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<documento fecha_actualizacion="20241021183911">
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    <identificador>DOUE-L-1995-81003</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19950720</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1763/1995</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CE) nº 1763/95 de la Comisión, de 20 de julio de 1995, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1600/95 por el que se establecen disposicones de aplicación del régimen de importación y la apertura de contingentes arancelarios en el sector de la leche y de los productos lácteos.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19950721</fecha_publicacion>
    <diario_numero>171</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>36</pagina_inicial>
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    <url_pdf>/doue/1995/171/L00036-00036.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia>19950721</fecha_vigencia>
    <estatus_derogacion>S</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion>19980701</fecha_derogacion>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <vigencia_agotada>S</vigencia_agotada>
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      <materia codigo="817" orden="1">Certificaciones</materia>
      <materia codigo="1003" orden="2">Comercio extracomunitario</materia>
      <materia codigo="1636" orden="3">Contingentes arancelarios</materia>
      <materia codigo="2454" orden="4">Derechos arancelarios</materia>
      <materia codigo="4056" orden="5">Importaciones</materia>
      <materia codigo="4746" orden="6">Leche</materia>
      <materia codigo="5743" orden="7">Productos lácteos</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="37" orden="220">Aplicable desde  el 1 de julio de 1995.</nota>
      <nota codigo="149" orden="900">Esta norma se entiende implícitamente derogada por el Reglamento 1374/98, de 29 de junio DOUE-L-1998-81116.</nota>
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    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1995-80920" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 14.1 del Reglamento 1600/95, de 30 de junio</texto>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  nº 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el  que  se  establece  la  organización  común  de  mercados en el sector de la leche  y  de  los  productos  lácteos, cuya última modificación la constituye el Reglamento  (CE)  nº  1538/95,  y,  en  particular, el apartado 3 de su artículo 13 y el apartado 4 de su artículo 16,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Reglamento  (CE)  nº  1600/95  de la Comisión, fija en el apartado  1  de  su  artículo  14 un período de diez días a partir de su entrada en   vigor   para   la  presentación  de  las  solicitudes  de  certificados  de importación  ;  que,  dado  que el Diario Oficial de las Comunidades Europeas en el  que  el  Reglamento  ha  sido  publicado  estuvo  disponible con retraso, es necesario prorrogar veinte días suplementarios el período mencionado ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  disposiciones  del  presente  Reglamento  se  ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">En  el  apartado  1  del  artículo  14  del  Reglamento  (CE)  nº  1600/95,  los términos   «y  para  la  primera  vez  durante  los  diez  días  siguientes»  se sustituirán por «y para la primera vez durante los treinta días siguientes».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  día  de  su  publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">Será aplicable a partir del 1 de julio de 1995.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 20 de julio de 1995.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Franz FISCHLER</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
  </texto>
</documento>
