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    <identificador>DOUE-L-1994-82168</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19941215</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>915/1994</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Consejo, de 15 de diciembre de 1994, por la que se adopta un programa específico de investigación y desarrollo tecnológico, incluida la demostración, en el campo de la investigación socioeconómica con fines propios (1994-1998).</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19941231</fecha_publicacion>
    <diario_numero>361</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>77</pagina_inicial>
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    <url_pdf>/doue/1994/361/L00077-00089.pdf</url_pdf>
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      <materia codigo="4521" orden="1">Investigación científica</materia>
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          <palabra codigo="440">DE CONFORMIDAD con</palabra>
          <texto>on la Decisión 1110/94, de 26 de abril</texto>
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    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Tratado  constitutivo  de  la  Comunidad Europea y, en particular, el apartado 4 de su artículo 130 I,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión (1),</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2),</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Comité Económico y Social (3),</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Parlamento  Europeo y el Consejo, mediante la Decisión no 1110/94/CE  (4),adoptaron  el  cuarto  programa  marco  de acciones comunitarias de  investigación,  desarrollo  tecnológico  y demostración (en lo sucesivo IDT) para  el  período  comprendido  entre 1994 y 1998, que establece, en particular, las  actividades  que  deben  llevarse  a  cabo  en el campo de la investigación socioeconómica  con  fines  propios;  que  la  presente  Decisión se ha adoptado habida cuenta de los motivos expuestos en el preámbulo de dicha Decisión;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  apartado  3  del artículo 130 I del Tratado establece que el  programa  marco  se  ejecutará  mediante programas específicos desarrollados dentro  de  cada  una  de  las acciones y que cada programa específico precisará las  modalidades  de  su  realización,  fijará  su duración y preverá los medios que se estimen necesarios;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  importe  que  se  estima  necesario  para  realizar  este programa  asciende  a  105  millones  de  ecus;  que  las asignaciones para cada ejercicio  deberán  ser  fijadas  por  la autoridad presupuestaria en función de la  disponibilidad  de  recursos  dentro  de  las  perspectivas financieras y en las  condiciones  establecidas  en  el  apartado 3 del artículo 1 de la Decisión no 1110/94/CE;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   el   presente   programa   puede   suponer  una  importante contribución  a  la  reactivación  del  crecimiento,  al  fortalecimiento  de la competitividad  y  al  desarrollo  del  empleo  en  la  Comunidad,  tal  como se indica en el Libro blanco sobre crecimiento, competitividad y empleo;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   el   contenido   del  cuarto  programa  marco  de  acciones comunitarias   de   IDT   se  ha  elaborado  de  acuerdo  con  el  principio  de</p>
    <p class="parrafo">subsidiariedad;  que  el  presente  programa  específico  establece el contenido de  las  actividades  que  deben  realizarse  de conformidad con el principio de subsidiariedad  en  el  campo  de  la  investigación  socioeconómica  con  fines propios;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   la   Decisión   no  1110/94/CE  dispone  que  la  actuación comunitaria   está   justificada   si,   entre  otras  cosas,  la  investigación contribuye  al  aumento  de  la  cohesión  económica  y social de la Comunidad y favorece   su   desarrollo  global  armonioso,  respetando  el  objetivo  de  la calidad  científica  y  técnica;  que  el  presente  programa  contribuye  a  la realización de esos objetivos;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Comunidad  debe  apoyar únicamente las actividades de IDT de alta calidad;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  en  el  presente  programa  específico  se aplican las normas para  la  participación  de  empresas,  centros  de  investigación  [incluido el Centro   Común   de   Investigación   (CCI)]   y  universidades,  y  las  normas aplicables  a  la  difusión  de  los  resultados  de  la  investigación  que  se especifican en las medidas a que se refiere el artículo 130 J del Tratado;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Comisión  debe  continuar  esforzándose  en simplificar y acelerar   los   procesos   de   candidatura   y  selección  y  en  aumentar  su transparencia,  para  apoyar  la  ejecución  del  programa y facilitar la acción que  las  empresas,  los  centros  de  investigación  y  las universidades deben emprender para participar en una actividad IDT de la Comunidad;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  presente  programa  contribuye a consolidar las sinergias entre   las   actividades   de   IDT  que,  en  el  campo  de  la  investigación socioeconómica  con  fines  propios,  realizan los centros de investigación, las universidades  y  las  empresas  establecidos  en los Estados miembros, así como entre  estas  actividades  y  las  correspondientes  actividades comunitarias de IDT;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  actividades  realizadas  en virtud del presente programa deben   estimular,utilizar   y  complementar  las  realizadas  para  evaluar  el impacto   socioeconómico  en  otros  programas  específicos  de  aplicación  del cuarto  programa  marco;  que  para ello se deben adoptar las medidas necesarias para garantizar la información y la coordinación mutuas;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que,   para   la   aplicación   de   este  programa,  podría  ser conveniente   llevar   a  cabo  actividades  de  cooperación  internacional  con organizaciones internacionales y terceros países;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  presente  programa  debe  incluir  también actividades de apoyo  y  de  difusión  y  explotación  de  los  resultados  de la IDT, así como actividades  para  fomentar  la  movilidad y la formación de los investigadores, que  se  realizarán  dentro  del presente programa y en la medida necesaria para su buena ejecución;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  conviene,  por  un  lado,  examinar  de  forma  permanente  y sistemática  el  estado  de  realización  del  presente programa para adaptarlo, cuando  sea  necesario,  a  la evolución científica y tecnológica en este campo, y,   por   otro,   proceder,   en   el   momento   oportuno,  a  una  evaluación independiente  del  estado  de  las  actividades  del  programa  que proporcione todos  los  elementos  necesarios  para  establecer  los  objetivos  del  quinto programa  marco  de  IDT;  que, por último, al finalizar este programa, conviene</p>
