndose   las  condiciones  establecidas  en  la  Directiva  93/119/CE  del Consejo.</p>
    <p class="parrafo">7)  La  carne  ha  sido manipulada de conformidad con las condiciones de higiene establecidas en el artículo 3 de la Directiva 91/495/CEE del Consejo.</p>
    <p class="parrafo">8)  La  carne  ha  sido  objeto  de una inspección post mortem con arreglo a los requisitos  del  artículo  3  de  la  Directiva 91/495/CEE del Consejo y ha sido declarada apta para el consumo humano.</p>
    <p class="parrafo">9)    La   carne   ha   sido   troceada(1)/almacenada(1)   en   establecimientos autorizados   a   tal   fin   por  la  autoridad  competente  de  .........(país exportador)  y  que  cumplen  las  condiciones  establecidas en el artículo 3 de la Directiva 91/495/CEE del Consejo.</p>
    <p class="parrafo">10)  Las  instalaciones  de  sacrificio,  manipulación o despiece se limpiaron y desinfectaron   cuidadosamente   bajo   supervisión   oficial   antes   de   ser utilizadas   para   producir   la  carne  a  que  hace  referencia  el  presente certificado.</p>
    <p class="parrafo">11)- La carne mencionada en el certificado (1)</p>
    <p class="parrafo">- El embalaje de la carne mencionada en el certificado(1)</p>
    <p class="parrafo">lleva una marca que demuestra que:</p>
    <p class="parrafo">-   la   carne   procede   de   animales   faenados   e   inspeccionados  en  un matadero(1)/establecimiento de preparación de caza (1) autorizado;</p>
    <p class="parrafo">- la carne ha sido troceada en una sala de despiece autorizada(1).</p>
    <p class="parrafo">12)  El  medio  de  transporte  y  las  condiciones  de  carga  de  la carne del presente  envío  cumplen  los  requisitos de higiene establecidos en el artículo 3 de la Directiva 91/495/CEE del Consejo.</p>
    <p class="parrafo">13)   Los  animales  han  sido  sacrificados  entre  el....y  el....(fechas  del sacrificio).</p>
    <p class="parrafo">En..........(lugar), a...........(fecha)</p>
    <p class="parrafo">Sello (2)</p>
    <p class="parrafo">..........(firma del veterinario oficial)(2)</p>
    <p class="parrafo">..........(nombre y apellidos en mayúsculas, calificación y cargo)</p>
    <p class="parrafo">(1) Táchese lo que no proceda.</p>
    <p class="parrafo">(2)  El  color  del  sello  y  de  la  firma  debe ser diferente del de la letra impresa.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO E</p>
    <p class="parrafo">CERTIFICADO SANITARIO Y DE INSPECCION VETERINARIA</p>
    <p class="parrafo">para carne de "aves de caza de cría"(1) destinada a la Comunidad Europea</p>
    <p class="parrafo">Nota  para  el  importador:  El  presente  certificado  se  expide  únicamente a efectos  veterinarios  y  debe  acompañar al envío hasta su llegada al puesto de inspección fronterizo.</p>
    <p class="parrafo">Número de referencia del certificado:........</p>
    <p class="parrafo">País destinatario:..........</p>
    <p class="parrafo">País exportador(2):..........</p>
    <p class="parrafo">Ministerio:...........</p>
    <p class="parrafo">Servicio:.............</p>
    <p class="parrafo">I. Identificación de la carne</p>
    <p class="parrafo">Carne de:..........(especie animal)</p>
    <p class="parrafo">Tipo de pieza: ............</p>
    <p class="parrafo">Tipo de embalaje: ...........</p>
    <p class="parrafo">Número de piezas o de unidades de embalaje: ..........</p>
    <p class="parrafo">Peso neto:..........</p>
    <p class="parrafo">II. Procedencia de la carne</p>
    <p class="parrafo">Dirección   y   número   de   registro   sanitario  del/de  los  matadero(s)(3)/ establecimiento(s) de preparación de caza autorizado(s)(3) ......</p>
    <p class="parrafo">Dirección   y  número  de  registro  sanitario  de  la(s)  sala(s)  de  despiece autorizada(s)..........</p>
    <p class="parrafo">Dirección   y   número  de  registro  sanitario  del  almacen/de  los  almacenes frigorífico(s) autorizado(s)..........</p>
