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<documento fecha_actualizacion="20181023231632">
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    <identificador>DOUE-L-1996-81778</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19961014</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>621/1996</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Consejo, de 14 de octubre de 1996, sobre la celebración del acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Europea y la República de Turquia por el que se fija, desde el 1 de enero de 1994, el importe suplementario que debe deducirse de la exacción reguladora o de los derechos de aduana aplicables a las importaciones comunitarias de aceite de oliva sin tratar originario de Turquia.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19961030</fecha_publicacion>
    <diario_numero>277</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>38</pagina_inicial>
    <pagina_final>40</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1996/277/L00038-00040.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="44" orden="1">Aceites</materia>
      <materia codigo="48" orden="2">Aceites vegetales</materia>
      <materia codigo="71" orden="3">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="2454" orden="4">Derechos arancelarios</materia>
      <materia codigo="4056" orden="5">Importaciones</materia>
      <materia codigo="6128" orden="6">Turquía</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="72" orden="100">Contiene  Acuerdo , ADJUNTO a la misma.</nota>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Tratado  constitutivo  de  la  Comunidad Europea y, en particular, su artículo  113  en  relación  con  la primera frase del apartado 2 de su artículo 228,</p>
    <p class="parrafo">Vista  la  Decisión  n°  1/77  del  Consejo  de Asociación CEE-Turquía, de 17 de mayo  de  1977,  sobre  las  nuevas concesiones a la importación en la Comunidad de productos agrícolas turcos, y, en particular, su Anexo IV,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  procede  aprobar  el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la  Comunidad  Europea  y  la  República de Turquía por el que se fija, desde el 1  de  enero  de  1994,  el  importe  suplementario  que  debe  deducirse  de la exacción   reguladora   o   de   los   derechos   de  aduana  aplicables  a  las importaciones   comunitarias  de  aceite  de  oliva  sin  tratar  originario  de Turquía;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Reglamento  (CEE)  n°  3813/92  del  Consejo,  de  28  de diciembre   de  1992,  relativo  a  la  unidad  de  cuenta  y  a  los  tipos  de conversión  aplicables  en  el  marco de la política agrícola común ('J, suprime un  factor  de  corrección  de  1,207509  aplicable  a  los  tipos de conversión agrícolas  hasta  el  31  de  enero  de  1995;  que,  habida  cuenta  del  hecho</p>
    <p class="parrafo">generador  del  tipo  de  conversión  agrícola, es preciso establecer un importe para  el  período  que  finaliza  el  31  de enero de 1995 y otro para el que se inicia el 1 de febrero de 1995,</p>
    <p class="parrafo">DECIDE:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Se  aprueba,  en  nombre  de la Comunidad, el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre  la  Comunidad  Europea  y  la  República  de  Turquía por el que se fija, desde  el  1  de  enero  de 1994, el importe suplementario que debe deducirse de la   exacción   reguladora  o  de  los  derechos  de  aduana  aplicables  a  las importaciones  comunitarias  de  aceite  de  oliva  sin  tratar,  originario  de Turquía.</p>
    <p class="parrafo">El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Se   autoriza   al  Presidente  del  Consejo  para  que  designe  a  la  persona facultada para firmar el Acuerdo a fin de obligar a la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">La  presente  Decisión  se  publicará  en  el  Diario Oficial de las Comunidades Europeas</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Luxemburgo, el 14 de octubre de 1996.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">R. QUINN</p>
    <p class="parrafo">ACUERDO  EN  FORMA  DE  CANJE DE NOTAS entre la Comunidad Europea y la República de  Turquía  por  el  que  se  fija,  desde  el  1  de enero de 1994, el importe suplementario  que  debe  deducirse  de la exacción reguladora o de los derechos de  aduana  aplicables  a  las  importaciones  comunitarias de aceite de - oliva sin tratar originario de Turquía</p>
    <p class="parrafo">Nota n° 1</p>
    <p class="parrafo">Bruselas, a 16 de octubre de 1996</p>
    <p class="parrafo">Señor:</p>
    <p class="parrafo">El  Anexo  IV  de  la Decisión n° 1/77 del Consejo de Asociación CEE-Turquía, de 17  de  mayo  de  1977,  sobre  las  nuevas  concesiones  a la importación en la Comunidad   de  productos  agrícolas  turcos,  prevé  que,  para  dar  cabida  a ciertos  factores  y  según  las condiciones del mercado del aceite de oliva, la cantidad   que,   por  disposición  del  artículo  2  de  dicha  Decisión,  debe deducirse  de  la  exacción  reguladora  aplicable al aceite de oliva sin tratar de  los  códigos  NC  15091010,  1509  10  90  y  1510  00  10 se aumente por un importe  suplementario  en  las  mismas  condiciones y con las mismas reglas que las establecidas para la aplicación de la disposición mencionada.</p>
    <p class="parrafo">Tengo  el  honor  de  comunicarle  que  la Comunidad, besándose en los criterios establecidos  en  el  mencionado  Anexo,  adoptará  las  medidas necesarias para que  el  importe  suplementario  aplicable  sea de 10,88 ecus por 100 kilogramos para  el  período  comprendido  entre  el 1 de enero de 1994 y el 31 de enero de 1995  y  de  13,14  ecus  por  100 kilogramos para el período que se ha iniciado el 1 de febrero de 1995.</p>
    <p class="parrafo">Le  agradecería  tuviese  a  bien  acusar recibo de la presente Nota y confirmar el acuerdo de su Gobierno sobre el contenido de la misma.</p>
    <p class="parrafo">Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comunidad Europea</p>
    <p class="parrafo">Nota nº 2</p>
    <p class="parrafo">Bruselas, a 16 de octubre de 1996</p>
    <p class="parrafo">Señor:</p>
    <p class="parrafo">Tengo  el  honor  de  acusar  recibo  de su Nota del día de hoy redactada en los siguientes términos:</p>
    <p class="parrafo">«El  Anexo  IV  de  la  Decisión  n° 1177 del Consejo de Asociación CEE-Turquía, de  17  de  mayo  de  1977,  sobre las nuevas concesiones a la importación en la Comunidad   de  productos  agrícolas  turcos,  prevé  que,  para  dar  cabida  a ciertos  factores  y  según  las condiciones del mercado del aceite de oliva, la cantidad   que,   por  disposición  del  artículo  2  de  dicha  Decisión,  debe deducirse  de  la  exacción  reguladora  aplicable al aceite de oliva sin tratar de  los  códigos  NC  l5O9  10  10,  l5O9  10  90 y l510 00 10 se aumente por un importe  suplementario  en  las  mismas  condiciones y con las mismas reglas que las establecidas para la aplicación de la disposición mencionada.</p>
    <p class="parrafo">Tengo  el  honor  de  comunicarle  que  la Comunidad, basándose en los criterios establecidos  en  el  mencionado  Anexo,  adoptará  las  medidas necesarias para que  el  importe  suplementario  aplicable  sea de 10,88 ecus por 100 kilogramos para  el  período  comprendido  entre  el 1 de enero de 1994 y el 31 de enero de 1995  y  de  13,14  ecus  por  100 kilogramos para el período que se ha iniciado el 1 de febrero de 1995.</p>
    <p class="parrafo">Le  agradecería  tuviese  a  bien  acusar recibo de la presente Nota y confirmar el acuerdo de su Gobierno sobre el contenido de la misma.</p>
    <p class="parrafo">Por la presente, le confirmo el acuerdo de mi Gobierno sobre lo que precede.</p>
    <p class="parrafo">Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.</p>
    <p class="parrafo">Por el Gobierno de la República de Turquía</p>
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