<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<documento fecha_actualizacion="20241021184036">
  <metadatos>
    <identificador>DOUE-L-1995-81379</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19950929</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>2312/1995</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CE) nº 2312/95 de la Comisión, de 29 de septiembre de 1995, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1937/95 por el que se determina el importe de los elementos agrícolas y de los derechos adicionales aplicables, durante el período del 1 de julio al 30 de septiembre de 1995, ambos inclusive, a la importación a la Comunidad de mercancías procedentes de Suiza a las que se aplica el Reglamento (CE) nº 3448/93 del Consejo.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19950930</fecha_publicacion>
    <diario_numero>233</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
    <subseccion/>
    <pagina_inicial>66</pagina_inicial>
    <pagina_final>66</pagina_final>
    <suplemento_pagina_inicial/>
    <suplemento_pagina_final/>
    <url_pdf>/doue/1995/233/L00066-00066.pdf</url_pdf>
    <url_epub/>
    <url_pdf_catalan/>
    <url_pdf_euskera/>
    <url_pdf_gallego/>
    <url_pdf_valenciano/>
    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia/>
    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion/>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
    <fecha_anulacion/>
    <vigencia_agotada>N</vigencia_agotada>
    <estado_consolidacion codigo="0"/>
    <letra_imagen>L</letra_imagen>
    <suplemento_letra_imagen/>
  </metadatos>
  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="4935" orden="2">Mercancías</materia>
      <materia codigo="5665" orden="3">Precios</materia>
      <materia codigo="5728" orden="4">Productos agrícolas</materia>
      <materia codigo="1345" orden="1">Suiza</materia>
    </materias>
    <notas>
      <nota codigo="10" orden="200">Entrada en vigor:  30 de septiembre de 1995.</nota>
    </notas>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1995-81165" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 2 y el Anexo I del Reglamento 1937/95, de 4 de agosto</texto>
        </anterior>
        <anterior referencia="DOUE-L-1993-82153" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 3448/93, de 6 de diciembre</texto>
        </anterior>
      </anteriores>
      <posteriores/>
    </referencias>
    <alertas/>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  nº 3448/93 del Consejo, de 6 de diciembre de 1993, por  el  que  se  establece  el régimen de intercambios aplicable a determinadas mercancías  resultantes  de  la  transformación  de  productos  agrícolas  y, en particular, su artículo 7,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Reglamento  (CE)  nº  1917/95 del Consejo, de 24 de julio de   1995,   por   el  que  se  establecen  diversas  medidas  referentes  a  la importación   de  productos  agrícolas  transformados  de  Islandia,  Noruega  y Suecia  a  fin  de  incorporar  los  resultados de las negociaciones de la Ronda Uruguay  en  el  sector  agrícola  establece,  en  el apartado 1 del artículo 1, los  importes  de  base  que  se tienen en cuenta en el cálculo de los elementos agrícolas   y  los  derechos  adicionales  aplicables  a  la  importación  a  la Comunidad  de  las  mercancías  originarias  de  Suiza  ;  que  la  Comisión, de acuerdo   con   el   artículo   2   de  dicho  Reglamento,  no  determinará  las modalidades   de  aplicación  hasta  que  no  esté  segura  de  que  Suiza  tome simultáneamente o lo antes posible medidas de efecto similar;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Reglamento  (CE)  nº  1937/95  de  la  Comisión,  de 4 de agosto   de  1995,  por  el  que  se  determina  el  importe  de  los  elementos agrícolas  y  de  los  derechos adicionales aplicables, durante el período del 1 de  julio  al  30  de septiembre de 1995, ambos inclusive, a la importación a la Comunidad   de   mercancías  procedentes  de  Suiza  a  las  que  se  aplica  el Reglamento  (CE)  nº  3448/93  del  Consejo  estará  en  vigor  hasta  el  30 de septiembre de 1995 ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Reglamento  (CE)  nº  1937/95 contiene, como consecuencia de un error material, una cifra incorrecta,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El Reglamento (CE) nº 1937/95 quedará modificado como sigue :</p>
    <p class="parrafo">1)  En  el  artículo  2, la fecha « 30 de septiembre de 1995 » se sustituirá por la fecha « 31 de diciembre de 1995 ».</p>
    <p class="parrafo">2)   En   la   parte  1  del  Anexo  I  el  importe  «  114,944  ecus/100  kg  » correspondiente  al  código  NC  2106  90  10  se  sustituirá  por  el importe « 25,000 ecus/100 kg ».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  día  de  su  publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">El  punto  2  del  artículo  1  será aplicable, a petición de los interesados, a partir del primero de julio de 1995.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y</p>
    <p class="parrafo">directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 29 de septiembre de 1995.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Martin BANGEMANN</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
  </texto>
</documento>
