<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<documento fecha_actualizacion="20241021183113">
  <metadatos>
    <identificador>DOUE-L-1994-81422</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>19930422</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>602/1994</numero_oficial>
    <titulo>Decisión nº 151, de 22 de abril de 1993, relativa a la aplicación del artículo 10 bis del Reglamento (CEE) nº 1408/71 y del artículo 2 del Reglamento (CEE) nº 1247/92.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19940919</fecha_publicacion>
    <diario_numero>244</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
    <subseccion/>
    <pagina_inicial>1</pagina_inicial>
    <pagina_final>18</pagina_final>
    <suplemento_pagina_inicial/>
    <suplemento_pagina_final/>
    <url_pdf>/doue/1994/244/L00001-00018.pdf</url_pdf>
    <url_epub/>
    <url_pdf_catalan/>
    <url_pdf_euskera/>
    <url_pdf_gallego/>
    <url_pdf_valenciano/>
    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia/>
    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion/>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
    <fecha_anulacion/>
    <vigencia_agotada>N</vigencia_agotada>
    <estado_consolidacion codigo="0"/>
    <letra_imagen>L</letra_imagen>
    <suplemento_letra_imagen/>
  </metadatos>
  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="6499" orden="1">Seguridad Social</materia>
      <materia codigo="6909" orden="2">Trabajadores</materia>
    </materias>
    <notas>
      <nota codigo="37" orden="220">Aplicable desde El 1 de octubre de 1994.</nota>
      <nota codigo="38" orden="230">Efectos desde el 1 de junio de 1992.</nota>
    </notas>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1992-80686" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 1247/92, de 30 de abril</texto>
        </anterior>
        <anterior referencia="DOUE-L-1972-80034" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 574/72, de 21 de marzo</texto>
        </anterior>
        <anterior referencia="DOUE-L-1971-80070" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 1408/71, de 14 de junio</texto>
        </anterior>
      </anteriores>
      <posteriores/>
    </referencias>
    <alertas/>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA   COMISION   ADMINISTRATIVA   DE   LAS  COMUNIDADES  EUROPEAS  PARA  LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS TRABAJADORES MIGRANTES,</p>
    <p class="parrafo">Vista  la  letra  a)  del  artículo  81  del  Reglamento  (CEE)  n°  1408/71 del Consejo,  de  14  de  junio  de  1971, relativo a la aplicación de los regímenes de  Seguridad  Social  a  los  trabajadores por cuenta ajena, a los trabajadores por  cuenta  propia  y  a  sus familias que se desplazan dentro de la Comunidad, en  virtud  de  la  cual  la  Comisión  administrativa  se encargará de resolver todas  las  cuestiones  administrativas  o  de interpretación que se deriven del Reglamento (CEE) n° 1408/71 y de los reglamentos posteriores,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  apartado  1  del  artículo  2  del  Reglamento  (CEE)  n°  547/72 del Consejo,  de  21  de  marzo de 1972, en virtud del cual dicha Comisión elaborará los  modelos  de  certificados,  certificaciones,  declaraciones,  solicitudes y demás documentos necesarios para la aplicación de los reglamentos,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  n°  1247/92  del  Consejo, de 30 de abril de 1992, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 1408/71,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  dicho  Reglamento  instaura  un  sistema  de coordinación que difiere  del  previsto  en  el Reglamento (CEE) n° 1408/71 y que tiene en cuenta las  características  propias  de  las  prestaciones  especiales  de carácter no contributivo;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  con  arreglo  al  artículo 10 bis insertado en el Reglamento (CEE)  n°  1408/71,  dichas  prestaciones  especiales,  no obstante lo dispuesto en  el  artículo  10  y  en  el  título  III del mismo Reglamento, se concederán exclusivamente  en  virtud  de  la  legislación  del  Estado  miembro  en el que residan   las  personas  afectadas,  siempre  que  dichas  prestaciones  figuren entre  las  mencionadas  en  el  Anexo  II  bis,  que  serán  satisfechas por la institución  del  lugar  de  residencia  y  a  cargo  de  la misma, en cuyo caso dicha   institución,   para  la  concesión  de  tales  prestaciones,  tomará  en consideración,  en  la  medida  necesaria,  los períodos de empleo, de actividad profesional  por  cuenta  propia  o  de residencia cumplidos en el territorio de otro  Estado  miembro,  cualquier  prestación a que se refiere el apartado 1 del artículo  4  del  Reglamento  citado o el hecho de que la invalidez o minusvalía se  hubiere  constatado  por  vez  primera  en  el  territorio  de  otro  Estado miembro;</p>