    <p class="parrafo">realizar  una  evaluación  final  de los resultados obtenidos con respecto a los objetivos establecidos en la presente Decisión;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   el   CCI   puede  participar  en  las  acciones  indirectas reguladas por el presente programa;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que,   por  medio  de  su  propio  programa,  el  CCI  contribuye igualmente  a  la  realización  de  los  objetivos  de  la IDT comunitaria en el campo regulado por el presente programa;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  se  ha  consultado  al  Comité  de investigación científica y técnica (CREST),</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DEClSION:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Se  adopta  un  programa  específico  de investigación y desarrollo tecnológico, incluida  la  demostración,  en  el campo de la investigación socioeconómica con fines  propios  en  la  forma descrita en el Anexo I para el período comprendido entre  la  fecha  de  adopción  de  la presente Decisión y el 31 de diciembre de 1998.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">1.  El  importe  estimado  necesario  para  la ejecución del programa asciende a 105  millones  de  ecus,  incluido un 14,5 % como máximo para gastos de personal y gastos administrativos.</p>
    <p class="parrafo">2. En el Anexo II figura el desglose indicativo de este importe.</p>
    <p class="parrafo">3.  La  autoridad  presupuestaria  establecerá  los  importes correspondientes a cada  ejercicio  financiero,  dependiendo  de  los  recursos  de que se disponga con   arreglo   a   las  perspectivas  financieras  y  de  conformidad  con  las condiciones  que  establece  el  apartado  3  del  artículo  1 de la Decisión no 1110/94/CE,  teniendo  en  cuenta  los  principios  de correcta gestión a que se refiere  el  artículo  2  del  Reglamento  financiero  aplicable  al presupuesto general de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">1.  Las  normas  generales  de  la contribución financiera de la Comunidad serán las establecidas en el Anexo IV de la Decisión no 1110/94/CE.</p>
    <p class="parrafo">2.  Las  normas  para  la  participación de empresas, centros de investigación y universidades,  así  como  para  la  difusión  de  los resultados, serán las que especifica el artículo 130 J del Tratado.</p>
    <p class="parrafo">3.  En  el  Anexo  III  se  establecen  las normas específicas de aplicación del presente programa,además de las que citan los apartados 1 y 2.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">1.  Para  poder  garantizar,  entre  otras  cosas,  una  ejecución  rentable del presente   programa,   la   Comisión   examinará,   con  carácter  permanente  y sistemático,   el  estado  de  realización  del  programa  con  respecto  a  los objetivos  enumerados  en  el  Anexo  I,  con  arreglo  a  las  ampliaciones del programa  de  trabajo,  contando  para  ello  con  la  asistencia  apropiada  de expertos   externos   independientes.   Estudiará,   en   particular,   si   los objetivos,  prioridades  y  medios  financieros  siguen  estando adaptados a los cambios  de  situación.  Llegado  el  caso, presentará propuestas para adaptar o incrementar este programa en función de los resultados de tal examen.</p>
    <p class="parrafo">2.  Para  contribuir  a  la  evaluación de las actividades comunitarias a que se refiere  el  apartado  2  del  artículo  4  de  la  Decisión no 1110/94/CE, y de</p>
    <p class="parrafo">conformidad  con  los  plazos  que  fija dicho apartado, la Comisión encomendará a   expertos   cualificados   independientes   una  evaluación  externa  de  las actividades  realizadas  en  el  campo  regulado  por  el presente programa, así como   de  su  gestión  a  lo  largo  de  los  cinco  años  que  precedan  a  la evaluación.</p>
    <p class="parrafo">3.  Cuando  finalice  el  presente programa, la Comisión hará que se efectúe una evaluación  final  independiente  de  los  resultados  obtenidos  con respecto a los  objetivos  enumerados  en  el  Anexo  III de la Decisión no 1110/94/CE y en el  Anexo  I  de  la  presente  Decisión.  El  informe  de  evaluación  final se presentará al Parlamento Europeo, al Consejo y al Comité Económico y Social.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 5</p>
    <p class="parrafo">1.  La  Comisión  elaborará  un programa de trabajo de acuerdo con los objetivos establecidos  en  el  Anexo  I  y  con la distribución financiera indicativa que establece   el   Anexo  II,  y  lo  actualizará  cuando  sea  necesario.  Fijará detalladamente:</p>
    <p class="parrafo">- los objetivos científicos y técnicos y los trabajos de investigación;</p>
    <p class="parrafo">-  el  calendario  de  aplicación,  incluidas  las convocatorias de presentación de propuestas;</p>
    <p class="parrafo">-  las  modalidades  financieras  y  de  gestión  que se propongan, así como las líneas   generales   de  otras  medidas,  incluidas  medidas  preparatorias,  de acompañamiento y de apoyo;</p>
    <p class="parrafo">-  las  modalidades  para  la  coordinación con las otras actividades de IDT que se  lleven  a  cabo  en el sector, en particular con arreglo al programa del CCI y  otros  programas  específicos  y,  cuando  sea apropiado, para garantizar una mejor interacción con las actividades efectuadas en otros marcos;</p>
    <p class="parrafo">-  las  modalidades  relativas  a la difusión, la protección y la explotación de los  resultados  de  las  actividades  de  IDT  llevadas  a  cabo con arreglo al programa.</p>
    <p class="parrafo">2.  La  Comisión  elaborará  convocatorias  de  presentación  de  propuestas  de proyectos sobre la base del programa de trabajo.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 6</p>
    <p class="parrafo">1. La ejecución del programa corresponderá a la Comisión.</p>
    <p class="parrafo">2.  En  los  casos  que  determina  el  apartado  1  del artículo 7, la Comisión estará  asistida  por  un  Comité consultivo compuesto por representantes de los Estados miembros y presidido por el representante de la Comisión.</p>
    <p class="parrafo">3.  El  representante  de  la  Comisión  presentará al Comité un proyecto de las medidas  que  deban  tomarse.  El  Comité emitirá su dictamen en un plazo que el presidente  podrá  determinar  en  función  de la urgencia de la cuestión de que se  trate.  El  dictamen  se  emitirá según la mayoría prevista en el apartado 2 del  artículo  148  del  Tratado para adoptar aquellas decisiones que el Consejo deba  tomar  a  propuesta  de  la  Comisión.  Con  motivo  de  la votación en el Comité,   los   votos   de   los  representantes  de  los  Estados  miembros  se ponderarán  de  la  manera  definida  en  el  artículo  anteriormente citado. El presidente no tomará parte en la votación.</p>
    <p class="parrafo">4.  La  Comisión  adoptará  las  medidas  previstas  cuando  sean  conformes  al dictamen del Comité.</p>
    <p class="parrafo">5.  Cuando  las  medidas  previstas  no sean conformes al dictamen del Comité, o en  caso  de  ausencia  de  dictamen, la Comisión someterá sin demora al Consejo</p>
    <p class="parrafo">una  propuesta  relativa  a  las  medidas  que  deban  tomarse.  El  Consejo  se pronunciará por mayoría cualificada.</p>