    <p class="parrafo">(1)  La  expresión  "aves  de  caza  de  cría"  aplicada  a  la  caza  tendrá el significado  contemplado  en  el  apartado  3  del  artículo  2  de la Directiva 91/495/CEE  del  Consejo,  y  se  aplica  a  las  codornices,  las  palomas, los faisanes,   las  perdices  y  todas  las  demás  aves  de  caza  no  mencionadas explícitamente, excluídas las aves del superorden ratitae.</p>
    <p class="parrafo">(2) Deberá ser el mismo que el país de origen de la carne.</p>
    <p class="parrafo">(3) Táchese lo que no proceda.</p>
    <p class="parrafo">III. Destino de la carne</p>
    <p class="parrafo">La carne se expedirá de:..........(lugar de carga)</p>
    <p class="parrafo">a:..........(país y lugar de destino)</p>
    <p class="parrafo">por el medio de transporte siguiente(1):.............</p>
    <p class="parrafo">Nombre (apellidos) y dirección del expedidor: ........</p>
    <p class="parrafo">Nombre (apellidos) y direccion del destinatario: .........</p>
    <p class="parrafo">IV. Datos sanitarios</p>
    <p class="parrafo">El veterinario oficial abajo firmante certifica que:</p>
    <p class="parrafo">1)  .......(país  exportador),  región  .....  (2) está libre de influenza aviar y  de  enfermedad  de  Newcastle,  según  la  definición del código zoosanitario internacional de la Oficina Internacional de Epizootias.</p>
    <p class="parrafo">2) La carne anteriormente descrita se ha obtenido de aves de caza de cría:</p>
    <p class="parrafo">a)   que   han  permanecido  en  el  territorio  de  ........(país  exportador),</p>
    <p class="parrafo">región......(2)  autorizado  para  exportar  a la Comunidad carne fresca de aves de  corral  de  la  especie  domestica  correspondiente  de  conformidad  con la Decisión.../../CE  de  la  Comisión(1),  cuya  última modificación la constituye la  Decisión.../../CE,  desde  la  eclosión  o  que  han  sido  importados  como pollitos de un día de edad;</p>
    <p class="parrafo">b) procedentes de explotaciones:</p>
    <p class="parrafo">-   que   no  han  estado  sujetas  a  restricciones  veterinarias  por  ninguna enfermedad que pueda afectar a las aves de corral,</p>
    <p class="parrafo">-  en  torno  de  las  cuales,  en  un  radio  de  10 kilómetros que incluye, si procede,  el  territorio  de  un  país limítrofe, no se ha producido ningún caso de influenza aviar ni de enfermedad de Newcastle durante al menos 30 días;</p>
    <p class="parrafo">c)  que  no  han  sido  sacrificadas  en  el  marco de ninguna medida de policía veterinaria  para  el  control  o la erradicación de enfermedades de las aves de corral;</p>
    <p class="parrafo">d)  vacunadas(4)/no  vacunadas(4)  contra  la enfermedad de Newcastle con vacuna viva en los 30 días anteriores a su sacrificio;</p>
    <p class="parrafo">e)  que  durante  el  transporte  al  matadero(5)/establecimiento de preparación de  caza(5)  autorizado  no  han  estado  en  contacto con aves de corral ni con aves de caza afectadas por la influenza aviar o la enfermedad de Newcastle.</p>
    <p class="parrafo">(1)  En  el  caso  de los camiones, indíquese el número de matrícula y, en el de los contenedores a granel, el número de contenedor y el número de precinto.</p>
    <p class="parrafo">(2)  Completese  únicamente  si  la  autorización  de exportación a la Comunidad está restringida a determinadas regiones del tercer país en cuestión.</p>
    <p class="parrafo">(3)  Indíquese  el  número  de  la Decisión vigente aplicable a la carne de aves de corral.</p>
    <p class="parrafo">(4)  Tachese  lo  que  no proceda. Si las aves han sido vacunadas en los 30 días anteriores  a  su  sacrificio,  el  envío  no  podrá  ser  destinado  a  Estados miembros  o  regiones  de  éstos  que  hayan  sido  reconocidos  con  arreglo al artículo  12  de  la  Directiva  90/539/CEE del Consejo (actualmente, Dinamarca, Finlandia, Irlanda, Suecia y, dentro del Reino Unido, Irlanda del Norte).</p>
    <p class="parrafo">(5) Táchese lo que no proceda.</p>