    <p class="parrafo">Considerando   además   que  estas  mismas  prestaciones  pueden,  con  carácter transitorio   y   en   las   condiciones  establecidas  en  el  artículo  2  del Reglamento   (CEE)   n°   1247/92,  concederse  o  seguirse  concediendo  a  los interesados  que  residan  en  el  territorio  de un Estado miembro distinto del Estado competente o que trasladen su residencia al mismo;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  por  razones  prácticas  y  para  facilitar  la gestión y el abono  de  estas  prestaciones,  conviene remitirse a determinadas disposiciones de  aplicación  que  figuran  en otros artículos del Reglamento (CEE) n° 1408/71 distintos  del  artículo  10  o  de  los  artículos  del  título  III  y  en  el Reglamento  (CEE)  n°  574/92,  en  la  medida  en  que  tales  disposiciones no influyen  en  las  normas  de  adquisición,  conservación o restablecimiento del derecho a dichas prestaciones o en la determinación de su cuantía;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  asimismo  que,  para  causar  derecho  a  dichas prestaciones, las legislaciones  nacionales  suelen  establecer  determinados requisitos relativos a los ingresos;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  procede,  por  consiguiente, establecer un nuevo formulario E 601  que  permita  conocer  el  importe  de  los  ingresos del interesado, de su cónyuge  o  de  los  miembros de su familia en cualquier otro Estado miembro, en el   caso   de  que  una  legislación  nacional  imponga  a  la  institución  la obligación  de  contactar  con  otras  instituciones u organismos competentes en la materia;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  es  necesario,  por consiguiente, relacionar en el Anexo a la presente    Decisión   las   instituciones   encargadas   de   proporcionar   la información mencionada;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  para  causar  derecho a dichas prestaciones, en ocasiones se establece   el   requisito  de  cumplir  determinados  períodos  de  empleo,  de actividad  profesional  por  cuenta  propia  o de residencia; que, por lo tanto, también   es   necesario   establecer   un  formulario  E  602  que  permita  la totalización  de  los  períodos  prevista  en  el apartado 2 del artículo 10 bis del Reglamento (CEE) n° 1408/71;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  por  lo  que  respecta  a  la  lengua  de  expedición de los formularios,  se  estará  a  lo  dispuesto  en  la  Recomendación  n°  15  de la Comisión administrativa;</p>
    <p class="parrafo">Considerando,  por  último,  que  es  importante  prever  el  tipo de conversión</p>
    <p class="parrafo">aplicable al importe de los ingresos mencionados,</p>
    <p class="parrafo">DECIDE:</p>
    <p class="parrafo">1.  Las  disposiciones  de  los  artículos  84,  85,  86, 87 y 88 del Reglamento (CEE)  n°  1408/71,  así  como  las disposiciones del artículo 40, el apartado 1 del  artículo  51  y  los  artículos 59, 105, 106, 110, 115 y 121 del Reglamento (CEE)  n°  574/72  también  serán  aplicables  a  las prestaciones especiales de carácter  no  contributivo  mencionadas  en el apartado 2 bis del artículo 4 del Reglamento.</p>
    <p class="parrafo">2.Cuando  la  concesión  de  las prestaciones especiales de que se trata dependa de   determinados   requisitos   relativos   a   los  ingresos,  la  institución competente   podrá,   en   las   condiciones  y  los  límites  previstos  en  la legislación  que  aplique,  recabar  de  la institución de cualquier otro Estado miembro   que  pueda  verse  afectada,  información  sobre  el  importe  de  los ingresos  percibidos  por  el  interesado,  su  cónyuge  o  los  miembros  de su familia  en  ese  otro  Estado  miembro,  ajustándose  al modelo de formulario E 601  que  figura  en  el  Anexo  a la presente Decisión. La institución a la que se  le  haya  solicitado  la información cumplimentará el formulario mencionando todos  los  datos  a  los  que  tenga  acceso  en  el  marco  de  su legislación nacional.</p>
    <p class="parrafo">3.La  relación  de  las  instituciones  de  los Estados que deberán proporcionar la  información  sobre  la  cuantía de los ingresos a que se refiere el apartado 2  de  la  presente  Decisión  figura  en  el  Anexo  a  la misma. Por lo que se refiere  a  la  información  solicitada  que  no  pueda  ser  certificada por la institución  destinataria  del  formulario,  deberá  efectuarse  una declaración por  parte  del  interesado  bajo  su responsabilidad, su cónyuge o los miembros de  su  familia,  en  la  medida  en que la persona de que se trate resida en el Estado  miembro  al  que  se haya enviado el forumulario. El formulario remitido a la institución competente deberá ir acompañado de dicha declaración.</p>
    <p class="parrafo">4.Para  tomar  en  consideración  los  ingresos  percibidos por el interesado en otro  Estado  miembro,  la  institución  competente  practicará la conversión en su  moneda  del  importe  indicado  por la institución del otro Estado miembro o mencionado  en  la  declaración  jurada, aplicando el tipo de conversión señaldo en  el  apartado  1  del artículo 107 del Reglamento (CEE) n° 574/72. El tipo de conversión   que   se   utilizará   será  el  tipo  aplicable  en  la  fecha  de liquidación o de revisión de la prestación.</p>
