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    <identificador>DOUE-L-1995-80530</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19950515</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1096/1995</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CE) nº 1096/95 de la Comisión, de 15 de mayo de 1995, por el que se determina en qué medida pueden ser aceptadas las solicitudes de fijación por anticipado de las restituciones en el sector de la carne de vacuno.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19950516</fecha_publicacion>
    <diario_numero>109</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>35</pagina_inicial>
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    <url_pdf>/doue/1995/109/L00035-00035.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>19950516</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="621" orden="1">Carnes</materia>
      <materia codigo="3885" orden="2">Ganado vacuno</materia>
      <materia codigo="6224" orden="3">Restituciones a la exportación</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1995-80453" orden="3060">
          <palabra codigo="440">DE CONFORMIDAD con</palabra>
          <texto>on el art. 1 del Reglamento 974/95, de 28 de abril</texto>
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    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  nº 805/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el  que  se  establece  la  organización  común  de  mercados en el sector de la carne  de  bovino  ,  cuya  última modificación la constituye el Reglamento (CE) nº 424/95,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  nº 885/68 del Consejo, de 28 de junio de 1968, por el  que  se  establecen,  en  el  sector  de  la  carne  de  vacuno,  las normas generales  relativas  a  la  concesión  de  restituciones a la exportación y los criterios  para  la  fijación  de  su  importe  ,  cuya  última  modificación la constituye  el  Reglamento  (CEE)  nº  427/77  ,  y,  en  particular, el párrafo primero del apartado 4 de su artículo 5,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  nº  2377/80  de la Comisión, de 4 de septiembre de 1980,  por  el  que  se  establecen  modalidades  especiales  de  aplicación del régimen  de  importación  y  de exportación en el sector de la carne de vacuno , cuya  última  modificación  la  constituye el Reglamento (CE) nº 1084/94 , y, en particular, el apartado 2 de su artículo 8 bis,</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que  el  Reglamento  (CEE)  nº  2377/80  establece  medidas  para garantizar  el  respeto  de  la  limitación cuantitativa de los certificados que implican   la   fijación  por  anticipado  de  la  restitución  y  cuya  validez finaliza  después  del  30  de  junio  de 1995, de conformidad con el Reglamento (CE) nº 974/95 de la Comisión ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  durante  el  período  del  9  al  11  de  mayo de 1995 se han presentado  solicitudes  de  fijación  por  anticipado  de las restituciones por cantidades    superiores   a   las   observadas   habitualmente   y   que,   por consiguiente,  procede  fijar  un  porcentaje  de  aceptación  de las cantidades solicitadas en virtud del Reglamento (CE) nº 974/95,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Las  solicitudes  de  fijación  por  anticipado de restituciones, presentadas en virtud  del  artículo  1  del Reglamento (CE) nº 974/95 durante el período del 9 al 11 de mayo de 1995, son aceptadas con un coeficiente de 76,84 %.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El presente reglamento entrará en vigor el 16 de mayo de 1995.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 15 de mayo de 1995.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Franz FISCHLER</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
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