    <p class="parrafo">3)  Los  animales  proceden  de  una  explotaci+on que es objeto de inspecciones veterinarias  periódicas  para  diagnosticar  enfermedades  transmisibles  a los seres  humanos  o  los  animales y la carne obtenida de los animales originarios de   la   explotacóon   es  sometida  a  pruebas  aleatorias  para  detectar  la presencia  de  residuos  que  superen  los  niveles  autorizados,  habiendo sido recogidos  y  evaluados  los  resultados  de  tales  controles por los servicios centrales.</p>
    <p class="parrafo">4) La carne:</p>
    <p class="parrafo">a)   procede   de  un  matadero(1)/establecimiento  de  preparación  de  caza(1) autorizado   que,   en   el   momento  del  sacrificio,  no  estaba  sometido  a restricciones  debido  a  la  sospecha  o  aparición  de  un  brote de influenza aviar  o  de  enfermedad  de  Newcastle  y  en  torno al cual, en un radio de 10 kilómetros,   no   se  ha  producido  ningún  caso  de  influenza  aviar  ni  de enfermedad de Newcastle durante al menos 30 días;</p>
    <p class="parrafo">b)  no  ha  estado  en  contacto  en  ningún  momento,  durante  el  sacrificio, troceado,  almacenamiento  o  transporte  con carne que no cumpla los requisitos de la Directiva 91/495/CEE del Consejo.</p>
    <p class="parrafo">5)   Las   aves   de  las  que  procede  la  carne  mencionada  en  el  presente certificado:</p>
    <p class="parrafo">bien:</p>
    <p class="parrafo">a)   han  llegado  al  matadero(1)/establecimiento  de  preparación  de  caza(1) autorizado  acompañadas  de  un  certificado de inspección veterinaria, expedido por  el  veterinario  responsable  de  la  explotación  de origen, que atestigua que  los  animales  han  sido  objeto  de una inspección veterinaria ante mortem conforme  a  los  requisitos  del  artículo  3  de la Directiva 91/495/CEE en la explotación  o  explotaciones  de  origen dentro de las 72 horas anteriores a la carga;</p>
    <p class="parrafo">o bien</p>
    <p class="parrafo">b)  han  sido  objeto  de  una inspección veterinaria ante mortem conforme a los requisitos    del    artículo    8    de   la   Directiva   91/495/CEE   en   el matadero(1)/establecimiento  de  la  preparación  de  caza(1)  autorizado dentro de las 72 horas inmediatamente anteriores al sacrificio.</p>
    <p class="parrafo">6)   Las  aves  han  sido  sacrificadas  en  un  matadero(1)/establecimiento  de preparacion  de  caza(1)  autorizado  que  reúne las condiciones establecidas en el artículo 8 de la Directiva 91/495/CEE.</p>
    <p class="parrafo">7)   Las   aves  han  sido  manipuladas  antes  del  sacrificio  y  sacrificadas cumpliéndose   las  condiciones  establecidas  en  la  Directiva  93/119/CE  del Consejo.</p>
    <p class="parrafo">8)  La  carne  ha  sido manipulada de conformidad con las condiciones de higiene establecidas en el artículo 8 de la Directiva 91/495/CEE.</p>
    <p class="parrafo">9)  La  carne  ha  sido  objeto  de  una  inspección  post mortem conforme a los requisitos  del  artículo  8  de  la  Directiva  91/495/CEE  y ha sido declarada apta para el consumo humano.</p>
    <p class="parrafo">10)   La   carne   ha   sido   troceada(1)/almacenada(1)   en   establecimientos autorizados   a   tal   fin   por   la  autoridad  competente  de  ........(país exportador)  y  que  cumplen  las  condiciones  establecidas en el artículo 8 de la Directiva 91/495/CEE.</p>
    <p class="parrafo">11)  Las  instalaciones  de  sacrificio,  manipulación o despiece se limpiaron y desinfectaron   cuidadosamente   bajo   supervisión   oficial   antes   de   ser utilizadas   para   producir   la  carne  a  que  hace  referencia  el  presente certificado.</p>
    <p class="parrafo">12)- La carne mencionada en el certificado(1)</p>
    <p class="parrafo">- El embalaje de la carne mencionada en el certificado(1)</p>
    <p class="parrafo">lleva una marca que demuestra que:</p>
    <p class="parrafo">-  la  came  procede  de  animales sacrificados, faenados e inspeccionados en un matadero(1)/establecimiento de preparación de caza(1) autorizado;</p>
    <p class="parrafo">- la carne ha sido troceada en una sala de despiece autorizada(1).</p>