    <p class="parrafo">5.Cuando  el  derecho  a  las  prestaciones  especiales  de que se trata dependa del  cumplimiento  de  períodos  de  empleo, de actividad profesional por cuenta propia   o  de  residencia,  la  institución  competente  podrá  recabar  de  la institución  de  cualquier  Estado  miembro  información relativa a los períodos cumplidos  en  dicho  Estado  miembro, ajustándose al modelo de formulario E 602 que  figura  en  el  Anexo  a  la  presente Decisión. Por lo que se refiere a la información   solicitada  que  no  pueda  ser  certificada  por  la  institución destinataria  del  formulario,  deberá  efectuarse  una  declaración  jurada por parte  del  interesado,  en  la  medida  en que éste resida en el Estado miembro al   que   se   haya   enviado  el  formulario.  El  formulario  remitido  a  la institución competente deberá ir acompañado de dicha declaración.</p>
    <p class="parrafo">6.Las   autoridades   competentes   de   los   Estados   miembros   pondrán  los formularios  a  que  se  refieren  los apartados 2 y 5 de la presente Decisión a</p>
    <p class="parrafo">disposición  de  las  instituciones  competentes  interesadas. Estos formularios existirán  en  todas  las  lenguas oficiales de la Comunidad y se presentarán de manera  tal  que  puedan  superponerse perfectamente las distintas versiones, de forma   que  cada  destinatario  reciba  el  formulario  impreso  en  su  lengua nacional.</p>
    <p class="parrafo">7.La  presente  Decisión  será  aplicable  a  partir  del  primer  día  del  mes siguiente  al  de  su  publicación  en  el  Diario  Oficial  de  las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">Surtirá efectos desde la entrada en vigor del Reglamento (CEE) n° 1247/92.</p>
    <p class="parrafo">El presidente de la Comisión administrativa</p>
    <p class="parrafo">Poul VORRE</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">(apartado 3 de la Decisión)</p>
    <p class="parrafo">1. Bélgica</p>
    <p class="parrafo">-  Pensiones  de  vejez  y  de  muerte: Office national des pensions/Rijksdienst voor Pensioenen (Oficina Nacional de Pensiones), Bruselas.</p>
    <p class="parrafo">-  Prestaciones  familiares:  Office  national  des  allocations familiales pour travailleurs    salariés/Rijksdienst    voor   kinderbijslag   voor   werknemers (Oficina  Nacional  de  Asignaciones  Familiares  para  Trabajadores  por cuenta ajena), Bruselas.</p>
    <p class="parrafo">-   Prestaciones  destinadas  a  garantizar  la  protección  específíca  de  los minusválidos:   Ministère   de  la  prévoyance  sociale/Ministerie  van  Sociale Voorzorg (Ministerio de Previsión Social).</p>
    <p class="parrafo">2. Dinamarca</p>
    <p class="parrafo">Socialministeriet (Ministerio de Asuntos Sociales), Copenhague.</p>
    <p class="parrafo">3. Alemania</p>
    <p class="parrafo">El organismo de enlace que corresponda.</p>
    <p class="parrafo">4. España</p>
    <p class="parrafo">-  Pensiones  de  vejez  y  de invalidez no contributivas: Instituto Nacional de Servicios Sociales.</p>
    <p class="parrafo">-   Prestaciones  familiares  no  contributivas:  Direcciones  Provinciales  del Instituto Nacional de la Seguridad Social.</p>
    <p class="parrafo">5. Francia</p>
    <p class="parrafo">a) Para conocer la cuantía de los ingresos:</p>
    <p class="parrafo">- para las personas que no hayan cumplido los 60 años de edad:</p>
    <p class="parrafo">-  Caisse  primaire  d'assurance  maladie (Caja Primaria de Seguro de Enfermedad del lugar de residencia), por regla general;</p>
    <p class="parrafo">-  Caisse  générale  de  sécurité sociale (Caja General de Seguridad Social) del departamento   de   ultramar   de  residencia  (Martinica,  Guadalupe,  Guayana, Reunión);</p>
    <p class="parrafo">- para las personas que hayan cumplido los 60 años de edad:</p>
    <p class="parrafo">-  Caisse  régionale  d'assurance  maladie  -  branche vieillesse (Caja Regional de  Seguro  de  Enfermedad  -  rama  vejez)  del  lugar de residencia, por regla general;   -  Caisse  régionale  d'assurance vieillesse (Caja Regional de Seguro de  Vejez),  Estrasburgo,  para  la  región  de  Alsacia  (Bajo  Rin,Alto  Rin y Mosela);</p>
    <p class="parrafo">-  Caisse  nationale  d'assurance  vieillesse  des  travailleurs  salariés (Caja Nacional  de  Seguro  de  Vejez  de  los  Trabajadores por cuenta ajena), París,</p>
    <p class="parrafo">para su región;</p>
    <p class="parrafo">-  Caisse  générale  de  sécurité sociale (Caja General de Seguridad Social) del departamento   de   ultramar   de  residencia  (Martinica,  Guadalupe,  Guayana, Reunión).</p>
    <p class="parrafo">b) Para conocer los períodos cubiertos:</p>
    <p class="parrafo">-  Caisse  nationale  d'assurance  vieillesse  des  travailleurs  salariés (Caja Nacional  de  Seguro  de  Vejez  de  los  Trabajadores por cuenta ajena), París, para su región.</p>
