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    <identificador>DOUE-L-1994-81722</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19940711</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>733/1994</numero_oficial>
    <titulo>Decisión del Consejo, de 11 de julio de 1994, relativa a la celebración de un Acuerdo, en forma de Canje de notas, relativo a deteminados productos pesqueros, por el que se modifica el Acuerdo interino sobre comercio y medidas de acompañamiento entre la Comunidad Económica Europea y la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, por una parte, y la República Federativa Checa y Eslovaca, por otra, y el Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República Eslovaca, por otra.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19941115</fecha_publicacion>
    <diario_numero>294</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>26</pagina_inicial>
    <pagina_final>29</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1994/294/L00026-00029.pdf</url_pdf>
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      <materia codigo="71" orden="1">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="1000" orden="2">Comercio</materia>
      <materia codigo="1314" orden="3">Comunidad Económica Europea</materia>
      <materia codigo="1317" orden="4">Comunidad Europea del Carbón y del Acero</materia>
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      <materia codigo="7001" orden="9">Unión Europea</materia>
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      <nota codigo="72" orden="100">Contiene  Acuerdo , ADJUNTO a la misma.</nota>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Tratado  constitutivo  de  la  Comunidad Europea y, en particular, su artículo 113 en relación con el apartado 2 de su artículo 228,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  es  deseable  modificar,  mediante  un  acuerdo  en  forma de Canje  de  notas  con  la  República  Eslovaca,  el  Acuerdo  interino  entre la Comunidad  Económica  Europea  y  la  Comunidad  Europea del Carbón y del Acero, por  una  parte,  y  la  República  Federativa Checa y Eslovaca, por otra (1), y el  Acuerdo  europeo  por  el  que  se crea una asociación entre las Comunidades Europeas  y  sus  Estados  miembros, por una parte, y la República Eslovaca, por otra,  con  objeto  de  establecer  contingentes  libres  de  derechos  para  la importación  en  la  Comunidad  de  truchas  y  carpas  vivas  originarias de la República   Eslovaca,  y  para  la  importación  en  la  República  Eslovaca  de caballas y estorninos congelados originarios de la Comunidad,</p>
    <p class="parrafo">DECIDE:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Queda  aprobado  en  nombre  de  la  Comunidad  Europea  el Acuerdo, en forma de Canje   de   notas,   relativo  a  determinados  productos  pesqueros  entre  la Comunidad  Europea  y  la  República  Eslovaca,  por  el  que  se  modifican  el artículo  17  del  Acuerdo  interino  sobre comercio y medidas de acompañamiento entre  la  Comunidad  Económica  Europea y la Comunidad Europea del Carbón y del Acero,  por  una  parte,  y  la República Federativa Checa y Eslovaca, por otra, y  el  artículo  24  del Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las   Comunidades  Europeas  y  sus  Estados  miembros,  por  una  parte,  y  la República  Eslovaca,  por  otra,  y  por el que se añade un Anexo XVa y un Anexo XVb a estos Acuerdos.</p>
    <p class="parrafo">El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Se   autoriza   al  Presidente  del  Consejo  para  que  designe  a  la  persona facultada para firmar el Acuerdo a fin de obligar a la Comunidad.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 11 de julio de 1994.</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Th. WAIGEL</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 115 de 30. 4. 1992, p. 2.</p>
  </texto>
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