    <p class="parrafo">6.  Si,  transcurrido  un  plazo  de  tres  meses a partir del momento en que la propuesta  se  haya  sometido  al  Consejo,  éste  no se hubiere pronunciado, la Comisión adoptará las medidas propuestas.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 7</p>
    <p class="parrafo">1.  El  procedimiento  a  que  se refieren los apartados 2 a 6 del artículo 6 se aplicará:</p>
    <p class="parrafo">-  a  la  elaboración  y actualización del programa de trabajo contemplado en el apartado 1 del artículo 5;</p>
    <p class="parrafo">- al contenido de las convocatorias de presentación de propuestas;</p>
    <p class="parrafo">-  a  la  evaluación  de las actividades de IDT propuestas para una financiación comunitaria,  así  como  al  importe  de  la  contribución  comunitaria estimado necesario  cuando  dicho  importe  sea  igual o superior a 0,13 millones de ecus por proyecto;</p>
    <p class="parrafo">-  a  cualquier  ajuste  del  desglose  indicativo  del importe que establece el Anexo II;</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  modalidades  específicas  para  la  participación  financiera  de  la Comunidad en las distintas actividades que se contemplan;</p>
    <p class="parrafo">-  a  las  medidas  y  a  los  parámetros  de  referencia para la evaluación del programa;</p>
    <p class="parrafo">- a cualquier posible excepción a las normas fijadas en el Anexo III;</p>
    <p class="parrafo">-  a  la  participación  en  los  proyectos  de  organismos  legales de terceros países  y  de  organizaciones  internacionales,  incluida  la financiación de la participación  de  las  organizaciones  internacionales  incluso  en  el caso de que la contribución comunitaria sea inferior a 0,13 millones de ecus.</p>
    <p class="parrafo">2.  Cuando,  con  arreglo  al  tercer  guión  del  apartado  1, el importe de la contribución  comunitaria  sea  inferior  a  0,13  millones de ecus, la Comisión informará al Comité sobre los proyectos y el resultado de su evaluación.</p>
    <p class="parrafo">3.  La  Comisión  informará  regularmente  al Comité sobre el progreso realizado en  la  aplicación  del  programa,  así  como de las actividades socioeconómicas llevadas a cabo en virtud de otros programas.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 8</p>
    <p class="parrafo">Las  entidades  jurídicas  establecidas  en terceros países podrán participar en el  presente  programa  en  el  ámbito  de  la  evaluación de las opciones de la política  científica  y  tecnológica,  con  arreglo  a  cada proyecto, sin apoyo financiero   comunitario,   cuando   dicha   participación   contribuya   a   la consecución  efectiva  de  la  aplicación  del  programa y teniendo en cuenta el principio del beneficio mutuo.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 9</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 15 de diciembre de 1994.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">A. MERKEL</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no C 228 de 17. 8. 1994, p. 177 y DO no C 262 de 20. 9. 1994, p. 23.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO no C 205 de 25. 7. 1994, p. 344.</p>
    <p class="parrafo">(3)  Dictamen  emitido  el  14  de  septiembre  de  1994 (no publicado aún en el</p>
    <p class="parrafo">Diario Oficial).</p>
    <p class="parrafo">(4) DO no L 126 de 18. 5. 1994, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO I</p>
    <p class="parrafo">OBJETIVOS Y CONTENIDO CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS</p>
    <p class="parrafo">El   presente   programa   específico   refleja   plenamente  las  orientaciones generales,   aplica   los   criterios  de  selección  y  precisa  los  objetivos científicos y tecnológicos del cuarto programa marco.</p>
    <p class="parrafo">El  apartado  7  del  Anexo  III (primera acción) del programa marco forma parte integrante del presente programa.</p>
    <p class="parrafo">1. OBJETIVOS GENERALES Y CONTEXTO</p>
    <p class="parrafo">El  Libro  blanco  sobre  crecimiento,  competitividad  y empleo, que estudió el Consejo  Europeo  en  el  mes de diciembre de 1993, ha sido la primera reflexión en   Europa  y  ha  contribuido  a  la  toma  de  decisiones  -descentralizadas, nacionales  o  comunitarias-  que  permitirán  sentar las bases de un desarrollo sostenible  de  las  economías  europeas capaces de enfrentarse a la competencia internacional al mismo tiempo que crean empleo.</p>
    <p class="parrafo">Las  acciones  de  la  investigación  socioeconómica con fines propios tienen el objetivo   de  aclarar  en  el  futuro  esta  toma  de  decisiones  mediante  la elaboración  de  una  base  de  conocimientos  compartida  sobre los desafíos de Europa  producto  de  los  trabajos  e  investigaciones en tres áreas mutuamente relacionadas:</p>
    <p class="parrafo">- evaluación de las opciones de la política científica y tecnológica,</p>
    <p class="parrafo">- investigación en educación y formación,</p>
    <p class="parrafo">- investigación en integración y marginación social en Europa.</p>
    <p class="parrafo">La  investigación  en  estas  tres  áreas  exigirá  dar  una  gran  prioridad al trabajo  conceptual  y  metodológico  para  la  construcción  e  integración  de sistemas  de  datos  e  indicadores  como  un  esfuerzo común de la comunidad de investigación  científica  europea  del  sector  socioeconómico con vistas a que se  haga  comparable  en  toda  Europa  y a establecer una infraestructura común de  investigación  (bases  de  datos  sobre  las partes interesadas y resultados de  investigación;  guías  y  manuales, glosarios y tesauros, etc.). No se trata por  tanto  de  una  simple  armonización  de  estadísticas, sino más bien de la creación  de  un  sistema  científico de información social que pueda contribuir a  la  comprensión  básica  del desarrollo económico y social. Por consiguiente, una  proporción  adecuada  de  los  recursos asignados a este campo se reservará para  la  definición  de  una  estrategia  destinada  a  realizar  ese trabajo y desarrollar esa infraestructura y a los proyectos piloto asociados.</p>
    <p class="parrafo">El  objetivo  de  la  evaluación  de  las  opciones  de la política científica y tecnológica  europea  es  elaborar  una base común de conocimientos para quienes toman  decisiones  de  política  científica  y  tecnológica  a  nivel  regional, nacional  y  europeo  y  para los responsables de otras áreas de actuación de la ciencia  y  la  tecnología  con la finalidad de propiciar una mayor coherencia y coordinación de los esfuerzos y de las políticas de IDT en Europa.</p>
    <p class="parrafo">Estas  actividades  continuarán  las  del  programa Monitor (FAST, SAST, SPEAR), sacarán  partido  de  los  trabajos  realizados  por el Instituto de Prospectiva Tecnológica  del  CCI,  los  programas  Value, Sprint y Eurostat, así como de la experiencia   obtenida   por   los  programas  específicos  (evaluación  de  las repercusiones  socioeconómicas  de  la  investigación),  ejecutando una decisión</p>
    <p class="parrafo">tomada al aprobarse el tercer programa marco.</p>
    <p class="parrafo">El  CCI  contribuirá  a  las  actividades  comunitarias  de  IDT  en esta área a través   del   Instituto  de  Prospectiva  Tecnológica,  el  cual  trabajará  en estrecha colaboración con el presente programa (1).</p>
