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<documento fecha_actualizacion="20181023230748">
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    <identificador>DOUE-L-1994-81747</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19941110</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>746/1994</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Consejo, de 10 de noviembre de 1994, relativa a la celebración del Acuerdo en forma de canje de notas sobre la aplicación provisional del Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la compensación financiera previstas en el Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Gobierno de la República de Côte d'Ivoire relativo a la pesca frente a las costas de Côte d'Ivoire durante el período comprendido entre el 1 de julio de 1994 y el 30 de junio de 1997.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19941118</fecha_publicacion>
    <diario_numero>297</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>37</pagina_inicial>
    <pagina_final>38</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1994/297/L00037-00038.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="71" orden="1">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="175" orden="2">Aguas jurisdiccionales</materia>
      <materia codigo="1314" orden="3">Comunidad Económica Europea</materia>
      <materia codigo="6108" orden="5">Costa de Marfil</materia>
      <materia codigo="5569" orden="4">Pesca marítima</materia>
      <materia codigo="7001" orden="6">Unión Europea</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="72" orden="100">Contiene  Acuerdo , ADJUNTO a la misma.</nota>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Acuerdo  entre  la Comunidad Europea y el Gobierno de la República de Côte d'Ivoire sobre la pesca frente a las costas de Côte d'Ivoire (1),</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Comunidad  y  la República de Côte d'Ivoire han llevado a cabo  negociaciones  para  determinar  las  modificaciones  o  complementos  que deben  introducirse  en  el  Acuerdo  citado  al término del período de vigencia del Protocolo anejo a este último;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  dichas  negociaciones  han  culminado  en  la  rúbrica  de un</p>
    <p class="parrafo">nuevo Protocolo el 29 de junio de 1994;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  en  virtud  de  este Protocolo los pescadores de la Comunidad mantienen  posibilidades  de  pesca  en  las aguas bajo soberanía o jurisdicción de  Côte  d'Ivoire  durante  el  período comprendido entre el 1 de julio de 1994 y el 30 de junio de 1997;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  para  asegurar  una  rápida  reanudación  de las actividades pesqueras  de  los  buques  comunitarios, resulta indispensable aprobar el nuevo Protocolo  en  el  plazo  más  breve  posible; que, por esta razón, ambas Partes han  rubricado  un  Acuerdo  en  forma de canje de notas por el que se establece la  aplicación  provisional  del  Protocolo rubricado a partir del 1 de julio de 1994;   que  conviene  aprobar  este  Acuerdo  sin  perjuicio  de  una  decisión definitiva, en virtud de lo dispuesto en el artículo 43 del Tratado,</p>
    <p class="parrafo">DECIDE:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Queda  aprobado,  en  nombre  de  la  Comunidad, el Acuerdo en forma de canje de notas  sobre  la  aplicación  provisional  del Protocolo por el que se fijan las posibilidades  de  pesca  y  la  compensación financiera previstas en el Acuerdo entre  la  Comunidad  Europea  y  el  Gobierno  de la República de Côte d'Ivoire relativo  a  la  pesca  frente a las costas de Côte d'Ivoire, durante el período comprendido entre el 1 de julio de 1994 y el 30 de junio de 1997.</p>
    <p class="parrafo">El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Se  autoriza  al  presidente  del  Consejo  para  que  designe  a  las  personas facultadas  para  firmar  el  Acuerdo  en  forma  de  canje  de  notas  a fin de obligar a la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 10 de noviembre de 1994.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">U. SEILER-ALBRING</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 379 de 31. 12. 1990, p. 3.</p>
    <p class="parrafo">ACUERDO  en  forma  de  canje  de  notas  relativo a la aplicación del Protocolo por  el  que  se  fijan  las posibilidades de pesca y la compensación financiera establecidas  en  el  Acuerdo  entre  la Comunidad Europea y el Gobierno de Côte d'Ivoire,  relativo  a  la  pesca  frente a las costas de Côte d'Ivoire, durante el período comprendido entre el 1 de julio de 1994 y el 30 de junio de 1997</p>
    <p class="parrafo">A. Nota del Gobierno de la República de Côte d'Ivoire Muy Señor mío:</p>
    <p class="parrafo">Con  referencia  al  Protocolo  rubricado  el 29 de junio de 1994, por el que se fijan  las  posibilidades  de  pesca  y  la  compensación  financiera durante el período  comprendido  entre  el  1  de  julio  de 1994 y el 30 de junio de 1997, tengo   el   honor  de  comunicarle  que  el  Gobierno  de  Côte  d'Ivoire  está dispuesto  a  aplicar  dicho  Protocolo  con carácter provisional a partir del 1 de  julio  de  1994  en  espera  de  su  entrada  en vigor de conformidad con lo dispuesto  en  su  artículo  8  siempre  que  la  Comunidad Europea también esté dispuesta a hacer lo propio.</p>
    <p class="parrafo">En  tal  caso,  el  pago  del  primer tramo de la compensación financiera fijada en  el  artículo  3  del Protocolo, consistente en la tercera parte de la misma, deberá efectuarse antes del 31 de diciembre de 1994.</p>
    <p class="parrafo">Le  agradecería  tuviese  a  bien confirmarme el Acuerdo de la Comunidad Europea</p>
    <p class="parrafo">con dicha aplicación provisional.</p>
    <p class="parrafo">Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.</p>
    <p class="parrafo">Por el</p>
    <p class="parrafo">Gobierno de Côte d'Ivoire</p>
    <p class="parrafo">B. Nota de la Comunidad Europea Muy Señor mío:</p>
    <p class="parrafo">Tengo  el  honor  de  acusar  recibo  de su Nota del día de hoy redactada en los siguientes términos:</p>
    <p class="parrafo">«  Con  referencia  al  Protocolo  rubricado  el 29 de junio de 1994, por el que se  fijan  las  posibilidades  de  pesca  y la compensación finaciera durante el período  comprendido  entre  el  1  de  julio  de 1994 y el 30 de junio de 1997, tengo   el   honor  de  comunicarle  que  el  Gobierno  de  Côte  d'Ivoire  está dispuesto  a  aplicar  dicho  Protocolo  con carácter provisional a partir del 1 de  julio  de  1994  en  espera  de  su  entrada  en vigor de conformidad con lo dispuesto  en  su  artículo  8  siempre  que  la  Comunidad Europea también esté dispuesta a hacer lo propio.</p>
    <p class="parrafo">En  tal  caso,  el  pago  del  primer tramo de la compensación financiera fijada en  el  artículo  3  del Protocolo, consistente en la tercera parte de la misma, deberá efectuarse antes del 31 de diciembre de 1994.</p>
    <p class="parrafo">La  agradecería  tuviese  a  bien confirmarme el Acuerdo de la Comunidad Europea con dicha aplicación provisional. »</p>
    <p class="parrafo">Tengo  el  honor  de  confirmarle  el  Acuerdo  de  la  Comunidad Europea con la citada aplicación provisional.</p>
    <p class="parrafo">Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.</p>
    <p class="parrafo">En nombre del Consejo</p>
    <p class="parrafo">de la Unión Europea</p>
  </texto>
</documento>
