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<documento fecha_actualizacion="20241021183622">
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    <identificador>DOUE-L-1995-80286</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19950330</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>702/1995</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CE) nº 702/95 de la Comison, de 30 de marzo de 1995, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 478/95 por el que se establecen disposiciones complementarias de aplicación del Reglamento (CEE) nº 404/93 del Consejo en lo que se refiere al régimen del contingente arancelario para la importación de plátanos en la Comunidad y por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 1442/93.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19950331</fecha_publicacion>
    <diario_numero>71</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>84</pagina_inicial>
    <pagina_final>84</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1995/071/L00084-00084.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia>19950331</fecha_vigencia>
    <estatus_derogacion>S</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion>19990101</fecha_derogacion>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <vigencia_agotada>S</vigencia_agotada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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  <analisis>
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      <materia codigo="817" orden="1">Certificaciones</materia>
      <materia codigo="1636" orden="2">Contingentes arancelarios</materia>
      <materia codigo="3830" orden="3">Frutos</materia>
      <materia codigo="4056" orden="4">Importaciones</materia>
      <materia codigo="5622" orden="5">Plátanos</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="149" orden="900">Esta norma se entiende implícitamente derogada por el Reglamento 2362/98, de 28 de octubre DOUE-L-1998-81954.</nota>
    </notas>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1995-80173" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 4.1 del Reglamento 478/95, de 1 de marzo</texto>
        </anterior>
        <anterior referencia="DOUE-L-1993-80815" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 1442/93, de 10 de junio</texto>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1993-80207" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 404/93, de 13 de febrero</texto>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto elTratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  nº  404/93  del Consejo, de 13 de febrero de 1993, por  el  que  se  establece  la  organización común de mercados en el sector del plátano,   cuya   última  modificación  la  constituye  el  Reglamento  (CE)  nº 3290/94, y, en particular, su artículo 20,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  en  las  letras  a)  y  b) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento  (CE)  nº  478/95  de  la  Comisión,  se  establece  que,  cuando  un coeficiente  de  reducción  se  aplique a uno o varios orígenes, el operador que haya  presentado  una  solicitud  de  certificado  de  importación  para  uno  o varios   de   esos  orígenes  podrá,  bien  renunciar  a  la  expedición  de  un certificado  por  una  cantidad  reducida,  bien  presentar  una nueva solicitud por  una  cantidad  igual  o  inferior  a  la cantidad no asignada de la primera solicitud  para  los  orígenes  a  los  que  no se aplique ningún coeficiente de reducción,  en  un  plazo  de  cinco  días laborables a partir de la publicación del Reglamento en el que se fije el coeficiente de reducción ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  como  consecuencia  de  las  solicitudes presentadas por los medios   profesionales,   conviene  establecer  un  plazo  más  amplio  para  el ejercicio  de  una  u  otra  de las opciones mencionadas ; que así se permitiría a   los  operadores  afectados  encontrar  otros  proveedores,  de  acuerdo  con condiciones   aceptables,   para   los   orígenes   en  los  que  siga  habiendo cantidades disponibles para el trimestre de que se trate ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  es  conveniente  establecer  la  aplicación  inmediata de las disposiciones  del  presente  Reglamento  para  que  los  operadores  que  hayan presentado   una  solicitud  de  certificado  de  importación  para  el  segundo trimestre de 1995 puedan benficiarse de dichas disposiciones ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas  en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión del plátano,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El   apartado   1   del  artículo  4  del  Reglamento  (CE)  nº  478/95  quedará modificado como sigue:</p>
    <p class="parrafo">1)  En  la  letra  a),  los  términos «cinco días laborables» se sustituirán por los términos «diez días laborables».</p>
    <p class="parrafo">2) En la letra b), la primera frase se sustituirá por el texto siguiente :</p>
    <p class="parrafo">«  dentro  del  límite  global de una cantidad igual o inferior a la cantidad no asignada  de  la  solicitud,  presentar  una  o  varias  nuevas  solicitudes  de certificado  por  los  orígenes  respecto  de  los  cuales  la Comisión publique cantidades disponibles para el trimestre de que se trate.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  día  de  su  publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 30 de marzo de 1995.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">Franz FISCHLER</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
  </texto>
</documento>
