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    <identificador>DOUE-L-1995-81700</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19951127</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>2735/1995</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CE) nº 2735/95 del Consejo, de 27 de noviembre de 1995, por el que se prorroga el derecho antidumping provisional sobre las importaciones de chamotas refractarias originarias de la República Popular China.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19951129</fecha_publicacion>
    <diario_numero>285</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <fecha_vigencia>19951130</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="6176" orden="3">China</materia>
      <materia codigo="2453" orden="1">Derechos antidumping</materia>
      <materia codigo="4056" orden="2">Importaciones</materia>
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      <nota codigo="151" orden="900">Esta disposición ha dejado de estar vigente</nota>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1995-81078" orden="2100">
          <palabra codigo="401">PRORROGA</palabra>
          <texto>el Derecho Antidumping establecido por Reglamento 1878/95, de 28 de julio</texto>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1988-80922" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 2423/88, de 11 de julio</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CE)  nº 3283/94 del Consejo, de 22 de diciembre de 1994, sobre  defensa  contra  las  importaciones  objeto  de  dumping  originarias  de países  no  miembros  de  la  Comunidad  Europea,  y, en particular, su artículo 23,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  nº  2423/88  del  Consejo, de 11 de julio de 1988, relativo  a  la  defensa  contra  las importaciones que sean objeto de dumping o de  subvenciones  por  parte  de  países  no  miembros de la Comunidad Económica Europea, y, en particular, su artículo 11,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Reglamento  (CE)  nº 1878/95 de la Comisión estableció un derecho   antidumping   provisional   sobre   las   importaciones   de  chamotas refractarias originarias de la República Popular de China;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  análisis  de  los  hechos  aún  no ha finalizado y que la Comisión  ha  comunicado  a  la  Misión  China  ante las Comunidades Europeas, a falta  de  cooperación  de  los productores/exportadores del país exportador, su intención  de  prorrogar  la  validez  del  derecho  provisional  por un período adicional de dos meses ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   la  Misión  China  ante  las  Comunidades  Europeas  no  ha planteado ninguna objeción,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Se  prorrogará  por  dos  meses  el  derecho  antidumping  provisional sobre las importaciones  de  chamotas  refractarias  originarias  de  la República Popular de  China  establecido  por  el  Reglamento  (CE) nº 1878/95, que expirará el 30 de  enero  de  1996.  Dejará  de  aplicarse  si  antes de dicha fecha el Consejo adopta  medidas  definitivas  o  si  el  procedimiento  se  da  por concluido de conformidad con el artículo 9 del Reglamento (CEE) nº 2423/88.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   entrará   en  vigor  el  día  siguiente  al  de  su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 27 de noviembre de 1995.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">P. SOLBES MIRA</p>
  </texto>
</documento>
