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    <identificador>DOUE-L-1995-81551</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
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    <fecha_disposicion>19951026</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>2500/1995</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CE) nº 2500/95 de la Comisión, de 26 de octubre de 1995, relativo a la expedición de certificados de importación de plátanos en el marco del contingente arancelario para el cuarto trimestre de 1995 (segundo período).</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19951027</fecha_publicacion>
    <diario_numero>257</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <fecha_vigencia>19951027</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="6204" orden="7">Camerún</materia>
      <materia codigo="817" orden="1">Certificaciones</materia>
      <materia codigo="1636" orden="2">Contingentes arancelarios</materia>
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      <materia codigo="5622" orden="5">Plátanos</materia>
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          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 478/95, de 1 de marzo</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  nº  404/93  del Consejo, de 13 de febrero de 1993, por  el  que  se  establece  la  organización común de mercados en el sector del plátano,   cuya   última  modificación  la  constituye  el  Reglamento  (CE)  nº 3290/94,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  nº 1442/93 de la Comisión, de 10 de junio de 1993, por   el   que   se  establecen  disposiciones  de  aplicación  del  régimen  de importación  de  plátanos  en  la  Comunidad(3),  cuya  última  modificación  la constituye  el  Reglamento  (CE)  nº  1164/95 y, en particular, el apartado 3 de su artículo 9,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CE)  nº  478/95  de  la Comisión, de 1 de marzo de 1995, por  el  que  se  establecen  disposiciones  complementarias  de  aplicación del</p>
    <p class="parrafo">Reglamento  (CEE)  no  404/93  del  Consejo  en lo que se refiere al régimen del contingente  arancelario  para  la  importación  de  plátanos  en la Comunidad y por  el  que  se  modifica  el  Reglamento  (CEE)  nº 1442/93, modificado por el Reglamento (CE) nº 702/95, y, en particular, el apartado 3 de su artículo 4,</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   el  artículo  2  del  Reglamento  (CE)  nº  2234/95  de  la Comisión,  de  21  de  septiembre  de  1995, sobre la expedición de certificados de  importación  de  plátanos,  de  acuerdo con el contingente arancelario, para el   cuarto   trimestre  de  1995  y  la  presentación  de  nuevas  solicitudes, rectificado  por  el  Reglamento  (CE)  nº  2329/  95,  establece las cantidades disponibles  para  las  nuevas  solicitudes  de certificado de importación en el marco  del  contingente  arancelario,  durante el cuarto trimestre del año 1995; que,  según  el  apartado  3 del artículo 4 del Reglamento (CE) nº 478/95, deben fijarse  sin  demora  las  cantidades  por las que pueden expedirse certificados para el origen o los orígenes de que se trate;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  apartado  3  del  artículo  9  del  Reglamento  (CEE)  nº 1442/93  dispone  que,  en  el caso de un trimestre y un origen determinado, con respecto  a  un  país  o grupo de países mencionado en el Anexo I del Reglamento (CE)   nº   478/95,   si   las  cantidades  por  las  que  se  hayan  presentado solicitudes   de   certificado  de  importación,  en  el  caso  de  una  u  otra categoría   de   agente   económico,  rebasan  las  cantidades  disponibles,  se aplicará  un  porcentaje  de  reducción  a  cada  una  de  las  solicitudes  que indiquen dicho origen;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  dado  que  las  cantidades  solicitadas  para  el  origen  « Camerún  »  rebasan  la  cantidad aún disponible, procede aplicar un coeficiente de  reducción  ;  que  las solicitudes de certificado de importación presentadas por  los  agentes  económicos  de  la  categoría B para el origen « Costa Rica » deben  ser  rechazadas,  ya  que  no  quedan  cantidades disponibles para nuevas solicitudes,   correspondientes   a  ese  origen  y  esa  categoría  de  agentes económicos   ;   que  pueden  expedirse  certificados  de  importación  por  las cantidades que figuran en todas las demás solicitudes nuevas ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  es  conveniente  que  el  presente  Reglamento  se aplique de inmediato  para  que  los  certificados  puedan  expedirse con la mayor brevedad posible,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Con  respecto  a  las  nuevas  solicitudes  a  que  se refiere el apartado 1 del artículo  4  del  Reglamento  (CE)  nº  478/95,  se  expedirán  certificados  de importación   en   el  marco  del  contingente  arancelario  de  importación  de plátanos, para el cuarto trimestre de 1995:</p>
    <p class="parrafo">a)  por  la  cantidad  que figura en la nueva solicitud de certificado, a la que se  aplicará  un  coeficiente  de reducción de 0,989300 para el origen « Camerún »;</p>
    <p class="parrafo">b)  por  la  cantidad  que  figura  en la nueva solicitud de certificado, cuando ésta se refiera a un origen distinto del mencionado en la letra a).</p>
    <p class="parrafo">Quedan   rechazadas   las   nuevas  solicitudes  de  agentes  económicos  de  la categoría B para el origen « Costa Rica ».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  día  de  su  publicación en el</p>
    <p class="parrafo">Diario Oficial de las Comunidad Europeas.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 26 de octubre de 1995.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Franz FISCHLER</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
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</documento>