    <p class="parrafo">6. Grecia</p>
    <p class="parrafo">(TEXTO EN GRIEGO)</p>
    <p class="parrafo">(IKA) (Instituto de Seguros Sociales), Atenas</p>
    <p class="parrafo">7. Irlanda</p>
    <p class="parrafo">EC  Records  Section,  Department  of  Social Welfare (Departamento de Seguridad Social), Dublin</p>
    <p class="parrafo">8. Italia</p>
    <p class="parrafo">Istituto  nazionale  della  previdenza  sociale (Instituto Nacional de Previsión Social), sedes provinciales.</p>
    <p class="parrafo">9. Luxemburgo</p>
    <p class="parrafo">Fonds national de solidarité (Fondo Nacional de Solidaridad), Luxemburgo.</p>
    <p class="parrafo">10. Países Bajos</p>
    <p class="parrafo">Sociale  Verzekeringsbank  (Banco  de  Seguros  Sociales), Postbus 1100, 1180 BH Amsterdam (Amstelveen).</p>
    <p class="parrafo">11. Portugal</p>
    <p class="parrafo">-   Territorio   continental:   Centro  Regional  de  Segurança  Social  (Centro Regional de Seguridad Social) del lugar de residencia.</p>
    <p class="parrafo">-   Región   autónoma   de   Madeira:  Direcçao  Regional  de  Segurança  Social (Dirección Regional de Seguridad Social), Funchal.</p>
    <p class="parrafo">-   Región   autónoma   de   Azores:   Direcçao  Regional  de  Segurança  Social (Dirección Regional de Seguridad Social), Angra do Heroísmo.</p>
    <p class="parrafo">12. Reino Unido</p>
    <p class="parrafo">-  The  Overseas  Benefits  Directorate  (Organismo  de  Prestaciones - Servicio Internacional), Longbenton, Newcastle-upon-Tyne, NE98 IYX, Inglaterra.</p>
    <p class="parrafo">-  Para  los  residentes  en  Irlanda del Norte: Social Security Agency (Ofícina de  la  Seguridad  Social),  Castle  Court,  Royal  Avenue,  Belfast,  B21  IDF, Irlanda del Norte.</p>
    <p class="parrafo">E 601 Reglamentos de Seguridad Socialen la página 31</p>
    <p class="parrafo">SOLICITUD  DE  INFORMACION  SOBRE  EL  IMPORTE  DE LOS INGRESOS PERCIBIDOS EN UN ESTADO  MIEMBRO  DISTINTO  DEL  ESTADO  COMPETENTE  (Prestaciones  especiales de carácter no contributivo)</p>
    <p class="parrafo">Reglamento   1408/71:   artículo  10  bis  Reglamento  1247/92:  artículo  2  A. Solicitud  de  información  La  institución  competente para le concesión de las prestaciones  especiales  de  carácter  no  contributivo que solicita conocer si el  interesado  dispone  de  ingresos  en  otro  Estado miembro cumplimentará la parte  A  del  formulario  en  dos  ejemplares y los enviará a la institución de ese otro Estado miembro mencionada en el Anexo a la Decisión no 151.</p>
    <p class="parrafo">1.Institución destinataria 1.1.Denominación:</p>
    <p class="parrafo">1.2.Dirección (2):</p>
    <p class="parrafo">2.  .&lt;cuadrado&gt;Trabajador  por  cuenta  ajena .&lt;cuadrado&gt;Titular de pensión o de</p>
    <p class="parrafo">renta     .&lt;cuadrado&gt;Régimen    de    trabajadores    por    cuenta    ajena     .&lt;cuadrado&gt;Trabajador  por  cuenta  propia  .&lt;cuadrado&gt;Régimen  de  trabajadores por cuenta propia  .&lt;cuadrado&gt;Otro régimen</p>
    <p class="parrafo">2.1.Apellidos (2 bis)</p>
    <p class="parrafo">2.2.Nombre:Apellido de soltera (2 bis):Lugar de nacimiento (2 ter):</p>
    <p class="parrafo">2.3.Fecha de nacimiento:Sexo:Nacionalidad:DNI (2 quater) 2.4.Dirección (2):</p>
    <p class="parrafo">2.5.Numéro de afiliación:</p>
    <p class="parrafo">2.6.Numéro de pension o renta:</p>
    <p class="parrafo">2.7.Período para el que se solicita la información:</p>
    <p class="parrafo">3.Datos  relativos  a  la  actividad  que,  en su caso, ejerciera en otro Estado miembro la persona a que se refiere el recuadro 2</p>
    <p class="parrafo">3.1.Empleador:</p>
    <p class="parrafo">3.2.Dirección (2):</p>
    <p class="parrafo">3.3.Actividad por cuenta propia:</p>
    <p class="parrafo">3.4.Situación   asimilada   a   una  actividad  profesional  con  arreglo  a  la Decision no 119:</p>
    <p class="parrafo">4.Cónyuge</p>
    <p class="parrafo">4.1.Apellido(s) (2 bis)</p>
    <p class="parrafo">4.2.Nombre:Apellido de soltera (2 bis):Lugar de nacimiento (2 ter):</p>
    <p class="parrafo">4.3.Fecha de nacimiento:Sexo:Nacionalidad:DNI (2 quater):</p>
    <p class="parrafo">4.4.Ejercicio  de  una  actividad  profesional: .&lt;cuadrado&gt;Sí (3) .&lt;cuadrado&gt;No         4.5.Dirección (2) 4.6.Número de afiliación:</p>
    <p class="parrafo">!   5.Miembros  de  la  familia  distintos  del  cónyuge  Apellido(s)NombreFecha deVínculo    deLugar    deProfesiónNúmero    de    (2   bis)nacimientoparentesco (4)residencia (5)afiliación</p>
    <p class="parrafo">6.Institución competente</p>
    <p class="parrafo">6.1.Denominación:</p>
    <p class="parrafo">6.2.Dirección (2):</p>
    <p class="parrafo">6.3.Número de referencia del expediente:</p>
    <p class="parrafo">Sello:6.4.Fecha:</p>
    <p class="parrafo">6.5.Firma:</p>
    <p class="parrafo">B.  Información  A  cumplimentar  por la institución del Estado miembro distinto del  Estado  competente  (6)  7.Naturaleza  e importe de los ingresos durante el período  de  referencia  Importe  7.1.Sueldo:persona  mencionada  en el recuadro 2:</p>
