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    <identificador>DOUE-L-1994-82072</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19941219</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>822/1994</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Consejo, de 19 de diciembre de 1994, relativa a la celebración de un Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Europea y la República de Sudáfrica.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19941230</fecha_publicacion>
    <diario_numero>341</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>61</pagina_inicial>
    <pagina_final>65</pagina_final>
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    <materias>
      <materia codigo="71" orden="1">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="1314" orden="2">Comunidad Económica Europea</materia>
      <materia codigo="1703" orden="3">Cooperación económica</materia>
      <materia codigo="6201" orden="4">Sudáfrica</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="72" orden="100">Contiene  Acuerdo de 10 de octubre de 1994, ADJUNTO a la misma.</nota>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Tratado  constitutivo  de  la Comunidad Europea y, en particular, sus artículos  113  y  130  Y,  en  relación con la primera frase del apartado 2 del artículo 228 y el párrafo primero del apartado 3,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1),</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   las   directrices  generales  presentadas  por  el  Consejo Europeo  el  29  de  octubre  de  1993, y la Decisión del Consejo, de 25 de mayo de  1993,  relativa  a  una  futura  cooperación  con  Sudáfrica  y  la Decisión 93/678/PESC  del  Consejo,  de  6  de  diciembre  de  1993, relativa a la acción común,  adoptada  por  el  Consejo sobre la base del artículo J.3 del Tratado de la  Unión  Europea,  relativa  al apoyo de transición democrática y multirracial en   Sudáfrica   (2),   establecen  la  creación  de  un  marco  de  cooperación apropiado   para   consolidar   los  cimientos  económicos  y  sociales  de  esa transición;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  en  sus  reuniones  de  18 y 19 de abril de 1994, el Consejo decidió  adoptar  un  conjunto  de  medidas  para Sudáfrica, incluida una oferta para celebrar rápidamente un acuerdo;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Comunidad,  para lograr sus objetivos en la esfera de las relaciones   internacionales,   debería   aprobar   el  Acuerdo  de  cooperación negociado con la República de Sudáfrica,</p>
    <p class="parrafo">DECIDE:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Queda  aprobado,  en  nombre  de  la  Comunidad, el Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Europea y la República de Sudáfrica.</p>
    <p class="parrafo">El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presidente  del  Consejo  hará,  en  nombre de la Comunidad, la notificación prevista en el artículo 8 del Acuerdo.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">La  presente  Decisión  se  publicará  en  el  Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 19 de diciembre de 1994.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">K. KINKEL</p>
    <p class="parrafo">(1)   Dictamen  emitido  el  30.  11.  1994  (no  publicado  aún  en  el  Diario Oficial).</p>
    <p class="parrafo">(2) DO no L 316 de 17. 12. 1993, p. 45.</p>
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