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<documento fecha_actualizacion="20241021184910">
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    <identificador>DOUE-L-1996-81697</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19961011</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1962/1996</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CE) núm. 1962/96 de la Comisión, de 11 de octubre de 1996, por el que se rectifica el Reglamento (CE) núm. 2772/95 por el que se sustituyen los valores en ecus del Reglamento (CEE) núm. 2078/92 del consejo sobre métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de la protección del medio ambiente y la conservación del espacio natural.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19961012</fecha_publicacion>
    <diario_numero>259</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <fecha_vigencia>19961019</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="158" orden="1">Agricultura</materia>
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          <palabra codigo="245">SUSTITUYE</palabra>
          <texto>el punto 1 del art. 2 del Reglamento 2772/95, de 30 de noviembre</texto>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1992-81474" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 2078/92, de 30 de junio</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  n°  3813/92  del  Consejo,  de  28 de diciembre de 1992,  relativo  a  la  unidad  de cuenta y a los tipos de conversión aplicables en  el  marco  de  la  política  agrícola  común,  cuya  última  modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 150/95</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  n° 1068/93 de la Comisión, de 30 de abril de 1993, por  el  que  se  establecen  normas  para  determinar  y  aplicar  los tipos de conversión  utilizados  en  el  sector  agrario,  cuya  última  modificación  la constituye  el  Reglamento  (CE)  n° 1482/96, y, en particular, el apartado 2 de su artículo 18,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  en  el  Reglamento  (CE)  n°  2772/95  de la Comisión (s), se omitió  por  error  el  valor ajustado en ecus del importe máximo subvencionable de  la  prima  por  cada  unidad de ganado mayor ovino o vacuno que se retire de una explotación; que procede, por lo tanto, completar dicho Reglamento,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El  punto  1  del  artículo  2  del Reglamento (CE) n° 2772/95 se sustituirá por el texto siguiente:</p>
    <p class="parrafo">«1  En  el  apartado  2  del  artículo  4  del  Reglamento  (CEE) n° 2078/92: el importe  de  «150  ecus"  se  sustituye  por  el de «1 81,1 ecus"; el importe de "250  ecus"  se  sustituye  por  el de «301,9 ecus»; el importe de "210 ecus" se sustituye  por  el  de  «253,6  ecus"; el importe de "100 ecus" se sustituye por el  de  «1  20,8  ecus";  el importe de "400 ecus" se sustituye por el de "483,0 ecus";  el  importe  de  «1000  ecus"  se  sustituye  por  el  de«1208 ecus"; el importe  de  «700  ecus"  se  sustituye  por  el  de  "845,3 ecus"; y el de «600 ecus" por el de «724,5 ecus»».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor al séptimo día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">El  importe  establecido  en  el  tercer  guión  del  artículo  1  se aplicará a partir  de  la  fecha  en  que  el  tipo  de  conversión  agrario fijado el 1 de</p>
    <p class="parrafo">febrero  de  1995  o  después  de  dicha fecha se aplique por primera vez a cada unidad de ganado mayor ovino o vacuno que se retire de una explotación.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 11 de octubre de 1996.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Franz FISCHLER</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
  </texto>
</documento>