    <p class="parrafo">El  objetivo  de  las  actividades  comunitarias de investigación en educación y formación  debe  ser  apoyar  los  esfuerzos de los Estados miembros por ampliar los  lazos  entre  la  investigación,  la educación y la formación y mejorar sus sistemas  educativos  y  formativos  mediante  la investigación y la difusión de prácticas  correctas  e  innovaciones.  El  objetivo es contribuir al desarrollo en  Europa  de  una  sociedad  en la que la educación y la formación, impartidas a lo largo de toda la vida de los individuos, desempeñen un papel central.</p>
    <p class="parrafo">De   conformidad   con   el   principio   de  subsidiariedad,  esas  actividades complementarán    las    de    los   Estados   miembros   y   otros   organismos internacionales   (por   ejemplo,   la  OCDE).  Para  evitar  duplicaciones,  se realizarán  en  coordinación  con  investigaciones  tecnológicas  sobre el mismo tema   que   llevará   a  cabo  el  programa  «Telemática»,  así  como  con  las actividades   comunitarias   en   educación  y  formación:  actividades  de  los programas   Socrates   y   Leonardo,  que  sucederán  a  los  programas  Comett, Erasmus,  Lingua,  Petra,  Force  y Eurotecnet. En tal situación deberán tenerse en  cuenta  los  trabajos  básicos  de  recopilación  de  datos  y  análisis  de sistemas   realizados  en  la  red  Eurydice,  así  como  de  los  trabajos  del Cedefop.</p>
    <p class="parrafo">La  pobreza  y  la  marginación  social constituyen los principales problemas de los  Estados  miembros.  Es  necesaria  la  investigación sobre la integración y la  marginación  sociales  en  Europa  con el fin de mejorar el entendimiento de esos problemas y poder resolverlos.</p>
    <p class="parrafo">Se  persiguen,  pues,  dos  objetivos: estudiar en qué medida el proceso real de integración  europea  (mercado  único,  unión  económica  y  monetaria, contexto mundial,  etc.)  presenta  factores  específicos de integración o de marginación sociales  en  relación  con  los  factores propios de las evoluciones nacionales y  locales;  compartir  con  todos  los  Estados  miembros  las  experiencias de integración    social   que   han   tenido   éxito,   mediante   investigaciones comparativas  y  la  explotación  en  común de los resultados de los estudios de evaluación de los proyectos más innovadores.</p>
    <p class="parrafo">La   investigación  de  este  sector  está  estrechamente  relacionada  con  las iniciativas  comunitarias  (más  concretamente  con  el nuevo programa de acción a  medio  plazo  de  lucha  contra  la  marginación  social)  y  nacionales cuyo objetivo es luchar contra la marginación social en Europa.</p>
    <p class="parrafo">Además  de  esas  actividades  horizontales  de investigación con fines propios, se   realizarán   investigaciones   socioeconómicas   dentro  de  cada  programa específico   de   la   primera   acción   (evaluación   de   las   repercusiones socioeconómicas    y    de    los   riesgos),   de   la   segunda   (condiciones socioeconómicas  de  la  cooperación  científica y técnica internacional y lazos con  la  política  exterior  de  la  Comunidad),  de  la  tercera (aumento de la eficacia  de  la  transferencia  de  resultados  de  la  IDT)  y  de  la  cuarta (formación   y   movilidad  de  los  investigadores  de  ciencias  económicas  y sociales).  El  presente  programa  será diseñado y aplicado de forma que mejore la  sinergia  y  apoye  las  investigaciones  que amplíen, propicien o estimulen</p>
    <p class="parrafo">trabajos   similares   en   el  marco  de  otros  programas  específicos  y  las actividades   comunitarias   correspondientes.   Se  continuarán  los  contactos estrechos  con  los  proyectos  de  COST  en el campo de las ciencias sociales y con  los  organismos  europeos  que trabajan en el área cubierta por el presente programa.</p>
    <p class="parrafo">2. ACTIVIDADES COMUNITARIAS</p>
    <p class="parrafo">1.   Evaluación  de  las  opciones  de  la  política  científica  y  tecnológica europea</p>
    <p class="parrafo">a) Objetivos específicos</p>
    <p class="parrafo">Los  objetivos  específicos  e  inmediatos  del  programa, establecidos teniendo en cuenta el principio de subsidiariedad, son los siguientes:</p>
    <p class="parrafo">-   reunir   a  nivel  europeo  los  esfuerzos  de  las  diferentes  personas  e instituciones  implicadas  en  la  evaluación  de  las  opciones  de la política científica  y  tecnológica,  fomentar  el  desarrollo  de  redes  que  pongan en contacto  científicos,  responsables  de  los  servicios parlamentarios y de los organismos    gubernamentales   que   evalúan   las   opciones   científicas   y tecnológicas,   expertos   de   las   empresas   especializados   en  evaluación socioeconómica  de  las  tecnologías  y  expertos  de  otros sectores de la vida socioeconómica;</p>
    <p class="parrafo">-   elaborar,   elementos   concretos  de  análisis  que  permitan  evaluar  las diferentes   opciones   de   la   política  científica  y  tecnológica  a  nivel regional,  nacional  o  europeo  tomando  en consideración las opiniones de esas redes.  Esos  elementos  concretos  consistirán  en  informes,recopilaciones  de indicadores,    expedientes    informativos   y   publicaciones   periódicas   y utilizarán  los  nuevos  soportes  (sistemas informáticos, productos multimedia, etc.).</p>
    <p class="parrafo">b) Temas</p>
    <p class="parrafo">La  investigación  comunitaria  sobre  este  tema  se  centrará  en tres grandes categorías de temas interrelacionados.</p>
    <p class="parrafo">i)  Las  investigaciones  se  ocuparán,  en  primer  lugar, de la elaboración de los  elementos  factuales  de  análisis que permitan juzgar los puntos fuertes y los  puntos  débiles  de  la  IDT  europea  en comparación con las otras grandes zonas mundiales destacadas:</p>
    <p class="parrafo">-  situación  de  la  IDT en los Estados miembros y en terceros países, regiones o agrupaciones de regiones,</p>
    <p class="parrafo">-   políticas   aplicadas   a  nivel  regional,  nacional,  europeo  y  mundial; objetivos,     procedimientos     de     aplicación,     aspectos    normativos, presupuestarios  y  fiscales  y  repercusiones  en el mundo científico y técnico y en el desarrollo socioeconómico, incluido el nivel macroeconómico;</p>
    <p class="parrafo">-  estrategias  por  sector  y  tipo  de  empresa  de los agentes industriales y económicos;    mundialización    y    cooperación    transnacional;   tendencias tecnológicas  entre  las  empresas  multinacionales;  incentivos  para  que  las empresas   inviertan   en   I+D;   la  función  de  la  cooperación;  inercia  y evoluciones  registradas  en  el  sistema  de producción y restricciones para el desarrollo  y  el  empleo  de  las nuevas tecnologías en las pequeñas y medianas empresas;</p>
    <p class="parrafo">-   investigación   y   análisis  comparativo  de  los  sistemas  nacionales  de innovación,  gestión  de  la  tecnología, la dimensión social de la tecnología y</p>
    <p class="parrafo">los vínculos entre la base científica y la innovación industrial.</p>
    <p class="parrafo">ii)  Evaluación  de  las  relaciones  entre  las  necesidades  y las evoluciones socioeconómicas   a   corto   y   medio   plazo  y  los  nuevos  descubrimientos científicos y tecnológicos</p>