    <p class="parrafo">13)  El  medio  de  transporte  y  las  condiciones  de  carga  de  la carne del presente  envío  cumplen  los  requisitos de higiene establecidos en el artículo 8 de la Directiva 91/495/CEE.</p>
    <p class="parrafo">(1) Táchese lo que no proceda.</p>
    <p class="parrafo">En..........(lugar), a............(fecha)</p>
    <p class="parrafo">Sello(1)</p>
    <p class="parrafo">..........(firma del veterinario oficial)(1)</p>
    <p class="parrafo">........(nombre y apellidos en mayúsculas, calificación y cargo)</p>
    <p class="parrafo">(1)  El  color  del  sello  y  de  la  firma  debe ser diferente del de la letra impresa.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO F</p>
    <p class="parrafo">CERTIFICADO SANITARIO Y DE INSPECCION VETERINARIA</p>
    <p class="parrafo">para carne de "aves de caza de cría"(1) destinada a la Comunidad Europea</p>
    <p class="parrafo">Nota  para  el  importador:  El  presente  certificado  se  expide  únicamente a efectos  veterinarios  y  debe  acompanar al envío hasta su llegada al puesto de inspección fronterizo.</p>
    <p class="parrafo">Número de referencia del certificado: ........</p>
    <p class="parrafo">País destinatario: .......</p>
    <p class="parrafo">País exportador(2): .........</p>
    <p class="parrafo">Ministerio: ............</p>
    <p class="parrafo">Servicio: ..........</p>
    <p class="parrafo">1. Identificación de la carne</p>
    <p class="parrafo">Carne de: ...........(especie animal)</p>
    <p class="parrafo">Tipo de pieza: ..........</p>
    <p class="parrafo">Tipo de embalaje: ..........</p>
    <p class="parrafo">Número de piezas o de unidades de embalaje: ........</p>
    <p class="parrafo">Peso neto: ...........</p>
    <p class="parrafo">11. Procedencia de la carne</p>
    <p class="parrafo">Dirección   y   número   de   registro   sanitario  del/de  los  matadero(s)(3)/ establecimiento(s) de preparación de caza autorizado(s)(3).......</p>
    <p class="parrafo">Dirección   y  número  de  registro  sanitario  de  la(s)  sala(s)  de  despiece autorizada(s)...........</p>
    <p class="parrafo">Dirección   y   número  de  registro  sanitario  del  almacen/de  los  almacenes frigorífico(s) autorizado(s).........</p>
    <p class="parrafo">(1)  La  expresión  "aves  de  caza  de  cría"  aplicada  a  la  caza  tendrá el significado  contemplado  en  el  apartado  3  del  artículo  2  de la Directiva 91/495/CEE  del  Consejo,  y  se  aplica  a  las  codomices,  las  palomas,  los faisanes,   las  perdices  y  todas  las  demás  aves  de  caza  no  mencionadas explícitamente, excluídas las aves del superorden ratitae.</p>
    <p class="parrafo">(2) Deberá ser el mismo que el país de origen de la carne.</p>
    <p class="parrafo">(3) Táchese lo que no proceda.</p>
    <p class="parrafo">III. Destino de la carne</p>
    <p class="parrafo">La carne se expedira de: ..............(lugar de carga)</p>
    <p class="parrafo">a: ......... (país y lugar de destino)</p>
    <p class="parrafo">por el medio de transporte siguiente(1): ............</p>
    <p class="parrafo">Nombre (apellidos) y dirección del expedidor: ..........</p>
    <p class="parrafo">Nombre (apellidos) y direccion del destinatario: ...........</p>
    <p class="parrafo">IV. Datos sanitarios</p>
    <p class="parrafo">El veterinario oficial abajo firmante certifica que:</p>
    <p class="parrafo">1)................(país    exportador),    región........(2)   esta   libre   de influenza  aviar  y  de  enfermedad de Newcastle, según la definición del código zoosanitario internacional de la Oficina Internacional de Epizootias.</p>
    <p class="parrafo">2) La carne anteriormente descrita se ha obtenido de aves de caza de cría:</p>
    <p class="parrafo">a)   que  han  permanecido  en  el  territorio  de  .........(país  exportador), región......(2)  autorizado  para  exportar  a  la  Comunidad  carne  de aves de corral   de   la   especie  doméstica  correspondiente  de  conformidad  con  la</p>