    <p class="parrafo">cónyuge:</p>
    <p class="parrafo">miembro de la familia (7):</p>
    <p class="parrafo">7.2.Otros ingresos profesionales:persona mencionada en el recuadro 2:</p>
    <p class="parrafo">cónyuge:</p>
    <p class="parrafo">miembro de la familia (7):</p>
    <p class="parrafo">7.3.Prestaciones  de  Seguridad  Social  (8):persona  mencionada  en el recuadro 2:</p>
    <p class="parrafo">cónyuge:</p>
    <p class="parrafo">miembro de la familia (7):</p>
    <p class="parrafo">7.4.Valores mobiliarios:persona mencionada en el recuadro 2:</p>
    <p class="parrafo">cónyuge:</p>
    <p class="parrafo">miembro de la familia (7):</p>
    <p class="parrafo">7.5.Valores inmobiliarios:persona mencionada en el recuadro 2:</p>
    <p class="parrafo">cónyuge:</p>
    <p class="parrafo">miembro de la familia (7):</p>
    <p class="parrafo">7.6.Importe total de los ingresos durante el período de referencia (9):</p>
    <p class="parrafo">8.Institución   del   Estado   miembro   distinto   del  Estado  competente  (6) 8.1Denominación:</p>
    <p class="parrafo">8.2.Dirección (2):</p>
    <p class="parrafo">8.3.Número de referencia del expediente:</p>
    <p class="parrafo">8.4.Sello:8.5.Fecha:</p>
    <p class="parrafo">8.6.Firma:</p>
    <p class="parrafo">"   INSTRUCCIONES   El   formulario   deberá  cumplimentarse  en  caracteres  de imprenta,  utilizando  únicamente  las  líneas  de  puntos.  Se  compone de tres páginas;   ninguna  de  ellas  podrá  suprimirse,  incluso  aunque  no  contenga ninguna mención útil.</p>
    <p class="parrafo">NOTAS  (1)Sigla  del  país  al  que  pertenece la institución que cumplimenta la parte  A  del  formulario:  B  =  Bélgica;  DK  =  Dinamarca; D = Alemania; GR = Grecia;  E  =  España;  F  = Francia; IRL = Irlanda; I = Italia; L = Luxemburgo; NL = Países Bajos; P = Portugal; GB = Reino-Unido.</p>
    <p class="parrafo">(2)Calle, número, código postal, localidad, país.</p>
    <p class="parrafo">(2 bis)Para los nacionales españoles, indicar los dos apellidos.</p>
    <p class="parrafo">Para   los   nacionales  portugueses,  indicar  todos  los  appellidos  [nombre, apellido(s),  apellido  de  soltera]  en  el orden del registro civil tal y como aparecen en el documento nacional de identidad o el pasaporte.</p>
    <p class="parrafo">(2  ter)Para  las  localidades  portuguesas,  indicar  igualmente la parroquia y el municipio.</p>
    <p class="parrafo">(2  quater)Para  los  nacionales  españoles,  indicar  el  número  del documento nacional  de  identidad  (DNI),  si  se  posee,  aunque  esté  caducado. En caso contrario, indicar expresamente «ninguno».</p>
    <p class="parrafo">(3)En  tal  caso,  indicar  el  país  y  el  lugar  de ejercicio de la actividad profesional.</p>
    <p class="parrafo">(4)Indicar  el  parentesco  de  cada  miembro  de  la familia con el trabajador, por medio de las abreviaturas siguientes:</p>
    <p class="parrafo">A=hijo  legítimo.  En  España,  hijo  nacido del matrimonio (matrimonial) e hijo nacido furera del matrimonio (no matrimonial).</p>
    <p class="parrafo">B=hijo legitimado.</p>
    <p class="parrafo">C=hijo adoptivo.</p>
    <p class="parrafo">D=hijo   natural   (cuando   la   declaración   se  cumplimente  en  nombre  del trabajador  masculino,  no  se  deberán  mencionar  los  hijos naturales más que cuando  la  paternidad  o  la  obligación  de  alimentos  del trabajador ha sido reconocida oficialmente).</p>
    <p class="parrafo">E=hijo del cónyuge que pertenezca a la unidad familiar del trabajador.</p>
    <p class="parrafo">F=nietos,  hermanos  y  hermanas  que  el  interesado  haya  acogido en su casa. También  los  sobrinos  y  sobrinas  hasta  el tercer grado de parentesco, si la institución competente fuere una institución griega.</p>
    <p class="parrafo">G=otros  niños  que  dependen  permanentemente del matrimonio en pie de igualdad con los hijos del trabajador (niños recogidos).</p>
    <p class="parrafo">Los  demás  parentescos  (por  ejemplo:  abuelo) deberán indicarse con todas sus letras.  Si  un  hijo  está  casado, divorciado o viudo indíquese en el punto 5. También  si  un  hijo  fuese  huérfano  de  padre  o madre, si la información va</p>
    <p class="parrafo">dirigida a las instituciones griegas.</p>
    <p class="parrafo">(5)Si  uno  de  los  hijos  no  tiene  la misma dirección que la indicada en los puntos 2.4 o 4.5, mencionar dicha dirección en el siguiente recuadro:</p>
    <p class="parrafo">Apellido(s) y nombre:</p>
    <p class="parrafo">Dirección (2):</p>
    <p class="parrafo">(6)A  cumplimentar  por  la  institución que figura en el Anexo a la Decisión no 151.  En  el  caso  de que dicha institución no pueda certificar la información, envíese   este  formulario  sin  cumplimentar,  acompañado  de  una  declaración jurada   del   interesado   o   de  los  interesados  en  la  que  figure  dicha información.</p>
    <p class="parrafo">(7)Si  en  el  recuadro  5  se  han  mencionado  varios  miembros de la familia, señalar  el  nombre  y  apellidos  y la fecha de nacimiento del miembro o de los miembros de la familia que se mencionan.</p>