    <p class="parrafo">Los  análisis  estratégicos  y  prospectivos  a  corto y medio plazo (5-10 años) de  los  grandes  desafíos  económicos,  sociales y culturales y de la evolución científica   y   tecnológica   permitirán   obtener   los   elementos  concretos necesarios   para   el   debate   sobre   la   orientación  de  las  actividades investigadoras   europeas   (a   nivel  nacional,  comunitario  y  europeo).  En particular,  se  intentarán  deducir  las  opciones  de la Política científica y tecnológica   más   favorables  al  crecimiento,  la  calidad  de  la  vida,  la competitividad y la creación de empleo en Europa.</p>
    <p class="parrafo">Así, se analizarán los siguientes problemas:</p>
    <p class="parrafo">-   económicos,  industriales  y  financieros.  Los  trabajos  se  ocuparán  del análisis  en  profundidad  de  las  transformaciones  en curso o en gestación de la  economía  mundial,  el  sistema de producción europeo y sus repercusiones en la  investigación:  en  particular,  las consecuencias de la aparición de nuevas zonas   «regionales»   de  libre  comercio  (Asociación  de  Libre  Comercio  de América  del  Norte),  nuevas  zonas  de crecimiento rápido (sudeste asiático) o en   transición  (Europa  Oriental  y  CEl),  los  grandes  problemas  mundiales (medio   ambiente,  salud,  envejecimiento,  movilidad,  energía,  alimentación, etc.),   modificaciones   del   sistema   de  producción  y  de  las  formas  de organización económica;</p>
    <p class="parrafo">-  socioculturales.  Se  evaluará  la  creciente  concienciación de los europeos en  temas  medioambientales,  problemas  éticos  y  de  seguridad  en  todas sus formas,  incluida  la  seguridad  y  la  higiene  en el trabajo, la aparición de nuevas   costumbres   culturales   y   nuevas   diversiones,  las  implicaciones sociales  de  la  aparición  de una «sociedad de la información» y la adaptación de  las  mentalidades  a  los  cambios  en  los sistemas de producción, así como las  consecuencias  de  esos  factores  en  el  diseño, producción y difusión de nuevos   conocimientos,   productos   y   procedimientos.  Se  prestará  también especial   atención  a  las  relaciones  entre  el  desarrollo  tecnológico,  el empleo  y  la  organización  de  la sociedad, incluidos los valores individuales y    colectivos.    Será   necesario   vincular   a   los   «observatorios»   de investigación,  que  supervisarán  la  opinión pública, las actitudes, etc. ante los   temas  de  ciencia  y  tecnología,  incluida  la  investigación  sobre  la comprensión   del   público  y  las  actitudes  respecto  de  la  ciencia  y  la tecnología.  A  raíz  de  los  análisis del Libro blanco, y en estrecha relación con  los  programas  específicos  más  implicados,  se hará especial hincapié en los  retos  del  nacimiento  de  la  «sociedad de la información». Se llevarán a cabo  estudios  multidisciplinarios  sobre  las  repercusiones  sociales  de  la difusión   de  las  tecnologías  de  la  información  y  la  comunicación  y  la interacción  de  las  mismas  con los usuarios privados para poder localizar con precisión   las   opciones   políticas   y   las  experimentaciones  que  puedan favorecer  una  amplia  aceptación  de  tales  tecnologías  por  el  público  en general.</p>
    <p class="parrafo">Las   repercusiones   posibles  de  los  nuevos  descubrimientos  científicos  y tecnológicos se evaluarán en función de dichos problemas:</p>
    <p class="parrafo">-  beneficios  potenciales  de  la  IDT  y ventajas que puede proporcionar desde el   punto   de   vista  científico  (por  ejemplo,  nueva  comprensión  de  los fenómenos  naturales,  nuevos  métodos),  económico  (por  ejemplo, mejora de la competitividad  de  las  empresas  en  varios  sectores ) o social (por ejemplo, creación  de  empleo,  posibilidad  de  nuevas formas de trabajo, protección del consumidor, etc.);</p>
    <p class="parrafo">-  costes  y  peligros  potenciales  desde  el  punto  de  vista  económico (por ejemplo,   aumento  de  las  diferencias  entre  las  regiones)  y  social  (por ejemplo,   destrucción   de   puestos   de  trabajo,  marginalización  de  capas sociales  «analfabetas  funcionales»,  efectos  psicosociológicos, etc.) y desde el   punto   de  vista  cultural  (por  ejemplo,  aceptabilidad  de  las  nuevas tecnologías, repercusiones culturales, etc.).</p>
    <p class="parrafo">Estas   actividades  de  análisis  estratégico  y  prospectivo  se  ocuparán  de asuntos   socioeconómicos   horizontales,   los  nuevos  ámbitos  científicos  y tecnológicos  o  de  aquellos  que  surgen en el punto de encuentro entre varios campos   de  investigación  (por  ejemplo,  los  trabajos  para  determinar  qué tecnologías  son  las  más  importantes  para  la industria y los demás sectores de actividad en Europa).</p>
    <p class="parrafo">iii) Métodos, instrumentos y enfoques</p>
    <p class="parrafo">Por  último,  el  programa  consagrará  una  parte  limitada  de sus medios a la financiación  de  trabajos  en  el  ámbito  de  los métodos e instrumentos de la evaluación  socioeconómica  de  la  ciencia  y la tecnología (trabajos sobre los indicadores  científicos  y  tecnológicos,  los  diferentes  métodos de análisis estratégico   y   prospectivo  como,  por  ejemplo,  elaboración  de  hipótesis, análisis  estructural,  consultas  con  expertos, nuevos sistemas de consulta de los  agentes  y  el  público,  etc.  y trabajos sobre el método de evaluación de los programas de investigación).</p>
    <p class="parrafo">Con  el  fin  de  alimentar  los  trabajos  previstos  en  las  tres  categorías anteriores,  se  creará,en  cooperación  con  Eurostat,  un  sistema  abierto de información  que  elabore  y  ofrezca  estadísticas  e indicadores sobre la IDT; este   sistema   incluirá   información   sobre   los  recursos  (input)  y  los resultados  (output)  de  la  lDT,  la  posición competitiva de Europa, abarcará el  sector  público  y  el  privado e incluirá datos de comparaciones realizadas a   nivel   mundial;  se  desarrollará  a  través  de  las  estadísticas  y  los indicadores   obtenidos   en   el   ámbito  nacional,  comunitario  (Eurostat  e lnstituto   de   prospectiva   tecnológica   del   CCl),   de   la  OCDE  y  las organizaciones   internacionales  (UNESCO,  ONUDl,  FAO,  etc.)  y  de  trabajos originales;  los  trabajos  pertinentes  serán  utilizados  en el programa marco en el ámbito de la información estadística.</p>
    <p class="parrafo">Este  sistema  abierto  de  información  permitirá,  en particular, elaborar una publicación  periódica  sobre  la  situación de la IDT en Europa. La recogida de datos  e  información,  así  como los análisis estarán estrechamente coordinados con   los  del  programa  «Cooperación  con  países  terceros  y  organizaciones internacionales», incluido el trabajo sobre la validez de los indicadores.</p>
    <p class="parrafo">Las  actividades  en  este  ámbito  deberán  recurrir  a  ETAN  (red  europea de evaluación  de  tecnología),  que  se  creará  en  virtud del presente programa. Dicha  red  funcionará  en  estrecha cooperación con los principales órganos que intervienen   activamente   en   la  evaluación  de  las  opciones  de  política</p>