    <p class="parrafo">Decisión  .../../CE  de  la  Comisión(1), cuya última modificación la constituye la  Decision  .../../CE,  desde  la  eclosión  o  al  menos durante seis semanas después de su importación de otro país;</p>
    <p class="parrafo">b) procedentes de explotaciones:</p>
    <p class="parrafo">-   que   no  han  estado  sujetas  a  restricciones  veterinarias  por  ninguna enfermedad que pueda afectar a las aves de corral.</p>
    <p class="parrafo">-  en  torno  de  las  cuales,  en  un  radio  de  10 kilómetros que incluye, si procede,  el  territorio  de  un  país limítrofe, no se ha producido ningún caso de influenza aviar ni de enfermedad de Newcastle durante al menos 30 días;</p>
    <p class="parrafo">c)  que  no  han  sido  sacrificadas  en  el  marco de ninguna medida de policía veterinaria  para  el  control  o la erradicación de enfermedades de las aves de corral;</p>
    <p class="parrafo">d)  vacunadas(4)/no  vacunadas(4)  contra  la enfermedad de Newcastle con vacuna viva en los 30 días anteriores a su sacrificio;</p>
    <p class="parrafo">e)  que  durante  el  transporte  al  matadero(5)/establecimiento de preparación de  caza(5)  autorizado  no  han  estado  en  contacto con aves de corral ni con aves de caza afectadas por la influenza aviar o la enfermedad de Newcastle.</p>
    <p class="parrafo">(1)  En  el  caso  de los camiones, indíquese el número de matrícula y, en el de los contenedores a granel, el número de contenedor y el número de precinto.</p>
    <p class="parrafo">(2)  Complétese  únicamente  si  la  autorización  de exportación a la Comunidad está restringida a determinadas regiones del tercer país en cuestión.</p>
    <p class="parrafo">(3)  Indíquese  el  número  de  la  Decisión vigente aplicable a la carne fresca de la especie doméstica correspondiente.</p>
    <p class="parrafo">(4)  Táchese  lo  que  no proceda. Si las aves han sido vacunadas en los 30 días anteriores  a  su  sacrificio,  el  envío  no  podrá  ser  destinado  a  Estados miembros  o  regiones  de  éstos  que  hayan  sido  reconocidos  con  arreglo al artículo  12  de  la  Directiva  90/539/CEE del Consejo (actualmente, Dinamarca, Finlandia, Irlanda, Suecia y, dentro del Reino Unido, Irlanda del Norte).</p>
    <p class="parrafo">(5) Táchese lo que no proceda.</p>
    <p class="parrafo">3) La manada de aves de caza de cría de la que procede la carne:</p>
    <p class="parrafo">a)  no  ha  sido  vacunada con vacunas preparadas a partir de una cepa patrón de la  enfermedad  de  Newcastle  que  muestre  un  mayor  patogenicidad  que cepas lentogénicas del virus;</p>
    <p class="parrafo">b)  ha  sido  sometida,  en  el  momento  del  sacrificio,  tomando como base un muestreo  aleatorio  con  hisopos  de cloaca de al menos 60 aves de cada manada, a  una  prueba  para  el  aislamiento  del  virus de la enfermedad de Newcastle, realizada   en   un   laboratorio  oficial,  en  la  que  no  se  han  detectado paramixovirus  aviares  con  un  índice  de patogenicidad intracerebral superior a 0,4;</p>
    <p class="parrafo">c)  no  ha  estado  en contacto en los 30 días anteriores al sacrificio con aves de  corral  o  aves  de  caza que no cumplan las condiciones establecidas en las letras a) y b).</p>
    <p class="parrafo">4)  Los  animales  proceden  de  una  explotación  que es objeto de inspecciones veterinarias  periódicas  para  diagnosticar  enfermedades  transmisibles  a los seres  humanos  o  los  animales y la carne obtenida de los animales originarios de   la   explotación   es  sometida  a  pruebas  aleatorias  para  detectar  la presencia  de  residuos  que  superen  los  niveles  autorizados,  habiendo sido recogidos  y  evaluados  los  resultados  de  tales  controles por los servicios</p>
    <p class="parrafo">centrales.</p>
    <p class="parrafo">5) La carne:</p>
    <p class="parrafo">a)   procede   de  un  matadero(1)/establecimiento  de  preparación  de  caza(1) autorizado   que,   en   el   momento  del  sacrificio,  no  estaba  sometido  a restricciones  debido  a  la  sospecha  o  aparición  de  un  brote de influenza aviar  o  de  enfermedad  de  Newcastle  y  en  torno al cual, en un radio de 10 kilómetros,   no   se  ha  producido  ningún  caso  de  influenza  aviar  ni  de enfermedad de Newcastle durante al menos 30 días;</p>