    <p class="parrafo">(8)Indicar de qué prestaciones se trata.</p>
    <p class="parrafo">(9)Precisar  si  se  trata  de  la  suma  de  los ingresos antes o después de la retención  de  cuotas  a  la  Seguridad Social y antes o después de la retención de los impuestos.</p>
    <p class="parrafo">Indicar,  en  lo  posible,  el  importe  neto  (después  de  las  retenciones de cuotas e impuestos).</p>
    <p class="parrafo">E 601</p>
    <p class="parrafo">Anexo Véanse instrucciones y notas en la página 3 del formulario</p>
    <p class="parrafo">E 601F1.</p>
    <p class="parrafo">Renta  percibida  durante  el  período  de  que  se  trata  Solicitante oCónyuge beneficiario</p>
    <p class="parrafo">1.1.En  concepto  de  actividad  por  cuenta  ajena .&lt;cuadrado&gt;SI .&lt;cuadrado&gt;NO  .&lt;cuadrado&gt;SI  .&lt;cuadrado&gt;NO  En  caso  afirmativo,  duración  de  la  actividad durante   el   período  de  que  se  tratadel  al  del  al  Suma  total  de  los sueldos/salarios brutos percibidos</p>
    <p class="parrafo">1.2.En  concepto  de  actividad  por  cuenta propia .&lt;cuadrado&gt;SI .&lt;cuadrado&gt;NO  .&lt;cuadrado&gt;SI  .&lt;cuadrado&gt;NO  En  caso  afirmativo,  duración  de  la  actividad durante  el  período  de  que  se  tratadel al del al Naturaleza de la actividad ejercida Suma total de las rentas profesionales por cuenta ajena percibidas</p>
    <p class="parrafo">1.3.En  concepto  de  ingreso  compensatorio (desempleo, enfermedad, maternidad, accidente   laboral,   prejubilación,   etc.)   .&lt;cuadrado&gt;SI   .&lt;cuadrado&gt;NO    .&lt;cuadrado&gt;SI  .&lt;cuadrado&gt;NO  En  caso  afirmativo, duración de la indemnización durante  el  período  de  que  se  tratadel  al  del  al  Naturaleza del ingreso sustitutivo Suma total del ingreso sustitutivo percibido</p>
    <p class="parrafo">1.4.En  concepto  de  pensión,  renta  o asignación .&lt;cuadrado&gt;SI .&lt;cuadrado&gt;NO  .&lt;cuadrado&gt;SI  .&lt;cuadrado&gt;NO  En  caso  afirmativo,  duración  de  la percepción durante  el  período  de  que  se tratadel al del al Naturaleza de la prestación Suma total de las prestaciones percibidas</p>
    <p class="parrafo">1.5.Otros   ingresos   (renta   financiera,  prestaciones  en  especie,  pensión alimentaria, etc.) .&lt;cuadrado&gt;SI .&lt;cuadrado&gt;NO  .&lt;cuadrado&gt;SI .&lt;cuadrado&gt;NO</p>
    <p class="parrafo">Naturaleza   de   los   ingresos   Suma   total  de  los  otros  ingresos     F2 Solicitante oCónyuge beneficiario</p>
    <p class="parrafo">2.1.Bienes  de  los  que  son  propietarios  el  beneficiario  y/o  su  cónyuge  .&lt;cuadrado&gt;SI  .&lt;cuadrado&gt;NO   .&lt;cuadrado&gt;SI  .&lt;cuadrado&gt;NO  En caso afirmativo, naturaleza  de  los  bienes  (terrenos,  viviendas,  valores  mobiliarios) Valor</p>
    <p class="parrafo">actual  de  los  bienes  Municipio  en  el que están ubicados los bienes, cuando se  trate  de  terrenos  o  viviendas  El solicitante o beneficiario, ¿reside en la  casa  o  vivienda  de  la  que  es  propietario? .&lt;cuadrado&gt;SI .&lt;cuadrado&gt;NO ¿Tiene  arrendada  una  parte  de  la misma? .&lt;cuadrado&gt;SI .&lt;cuadrado&gt;NO En caso afirmativo, valor actual de la parte arrendada</p>
    <p class="parrafo">2.2.Bienes  que  hayan  sido  objeto de donación durante los últimos 10 años por el  solicitante  o  beneficiario  y/o su cónyuge (4) .&lt;cuadrado&gt;SI .&lt;cuadrado&gt;NO  .&lt;cuadrado&gt;SI  .&lt;cuadrado&gt;NO  En  caso  afirmativo,  naturaleza  de  los bienes (terrenos,  viviendas,  valores  mobiliarios)  Fecha  del acta de donación Valor actual   de  los  bienes  Beneficiario  de  la  donación  (nombre  y  apellidos, dirección, grado de parentesco con el donante)</p>
    <p class="parrafo">2.3.Propiedad  agrícola  explotada  por  el  solicitante  o  beneficiario y/o su cónyuge  .&lt;cuadrado&gt;SI  .&lt;cuadrado&gt;NO   .&lt;cuadrado&gt;SI  .&lt;cuadrado&gt;NO  Superficie de  la  explotación  %  E  601 Anexo Véanse instrucciones y notas en la página 3 del   formulario   E   601ELGB1.Información   financiera   sobre  el  interesado (1)1.1.Rentas del trabajo o prestaciones (2):</p>
    <p class="parrafo">1.1.1.Fuente:</p>
    <p class="parrafo">1.1.2.Importe anual:</p>
    <p class="parrafo">1.1.3.Empresa u organismo:</p>
    <p class="parrafo">1.2.Valores mobiliarios (2) (3) (4):</p>
    <p class="parrafo">1.2.1.Fuente:</p>
    <p class="parrafo">1.2.2.Rendimiento efectivo (anual) del capital:</p>
    <p class="parrafo">1.2.3.Valor real del capital (3):</p>
    <p class="parrafo">1.3.Valores inmobiliarios (4):</p>
    <p class="parrafo">1.3.1.Valor catastral o real:</p>
    <p class="parrafo">1.3.2.Rentas:</p>
    <p class="parrafo">1.4.Otros ingresos o rentas:</p>
    <p class="parrafo">2.Información  sobre  los  miembros  de  la  familia  que compartan el domicilio del    interesadoApellidosNombreFecha    de    nacimientoRentas    o    ingresos disponibles  (1)  (1)Estos  datos  han  de  ser  los disponibles para el año que corresponda al período mencionado en el recuadro 2.7 del formulario E 601.</p>