    <p class="parrafo">científica  y  tecnológica  en  Europa.  Se  trata  de  aprovechar al máximo los conocimientos   disponibles   de   los   diversos   círculos  socioeconómicos  y difundir  información  sobre  la  investigación y otros trabajos en marcha en la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">2. Investigación sobre educación y formación</p>
    <p class="parrafo">a) Objetivos específicos</p>
    <p class="parrafo">Los   objetivos   específicos   e   inmediatos   del   programa,  que  han  sido establecidos  teniendo  en  cuenta  el  principio  de  subsidiariedad,  son  los siguientes:</p>
    <p class="parrafo">-  proporcionar  a  la  investigación  en  educación  y  formación en Europa los conocimientos  básicos,  los  instrumentos  y las referencias necesarios para su desarrollo;   contribuir   a   la   creación  de  un  corpus  de  conocimientos, infraestructuras   e  instrumentos  comunes  que  puedan  aprovecharse  para  la realización de trabajos específicos;</p>
    <p class="parrafo">-   reunir   a   escala  europea  los  esfuerzos  de  las  diversas  personas  e instituciones implicadas en la investigación sobre educación y formación;</p>
    <p class="parrafo">-  fomentar  la  creación  de redes que agrupen especialistas de las ciencias de la   educación   (pedagogía,  didáctica,  sociología  de  la  educación,  etc.), responsables   de  la  educación  y  la  formación  en  las  administraciones  y empresas  y  otros  órganos  encargados  de  la formación de los responsables de los sistemas educativos e interlocutores sociales;</p>
    <p class="parrafo">-  estructurar  intelectualmente  a  escala europea el campo multidisciplinar de la investigación sobre educación y formación.</p>
    <p class="parrafo">b) Temas</p>
    <p class="parrafo">Los temas objeto de los trabajos pertenecen a tres grandes categorías:</p>
    <p class="parrafo">i) Eficacia de políticas y acciones</p>
    <p class="parrafo">-  Repercusiones  de  las  acciones  de  nivel  regional,  nacional  y  europeo; efectos  de  la  introducción  de  nuevos  esquemas de formación en los sistemas educativos   y  del  desarrollo  de  los  sistemas  de  educación  permanente  y formación   continua;   consecuencias   del   aumento   de   la  movilidad,  los intercambios y los contactos, etc.</p>
    <p class="parrafo">-  Análisis  comparativo  de  la  situación  y  las  políticas sobre educación y formación;  bases  sociales  y  culturales  de  las  políticas  de  los  Estados miembros;  raíces  y  repercusiones  de  la  diversidad de sistemas educativos y formativos en una Europa multicultural, en particular sobre el empleo.</p>
    <p class="parrafo">-  Enseñantes  y  formadores,  claves  de  los sistemas educativos y formativos; nuevas  formas  de  interacción  docente-discente;  métodos de evaluación de los conocimientos   y   de   las   representaciones   de  enseñantes  y  formadores; comparación  de  la  eficacia  de los métodos tradicionales y de autoaprendizaje mediante  las  nuevas  tecnologías;  formación  sobre el terreno de enseñantes y formadores,   gestión   de   los   correspondientes   centros   de  educación  y formación.</p>
    <p class="parrafo">ii)  Métodos,  instrumentos  y  tecnologías: innovación y calidad en educación y formación formales e informales:</p>
    <p class="parrafo">-  nuevas  tecnologías  en  educación  y  formación  y  métodos  de aprendizaje: principios  y  efectos  comparados  de  las nuevas tecnologías e instrumentos de educación    y    formación   (programas   educativos   informáticos,   sistemas multimedia  e  hipertexto,  métodos  audiovisual  y multimedia,realidad virtual,</p>
    <p class="parrafo">etc.).  Bases  cognoscitivas  y  mecanismos  de  actuación  de esas tecnologías; comparación  de  la  relación  coste eficacia de diversos métodos de aprendizaje e interacción con los métodos y soportes habituales;</p>
    <p class="parrafo">-  difusión  de  la  innovación pedagógica: mecanismos de difusión (espontánea o deliberada)  de  la  innovación  pedagógica en los sistemas educativos y la vida económica;  bases  intelectuales  y  mecanismos  organizativos de la transmisión y  difusión  de  las  innovaciones  tecnológicas mediante acciones de formación; aspectos   sociales   y  culturales  de  la  difusión  de  las  innovaciones  en educación y formación;</p>
    <p class="parrafo">-  calidad  de  los  sistemas  educativos  y formativos: métodos de evaluación y criterios    cualitativos    de    los    instrumentos,   programas   y   ramas; establecimiento   de   criterios  cuantitativos;  evaluaciones  de  la  relación coste-beneficios.</p>
    <p class="parrafo">iii) Educación, formación y desarrollo económico</p>
    <p class="parrafo">-  Análisis  comparativo  de  los  sistemas  de  educación  y  formación  y  sus relaciones con el desarrollo económico y el empleo en Europa.</p>
    <p class="parrafo">-  Análisis  comparativo  de  los  medios  para adaptar las medidas de formación para  afrontar  las  exigencias  económicas  de  las  empresas de la sociedad en Europa,    necesidades   de   conocimientos,   competencias   y   calificaciones relacionados  con  la  construcción  del mercado interior europeo, el desarrollo del  potencial  económico  y  social  a  nivel  regional,  la mundialización del comercio,  los  nuevos  modos  de  producción  y  organización de las empresas y las  exigencias  de  aumentar  su competitividad, la formación básica científica y tecnológica.</p>
    <p class="parrafo">-  Aprender  en  el  trabajo:  Distribución  de  la  formación  y el aprendizaje entre   los   centros  educativos  y  de  otro  tipo;  incentivos  personales  y organizativos;   sistemas   educativos   y  acceso  al  empleo;  adquisición  de competencias durante el ciclo vital; paso de la escuela al mundo laboral.</p>
    <p class="parrafo">-  Sistemas  educativos  y  medio  multicultural; relaciones entre la educación, la exclusión y la integración sociales.</p>
    <p class="parrafo">3. Investigación sobre la integración y la marginación sociales en Europa</p>
    <p class="parrafo">a) Objetivos específicos</p>
    <p class="parrafo">Los  objetivos  específicos  e  inmediatos  del  programa, establecidos teniendo en cuenta el principio de subsidiariedad, son los siguientes:</p>
    <p class="parrafo">-  proporcionar  a  la  investigación  sobre  la  integración  y  la marginación sociales   en   Europa   los  conocimientos  básicos,  los  instrumentos  y  las referencias  necesarios  para  su  desarrollo,ayudar  a la creación de un corpus de  conocimientos,  infraestructuras  e  instrumentos comunes aprovechables para la realización de trabajos específicos;</p>
    <p class="parrafo">-  establecer  una  relación  a  nivel  europeo  entre  los  diferentes tipos de investigadores   en   ciencias   económicas,   sociales,   jurídicas  y  humanas especializados   en   este  campo,  de  forma  que  puedan  trabajar  juntos  en colaboración  con  los  demás  agentes sociales (organismos de la Administración y    organizaciones    no    gubernamentales,    organizaciones   sindicales   y profesionales,  etc.)  con  el  fin de aumentar la comprensión de la integración social   y   los   diversos   tipos   de  marginación  social  en  una  sociedad multicultural, sus causas y las posibles soluciones.</p>
