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<documento fecha_actualizacion="20241021184510">
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    <identificador>DOUE-L-1996-80550</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19960401</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>266/1996</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de la Comisión, de 1 de abril de 1996, por la que se reconoce la conformidad del expediente presentado para su examen detallado con vistas a la posible inclusión del cresoxim metilo en el Anexo I de la Directiva 91/414/CEE del Consejo relativa a la comercialización de productos fitosanitarios.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19960412</fecha_publicacion>
    <diario_numero>91</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>74</pagina_inicial>
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    <url_pdf>/doue/1996/091/L00074-00075.pdf</url_pdf>
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      <materia codigo="294" orden="1">Armonización de legislaciones</materia>
      <materia codigo="998" orden="2">Comercialización</materia>
      <materia codigo="5739" orden="3">Productos fitosanitarios</materia>
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          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Directiva 91/414, de 15 de julio</texto>
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    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista  la  Directiva  91/414/CEE  del  Consejo, de 14 de julio de 1991, relativa a  la  comercialización  de  productos  fitosanitarios, cuya última modificación la  constituye  la  Directiva  96/12/CE  de  la  Comisión  y  en  particular, el apartado 3 de su artículo 6,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Directiva  91/414/CEE  prevé  la elaboración de una lista comunitaria de substancias activas plaguicidas autorizadas;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  el  28  de marzo de 1995, la empresa BASF Aktiengesellschaft presentó  un  expediente  a  las  autoridades  belgas  con  vistas  a obtener la inclusión  de  la  substancia  activa  cresoxim  metilo  en  el  Anexo  I  de la Directiva;  que  dichas  autoridades  han  indicado a la Comisión los resultados de  un  primer  examen  de  la  conformidad  del  expediente  con los datos y la información  que  figuran  en  el Anexo II y, en el caso de al menos un producto fitosanitario  que  contenga  la  substancia activa en cuestión, en el Anexo III de  la  Directiva;  que,  por  consiguiente,  de  acuerdo con lo dispuesto en el apartado  2  del  artículo  6,  la  empresa  ha  transmitido  el expediente a la</p>
    <p class="parrafo">Comisión y a los demás Estados miembros;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  por  lo  tanto,  la Comisión remitió el expediente al Comité fitosanitario  permanente  en  la  reunión  del grupo de trabajo sobre normativa celebrada  los  días  25  y  26  de  septiembre  de  1995,  durante  la cual los Estados miembros confirmaron la recepción del expediente;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  de  acuerdo  con  lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 6  de  la  citada  Directiva,  debe  confirmarse  a  escala  comunitaria  que el expediente  se  considera  en  principio  conforme  a los requisitos relativos a los  datos  y  la  información  establecidos  en  el  Anexo II y, al menos en el caso  de  un  producto  fitosanitario  que  contenga  la  substancia  activa  en cuestión, en el Anexo III de la Directiva;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  esta  confirmación  es  necesaria  para  proseguir  el examen detallado  del  expediente  y  ofrecer  a los Estados miembros la posibilidad de conceder  la  autorización  provisional  de  los  productos  fitosanitarios  que contengan  esa  substancia  activa,  de  acuerdo con los requisitos establecidos en  el  apartado  1  del artículo 8 de la Directiva 91/414/CEE y, concretamente, con  arreglo  al  requisito  según  el cual es preciso proceder a una evaluación detallada  de  la  substancia  activa  y  del  producto fitosanitario respecto a los requisitos establecidos en la Directiva;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  tal  decisión  no  prejuzga  de que se soliciten a la empresa datos  o  informaciones  adicionales  en  caso  de  que  se  descubra durante el examen   detallado  que  tales  datos  o  información  son  necesarios  para  la adopción de una decisión;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  queda  entendido  entre  los  Estados  miembros y la Comisión que  Bélgica  proseguirá  el  examen  detallado del expediente y presentará a la Comisión  con  la  mayor  brevedad  posible  y,  a más tardar, en el plazo de un año,  un  informe  sobre  las  conclusiones  de  su  examen,  junto con posibles recomendaciones  sobre  la  conveniencia  de  incluir  o  no la substancia y los eventuales   requisitos   correspondientes;   que,  tras  la  recepción  de  ese informe,  el  examen  detallado  proseguirá  con  la  participación de todos los Estados miembros en el seno del Comité fitosanitario permanente;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité fitosanitario permanente,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El   expediente   presentado   por  la  empresa  BASF  Aktiengesellschaft  a  la Comisión  y  a  los  Estados  miembros  con  vistas  a la inclusión del cresoxim metilo  en  el  Anexo  I  de  la  Directiva 91/414/CEE como substancia activa se considera  en  principio  conforme  a los requisitos establecidos en el Anexo II y,  en  el  caso  de un producto fitosanitario que contenga la substancia activa en cuestión, en el Anexo III de la Directiva.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 1 de abril de 1996.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Franz FISCHLER Miembro de la Comisión</p>
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