    <p class="parrafo">(2)Por  lo  que  se  refiere  a la información proporcionada por el Reino Unido, las  rentas  deben  entenderse  netas, previa deducción de la retención a cuenta del  IRPF,  las  cuotas  de  la Seguridad Social y otros gastos relacionados con las  rentas  del  trabajo.  No  están  incluidos  en  los importes los subsidios nacionales   en   concepto  de  vivienda  ni  la  prestación  compensatoria  del impuesto local británico.</p>
    <p class="parrafo">(3)Por  lo  que  se  refiere  a la información proporcionada por el Reino Unido, no se tiene en cuenta el valor del inmueble habitado por el interesado.</p>
    <p class="parrafo">(4)Por  lo  que  se  refiere  a la información proporcionada por el Reino Unido, si  el  importe  total  de  los  valores  muebles  e inmuebles pertenecientes al interesado   es   inferior   a   3   000   libras   esterlinas,  la  institución destinataria probablemente no podrá conocer el importe exacto.</p>
    <p class="parrafo"/>
    <p class="parrafo">Anexo</p>
    <p class="parrafo">Véanse instrucciones y notas en la página 3 del formulario E 601B1.</p>
    <p class="parrafo">Renta percibida durante el período delalSolicitante oCónyuge beneficiario</p>
    <p class="parrafo">1.1.En  concepto  de  actividad  por  cuenta  ajena .&lt;cuadrado&gt;SI .&lt;cuadrado&gt;NO</p>
    <p class="parrafo">.&lt;cuadrado&gt;SI  .&lt;cuadrado&gt;NO  En  caso  afirmativo,  duración  de  la  actividad durante   el   período  de  que  se  tratadel  al  del  al  Suma  total  de  los sueldos/salarios percibidos</p>
    <p class="parrafo">1.2.En  concepto  de  actividad  por  cuenta propia .&lt;cuadrado&gt;SI .&lt;cuadrado&gt;NO  .&lt;cuadrado&gt;SI  .&lt;cuadrado&gt;NO  En  caso  afirmativo,  duración  de  la  actividad durante  el  período  de  que  se  tratadel al del al Naturaleza de la actividad ejercida  Suma  total  de  las  rentas profesionales por cuenta ajena percibidas delal</p>
    <p class="parrafo">1.3.En   concepto  de  prestaciones  sociales  distintas  de  las  pensiones  de jubilación   y   supervivencia   (enfermedad,  invalidez,  desempleo,  accidente laboral,   asignaciones   familiares,   asignaciones   por  minusvalía,  salario mínimo  garantizado  a  las  personas  de  edad  avanzada,  etc.)  .&lt;cuadrado&gt;SI .&lt;cuadrado&gt;NO   .&lt;cuadrado&gt;SI  .&lt;cuadrado&gt;NO  En  caso  afirmativo,  duración de la  percepción  de  prestaciones  durante  el  período de que se tratadel al del al  Naturaleza  de  las  prestaciones  sociales  Suma  total de las prestaciones sociales percibidas</p>
    <p class="parrafo">1.4.En  concepto  de  pensión  de  jubilación  o  de supervivencia .&lt;cuadrado&gt;SI .&lt;cuadrado&gt;NO   .&lt;cuadrado&gt;SI  .&lt;cuadrado&gt;NO  En  caso  afirmativo,  duración de la  percepción  de  la  pensión  durante el período de que se tratadel al del al Suma total de la pensión</p>
    <p class="parrafo">1.5.Otros  ingresos  (pensión  alimenticia,  rentas derivadas de bienes muebles, gratificaciones  en  especie,  etc.)  .&lt;cuadrado&gt;SI .&lt;cuadrado&gt;NO  .&lt;cuadrado&gt;SI .&lt;cuadrado&gt;NO Naturaleza de los ingresos Suma total de los otros ingresos</p>
    <p class="parrafo">2.Bienes   inmuebles  SolicitanteCónyuge  oo  beneficiarioconvivente  Bienes  de los  que  es  propietario  o  usufructuario el solicitante o el beneficiario y/o su    cónyuge    o   convivente   .&lt;cuadrado&gt;SI   .&lt;cuadrado&gt;NO    .&lt;cuadrado&gt;SI .&lt;cuadrado&gt;NO    En   caso   afirmativo,   naturaleza   del   vínculo   jurídico (propiedad,  nuda  propiedad,  usufructo)  Naturaleza  de  los bienes (terrenos, casas,  etc.)  Renta  imponible  de  estos  bienes  Municipio  en  el  que están ubicados  los  bienes  El  solicitante o beneficiario, ¿ocupa una vivienda de la que   es   propietario  él  mismo  o  su  cónyuge  o  convivente?  .&lt;cuadrado&gt;SI .&lt;cuadrado&gt;NO    .&lt;cuadrado&gt;SI   .&lt;cuadrado&gt;NO   En   caso   afirmativo,   renta imponible  de  la  vivienda  ocupada  /  B3.Bienes cedidos SolicitanteCónyuge oo beneficiarioconvivente   Bienes  que  hayan  sido  objeto  de  cesión  a  título lucrativo  o  gratuito  durante  los  últimos  10  años  por  el  solicitante  o beneficiario   y/o   su   cónyuge  o  convivente  .&lt;cuadrado&gt;SI  .&lt;cuadrado&gt;NO   .&lt;cuadrado&gt;SI  .&lt;cuadrado&gt;NO  En  caso  afirmativo,  naturaleza  de  los  bienes (terrenos,  viviendas,  valores  mobiliarios)  Fecha de la cesión Valor venal en el  momento  de  la  cesión  El rendimiento de los bienes cedidos, ¿figura en el patrimonio  del  solicitante  o  beneficiario  y/o  su  cónyuge  o  convivente?  .&lt;cuadrado&gt;SI  .&lt;cuadrado&gt;NO   .&lt;cuadrado&gt;SI  .&lt;cuadrado&gt;NO  En caso afirmativo, ¿bajo qué forma? ¿Por qué importe?</p>
    <p class="parrafo">E 602</p>
    <p class="parrafo">Reglamentos de Seguridad Social en la página 31</p>
