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<documento fecha_actualizacion="20241021182906">
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    <identificador>DOUE-L-1994-80873</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19940623</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1445/1994</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CE) nº 1445/94 de la Comisión, de 23 de junio de 1994, por el que se establece el plan de abastecimiento de azúcar para 1994/95 a las islas menores del mar Egeo previsto en el Reglamento (CEE) nº 2019/93 del Consejo.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19940624</fecha_publicacion>
    <diario_numero>157</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <url_pdf>/doue/1994/157/L00007-00008.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>19940624</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="6" orden="1">Abastecimientos</materia>
      <materia codigo="420" orden="2">Ayudas</materia>
      <materia codigo="423" orden="3">Azúcar</materia>
      <materia codigo="6167" orden="4">Grecia</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1993-81205" orden="3060">
          <palabra codigo="440">DE CONFORMIDAD con</palabra>
          <texto>el art. 2 del Reglamento 2019/93, de 19 de julio</texto>
        </anterior>
        <anterior referencia="DOUE-L-1993-81749" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>en Anexo Reglamento 2958/93, de 27 de octubre</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (CEE)  no  2019/93  del  Consejo, de 19 de julio de 1993, por  el  que  se  establecen  medidas  especiales  en favor de las islas menores</p>
    <p class="parrafo">del  mar  Egeo  relativas  a  determinados  productos  agrícolas (1), modificado por el Reglamento (CE) no 822/94 (2), y, en particular, su artículo 4,</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que  las  disposiciones  comunes  de  aplicación  del  Reglamento (CEE)  no  2019/93  por  lo  que  respecta al régimen especial de abastecimiento de  determinados  productos  agrícolas  a  las  islas  menores  del  mar Egeo se establecieron mediante el Reglamento (CEE) no 2958/93 de la Comisión (3);</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Reglamento  (CEE)  no  3719/88  de  la Comisión (4), cuya última   modificación   la   constituye  el  Reglamento  (CE)  no  3519/93  (5), estableció  las  normas  comunes  referidas  al  régimen  de  aplicación  de los certificados   de  importación;  que  el  Reglamento  (CEE)  no  2630/81  de  la Comisión,  de  10  de  septiembre  de 1981, por el que se establecen modalidades especiales  de  aplicación  del  régimen  de certificaciones de importación y de exportación   en   el  sector  del  azúcar  (6),  cuya  última  modificación  la constituye   el  Reglamento  (CEE)  no  1754/93  (7),  estableció  disposiciones especiales en el sector del azúcar;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  en  razón  de  las  prácticas  comerciales  específicas  del sector   del   azúcar,   procede   establecer  disposiciones  adicionales  o  de exención de lo dispuesto en el Reglamento (CEE) no 2958/93;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que,  para  la  aplicación  de  lo  dispuesto en el artículo 2 del Reglamento  (CEE)  no  2019/93,  procede establecer el plan de abastecimiento de azúcar  previsto  para  la  campaña 1994/95 para las islas menores del mar Egeo; que   ese  plan  podrá  ser  revisado  durante  la  campaña  en  función  de  la evolución de las necesidades de las islas menores;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas  en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión del azúcar,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">En  aplicación  del  artículo  2 del Reglamento (CEE) no 2019/93, en el Anexo se fijan  las  cantidades  del  plan  de  aprovisionamiento  de  azúcar  de  origen comunitario  previsto  para  la  campaña  de  comercialización  1994/95 para las islas menores del mar Egeo.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">La  validez  de  los  certificados  de  ayuda  vencerá el último día del segundo mes siguiente al de expedición de los mismos.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  día  de  su  publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 23 de junio de 1994.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">René STEICHEN</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comisión</p>
    <p class="parrafo">______________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO no L 184 de 27. 7. 1993, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO no L 95 de 14. 4. 1994, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">(3) DO no L 267 de 28. 10. 1993, p. 4.</p>
    <p class="parrafo">(4) DO no L 331 de 2. 12. 1988, p. 1.</p>
    <p class="parrafo">(5) DO no L 320 de 22. 12. 1993, p. 16.</p>
    <p class="parrafo">(6) DO no L 258 de 11. 9. 1981, p. 16.</p>
    <p class="parrafo">(7) DO no L 161 de 2. 7. 1993, p. 45.</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">PLAN DE ABASTECIMIENTO DE LAS ISLAS MENORES DEL MAR EGEO</p>
    <p class="parrafo">TABLA OMITIDA</p>
  </texto>
</documento>