    <p class="parrafo">b) Temas</p>
    <p class="parrafo">Las  actividades  exploratorias,  teniendo  en  cuenta la evolución del conjunto del   continente  europeo  y  la  necesidad  de  analizar  la  eficacia  de  las actividades nacionales, se centrarán en los siguientes cuatro temas:</p>
    <p class="parrafo">i) Formas y procesos de marginación e integración sociales</p>
    <p class="parrafo">Las  investigaciones  comparativas  y  con fines propios intentarán analizar los procesos  de  marginación  social  en  su  aspecto multidimensional. En cuanto a la   sociedad   como   conjunto,   la   marginación   social   consiste   en  la descomposición  y  fragmentación  de  las  relaciones  sociales y, por lo tanto, en  la  pérdida  de  control.  En  lo que a las personas y grupos se refiere, la marginación  social  se  manifiesta  mediante  privaciones  u  otras  formas  de desventajas sociales.</p>
    <p class="parrafo">Se  prestará  especial  atención  a  la dimensión espacial y sociocultural de la marginación  social,  es  decir,  a  la  concentración  territorial de grupos de marginados  (segregación  urbana,  por  ejemplo), pero también a los procesos de marginación   relacionados   con   la   residencia   en  espacios  degradados  y desvalorizados.  Estos  son  tanto  el  producto  como la causa de marginación y de integración sociales.</p>
    <p class="parrafo">Por  último,  el  análisis  contribuirá  a aclarar los caminos de la marginación y  la  integración  utilizando,  entre otros métodos, el análisis de los cambios demográficos  (estructuras  de  edad,  estructuras  familiares,  diferencias  de sexo,  etc.).  Como  ejemplo  de  los  problemas que habrá que estudiar se puede citar  que  una  de  las  transformaciones  en  las  situaciones  y  procesos de marginación   es   el   empobrecimiento   hasta  la  miseria  de  categorías  de población  que  se  encuentran  en  la  frontera o en las capas de marginación y que,  por  ejemplo,  se  acogen  y dejan de acogerse en un corto lapso de tiempo a los sistemas de asistencia o se pierden un empleo tras otro.</p>
    <p class="parrafo">ii) Causas de la marginación social, en concreto, el paro</p>
    <p class="parrafo">Los trabajos se centrarán en:</p>
    <p class="parrafo">- análisis transnacionales de la eficacia de las medidas de intervención;</p>
    <p class="parrafo">-  las  repercusiones  de  los  cambios  económicos  que  afectan a Europa en el aumento  o  la  reducción  del  paro,  incluido  el  aumento del empleo a tiempo parcial y el incremento del desempleo entre los jóvenes;</p>
    <p class="parrafo">-  las  consecuencias  de  la  integración  europea en las formas nacionales del Estado del bienestar;</p>
    <p class="parrafo">- el desarrollo de la economía informal en Europa y sus consecuencias.</p>
    <p class="parrafo">iii) Análisis de los movimientos migratorios</p>
    <p class="parrafo">Deberán  tenerse  en  cuenta  en  los  modelos tradicionales explicativos de los flujos   migratorios   y   de   sus   consecuencias  las  cifras  crecientes  de inmigrantes  procedentes  de  países  menos  desarrollados no europeos, así como de   Europa   central   y   oriental,   con  el  fin  de  evaluar  sus  posibles implicaciones.</p>
    <p class="parrafo">iv) evaluación de las repercusiones de las políticas de integración social:</p>
    <p class="parrafo">Una   exigencia   urgente   consiste  en  analizar  las  políticas  eficaces  de integración social en una Europa multicultural. Ello se centrará en:</p>
    <p class="parrafo">-   la  evaluación  comparada  de  los  enfoques  aplicados  por  las  políticas sociales   existentes   (por  ejemplo,  paso  de  políticas  de  prestaciones  a políticas  activas  de  integración,  promoción  de  la  igualdad de trato y, en particular,  entre  hombres  y  mujeres)  y  del  papel  de los diversos agentes</p>
    <p class="parrafo">(los  interlocutores  sociales,  las  organizaciones no gubernamentales, etc.) a la  luz  de  la  evolución de las formas y los procesos de marginación social en Europa;</p>
    <p class="parrafo">-  el  análisis  de  los factores socioeconómicos relacionados con la protección de  la  seguridad  y  la  higiene  de  los  trabajadores. Se efectuarán análisis transnacionales    sobre   la   relación   coste-beneficios   de   las   medidas preventivas  de  salud  y  seguridad.  Estos  trabajos  tomarán en consideración los  resultados  de  las  investigaciones  realizadas en los demás programas, en particular   cuando   esos   resultados   puedan   ayudar  a  conseguir  mejoras estructurales  en  ese  ámbito.  Se  trata de los programas: biomedicina y salud (en    particular,    la    investigación   sobre   medicina   del   trabajo   y medioambiental),  aplicaciones  telemáticas  de  interés  común  (en particular, la  telemática  para  el  empleo  y  la  mejora  de  las  condiciones  de vida), tecnologías  industriales  y  materiales  (en  particular,  la fiabilidad de los sistemas   de   producción).   Se   analizarán  en  especial  las  consecuencias socioeconómicas   de   la   protección  de  la  salud  y  la  seguridad  de  los trabajadores  sobre  las  condiciones  de  competitividad  en  la Comunidad o en otras  regiones,  haciendo  hincapié  especialmente  en  las relaciones entre la normativa  y  la  marginación  social.  Se  tendrán  en  cuenta  las condiciones específicas de las pequeñas y medianas empresas;</p>
    <p class="parrafo">-  la  consideración  de  la  cohesión  social  y la ciudadanía en el proceso de integración   europea,   su   desarrollo   institucional   y   las   actuaciones específicas   a   escala   comunitaria.   Ello   incluirá  el  análisis  de  las instituciones jurídicas.</p>
    <p class="parrafo">(1)  Una  descripción  más  detallada  de estas actividades de investigación del CCI  se  definen  en  la propuesta de Decisión del Consejo sobre las actividades del  CCl  [doc.  COM(94)  68  final,  30  de  marzo  de  1994, 94/0095(CNS)]. Se adjunta un resumen de dicha propuesta a la presente Decisión.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO II</p>
    <p class="parrafo">DESGLOSE INDICATIVO DEL IMPORTE ESTIMADO NECESARI</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">|</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">Area 1 - Evaluación de las opciones de la política        |50</p>
    <p class="parrafo">científica y tecnológica europea                          |</p>
    <p class="parrafo">Area 2 - Investigación sobre educación y formación        |25</p>
    <p class="parrafo">Area 3 - Investigación sobre la integración y la          |30</p>
    <p class="parrafo">marginación sociales en Europa                            |</p>
    <p class="parrafo">Total                                                     |105 (1) (2)</p>
    <p class="parrafo">----------------------------------------------------------------------------</p>
    <p class="parrafo">(1) De los cuales:</p>
    <p class="parrafo">- un máximo del 8,9 % para gastos de personal y del 5,6 % para gastos de</p>
    <p class="parrafo">administración;</p>
    <p class="parrafo">- un millón de ecus para la difusión y explotación de los resultados.</p>
    <p class="parrafo">(2) Está previsto un importe de 33 millones de ecus, que constituye la</p>
