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<documento fecha_actualizacion="20241021184435">
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    <identificador>DOUE-L-1996-80381</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19960304</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>203/1996</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de la Comisión, de 4 de marzo de 1996, por la que se modifica la Decisión 92/195/CEE sobre la organización de un experimento temporal, relativo al aumento de peso maximo de los lotes, en el marco de la Directiva 66/401/CEE del Consejo relativa a la comercialización de las semillas de plantas forrajeras.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19960315</fecha_publicacion>
    <diario_numero>65</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>41</pagina_inicial>
    <pagina_final>42</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1996/065/L00041-00042.pdf</url_pdf>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="998" orden="1">Comercialización</materia>
      <materia codigo="3812" orden="2">Forrajes</materia>
      <materia codigo="5612" orden="3">Plantas</materia>
      <materia codigo="6528" orden="4">Semillas</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1992-80452" orden="2060">
          <palabra codigo="235">SUPRIME</palabra>
          <texto>el art. 2.2 y modifica el art. 3.3 del Reglamento 92/195, de 17 de marzo</texto>
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    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista  la  Directiva  66/401/CEE  del  Consejo, de 14 de junio de 1966, relativa a  la  comercialización  de  las  semillas  de  plantas  forrajeras, cuya última modificación  la  constituye  el  Acta de adhesión de Austria, de Finlandia y de Suecia y, en particular, la letra a) de su artículo 13,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  disposiciones  de  la Directiva 66/401/CEE establecen el peso máximo de los lotes en el contexto de los análisis de semillas;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  mejora  de  las prácticas de comercialización de semillas y,  en  particular,  de  los métodos para transportarlas, incluido el transporte a granel, exige que se incremente el peso máximo establecido para cada lote;</p>
    <p class="parrafo">Considerando    que    las    prácticas    internacionales    actuales   admiten procedimientos  que  permiten  aumentar  el peso máximo de un lote en el caso de determinadas especies;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   la   Decisión  92/195/CEE  de  la  Comisión  (2)  sobre  la organización  de  un  experimento  temporal, relativo al aumento del peso máximo de  los  lotes,  en  el  marco de la Directiva 66/401/CEE del Consejo relativa a la   comercialización   de  las  semillas  de  plantas  forrajeras  organizó  un experimento  temporal,  sujeto  a  determinadas condiciones, con la finalidad de mejorar las actuales disposiciones sobre el peso máximo de los lotes;</p>
    <p class="parrafo">Considerando que dicho experimento finaliza el 31 de diciembre de 1995;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  respecto  de  las especies Lupinus sp., Pisum sativum y Vicia sp. los resultados de dicho experimento pueden considerarse definitivos;</p>
    <p class="parrafo">Considerando    que   las   prácticas   internacionales   continúan   admitiendo procedimientos  que  permiten  aumentar  el peso máximo de un lote en el caso de determinadas  especies  de  gramíneas  y  leguminosas  distintas de Lupinus sp., Pisum sativum y Vicia sp.;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que,   en   vista   de   la   experiencia  adquirida  durante  la realización  del  experimento,  parece  conveniente continuarlo, en parte, hasta el 1 de marzo de 1999;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen  del  Comité  permanente  de semillas y plantones agrícolas, hortícolas y forestales,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">La Decisión 92/195/CEE quedará modificada como sigue:</p>
    <p class="parrafo">1) Se suprimirá el apartado 2 del artículo 2.</p>
    <p class="parrafo">2)  En  el  apartado  3  del  artículo  3, la fecha «31 de diciembre de 1995» se sustituirá por «1 de marzo de 1999».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 4 de marzo de 1996.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Franz FISCHLER</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
  </texto>
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