    <p class="parrafo">CERTIFICADO   RELATIVO   A  LA  TOTALIZACION  DE  LOS  PERIODOS  DE  EMPLEO,  DE ACTIVIDAD   PROFESIONAL   POR   CUENTA   PROPIA  O  DE  RESIDENCIA  Prestaciones especiales  de  carácter  no  contributivo  Reglamento  1408/71:  apartado 2 del artículo 10 bis Reglamento 1247/92:</p>
    <p class="parrafo">artículo  2  La  institución  competente cumplimentará la parte A del formulario y  enviará  dos  ejemplares  de  éste la institución del último Estado miembro a cuya   legislación   ha   estado   sometido   el  interesado.  Esta  institución cumplimentará  la  parte  B  y  devolverá  el formulario a la institución que se lo  ha  remitido.  Si  el  formulario  se  expide a solicitud del interesado, la institución  que  debe  entregarlo  cumplimentará  la parte B y entregará o hará llegar el formulario al propio interesado.</p>
    <p class="parrafo">Parte A 1.Institución destinaria 1.1.Denominación:</p>
    <p class="parrafo">1.2.Dirección (2):</p>
    <p class="parrafo">2.  .&lt;cuadrado&gt;Trabajador  por  cuenta  ajena .&lt;cuadrado&gt;Titular de pensión o de renta     .&lt;cuadrado&gt;Régimen     de     trabajador    por    cuenta    ajena     .&lt;cuadrado&gt;Trabajador  por  cuenta  propia  .&lt;cuadrado&gt;Régimen de trabajador por cuenta    propia     .&lt;cuadrado&gt;Otro    régimen    2.1.Apellido(s)    (2    bis) 2.2.Nombre:Apellido de soltera (2 bis):Lugar de nacimiento (2 ter):</p>
    <p class="parrafo">2.3.Fecha de nacimiento:Sexo:Nacionalidad:D.N.I. (2 quater):</p>
    <p class="parrafo">2.4.Dirección (2):</p>
    <p class="parrafo">2.5.Número de afiliación:</p>
    <p class="parrafo">2.6.Número de pensión o renta:</p>
    <p class="parrafo">3.  Con  vistas  a  dar  curso  a  una  solicitud  presentada  por el interesado antedicho,   les   rogamos  que  nos  comuniquen  los  períodos  de  empleo,  de actividad  profesional  por  cuenta  propia  o  de  residencia  cumplidos por el mismo  desde  elhasta  el  en  (5)  con  arreglo  a  la  legislación del país de ustedes.</p>
    <p class="parrafo">4.Institución competente 4.1.Denominación:No de código (3):</p>
    <p class="parrafo">4.2.Dirección (2):</p>
    <p class="parrafo">4.3.Sello:4.4.Fecha:</p>
    <p class="parrafo">4.5.Firma:</p>
    <p class="parrafo">!  Parte  B  A  cumplimentar  por la institución del Estado miembro distinto del Estado  competente  (4)  5.  La  persona  señalada en el recuadro 2 ha cubierto  .&lt;cuadrado&gt;desde  el  6.los  períodos  de  empleo o de actividad profesional por cuenta propia siguientes:</p>
    <p class="parrafo">6.1.delal   6.2.delal   6.3.delal   6.4.delal   6.5.delal   6.6.delal  6.7.delal 6.8.delal 6.9.delal 6.10.delal 7.los períodos de residencia siguientes:</p>
    <p class="parrafo">7.1.delal   7.2.delal   7.3.delal   7.4.delal   7.5.delal   7.6.delal  7.7.delal 7.8.delal   7.9.delal   7.10.delal  8.Institución  que  cumplienta  la  parte  B 8.1.Denominación:</p>
    <p class="parrafo">8.2.Dirección (2):</p>
    <p class="parrafo">8.3.Número de referencia del expediente:8.4.Fecha:</p>
    <p class="parrafo">Sello:8.5.Firma:</p>
    <p class="parrafo">"   INSTRUCCIONES   El   formulario   deberá  cumplimentarse  en  caracteres  de imprenta,  utilizando  únicamente  la  líneas  de  puntos.  Se  compone  de tres páginas;  ninguna  de  ellas  podrá  suprimirse  aun  cuando no contenga ninguna mención útil.</p>
    <p class="parrafo">NOTAS  (1)  Sigla  del  país  al  que pertenece la insitución que cumplimenta el formulario  en  primer  lugar:  B  =  Bélgica;  DK  =  Dinamarca;  D = Répública Federal  de  Alemania;  GR  =  Grecia; E = España; F = Francia; IRL = Irlanda; I = Italia; L = Luxemburgo; NL = Países Bajos; P = Portugal; GB = Reino Unido.</p>
    <p class="parrafo">(2) Calle, número, código postal, localidad, país.</p>
    <p class="parrafo">(2  bis)  Para  los  nacionales  españoles,  indicar los dos apellidos. Para los nacionales portugueses, indicar todos los apellidos,</p>
    <p class="parrafo">(apellidos,  nombre,  apellido  de  soltera) en el orden del registro civil, tal como  aparecen  en  el  documento  de  identidad o el pasaporte (2 ter) Para las localidades portuguesas, indicar igualmente la parroquia y el municipio.</p>
    <p class="parrafo">(2  quater)  Para  los  nacionales  españoles,  indicar  el número del documento nacional  de  identidad  (DNI),  si  se  posee,  aunque  esté  caducado. En caso contrario, indicar expresamente «ninguno».</p>
    <p class="parrafo">(3)  Por  lo  que  se refiere a la información proporcionada por el Reino Unido, no se tiene en cuenta el valor del inmueble habitado por el interesado.</p>
    <p class="parrafo">(4)  Por  lo  que  se refiere a la información proporcionada por el Reino Unido, si  el  importe  total  de  los  valores  muebles  e inmuebles pertenecientes al interesado   es   inferior   a   3   000   libras   esterlinas,  la  institución destinataria probablemente no podrá conocer el importe exacto.</p>
    <p class="parrafo">(5)  Indicar  la  dirección  o  las  direcciones del interesado en el momento de la cobertura de los períodos.</p>
  </texto>
</documento>