    <p class="parrafo">b)  no  ha  estado  en  contacto  en  ningún  momento,  durante  el  sacrificio, troceado,  almacenamiento  o  transporte  con carne que no cumpla los requisitos de la Directiva 91/495/CEE del Consejo.</p>
    <p class="parrafo">6)   Las   aves   de   las  que  procede  la  came  mencionada  en  el  presente certificado:</p>
    <p class="parrafo">bien:</p>
    <p class="parrafo">a)   han  llegado  al  matadero(1)/establecimiento  de  preparación  de  caza(1) autorizado  acompañadas  de  un  certificado de inspección veterinaria, expedido por  el  veterinario  responsable  de  la  explotación  de origen, que atestigua que  los  animales  han  sido  objeto  de una inspección veterinaria ante mortem confomme  a  los  requisitos  del  artículo  3  de la Directiva 91/495/CEE en la explotación  o  explotaciones  de  origen dentro de las 72 horas anteriores a la carga;</p>
    <p class="parrafo">o bien</p>
    <p class="parrafo">b)  han  sido  objeto  de  una inspección veterinaria ante mortem conforme a los requisitos    del    artículo    8    de   la   Directiva   91/495/CEE   en   el matadero(1)/establecimiento  de  la  preparación  de  caza(1)  autorizado dentro de las 72 horas inmediatamente anteriores al sacrificio.</p>
    <p class="parrafo">7)   Las  aves  han  sido  sacrificadas  en  un  matadero(1)/establecimiento  de preparación  de  caza(1)  autorizado  que  reúne las condiciones establecidas en el artículo 8 de la Directiva 91/495/CEE.</p>
    <p class="parrafo">8)   Las   aves  han  sido  manipuladas  antes  del  sacrificio  y  sacrificadas cumpliéndose   las  condiciones  establecidas  en  la  Directiva  93/119/CE  del Consejo.</p>
    <p class="parrafo">9)  La  carne  ha  sido manipulada de conformidad con las condiciones de higiene establecidas en el artículo 8 de la Directiva 91/495/CEE.</p>
    <p class="parrafo">10)  La  came  ha  sido  objeto  de  una  inspección  post mortem conforme a los requisitos  del  artículo  8  de  la  Directiva  91/495/CEE  y ha sido declarada apta para el consumo humano.</p>
    <p class="parrafo">11)   La   carne   ha   sido   troceada(1)/almacenada(1)   en   establecimientos autorizados   a   tal   fin   por   a  autoridad  competente  de  .........(país exportador)  y  que  cumplen  las  condiciones  establecidas en el artículo 8 de la Directiva 91/495/CEE.</p>
    <p class="parrafo">12)  Las  instalaciones  de  sacrificio,  manipulación o despiece se limpiaron y desinfectaron   cuidadosamente   bajo   supervisión   oficial   antes   de   ser utilizadas   para   producir   la  carne  a  que  hace  referencia  el  presente certificado.</p>
    <p class="parrafo">13) - La carne mencionada en el certificado(1)</p>
    <p class="parrafo">- El embalaje de la carne mencionada en el certificado(1)</p>
    <p class="parrafo">lleva una marca que demuestra que:</p>
    <p class="parrafo">-  la  carne  procede  de animales sacrificados, faenados e inspeccionados en un matadero(1)/establecimiento de preparación de caza(1) autorizado;</p>
    <p class="parrafo">- la carne ha sido troceada en una sala de despiece autorizada(1).</p>
    <p class="parrafo">14)  El  medio  de  transporte  y  las  condiciones  de  carga  de  la carne del presente  envío  cumplen  los  requisitos de higiene establecidos en el artículo 8 de la Directiva 91/495/CEE.</p>
    <p class="parrafo">(1) Tachese lo que no proceda.</p>
    <p class="parrafo">En ..............(lugar), a ...................(fecha)</p>
    <p class="parrafo">Sello(1)</p>
    <p class="parrafo">.......(firma del veterinario oficial)(1)</p>
    <p class="parrafo">.......(nombre y apellidos en mayúsculas, calificación y cargo)</p>
    <p class="parrafo">(1)  El  color  del  sello  y  de  la  firma  debe ser diferente del de la letra impresa.</p>
  </texto>
</documento>