    <p class="parrafo">diferencia entre el importe estimado necesario para el presente programa y</p>
    <p class="parrafo">el importe previsto en el cuarto programa marco de IDT para la investigación</p>
    <p class="parrafo">socioeconómica con fines propios, en el programa específico de IDT que se</p>
    <p class="parrafo">aplicará mediante acción directa (CCI) (1995-1998).</p>
    <p class="parrafo">ANEXO III</p>
    <p class="parrafo">NORMAS ESPECIFICAS PARA LA REALIZACION DEL PROGRAMA</p>
    <p class="parrafo">El  programa  se  ejecutará  mediante acción indirecta, por la cual la Comunidad hará  una  contribución  financiera  a  actividades  de  IDT llevadas a cabo por terceros o por institutos del CCI en asociación con terceros:</p>
    <p class="parrafo">1. Acciones de gastos compartidos de los tipos siguientes:</p>
    <p class="parrafo">a)  Proyectos  de  IDT  realizados  por  empresas,  centros  de  investigación y universidades.</p>
    <p class="parrafo">La  financiación  comunitaria  no  superará  normalmente  el  50 % del coste del proyecto.   Se   reembolsará   a   las   universidades   y  otras  instituciones semejantes  que  no  lleven  una  contabilidad analítica del presupuesto a razón del 100 % de los costes adicionales.</p>
    <p class="parrafo">b)  Redes  temáticas  que  aglutinen a organizaciones, universidades, centros de investigación  y  usuarios  finales  en  torno a un campo concreto de análisis o reflexión  con  el  fin  de  facilitar  la  incorporación  y la transferencia de conocimientos  y  la  movilidad  de  los  investigadores,  y  de  garantizar una mayor   consideración   de   las   necesidades   del  mercado.  La  financiación comunitaria  no  superará  normalmente  los 20 000 ecus, como promedio por socio y  por  año,  cubriendo  hasta  el  100  %  de  los  costes  adicionales  en  la coordinación  de  la  acción.  Los  miembros  de  una red podrán optar también a proyectos de investigación por los procedimientos habituales.</p>
    <p class="parrafo">2. Medidas que se adecuan a este programa específico:</p>
    <p class="parrafo">-  estudios  temáticos  concebidos  para  responder prontamente a las cuestiones que se planteen en el transcurso del programa;</p>
    <p class="parrafo">-  medidas  de  fomento  de  la  creación  y normalización de las bases de datos sobre los agentes y los proyectos de investigación implicados;</p>
    <p class="parrafo">-   planes   para  facilitar  los  instrumentos  necesarios  a  los  centros  de investigación, universidades y empresas (tesauros, directorios, etc.).</p>
    <p class="parrafo">La  contribución  comunitaria  podrá  cubrir hasta el 100 % de los costes de las medidas.</p>
    <p class="parrafo">3. Medidas preparatorias, de acompañamiento y de apoyo, tales como:</p>
    <p class="parrafo">- estudios en apoyo de este programa y preparación de futuras actividades;</p>
    <p class="parrafo">-  ayudas  para  intercambio  de información, conferencias, seminarios, talleres u   otras   reuniones   científicas   o   técnicas,   incluidas   reuniones   de coordinación intersectoriales o pluridisciplinarias;</p>
    <p class="parrafo">-  utilización  de  conocimientos  especializados externos, incluido el acceso a bases de datos científicos;</p>
    <p class="parrafo">-  publicaciones  y  actividades  científicas  para  la  difusión,  promoción  y explotación  de  resultados,  en  coordinación  con  las  actividades llevadas a</p>
    <p class="parrafo">cabo   dentro   de  la  tercera  acción.Los  factores  que  puedan  promover  la utilización  de  los  resultados  se  tomarán en consideración desde el inicio y por  toda  la  duración  de  los proyectos de IDT, cuyos partícipes constituirán una red clave para la difusión y explotación de los resultados;</p>
    <p class="parrafo">-   acciones  de  formación  relacionadas  con  investigación  cubierta  por  el programa a fin de aumentar las capacidades para el empleo;</p>
    <p class="parrafo">-  evaluación  independiente  de  la  gestión  y  ejecución del programa y de la realización de las actividades;</p>
    <p class="parrafo">La  financiación  comunitaria  podrá  cubrir  hasta  el 100 % del coste de estas medidas.</p>
    <p class="parrafo">4.  Acciones  concertadas  consistentes  en  la coordinación de proyectos de IDT ya   financiados   por   autoridades   públicas  u  organizaciones  privadas  en particular mediante «redes de concertación».</p>
    <p class="parrafo">La  posibilidad  de  realizar  acciones  concertadas  también  podrá seguirse de acuerdo  con  el  programa  como  forma  de  probar  la  viabilidad y definir el contenido de las actividades de investigación de gastos compartidos.</p>
    <p class="parrafo">La   financiación   comunitaria   cubrirá  hasta  el  100  %  del  coste  de  la concertación.</p>
    <p class="parrafo">5.   La   participación   de   organizaciones   internacionales  en  actividades incluidas  en  este  programa  se  podrá  financiar, en casos excepcionales, con los   mismos   criterios   que   las  entidades  jurídicas  establecidas  en  la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">Resumen  de  la  propuesta  de Decisión del Consejo relativa al programa del CCI COM(94)  68  FINAL  -  94/0095  (CNS)  sobre  las  actividades previstas para el Centro  Común  de  Investigación  (CCI)  en  los campos incluidos en el programa específico de investigación socioeconómica con fines propios</p>
    <p class="parrafo">El  Observatorio  europeo  de  la  ciencia  y la tecnología (OEST) del Instituto de  prospectiva  tecnológica  del  CCI brindará un servicio de información sobre la  evolución  de  las  ciencias y de la tecnología y se encargará de vigilar el desarrollo científico y las innovaciones tecnológicas.</p>
    <p class="parrafo">Con  el  fin  de  mejorar  la comunicación y evitar la duplicación de esfuerzos, el   Observatorio   trabajará   en   estrecha   colaboración   con   Eurostat  y establecerá  vínculos  estrechos  con  las  organizaciones  europeas: la OCDE, y la  AEE,  el  CERN,  Eureka, etc. Sus actividades se llevarán a cabo en estrecha cooperación con las del correspondiente programa de gastos compartidos.</p>
    <p class="parrafo">Dentro  de  la  red  ETAN,  cuya creación está prevista en el programa de gastos compartidos,  el  OEST  actuará  como  foco  de  una  red  constituida,  por una parte,  por  los  diversos  observatorios  similares  de los Estados miembros y, por  otra,  por  profesores  universitarios  o  expertos industriales encargados de   evaluar   la  pertinencia,  la  evolución  y  el  impacto  de  los  avances científicos y tecnológicos.</p>
    <p class="parrafo">Desde   una   perspectiva   comunitaria,   el   OEST  contribuirá,  mediante  la información  que  recopile,  a  la  evaluación periódica del estado de la IDT en Europa comparándola con la situación en los demás países desarrollados.</p>
    <p class="parrafo">La  finalidad  del  sistema  de  vigilancia  tecnológica  será  detectar  nuevos avances  científicos  e  innovaciones  tecnológicas en un estadio precoz y poner sobre  aviso  a  los  responsables  de  la  Comunidad  por lo que respecta a las implicaciones   y   consecuencias,   en   particular   para   la   investigación</p>
    <p class="parrafo">tecnológica y el mundo industrial.</p>
  </texto>
</documento>
