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<documento fecha_actualizacion="20241021184953">
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    <identificador>DOUE-L-1996-81895</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19961114</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>2186/1996</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CE) núm. 2186/96 de la Comisión, de 14 de noviembre de 1996, por el que se modifica el Reglamento (CEE) núm. 536/93 por el que se establecen las disposiciones de aplicación de la tasa suplementaria en el sector de la leche y de los productos lácteos.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19961115</fecha_publicacion>
    <diario_numero>292</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <url_pdf>/doue/1996/292/L00006-00006.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>19961122</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="4746" orden="1">Leche</materia>
      <materia codigo="5743" orden="2">Productos lácteos</materia>
      <materia codigo="6836" orden="3">Tasas</materia>
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          <palabra codigo="245">SUSTITUYE</palabra>
          <texto>el segundo párrafo del art. 4.2 del Reglamento 536/93, de 9 de marzo</texto>
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    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  n°  3950/92  del  Consejo,  de  28 de diciembre de 1992,  por  el  que  se  establece  una  tasa  suplementaria  en el sector de la leche  y  de  los  productos  lácteos, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1 109/96 (V' y, en particular, su artículo 11,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Reglamento  (CEE)  n°  536/93 de la Comisión, cuya última modificación  la  constituye  el  Reglamento  (CE)  n°  82/96,  establece  en el artículo  4  la  penalidad  que  se  impondrá  a  los vendedores directos que no respeten  cada  año  el  plazo  para  la  presentación a la autoridad competente del  Estado  miembro  de  la declaración de recapitulación de sus ventas durante el  período  transcurrido;  que  la  experiencia  adquirida  demuestra que, para los   productores  que  tienen  una  cantidad  de  referencia  muy  pequeña,  la penalidad  prevista  no  tiene  apenas carácter disuasivo y da lugar a gastos de cobro  más  elevados  que  la  cantidad  en  cuestión;  que,  por  lo  tanto, es conveniente establecer una cantidad mínima para la citada penalidad;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas  se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y productos lácteos,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">A artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El  segundo  párrafo  del  apartado  2  del  artículo  4 del Reglamento (CEE) II 536/93 se sustituirá por el texto siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«En  caso  de  inobservancia  de  ese  plazo, el productor deberá abonar la tasa por  todas  las  cantidades  de  leche  y  de  equivalentes  de  leche  que haya vendido  directamente  y  que  sobrepasen  la  cantidad  de  referencia  de  que disponga  o,  si  no  la  sobrepasan,  se  le  impondrá  una  penalidad igual al importe  de  la  tasa  debida  por  haber  rebasado  en  el  1%  esa cantidad de referencia,  penalidad  que,  en  todo  caso, no podrá ser inferior a 20 ecus ni superior a 1000 ecus.».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 14 de noviembre de 1996.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Franz FISCHLER</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
  </texto>
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